Crónicas diarias

CAUSA FERNANDA AGUIRRE DEBATE ORAL Y PÚBLICO

CAUSA FERNANDA AGUIRRE DEBATE ORAL Y PÚBLICO
Día 1 - 13.11.07:

A la hora 9.30, aproximadamente, comenzó hoy en Paraná, el debate oral y público en la Causa que se les sigue a Mirta Cháves y Raúl Monzón por Secuestro Extorsivo y Participación Secundaria de Secuestro Extorsivo, respectivamente, por la desaparición de la menor Fernanda Aguirre, el 25 de julio del año 2004.-
En esta primera jornada se leyó en primer término la Requisitoria de la Agente Fiscal, Dra. Cecilia Goyeneche. Y en cuanto a la Requisitoria de los Querellantes, Dres. Julio Federik y Leandro Ríos, -para abreviar- se dio lectura únicamente a la parte en la que ésta hallaba diferencias respecto de la anterior, en cuanto a la participación de Monzón.-
Posteriormente, el Tribunal, compuesto por los Dr. José María Chemez, Ricardo González y Hugo Perotti, recibió declaración indagatoria a la imputada Chaves, en tanto que Monzón hizo uso del derecho que por ley le asiste, absteniéndose de declarar, por lo cual se dieron por introducidas, las dos declaraciones que éste vertiera durante la instrucción de la causa.-
Veinticuatro Medios de la región y del espectro nacional, cubrieron la información, con el cupo máximo cubierto para Periodistas Acreditados, y algunas presencias profesionales más del área periodística, que se sumaron como parte del público asistente.-
El acto fue transmitido en directo por algunos Medios Nacionales hasta el momento de la declaración indagatoria de Cháves, ya que si bien en un primer momento se había accedido al pedido de algunos periodistas que el día anterior habían solicitado que se levantara la reserva que impedía tomar imágenes de las dos indagatorias y las testimoniales, finalmente y tras la oposición de la Querella, el Fiscal de Cámara y el representante del Ministerio Pupilar, luego de un cuarto intermedio, el Tribunal, resolvió hacer lugar al planteo referido, impidiendo la filmación de tales actos, para evitar influencias hacia los declarantes. Fueron entonces los defensores de ambos imputados los que en esta instancia se opusieron, haciendo reserva la Dra. Lanfranqui de efectuar oportunas presentaciones casatoria y federal.-
En la platea, se encontraban los familiares de víctimas e imputados, a los que previamente se les habían reservado butacas, y se hallaban presentes también, de manera espontánea, integrantes de la Asociación Civil VIDA E.R. (Víctimas de Delitos Aberrantes de Entre Ríos).-
Esta primera jornada del Debate terminó a la hora 14.40 y se retomará el jueves 15, a la hora 9, oportunidad para la cual han sido citados a declarar seis testigos. Tal acto podrá ser transmitido en directo o filmado, hasta la prestación de juramento de esos testigos, y luego, tanto el periodismo como el público en general, podrán presenciar libremente el desarrollo de lo que será la segunda jornada del Debate Oral y Público de la causa en la que se juzga la conducta de los imputados Cháves y Monzón.-

OFICINA DE PRENSA STJER, 13 de noviembre de 2007.-

Prof. Inés Ghiggi
Encargada de Prensa STJER


CAUSA FERNANDA AGUIRRE
DEBATE ORAL Y PÚBLICO
Día 2 - 15.11.07:

A las 9.45 se inició hoy en Paraná, la segunda jornada del Debate Oral y Público en la Causa Nº 5448 en la que se les imputa a Mirta Cháves y Raúl Monzón, el delito de Secuestro Extorsivo de la menor Fernanda Aguirre. La primera en calidad de co-autora, y el segundo, como partícipe secundario.-
Estaban citado seis testigos, pero juraron decir verdad y declararon, cinco. Uno de ellos, Ernesto Erlich, no pudo ser notificado porque según informó la Policía a la Sala I de la Cámara del Crimen de la capital entrerriana, actualmente se encontraría viviendo en otra ciudad, por lo que se le librará una nueva cédula de citación.-
El acto de juramento de tales testigos, fue conjunto, y a pedido expreso de la Defensa de Monzón, el Tribunal, compuesto por los Dres. José María Chemez, Ricardo González y Hugo Perotti, enfatizó ante las autoridades policiales presentes, la orden de mantener incomunicados entre sí a las personas que en este día prestarían declaración, indicando además, que concluidos los testimonios, se conduzca a cada testigo, a la Secretaría de Cámara.-
Entre tanto, diversos Periodistas Acreditados, de nuestro medio, siguieron atentamente los pormenores del acto, tomando notas, fotografías y audios de las declaraciones que se vertían. Se encontraban presentes en la Sala, el Subsecretario de Justicia, Dr. Walter Carballo, el Agente Fiscal Dr. Elvio Garzón, integrantes de la Asociación de Víctimas de Delitos Aberrantes de E.R., los abuelos de Fernanda Aguirre, familiares de los imputados, algunos estudiantes de Derecho y Comunicación Social, y público en general.- Declaró en primer término María Inés Cabrol, madre de la menor desaparecida, quien brindó testimonio y respondió a las preguntas que se le formularon. Al concluir, el Tribunal dispuso un intermedio, que comenzó a la hora 11.50 y se extendió hasta poco después de la hora 12.30.-
Posteriormente, procedió a declarar el padre de la víctima, Sr. Julio Domingo Aguirre, disponiéndose al finalizar ese acto, la realización por parte de éste, en el día de mañana a la hora 10, de un cuerpo de escritura que será luego peritado caligráficamente, a los efectos de su correspondiente cotejo con una firma obrante en el expediente.-
Se estableció entonces un segundo intermedio, y tras él, depuso la hermana de Fernanda, María Emilia Aguirre. Al finalizar, ya era la hora 15.20 y más testigos aguardaban: dos yernos de los Aguirre: Adrián Schonfeld y Ulises Leonidas Álvarez, quienes en ese orden declararon.-
Los dos acusados, Cháves y Monzón, presenciaron todas las testimoniales, junto a sus Defensores, sumándose hoy a la Defensa de Monzón, la asistencia administrativa del Dr. Jorge Leitner. La Querella se mantuvo activa formulando preguntas, vinculadas en su mayoría, con las averiguaciones realizadas por la familia, con relación al paradero de la niña, y también la Defensa de los imputados y el Fiscal de Cámara requirieron información a los deponentes, siempre ante la presencia del Ministerio Pupilar que en representación de la víctima, acompañó toda esta Jornada que concluyó a la hora 16.30.-
Para el lunes 19 han sido citados a declarar, seis testigos más.-

