Gacetilla Nº 08/08

EL JUZGADO FEDERAL DE C. DEL URUGUAY
INCUMPLIÓ UNA RESOLUCIÓN EMANADA DE
UN ORGANISMO DE LA JUSTICIA PROVINCIAL.

28-02-2008 -La medida perjudicó a los acreedores de una quiebra de Gualeguaychú. El juzgado de esa localidad remitió testimonio de las actuaciones al Juzgado de Instrucción en turno, y al STJER, que dio inmediata intervención a la Cámara Federal de Apelaciones de Paraná que ejerce el contralor directo de sus órganos, y al Consejo Nacional de la Magistratura-.-



        El Juzgado Federal de Concepción del Uruguay efectuó pagos en un expediente, con fondos que habían sido declarados indisponibles en Gualeguaychú, por una jueza de la justicia provincial.-
        Tal decisión perjudicó a los acreedores de un juicio de quiebra y al propio sistema judicial de la provincia, ya que constituyó un obstáculo para el ejercicio de la función jurisdiccional, en esa localidad.-
        Ante tal situación aparentemente irregular de ese organismo federal de primera instancia, la jueza entrerriana, dio intervención al Ministerio Público Fiscal y a su pedido, remitió testimonio de tales actuaciones, al Juzgado de Instrucción por entonces en turno de Gualeguaychú, luego de lo cual lo comunicó al Superior Tribunal de Justicia de la provincia, en octubre del año pasado.-
        Por su parte, el Alto Cuerpo giró las actuaciones al Procurador General de la Provincia, quien consideró que el accionar de la justicia federal reviste carácter institucional, y tras ello, el máximo Tribunal entrerriano, reunido en Acuerdo General y sin perjuicio de la intervención que en su oportunidad pueda corresponder a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, resolvió hacer conocer los antecedentes del caso a la Cámara Federal de Apelaciones de Paraná, que es el órgano que ejerce la superintendencia directa sobre todos los magistrados funcionarios y empleados de su jurisdicción, y así se lo hizo saber también esta semana, al Consejo Nacional de la Magistratura.-
        La orden dada por la justicia provincial, a través del Juzgado Civil y Comercial Nº 2 de Gualeguaychú, fue emitida en la Causa "Sucesión de Sánchez, Julio E. S/Pedido de quiebra formulado por Cubilla, Osvaldo M. S/Pedido de Quiebra" y alcanzaba los fondos obrantes en el juicio "Unión de Trabajadores Hoteleros y Gastronómicos R.A. y Otra c/Hotel París - Ejecución Fiscal", radicado en el Juzgado Federal de primera instancia, de la localidad de Concepción del Uruguay.-
        El representante legal de uno de los damnificados, dijo en un escrito presentado ante la Jueza interviniente, que los perjudicados "con esta por lo menos extraña situación, son todos los acreedores que concurrieron a verificar sus créditos a la quiebra … y el propio sistema judicial entrerriano, respecto del cual se negó efectividad a una orden del mismo, sin que exista una explicación sustentada en normas vigentes o aplicables al caso".-
        La Cámara Federal de Apelaciones de Paraná y el Consejo Nacional de la Magistratura ya han tomado conocimiento de este hecho.-

Redacción sintética para Radio y T.V.:
El Juzgado Federal de Concepción del Uruguay efectuó pagos en un expediente, con fondos que habían sido declarados indisponibles en Gualeguaychú, por una jueza de la justicia provincial.-
Tal decisión perjudicó a los acreedores de un juicio de quiebra y constituyó un obstáculo para el ejercicio de la función judicial, en esa jurisdicción.-
Sucede que el accionar del Juzgado Federal de Concepción del Uruguay, alteró el orden público y hasta puede llegar a constituir un ilícito penal.-
Por eso la Jueza de Gualeguaychú le dio intervención al Juzgado de Instrucción en turno, de esa localidad, y se lo comunico al Superior Tribunal, en octubre pasado.-
Ante tal situación, y previa consulta al Procurador General de la Provincia, el máximo Tribunal entrerriano, remitió tales antecedentes a la Cámara Federal de Apelaciones de Paraná, que es el órgano que ejerce el contralor de la labor desarrollada por sus magistrados, funcionarios y empleados.-
Y así mismo, el Alto Cuerpo de la Justicia provincial, le hizo conocer esta situación al Consejo Nacional de la Magistratura, sin perjuicio de darle oportunamente intervención a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, si así correspondiere.-
Este hecho en el que un Juzgado Federal efectuó pagos en un juicio con fondos declarados indisponibles por la justicia provincial, reviste carácter institucional.-
Por eso el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, ya lo ha puesto en conocimiento de la Cámara Federal de Apelaciones de Paraná, y del Consejo Nacional de la Magistratura.-

        PARANA, 28 de febrero de 2008.-

Prof. Inés Ghiggi                                           
Encargada de Prensa STJER