Gacetilla Nº 03/08

DENUNCIAS CIUDADANAS CONTRA
MAGISTRADOS JUDICIALES

        En ejercicio de la dirección y el cuidado de la administración de la justicia en Entre Ríos, el Superior Tribunal de Justicia de la provincia, investigó dos denuncias formuladas contra un magistrado de Federación, y otro de Paraná.-


        En el primer caso por supuesta mora e inequidad, y en el segundo, por pretendidas irregularidades en la tramitación de la tenencia de una menor.-
        La denunciante de Federación planteó concretamente que un magistrado de esa localidad, en el término de once meses, no había citado a declarar a un médico al que ella acusaba de haberla agredido, provocándole lesiones leves, y que tampoco había admitido -según señaló-, la presentación de su abogado como querellante, atribuyendo tales situaciones, al carácter político del acusado.-
        El máximo Tribunal entrerriano dio intervención al Procurador General de la Provincia y tras recabarse todos los antecedentes y las pruebas del caso, se constató que en tal expediente, en el período mencionado, se había recibido declaración a la persona sindicada como agresor; que el querellante fue admitido; que también se recepcionaron declaraciones testimoniales (incluida la de la propia denunciante quien primeramente incompareció injustificadamente a algunas audiencias); y que debido a esa prueba colectada, el Juez actuante había desestimado la denuncia, situación que no fue así entendida por la víctima y querellante, quien apeló tal resolución, por lo que ese expediente se elevó oportunamente a la Cámara de Concepción del Uruguay, para su estudio.-
        El Procurador General de la Provincia entendió que en esas actuaciones no había existido demora excesiva ni extraordinaria, y que tampoco había ocasionado perjuicio alguno a la denunciante, expresando además que: "La mayor o menor celeridad en la instrucción de los sumarios, en caso de existir, así como los posibles aciertos o errores en que pudieran haber incurrido los magistrados … constituyen circunstancias susceptibles de remedio adecuado, mediante la intervención del tribunal de alzada…"
        En consecuencia, el STJ de E.R. desestimó esa denuncia contra el magistrado de Federación.-
        Y una respuesta similar recibió también del Alto Cuerpo, la denuncia que formulara una mujer, contra una magistrada de Paraná, por la entrega de la guarda de su hija, menor de edad, al padre de la misma.-
        Esta mujer aducía que no la entrevistaron, y que había sido internada psiquiátricamente bajo amenazas de una psicóloga y un psiquiatra.-
        El STJ, en cumplimiento del mandato constitucional de ejercer la representatividad del Poder Judicial de la Provincia, y de velar por el cuidado de la prestación del servicio de Justicia, se hizo eco de sus dichos y dando también intervención al Procurador General de E.R., investigó ese caso. Pero por todas las pruebas que se reunieron, éste concluyó que no habían existido tales irregularidades, por lo que el Cuerpo desestimó también, finalmente, esa denuncia.-
        El art. 166 de la Constitución Provincial establece en su inc. a), que el Superior Tribunal debe "ejercer la superintendencia general de la administración de la justicia", y así lo hace, en forma permanente. Y en caso de recibir denuncias puntuales, las investiga en profundidad. Algunas han encontrado real asidero, en tanto que otras, como las analizadas, resultaron desestimadas, conforme demostrara la prueba colectada, en ambas actuaciones.-

Redacción sintética para Radio y T.V.:
El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos investigó dos denuncias ciudadanas contra magistrados de la provincia.-
Una, por supuesto caso de mora e inequidad, por parte de un magistrado de Federación. Y otra, por pretendidas irregularidades en el trámite de tenencia de una menor, por parte de una Jueza de Paraná.-
En ambos casos el Tribunal dio intervención al Procurador General de la Provincia y emprendió una profunda investigación.-
Las pruebas obtenidas demostraron fehacientemente que tales denuncias no tenían ningún tipo de asidero.-
El máximo Tribunal entrerriano, en el cumplimiento de su obligación constitucional, ejerce permanentemente la dirección y el cuidado de la administración de la justicia en Entre Ríos. Y si recibe denuncias, las investiga.-
En algunos casos se ha demostrado la veracidad de la imputación realizada, y en otros no, como en las mencionadas denuncias contra el magistrado de Federación y la Jueza de Paraná. Ambas resultaron desestimadas, porque así lo demostró la prueba colectada.-

        PARANA, 19 de febrero de 2008.-

Prof. Inés Ghiggi                                             
Encargada de Prensa STJER