OFICINA DE PRENSA STJER, 15 de noviembre de 2007.-

Prof. Inés Ghiggi
Encargada de Prensa STJER



CAUSA FERNANDA AGUIRRE
DEBATE ORAL Y PÚBLICO
Día 3 - 19.11.07:

A las 9.40 se inició hoy en Paraná, la tercer jornada del Debate Oral y Público en la Causa Nº 5448 en la que se les imputa a Mirta Cháves y Raúl Monzón, el delito de Secuestro Extorsivo de la menor Fernanda Aguirre. La primera en calidad de co-autora, y el segundo, como partícipe secundario.-
Al inicio del acto, el Dr. José María Chemez, Presidente de la Causa, hizo saber a la concurrencia que el Tribunal ya cuenta con el resultado de la pericia caligráfica practicada sobre el cuerpo de escritura que el viernes pasado realizara el padre de la menor desaparecida, Sr. Julio Aguirre, cotejándoselo con la firma que obra en la denuncia agregada el expediente, la cual en su momento, no había sido reconocida por éste.-
A ese respecto, el Dr. Chemez dijo que conforme informara el Perito Calígrafo oficial, se ha establecido fehacientemente que la firma que figura en el acta de denuncia como perteneciente al mencionado Sr. Aguirre, es auténtica; que pertenece a su puño y letra.-
Asimismo, y dando prosecución al acto, el Presidente del Tribunal comunicó que la Defensa del imputado Monzón solicitó el viernes pasado la ampliación de esa pericia y que se le ha hecho lugar a su pedido.-
Posteriormente, el Dr. Rubén Pagliotto, en su carácter de co-Defensor de Raúl Monzón, peticionó la citación de nuevos testigos en la causa, lo cual encontró acuerdo de parte del Querellante y el Fiscal de Cámara, en lo que respecta a la persona de Gretel Cecilia Fernández, no así respecto al resto de los comparendos solicitados, por considerar que los mismos no resultaban pertinentes ni conducentes para el hecho que se está juzgado.-
Ante ello, el Presidente del Tribunal hizo saber que se resolverían tales cuestiones cuando estableciera un cuarto intermedio, tras la recepción de algunas testimoniales, y ante expresiones del Dr. Pagliotto referidas a la voluntad de la Defensa de garantizar transparencia con la televisación en directo de tales testimoniales, el Dr. José María Chemez respondió que la publicidad de los actos está siendo garantizada por la presencia de público y la cobertura periodística que los Medios están realizando, tal como puede apreciarse en las emisiones que públicamente se conocen, y que la transparencia no sólo la van a garantizar dichos Medios, sino también el propio Tribunal.-
En tal sentido, cabe aclarar que el carácter público de los debates orales, instaurados en la provincia desde el año 1971, alude a la libre asistencia de público a dichos debates, y que con el tiempo y el avance de la tecnología, también los medios audiovisuales comenzaron a hacerse presentes para registrarlos. Pero que esencialmente un debate es público, cuando se realiza en presencia de asistentes. Que en este caso, a pedido de la Querella, el Fiscal de Cámara y el Ministerio Pupilar, la limitación que se ha establecido durante la prestación de las declaraciones indagatorias y testimoniales, es la de la filmación audiovisual y la transmisión de audio y video, en vivo, para preservar la incomunicación de los testigos, en resguardo del debido proceso. De modo que el hecho de que el debate no sea transmitido por medios masivos, no significa en modo alguno, que no sea público, adjuntándose además a la presente crónica, como testimonio de lo dicho, fotografías que dan cuenta de la presencia de asistentes y de la cobertura periodística que a este respecto y libremente, están realizando diversos periodistas de numerosos Medios de Comunicación.-
Ingresaron luego para la respectiva prestación de juramento de decir verdad sobre lo acontecido, cinco de los seis testigos citados, haciendo saber la Secretaria de la Cámara, que obran constancias en el expediente que el Sr. Pedro Alberto Kapp se encuentra fallecido.-
Declararon entonces, en este orden, los siguientes testigos: Ángela Guadalupe Sosa, Rodrigo Luján Cáceres Rochi, Ezequiel Bressán, José María Valentinuz y Antonio Di Giobani.-
El cuarto intermedio transcurrió entre la hora 11.35 y12, y el Tribunal resolvió respecto a lo interesado por la Defensa de Monzón: "Hacer lugar a la citación en carácter de testigo, de GRETEL CECILIA FERNÁNDEZ, por resultar la misma pertinente y útil a la dilucidación de los hechos atribuidos a los procesados", por lo que la misma deberá comparecer en el curso de este Debate, previa citación al domicilio que aparece mencionado en las actuaciones.-
"… en relación a la posible existencia de nuevos hechos delictivos, independientes al suceso que es objeto principal de esta causa", los Dres. José María Chemez, Ricardo González y Hugo Perotti, determinaron que si correspondiere, remitirán oportunamente a la Fiscalía en turno, los testimonios pertinentes, pero no hicieron lugar al pedido de citación de los otros testigos interesados (Geuna, Fernández, Cancio, los funcionarios policiales que intervinieron en la recepción de la denuncia, y los funcionarios de la Fiscalía Federal de Paraná), por considerar que "dicha prueba no resulta manifiestamente útil, conforme lo exige el art. 393 del C.P.P. y carece de la relevancia destinada a la búsqueda de la verdad real, tal como lo preceptúa el art. 239 del código de rito", y tuvieron presente la reserva casatoria y del caso federal, que se había explicitado.-
Esta tercer jornada en el Debate Oral y Público de esta Causa 5448 , finalizó a la hora 12.45 y para mañana, han sido citados a declarar, seis testigos más.-

