Centro de Medios Alternativos de Resolución de Conflictos


Se fijaron nuevos valores para los honorarios
del Mediador y Co-mediador

Lo dispuso el STJ en reunión de Acuerdo General Nº 01/13, del pasado 13 de febrero de 2013, donde fijó en Pesos Seiscientos Treinta y Siete ($637,00) el valor de la retribución básica de los honorarios del Mediador o Co-mediador para el año 2013.

De acuerdo a lo establecido en el Art. 20 del Reglamento de Mediación de la Provincia, en lo que refiere a la determinación de los valores de la retribución básica de los honorarios del Mediador y Co-mediador, el STJ fijó los mismos en Pesos Seiscientos Treinta y Siete ($637,00) para el año 2013.
Adoptó esta medida en su reunión de Acuerdo General Nº 01/13, del 13 de febrero pasado, previa consideración de la opinión del Colegio de Abogados de Entre Ríos, que le fuera solicitada el 19 de diciembre del pasado año, y la propuesta de actualización desarrollada por la Contaduría General del Poder Judicial.
El STJ adoptó la propuesta de la Contaduría General, cuyos parámetros de actualización de este valor se ajustan a los que establece la Ley Nº 10.068 para las remuneraciones del Poder Judicial de la Provincia.
Recordamos que, de acuerdo al Art. 20 del RMP, los honorarios que percibirán el mediador y/o el co-mediador por su tarea en las mediaciones, por sorteo o por elección, podrán acordarse libremente con las partes, no pudiendo ser inferiores al valor de la retribución básica aquí fijada.

Gacetilla Informativa Nº 03/13 – 19 de febrero de 2013.

 

Lic. Alejandro Heinrich
Jefe del SIC-STJER
prensatribunales@jusentrerios.gov.ar