Info Cámara de Gualeguay

CASO REGGIARDO:

EL TRIBUNAL GUALEYO DENEGÓ LAS EXCARCELACIONES SOLICITADAS POR EL ABOGADO WALTER MARTÍNEZ Y
MARÍA ANGÉLICA GODOY

18-04-2011 -Sostuvo que la CSJN revocó la Sentencia del STJER, pero que contrariamente a lo interpretado por los peticionantes, no ordenó un nuevo juicio. Sólo anuló el fallo en lo atinente a la calificación legal del primer hecho. Las condenas aún siguen vigentes-. (CON FOTOGRAFÍA)

        El abogado Walter Martínez y su coimputada María Angélica Godoy se encuentran en prisión cumpliendo la condena que le impusiera el STJER en el marco de la causa públicamente conocida como “Caso Reggiardo”.-
        Dicha condena se fijó el 8 de septiembre de 2008, en la Casación que revocó el punto primero del fallo de la Cámara del Crimen de Gualeguay, encuadrando el primer hecho al que el mismo alude, en la figura legal de falsedad ideológica de instrumento público destinado a acreditar la identidad de las personas.-
        El expediente en el que se sustanció esta causa fue en Queja a la CSJN y aún no ha sido devuelto a la Sala 1 del máximo Tribunal entrerriano. Pero días pasados, el abogado Walter Martínez tomó conocimiento de su Sentencia, e interpretando que la misma ordenaba la realización de un nuevo juicio, pidió su excarcelación, y así también lo hizo María Angélica Godoy.-
        Sendas peticiones fueron presentadas ante la Cámara de Gualeguay, y su Tribunal rechazó esa interpretación y denegó sendas solicitudes, en el entendimiento de que en su fallo, la Corte revocó la Sentencia apelada, pero sólo en lo que respecta a la calificación legal del primer hecho, por lo que será el STJ el que deba expedirse sobre las condenas que por el momento, continúan vigentes.-
        Los Jueces Daniel Elías Alle y Alejandra Gómez, coincidiendo con la postura del Fiscal de Cámara, Dardo Tortul, argumentaron en su resolución, que “Tomando textualmente la letra de la sentencia de la Corte, se advierte que se resolvió hacer lugar a la queja, declarar improcedente el recurso extraordinario y revocar la sentencia apelada con el alcance indicado, es decir, con el que fuera expresado por el dictamen del señor Procurador Fiscal en el punto tercero y referente a la calificación legal del ya mencionado hecho `primero´. Por lo tanto, no habiendo dejado de surtir efectos la condena actualmente vigente, no corresponde conceder en este estado las excarcelaciones impetradas”.- 
        En consecuencia, Walter Martínez continúa hasta el momento cumpliendo su condena a cuatro años y seis meses de prisión en la Unidad Penal Nº 7 de Gualeguay, y María Angélica Godoy, la de cuatro años y cuatro meses, en la Unidad Penal Nº 6 de Paraná.-

Un pasaje de la Audiencia de Casación de la Causa Reggiardo, celebrada en el Salón del STJ, el 8.9.08.

        SIC-STJER, 18 de abril de 2011.-

Prof. Inés Ghiggi                                                
Jefa de Despacho SIC-STJER