OFICINA DE PRENSA STJER, 19 de noviembre de 2007.-

Prof. Inés Ghiggi
Encargada de Prensa STJER


Refuerzo 21.11.07:
Aún no ha comenzado hoy la jornada del Debate Oral y Público de la Sala I de la Cámara I de Paraná, donde se juzga a Mirta Chaves y Raúl Monzón, en la causa de Fernanda Aguirre.-
Entre tanto, cabe aclarar que si bien no se hizo lugar al pedido de citación de los testigos Geuna, Fernández, Cancio, los funcionarios policiales que intervinieron en la recepción de la denuncia, y los funcionarios de la Fiscalía Federal de Paraná, como había pedido la defensa de Monzón, PERO el Tribunal decidió que si correspondiere, remitirá oportunamente a la Fiscalía en turno, los testimonios pertinentes "… en relación a la posible existencia de nuevos hechos delictivos, independientes al suceso que es objeto principal de esta causa".-



CAUSA FERNANDA AGUIRRE
DEBATE ORAL Y PÚBLICO
Día 4 - 20.11.07:

Tras abocarse el Tribunal de la Cámara 1 - Sala 1, a resolver diligencias atinentes a la causa en trámite, a la hora 10.10 se inició hoy, la cuarta jornada del Debate Oral y Público que se está llevando a cabo en Paraná contra Mirta Chávez y Raúl Monzón, por el delito de Secuestro Extorsivo de la menor Fernanda Aguirre (la primera en calidad de co-autora, y el segundo, como partícipe secundario).-
Luego del juramento de los seis testigos citados en el día de la fecha, el primero en declarar fue Ernesto Isaías Erlich, quien inicialmente debía hacerlo en la primera jornada, pero dada su ausencia de la ciudad, el día 15, y su estancia en la capital de la provincia, en el día de ayer, el Tribunal decidió citarlo para hoy, con lo que, como se dijo, depuso en primer término.-
Durante el acto, el Presidente del Tribunal debió llamar la atención a la Defensa de Monzón para evitar la reiteración de las mismas preguntas al testigo y, de igual manera solicitó a Erlich que hiciera un esfuerzo por recordar los hechos, leyéndosele en varias ocasiones sus dichos anteriores que obran en el expediente, para focalizar su atención en las demandas informativas que se le hacían, observando el Presidente que tanto Defensor como testigo, debían mantener trato respetuoso entre sí, pues caso contrario cabría aplicar sanciones. El Dr. Pagliotto señaló entonces discrepancias que surgían a criterio de esa Defensa en las manifestaciones realizadas en distintas instancias por este testigo, y solicitó se efectuaran careos con otros deponentes.-
Por ello y tras la declaración de Erlich, los Dres. José María Chemez, Ricardo González y Hugo Perotti, como integrantes del Tribunal de la Cámara 1 - Sala I - establecieron un cuarto intermedio a la hora 11.25 para deliberar acerca de lo peticionado.-
A su regreso, en horas del mediodía, dijeron ante un salón repleto de periodistas y público en general, que consideran que "las discordancias hechas notar con empeño por los letrados de la defensa, resultan explicables en virtud del transcurso del tiempo" y que ello no implica necesariamente que constituyan una contradicción. Y luego, citando obras de reconocidos juristas, resaltaron que "no es procedente ordenar un careo sobre la base de discrepancias atinentes a circunstancias meramente accesorias y que no son conducentes para la causa".-
Por tales motivos, entendiendo entonces el Tribunal, que la prueba solicitada no resulta relevante a los fines del esclarecimiento de la verdad que en este Debate se pretende desentrañar, y haciendo uso de la facultad que su magistratura dispone para decidir sobre la práctica de actos que sean pertinentes y conducentes para el logro de tal fin, resolvió: no hacer lugar a lo interesado, "en atención a que este medio de prueba se encuentra reservado… a hechos o circunstancias importantes, es decir, relevantes a los fines del esclarecimiento de la verdad sobre los extremos de la imputación delictiva, quedando excluida la posibilidad de practicar el acto frente a discordancias sobre aspectos de escasa significación…"
Declaró luego, Georgina Díaz, tras lo cual hubo un nuevo cuarto intermedio, y posteriormente brindaron su testimonio Marta Barcos, Juan Domingo Iturbide, Andrés Gabriel Ledesma Bellman y Juan Manuel Álvarez, en tanto que Amina Drake, que también había sido citada para hoy, no compareció, por encontrarse enferma.-
Los imputados presenciaron todas las testimoniales, y también la madre de la víctima, quien desde la segunda mitad del acto de ayer, permaneció sentada junto a los abogados querellantes, a pedido de estos últimos, y con el oportuno consentimiento del Tribunal.-
La jornada terminó alrededor de la hora 15, y para mañana se aguarda la comparencia de seis testigos más.-
OFICINA DE PRENSA STJER, 20 de noviembre de 2007.- Prof. Inés Ghiggi
Encargada de Prensa STJER



