Centro de Medios Alternativos de Resolución de Conflictos
Se fijaron nuevos valores para los
honorarios
del Mediador y Co-mediador
Lo dispuso el STJ en reunión de Acuerdo
General Nº 01/13, del pasado 13 de febrero de 2013, donde fijó en Pesos
Seiscientos Treinta y Siete ($637,00) el valor de la retribución básica de los
honorarios del Mediador o Co-mediador para el año 2013.
De acuerdo a lo establecido en el Art. 20 del
Reglamento de Mediación de la Provincia, en lo que refiere a la determinación
de los valores de la retribución básica de los honorarios del Mediador y
Co-mediador, el STJ fijó los mismos en Pesos Seiscientos Treinta y Siete
($637,00) para el año 2013.
Adoptó esta medida en su reunión de Acuerdo General Nº
01/13, del 13 de febrero pasado, previa consideración de la opinión del Colegio
de Abogados de Entre Ríos, que le fuera solicitada el 19 de diciembre del
pasado año, y la propuesta de actualización desarrollada por la Contaduría
General del Poder Judicial.
El STJ adoptó la propuesta de la Contaduría General,
cuyos parámetros de actualización de este valor se ajustan a los que establece
la Ley Nº 10.068 para las remuneraciones del Poder Judicial de la Provincia.
Recordamos que, de acuerdo al Art. 20 del RMP, los
honorarios que percibirán el mediador y/o el co-mediador por su tarea en las
mediaciones, por sorteo o por elección, podrán acordarse libremente con las
partes, no pudiendo ser inferiores al valor de la retribución básica aquí
fijada.
Gacetilla Informativa Nº 03/13 – 19 de febrero de
2013.
Lic. Alejandro Heinrich
Jefe del SIC-STJER
prensatribunales@jusentrerios.gov.ar