Gacetilla Nº 60/07

RESOLUCIÓN DE LA SALA CIVIL Y COMERCIAL DEL STJ SOBRE EL RECURSO INTERPUESTO POR EL PADRE DE UNA
MENOR DISCAPACITADA EMBARAZADA

La Sala Civil y Comercial del STJ hace saber públicamente a través de la Oficina de Prensa del Alto Cuerpo, que: "declaró inadmisible el Recurso Extraordinario de Inaplicabilidad de Ley articulado por el padre de una menor, quien padece una notoria capacidad diferenciada, tendiente a evitar el aborto de un embarazo producto de una violación.-

        La sentencia que se confirma, dictada por la Sala Segunda de la Cámara Segunda de Apelaciones de esta ciudad sostuvo que, si bien la Constitución Nacional y los tratados de derechos humanos con jerarquía constitucional –artículo 75 inciso 22 de la Constitución Nacional-, protegen el derecho a la vida, desde su concepción, los derechos fundamentales no son absolutos y admiten regulaciones que no alteren su esencialidad, en condiciones altamente restringidas y precisas como las previstas en el artículo 86 inciso 2 del Código Penal, que se declaró aplicable al caso y en lo pertinente se transcribe: `… el aborto practicado por un médico diplomado con el consentimiento de la mujer encinta, no es punible… si el embarazo proviene de una violación o un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente. En este caso el consentimiento de su representante legal deberá ser requerido´
        La Sala Civil y Comercial del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia resolvió por unanimidad que el recurso deducido carecía de idoneidad para afectar el fallo recurrido, que fue confirmado".-

        PARANA, 21 de septiembre de 2007.-

Prof. Inés Ghiggi
Encargada de Prensa STJER