CAUSA FERNANDA AGUIRRE
DEBATE ORAL Y PÚBLICO
Día 5 - 21.11.07:

En la quinta jornada del Debate Oral y Público de la Causa 5448 vinculada con la desaparición de Fernanda Aguirre, el acto se inició hoy, en Paraná, a la hora 9.40, con la presencia de todas las partes del juicio que se sustancia en la Cámara I - Sala I.-
En la apertura, la Secretaria de la Cámara informó que los testigos Víctor Hugo Martínez y Claudia Marcela Íbalo no han sido localizados hasta el momento por la Policía, y que el testigo Antonio Mantay estaba notificado de la citación, pero no se había hecho presente, por lo que se ordenó que se lo condujera por la fuerza pública. Paralelamente, personal de la Sala localizó telefónicamente, en el transcurso de la mañana, a Sergio Zatti, el testigo propuesto por la Defensa de Monzón, al ser mencionado por José Ezequiel Bressán, el pasado lunes, y se quedó a la espera de su arribo, para que también él declarara en esta audiencia.-
De modo que en esa primera instancia del acto, sólo prestaron juramento de decir verdad, tres personas que declararon antes del primer cuarto intermedio que se dispuso a la hora 11.40. Esas personas fueron Sebastián Andrés González Nader, Héctor Horacio Tortul, y Marisa Fabiana Ortíz, quienes en ese orden brindaron su testimonio, ante la presencia de representantes de la prensa y de la Asociación VIDA ER, así como de algunos vecinos de la ciudad, interesados en conocer cómo se desarrolla este Debate.-
A la hora 12.05, el Tribunal retomó su tarea, y procedió a recibir los respectivos juramentos de los dos testigos que para esa altura, ya se encontraban en el edificio de Laprida 250 de la capital provincial.-
Declaró entonces Antonio Mantay, quien ante la falta de precisión en sus dichos, mereció en principio un serio llamado de atención por parte del Presidente del Tribunal y luego, tras confrontarse su declaración del momento, con la vertida oportunamente en sede federal, se advirtió que incurría en serias contradicciones, por lo que finalmente y ante la presunción de la comisión del delito de falso testimonio, quedó alojado en la Alcaidía de Tribunales, se emitieron testimonios de las partes pertinentes del expediente, y se las remitió para la investigación correspondiente, al Juez de Instrucción en turno, Dr. Ricardo Bonazzola.-
Posteriormente, depuso Sergio Zatti, quien una vez localizado había accedido inmediatamente a presentarse ante el Tribunal, y concluida su declaración, a la hora 13, se cerró esta jornada de Debate que se retomará en el día de mañana, para recibir declaración a cuatro testigos más.-

OFICINA DE PRENSA STJER, 21 de noviembre de 2007.-

Prof. Inés Ghiggi
Encargada de Prensa STJER



CAUSA FERNANDA AGUIRRE
DEBATE ORAL Y PÚBLICO
Día 6 - 22.11.07:

