Gacetilla Nº 81/07

Violencia Fliar., Maltrato Infantil y Abuso Sexual.

LA JUSTICIA NECESITA DIAGNÓSTICOS QUE
EL ÁREA QUE DEPENDE DEL C.P. DEL MENOR NO PROPORCIONA


-El STJ reiteró hace más de un mes, el pedido realizado en abril, de que se dote al Área correspondiente del personal especializado necesario, a fin de dar cumplimiento a las disposiciones de la Ley 9198. Por el momento, no ha habido respuesta.-


        Primero fue el Juzgado Civil y Comercial de Diamante el que comunicó al STJ que el Juzgado de Paz de esa ciudad no estaba recibiendo en término los diagnósticos necesarios que la ley exige para resolver casos judiciales de violencia familiar, maltrato infantil y abuso sexual. Y últimamente, se sumó idéntico informe por parte del organismo de ese fuero, de la localidad de Viale.-
        El Tribunal de Superintendencia del Alto Tribunal tomó intervención en esta problemática puntual, en el pasado mes de abril, fecha en la que solicitó al Consejo Provincial del Menor, que "con la urgencia que el caso requiere" se adoptaran las medidas pertinentes para dotar del personal especializado necesario, a su Área de Violencia Familiar, Maltrato Infantil y Abuso Sexual, a fin de que se garantizara el efectivo cumplimiento de la Ley 9198, que ya en esa época se sabía que reiteradamente se incumplía. De modo que al plantearse una situación similar en el Juzgado de Paz de Viale, el Cuerpo en pleno resolvió el pasado mes de septiembre, mantener la referida resolución de su Tribunal de Superintendencia.-
        El CPM entiende que no existe "…norma alguna que disponga que… deba desempeñar tal función auxiliar respecto de los Jueces de Paz…" y así se lo hizo saber en mayo, por nota, al máximo Tribunal entrerriano. Ahora, ante la nueva disposición del Cuerpo, de la cual el Consejo tomara conocimiento hace un mes, nada ha respondido hasta el momento.-
        Por su parte, el Defensor General de la Provincia, ha dicho que los magistrados actuantes en casos concretos como los que originaron este análisis, son quienes tienen la competencia para dictar las resoluciones jurisdiccionales que estimen pertinente tomar; y que todo aquello que exceda tales posibilidades, "ha de ser resorte del Poder Legislativo".-
        Entretanto, en muchos casos, la Ley 9198 que previene la violencia familiar, continúa incumpliéndose en la provincia.-

Redacción sintética para Radio y T.V.:
Los Juzgados de Paz de Diamante y Viale no están recibiendo en término, los diagnósticos que se necesitan para resolver los casos de violencia familiar, que en esas jurisdicciones se plantean.-
Por tal motivo, la Comisión de Superintendencia del Superior Tribunal de Justicia, le solicitó al Consejo Provincial del Menor, en abril de este año, que dote de personal especializado necesario, a su Área de Violencia Familiar, Maltrato Infantil y Abuso Sexual.-
La Presidenta del Consejo dijo por entonces, que no hay "…norma alguna que disponga que… deba desempeñar tal función auxiliar respecto de los Jueces de Paz…". Y cuando el mes pasado, el máximo Tribunal entrerriano en pleno, le hizo saber que insiste en tal requerimiento, no emitió respuesta alguna, hasta el momento.-
Entretanto, el Defensor General de la Provincia, ha manifestado en las actuaciones en trámite, que lo que en estos casos excede las posibilidades de resolución por parte de los magistrados actuantes, es de resorte del Poder Legislativo.-
Hasta el momento y en muchos casos, la Ley provincial 9198 de prevención de la violencia familiar, no se está pudiendo cumplir en Entre Ríos.-

        PARANA, 27 de noviembre de 2007.-

Prof. Inés Ghiggi                                                  
Encargada de Prensa STJER