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FALLO DEL S.T.J. RESPECTO DEL AMPARO
SOBRE DECRETO 1479/11 GOB.

La Sala Primera de Procedimientos Constitucionales y Penal del Superior Tribunal de Justicia revocó íntegramente la sentencia mediante la cual la Jueza de Primera Instancia Dra. María Cristina Retamar de Ardoy había declarado la inconstitucionalidad de los arts.1 y 4 del Decreto Nº 1479/11 GOB. A raíz de este fallo, el mencionado decreto –que dispone la convocatoria a elecciones primarias, abiertas y simultáneas en la provincia de Entre Ríos-, se encuentra plenamente vigente.

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