Entre las 9.50 y las 11, declararon hoy, en Paraná, en el Debate Oral y Público de la causa del secuestro extorsivo de la menor Fernanda Aguirre, los testigos: Víctor Hugo Martínez, Raúl Horacio Garbezza y Andrés Oscar Molina.-
El primero de los nombrados no había podido ser localizado antes, por lo que se concretó hoy, el acto que estaba previsto realizar ayer, a su respecto. Y dado que hasta el momento tampoco ha sido posible dar con el actual paradero de Flavia Vanessa Buss, se la sigue buscando y cuando sea posible comparecerá, razón por la cual en la jornada de hoy no se contó con su testimonio, como se había planificado.-
Sí en cambio se halló a Claudia Marcela Íbalo Vda. de Martínez que como veremos, comparecería luego en esta jornada, al igual que Gladys Haydée Dabín, cuñada del testigo Héctor Horacio Tórtul, quien en el día de ayer la mencionó en su declaración, y ante la petición de las partes, el Tribunal de la Cámara I - Sala I, solicitó su presencia, para recibirle declaración testimonial.-
A la hora 11 se estableció un cuarto intermedio, y el acto se retomó media hora después, deponiendo entonces, ante la presencia de todas las partes del juicio, profesionales de la prensa, y un público que permanentemente se va renovando, Eduardo Daniel Ledesma, Claudia Marcela Íbalo Vda. de Martínez.-
Esta testigo, abundó en detalles en cuanto a las circunstancias en las que operativamente se realizó el secuestro de Fernanda Aguirre, y ubicó en el croquis que se le exhibió, el lugar donde se produjo el hecho. Pero su testimonio de la fecha arrojó diferencias con declaraciones anteriores suyas, y como surgieron a su vez, contradicciones entre sus dichos y los del deponente anterior, Ledesma, el Tribunal resolvió carearlos y así se hizo, en el mismo momento.-
Ledesma e Íbalo siguieron sin coincidir. Ambos se mantuvieron en sus respectivas posiciones. Y entonces, el Presidente del Tribunal dispuso que la testigo permaneciera en la Sala de Audiencias y se estableció un nuevo cuarto intermedio, a la hora 13, para deliberar
Entre tanto, en ese mismo horario, y según informó el Juez de Instrucción, Dr. Ricardo Bonazzola, a esta Oficina de Prensa del STJER, le recibió declaración indagatoria a Antonio Mantay, por la supuesta comisión del delito de Falso Testimonio, tras haber quedado detenido en el día de ayer, en la Alcaidía de Tribunales, sita en el subsuelo del Edificio de calle Laprida 250 de la capital provincial.-
Mantay declaró asistido por el Defensor de Pobres y Menores Subrogante, Dr. Martín Cabrera, y al finalizar se lo excarceló bajo juramento de cumplir con las obligaciones que el Juzgado le impuso, en tanto que la causa que se le inició continuará su curso instructorio.-
A las 13.15, el Tribunal integrado por los Dres. José María Chemez, Ricardo González y Hugo Perotti, retomó el Debate en la Causa que respectivamente se le sigue a Mirta Chávez por Secuestro Extorsivo, y a Raúl Monzón, por Participación Secundaria en el mismo delito.-
En esta instancia, y tras la deliberación efectuada, los magistrados resolvieron, como ayer sucediera con Mantay, detener a la Sra. Claudia Marcela Íbalo Vda. de Martínez, y se la puso a disposición del Dr. Bonazzola, en su carácter de Juez de Instrucción en turno, por la supuesta comisión del delito de Falso Testimonio, por parte de esta deponente, a cuyos efectos se extraerán los testimonios pertinentes de la causa, y se los enviará al titular de ese organismo.-
A las 13.20 prestó juramento y declaró como testigo, Gladys Haydée Dabín y a las 13.35, finalizó esta jornada de Debate, que tal como estaba previsto, continuará el próximo lunes, oportunidad para la cual han sido citados a declarar, cuatro testigos.-

OFICINA DE PRENSA STJER, 22 de noviembre de 2007.-

Prof. Inés Ghiggi
Encargada de Prensa STJER



CAUSA FERNANDA AGUIRRE
DEBATE ORAL Y PÚBLICO
Día 7 - 26.11.07:

Hoy se retomó a la hora 9.35, el Debate Oral y Público en la Causa 5448 contra Mirta Chávez y Raúl Monzón, por el secuestro de Fernanda Aguirre, y tras deponer el primer testigo, José Obdulio Éberle, quedó también detenido por incurrir en contradicciones, tal como ocurriera en dos ocasiones anteriores, en el transcurso de otros actos de este Debate.-
Éberle fue puesto disposición del Juez de Instrucción en turno, Dr. Ricardo Bonazzola, a quien se le remitieron los testimonios pertinentes, ante la posible comisión por parte del mismo, del delito de Falsos Testimonios. El Juez dio intervención entonces al Ministerio Público Fiscal, y de resultar pertinente, le recibirá declaración indagatoria, en el término de 24 hs., por lo que este testigo quedó alojado en la Alcaidía de los Tribunales.-
Recordemos, en este sentido, que tal como públicamente se informara desde esta Oficina de Prensa del STJER, ante medios televisivos el viernes pasado, ese día declaró la testigo Claudia Marcela Íbalo Vda. de Martínez -detenida desde el jueves, también por presunción de Falso Testimonio-.-
Lo hizo ante el Juez Bonazzola, con asistencia de su Defensor particular, el Dr. Héctor Bergara, y dadas las disposiciones del Código Penal respecto a este tipo de delito, se le concedió la libertad, bajo juramento de observar las reglas que el Juez le impuso.-
Entretanto, en la Sala I de la Cámara I se recibía y se agregaba al expediente el informe correspondiente a la Ampliación de la Pericia Caligráfica realizada por el Perito Oficial del STJ, sobre el cuerpo de escritura confeccionado en la mañana del pasado viernes por el padre de Fernanda, Julio Aguirre, y el croquis que obra en las actuaciones, cuyo trazos y números éste desconoció al prestar declaración testimonial en la primera jornada de este Debate, el día 15 del corriente.-
Dicho informe, oportunamente solicitado por la Defensa de Monzón y consentido por el Tribunal que entiende en esta causa, dio como resultado que tales trazos y números, sí pertenecen al puño y letra del citado Aguirre.-
Paralelamente, desde la Sala I de la Cámara, se ordenaba traer por la fuerza pública a la testigo María Rosa Monzón, quien estaba citada para prestar declaración en el acto de hoy, y pese a estar notificada, no había concurrido.-
Personal policial la halló y la condujo hasta los Tribunales paranaenses, sitos en calle Laprida 250, donde bajo custodia policial, aguardó su turno, en la Mesa de Entradas de ese organismo.-

