Gacetilla Nº 34/09

REMATES JUDICIALES:
MODIFICACIONES REGLAMENTARIAS AGILIZAN SU PUBLICIDAD

09/06/2009 - El STJ de Entre Ríos modificó los apartados 13.4 y 13.9 del Reglamento para el Fuero Civil y Comercial. Los Juzgados intervinientes tienen ahora participación operativa imprimiéndose mayor celeridad en la publicidad de las subastas que se realizan en los Tribunales-

Las subastas judiciales de bienes inmuebles, muebles, derechos, acciones, valores mobiliarios y semovientes, que se realizan en el fuero civil y también laboral de la provincia de Entre Ríos, se han regido hasta el momento por el apartado 13 del Reglamento para el Fuero Civil y Comercial, que entró en vigencia el 19 de julio del año pasado.-
En el mismo se establecía que señalada la fecha de subasta y ordenada la correspondiente publicación de edictos, el Martillero interviniente debía comunicarlo al STJ para su publicación. Ahora, tras la modificación impresa en el Reglamento de referencia, son los propios Juzgados intervinientes los que conforme pautas que se explicitan, los dan a publicidad en la Página web del Poder Judicial, sita en www.jusentrerios.gov.ar – Información General – Remates Judiciales.-

La medida fue dispuesta por el máximo Tribunal entrerriano, en ejercicio de sus funciones de superintendencia, a propuesta del Área de Asuntos Administrativos del Cuerpo, contándose con la opinión positiva de los miembros integrantes de la Comisión redactora del nuevo Código Procesal Civil y Comercial de la provincia.-

Dicha disposición que da mayor celeridad a la publicidad de los remates judiciales, está contenida en el Acuerdo General Nº 11/09-Punto 2º que reforma los apartados 13.4 y 13.9 del Reglamento para el Fuero Civil y Comercial de Entre Ríos, y que a la sazón, han quedado redactados de la siguiente manera:


13.4. Extractos de publicidad. Dentro de los cinco (5) días de señalada la fecha de la subasta y ordenada la publicación de edictos, el martillero deberá presentar al Juzgado que dispuso el remate un extracto, en dos ejemplares con los siguientes datos: individualización del tribunal que ordena la subasta, nombre del martillero designado, carátula y número del expediente, lugar y horario del remate, identificación de los bienes a rematar (en caso de inmuebles deberá consignarse: ubicación y una somera descripción; en caso de un remate de bienes diversos: cantidad aproximada de lotes; en caso de rodados: marca, modelo, dominio y estado); la base de venta en caso de estar establecida y demás condiciones y modalidades de venta dispuestas por el magistrado que ordena el remate. Dicho extracto deberá ser publicado por el Juzgado en la Página Web del Poder Judicial de Entre Ríos, dentro de los tres (3) días de presentado, dejándose uno de los ejemplares agregados al expediente.”

“El restante ejemplar del extracto, deberá remitirse al organismo encargado de la superintendencia del edificio de tribunales que corresponda, para su publicación en un exhibidor de “remates judiciales” que al efecto se habilitará”.-

13.9. Resultado de la subasta. Publicación. El precio obtenido en el remate o la falta de ofertas deberán ser publicadas por el Juzgado en la Página Web del Poder Judicial dentro de los diez días de realizada”.



Redacción sintética para Radio y T.V.:

REMATES JUDICIALES: SE AGILIZA SU PUBLICIDAD.

El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos modificó el Reglamento para el Fuero Civil y Comercial.-

Esta modificación contempla la participación operativa de los juzgados civiles y laborales, en la publicidad de los remates que ordenan.-

La medida imprime mayor celeridad en la publicación de subastas del Poder Judicial, en toda la provincia.-

La dispuso el Superior Tribunal de Justicia, por Acuerdo General.-

Fue una iniciativa del Área de Asuntos Administrativos del Alto Cuerpo. Y cuenta con la opinión positiva de los miembros de la Comisión Redactora del Código Procesal Civil y Comercial.-

Dicho Código y su correspondiente Reglamentación rigen en Entre Ríos, desde el 19 de julio del año pasado.-

La información que ahora vierten los Juzgados, puede hallarse en el sitio web del Poder Judicial, sito en: www.jusentrerios.gov.ar – Información General – Remates Judiciales.-



PARANA, 9 de junio de 2009.-



Prof. Inés Ghiggi

Encargada de Prensa STJER



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