Gacetilla Nº 80/07

A pedido del Dr. Arsenio Francisco Mendoza, Defensor General de la Provincia de Entre Ríos, hacemos llegar para conocimiento de los Medios Masivos de Comunicación y de la ciudadanía toda, el COMUNICADO emanado de ese órgano, que a continuación se transcribe.-

OFICINA DE PRENSA STJER, 26 de noviembre de 2007.-

Prof. Inés Ghiggi                                              
Encargada de Prensa STJER                                    
                                    

Defensoría General de la Provincia de Entre Ríos

ACLARACIÓN, ADVERTENCIA Y
LLAMADO A LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN POR EL
TRIPLE HOMICIDIO DE PUERTO YERUÁ

        Ante la difusión de información que, invocando fuentes judiciales indeterminadas, da cuenta de algunos detalles sobre los hechos que rodearon el triple homicidio ocurrido en Puerto Yeruá, y de declaraciones atribuidas a la persona menor de edad involucrada en los mismos, el Defensor General de la Provincia estima necesario ACLARAR que:
  • las mismas no tienen asidero alguno y tergiversan la verdad de los hechos, tal como se lo hemos manifestado al Juez de la causa Dr. Rodolfo Jáuregui al que le solicité medidas al respecto.
  • el presunto autor no ha confesado el hecho ni ha prestado declaración indagatoria que permita sostener tales versiones.
        Sin perjuicio de la falsedad apuntada, cabe ADVERTIR además que:
  • esta especie de información tiene vedada su difusión, no sólo porque el juicio transita por una etapa reservada, sino también por que se involucra a una persona menor de edad que goza de una celosa protección de su intimidad.
  • Su quebrantamiento puede generar sanciones personales y económicas, ya que sin perjuicio de la afectación de las garantías básicas del debido proceso y de defensa en juicio, se invade la intimidad, se transgrede las restricciones tutelares al par que se invade el ámbito del tratamiento que debe recibir el menor y que será determinante en el supuesto que se declare su autoría material y deba discutirse la aplicación o no de una pena.
  • Como ya lo tiene decidido la jurisprudencia local y de la Corte Suprema de la Nación, la libertad de prensa no puede invadir o desconocer otras garantías de igual rango.
        Por ello, este Ministerio Público de la Defensa, hace un LLAMADO A LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN para que se abstengan de publicar detalles de los hechos hasta tanto se produzca una versión oficial de los mismos, y a los fines de no obligarnos a colocar este tema en la instancia judicial necesaria para encuadrar la información.

        Paraná, 26 de noviembre de 2007.-

Dr. Arsenio F. Mendoza                                        
Defensor General de la Prov. de Entre Ríos