En lo que respecta a la continuidad de la tramitación de estas actuaciones, cabe consignar asimismo, que hasta el momento no se ha recibido constancia alguna del supuesto fallecimiento de la testigo Gretel Cecilia Fernández, oportunamente citada a declarar a pedido de las partes. Pero en esta Jornada. la Secretaria de la Cámara informó acerca de la nómina de internas que conforme se dio a conocer oficialmente al Tribunal, compartieron celda con Mirta Chávez o estuvieron en celdas contiguas.-
En segundo término depuso hoy, Hernán Julio González, quien declaró en dos tramos, dado que entre las 11.50 y las 12.10, aproximadamente, hubo un receso.-
Este testigo fue interrogado por los Querellantes, el Fiscal de Cámara, los Defensores de los imputados, y el propio Tribunal, integrado por los Dres. José María Chemez, Ricardo González y Hugo Perotti.-
Luego declaró Paulina Villarroel, sin que interrogativamente fuera requerida por las partes de este juicio, y a la hora 13.10, se estableció un nuevo cuarto intermedio, hasta la hora 13.35.-
En ese momento ingresó al Salón María Rosa Monzón (hermana del imputado Raúl Monzón), quien como se dijera fue conducida por la fuerza pública. El Presidente del Tribunal le hizo saber entonces, que el art. 242 del C.P.P. prohibe declarar en contra de un hermano, y le hizo la aclaración de que en caso de que ella en su declaración, lo llegare a incriminar, sus dichos no serían tenidos en cuenta. Seguidamente y bajo juramento de decir verdad, la testigo brindó su testimonio, ante el Tribunal, las partes del juicio, los periodistas presentes, y el público asistente.-
Numerosas preguntas -algunas de ellas con objeciones de parte de la Querella-, le fueron formuladas y reformuladas a esta testigo, a la que el Presidente del Tribunal le llamó severamente la atención en reiteradas oportunidades, volviendo a manifestarle que por su grado de parentesco con Raúl Monzón, no valoraría la prueba que estaba aportando, porque así lo indica la ley, pero le señaló, con rigor, que no debía mentir al Tribunal. Finalmente, el Dr. Chemez re-preguntó tópicos concretos, a María Rosa Monzón, y ésta terminó da ndo una versión definitiva a cada una de ellas.-
En el desarrollo de este tramo del acto, y ante reiterados reclamos del Defensor de Monzón, Dr. Pagliotto, quien marcaba falta de respeto por parte de la Querella, por objeciones, comentarios por lo bajo, o gestos, el Presidente también debió llamar la atención a las partes para que guarden las formas.-
Concluida esta testimonial, el Dr. José María Chemez puso a consideración de las partes dos peticiones del Dr. Pagliotto (a las que también adhirió la Defensa de Chávez), respecto a un oficio que pretenden que se envíe a la Jueza de Familia y Menores, Dra. María Victoria Solari, para que informe acerca de las condiciones de vida de las hijas de la testigo al momento del hecho por ésta relatado; y sobre la constitución del Tribunal en la casa de la misma, para ver la correspondencia entre la impronta dejada en la pared por un hueco que allí se había hecho, según también refiriera, y las fotografías y actas de inspección que obran en el expediente.-
La Querella consintió a la primera, pero con respecto a la segunda, requirió al Tribunal que evalué su conducencia. Y a su turno, el Fiscal de Cámara señaló que no consideraba necesaria la primera petición, pero no se oponía; aunque sí lo hacía con respecto a la segunda, por considerarla ociosa e inconducente.-
Finalmente, el Tribunal resolvió librar a la Dra. Solari el oficio interesado por los Defensores de ambos imputados, requiriendo la información demandada. Y al segundo requerimiento no le hizo lugar, dado que estimó que contándose con actas de inspección judicial de ese lugar y abundantes tomas fotográficas reconocidas por la testigo, entiende que se trata de una medida dilatoria e innecesaria, la que además -según señaló- hubiera correspondido ofrecerla en la etapa oportuna, y en ese momento no se lo hizo.-
El acto terminó a la hora 15 en punto, y se reanudará mañana, para recibir declaración testimonial a cinco personas, con relación a la responsabilidad de Mirta Chávez, por el delito de Secuestro Extorsivo, y de Raúl Monzón, por Participación Secundaria de Secuestro Extorsivo.-

OFICINA DE PRENSA STJER, 26 de noviembre de 2007.-

Prof. Inés Ghiggi
Encargada de Prensa STJER



CAUSA FERNANDA AGUIRRE
DEBATE ORAL Y PÚBLICO
Día 8 - 27.11.07:

La Sala I de la Cámara I de Paraná, retomó hoy a la hora 9.45, el Debate Oral y Público en la Causa por el secuestro de la menor Fernanda Aguirre, el que se realiza en el Salón de Audiencias de la Planta Baja del Edificio de calle Laprida 250, ante la presencia de las partes del juicio, periodistas que cubren día a día esta información, y público asistente que permanentemente se renueva.-
Tras el juramento de práctica, declararon en primer término los testigos Rosa Justina Colman y Juan José Romero, debiendo el Presidente del Tribunal llamar la atención a la Querella y la Defensa del imputado Raúl Monzón -como en audiencias anteriores sucediera-, para que guarden las formas y observen mutuo respeto al realizar las observaciones o peticiones que estimen pertinente formular.-
Entre los testimonios de los dos testigos deponentes, surgieron contradicciones, y por ese motivo se llevó a cabo un careo entre los mismos. Cada uno se mantuvo en sus dichos, pero uno no negó lo manifestado por el otro, sino que los dos admitieron que de haber acontecido el hecho puesto en cuestión, como se manifestaba, lo desconocían.-
Por esas mismas horas, personal de la citada Sala I de la Cámara I, efectuaba las diligencias necesarias para solicitar por nota al Canal 2 de TV de Santa Fe, que se emite por Gigared, el videotape correspondiente a la emisión del día 21 del corriente del programa "De igual a Igual", en el que efectuó declaraciones el Dr. Luis Rodolfo De Aguirre, ex Defensor de la imputada Mirta Chávez, a quien se lo citó a declarar el día 3 de diciembre próximo.-
Esta medida, a la que adhirió la Defensa de Monzón, fue solicitada originalmente por el Dr. Humberto Franchi, co-Defensor de la mencionada Chávez, quien refirió que en tal emisión, el Dr. De Aguirre manifestó haber recibido una carta de Gretel Fernández, quien compartía celda con su defendida, testigo ésta que está citada en el presente juicio, sin que hasta la fecha haya sido localizada o exista hasta el momento, comunicación oficial de su supuesto fallecimiento.-
Con relación a las solicitudes efectuadas a lo largo de este Debate iniciado el 15 de noviembre pasado, por los Defensores de los dos imputados por Secuestro Extorsivo (Chávez como co-autora y Monzón como partícipe secundario), cabe mencionar que suman un total de trece (13) requerimientos , de los cuales el Tribunal les ha hecho lugar a ocho (8) de ellos, no así al resto, previa consulta a las otras partes del proceso, por motivos vinculados en su mayoría, con razones procesales relativas a inconducencias, dilaciones innecesarias, o relativas a pruebas que debieron ofrecerse en la etapa del juicio en que así por ley correspondía, y no se lo hizo .-
Entre la hora 12 y la 12.30 se estableció un cuarto intermedio. Y tras él, declararon los testigos Héctor Alberto Montenegro y José Luis Rueda.-
Entre tanto, a la hora 13 comparecía ante el Dr. Ricardo Bonazzola, en el Juzgado de Instrucción Nº 5, José Obdulio Éberle, asistido por el Defensor Oficial Subrogante, Dr. Martín Cabrera, tras haber permanecido detenido desde ayer, por disposición del Tribunal que entiende en este Debate, ante la presunción de la comisión, por su parte, del delito de Falsos Testimonios.-
Éberle hizo uso del derecho de abstenerse de declarar, por lo que no efectuó manifestación alguna, y dada la índole del delito que se le atribuye, quedó en libertad, bajo juramento de observar fielmente las condiciones que el Juez Bonazzola le impuso.-
El último testigo de la jornada fue Germán Barzola y el acto finalizó a la hora 13.50.-
Para mañana se espera el testimonio de cuatro testigos más.-

OFICINA DE PRENSA STJER, 27 de noviembre de 2007.-

Prof. Inés Ghiggi
Encargada de Prensa STJER



CAUSA FERNANDA AGUIRRE
DEBATE ORAL Y PÚBLICO
Día 9 - 28.11.07:

Sólo dos testigos declararon hoy a partir de la hora 9.40, en el Debate Oral y Público de la Causa 5448 que se le sigue en Paraná a Mirta Chávez y Raúl Monzón, por el secuestro de la menor Fernanda Aguirre: Carina Villanueva y Sara Engelberger.-
Cristian Torres no compareció y durante toda la mañana se hicieron diligencias para tratar de localizarlo, pero hasta el momento, han resultado infructuosas.-
María del Carmen Barreto, tampoco se presentó, pero luego se la hizo traer a los Tribunales por la fuerza pública, mas finalmente no estuvo en condiciones de declarar porque así lo determinó un examen que le practicó el médico forense, y por tal motivo una ambulancia la condujo hasta el Hospital San Martín. De modo que el Tribunal resolvió fijar una nueva audiencia para que preste su testimonio.-
Declaró entonces Carina Villanueva y al finalizar se hizo un cuarto intermedio que se extendió hasta la hora 11.30, oportunidad en la que depuso Sara Engelberger, concluyendo la jornada de hoy, cuarenta y cinco minutos después.-
Para mañana, último acto de este debate, en el transcurso de la presente semana, han sido citados cuatro testigos más, en tanto que en audiencia próxima también deberá comparecer Joel Esteban Mantay.-
El testimonio del joven Mantay, fue solicitado ayer por la Querella, con adhesión de la Defensa y el consentimiento del Tribunal, debido a que fue mencionado en declaraciones vertidas en ese acto, y tras diversas diligencias realizadas, ya fue localizado, en horas del mediodía de hoy.-

OFICINA DE PRENSA STJER, 28 de noviembre de 2007.-

Prof. Inés Ghiggi
Encargada de Prensa STJER



CAUSA FERNANDA AGUIRRE
DEBATE ORAL Y PÚBLICO
Día 10 - 29.11.07:

9.40 comenzó hoy en Paraná la décima jornada del Debate Oral y Público en la causa por el secuestro y desaparición de Fernanda Aguirre, anunciándose al inicio del acto que el testigo Cristian Torres que ayer no había comparecido, se presentó hoy espontáneamente y que su testimonio se sumaría en este día, al de los otros cuatro testigos previstos.-
Declaró en primer término Jonathan Nazareno Casalino, y como evadía respuestas y dudaba en responder, ante la insistencia de la Querella y las Defensas, pretendiendo recabar mayor información, el Presidente del Tribunal terminó pidiendo el desalojo de la sala, a la hora 11.45, para facilitar su declaración, en un marco de reserva.-
El propio público presente y los periodistas que se encontraban cubriendo informativamente este tramo del Debate, manifestaron actitudes de disposición a salir del recinto, aún antes que formalmente así se dispusiera, para "ver si dice algo más", según algunos asistentes comentaron, en franca colaboración con el propósito de arribar al verdadero esclarecimiento de los hechos.-
De modo que en esas condiciones el acto continuó, hasta que al finalizar este testimonio, a la hora 12.34, se estableció un cuarto intermedio.-
A las 13, compareció un nuevo testigo: Alejandra Pamela Casalino, a quien en el transcurso de su declaración, el Dr. José María Chemez, Presidente del Tribunal, le recordó su juramento, destacándole que no se trataba de recordar lo que había dicho en otras oportunidades en el expediente, sino de decir la verdad.-
Su testimonio se extendió hasta la hora 14.15, momento en el que ingresó Juan Luis Casalino, para dar cuenta del conocimiento que tiene respecto a los hechos que en este Debate se juzgan, mientras las preguntas se sucedían y se reiteraban -como a lo largo de todo este acto- diferentes pedidos de expresas constancias de manifestaciones vertidas, para que las expresiones figuren en el acta que simultáneamente se labra, tal como cada declarante las expresa.-
Declaró hasta la hora 15.35, y se estableció un nuevo cuarto intermedio. La jornada iba a continuar. Faltaban aún brindar su testimonio, dos testigos más.-
El acto se retomó a las 16.10, cuando compareció Delia del Rosario Lencina, la cual se abstuvo de prestar declaración, dado que según la instruyó el Presidente, la ley la exime de testimoniar, conforme lo previsto en el art. 243 del C.P.P., al ser cuñada de la imputada Mirta Chávez (2º grado de consanguinidad), y prima hermana del procesado Raúl Monzón (4º grado de consanguinidad), por lo que de su decisión dependía brindar o no su testimonio, optando ésta, como se dijo, por no declarar, y se retiró.-
Accedió entonces al recinto, el testigo Crístian Torres, el que pese a ser primo de Miguel Lencina, no tenía un parentesco tan cercano como para estar exento de su obligación de declarar, por lo cual así lo hizo, respondiendo a todas las preguntas que en el acto, el Tribunal y las partes del juicio, le formularon.-
Esta extensa jornada culminó a la hora --- y el acto se cerró hasta el próximo lunes, fecha en que conforme ha dispuesto el Tribunal integrado por los Dres. José María Chemez, Ricardo González y Hugo Perotti, depondrán otros cinco testigos.-

OFICINA DE PRENSA STJER, 29 de noviembre de 2007.-

Prof. Inés Ghiggi
Encargada de Prensa STJER



CAUSA FERNANDA AGUIRRE
DEBATE ORAL Y PÚBLICO
Día 10 - 29.11.07:

Ocho horas duró el acto de hoy, correspondiente a la décima jornada del Debate Oral y Público que se está realizando en los Tribunales de Paraná, en la causa por el secuestro y desaparición de Fernanda Aguirre.-
Comenzó a la hora 9.40 y finalizó a las 17.45.-
En el inicio, el Presidente del Tribunal anunció que el testigo Cristian Torres que ayer no había comparecido, se presentó hoy espontáneamente y que su testimonio se sumaría en este día, al de los otros cuatro testigos previstos.-
Declaró en primer término Jonathan Nazareno Casalino. En el transcurso de su alocución, el joven evadió respuestas y se mostró medido y dubitante, ante la insistencia de la Querella y las Defensas, pretendiendo recabar mayor información. Y como esa situación se prolongaba, el Presidente del Tribunal terminó pidiendo el desalojo de la sala, a la hora 11.45, para facilitar su declaración, en un marco de reserva.-
La madre de la víctima, el propio público presente, y los periodistas que se encontraban cubriendo informativamente este tramo del Debate, manifestaron actitudes de disposición a salir del recinto, aún antes que formalmente así se dispusiera, para "ver si dice algo más", según algunos asistentes comentaron, en franca colaboración con el propósito de arribar al verdadero esclarecimiento de los hechos.-
De modo que en esas condiciones, el acto continuó, hasta que al finalizar este testimonio, a la hora 12.34, se estableció un cuarto intermedio.-
A las 13, compareció un nuevo testigo: Alejandra Pamela Casalino, a quien en el desarrollo de su declaración, el Dr. José María Chemez, Presidente del Tribunal, le recordó su juramento, destacándole que no se trataba de recordar lo que había dicho en otras oportunidades en el expediente, sino de decir la verdad.-
En un tramo de su testimonio, el Dr. Leandro Ríos, querellante en la Causa, le preguntó por qué motivo firmaron una declaración suya del 30 de julio de 2004, los abogados Franchi y Lanfranqui, actuales defensores de la imputada Mirta Chávez. La testigo dijo desconocerlo. Y esto motivaría al finalizar el acto, un nuevo pedido de pruebas, por parte de la Defensa del otro imputado en el juicio, Raúl Monzón.-
El testimonio de Alejandra Casalino se extendió hasta la hora 14.15, momento en el que ingresó Juan Luis Casalino, para dar cuenta del conocimiento que tiene respecto a los hechos que en este Debate se juzgan, mientras las preguntas se sucedían, reiterándose -como a lo largo de todo este acto- diferentes pedidos de expresas constancias de manifestaciones vertidas, para que las expresiones figuren en el acta que simultáneamente se labra, tal como cada deponente las expresa.-
Juan Luis Casalino declaró hasta la hora 15.35, y se estableció un nuevo cuarto intermedio. La jornada iba a continuar. Faltaban aún brindar su testimonio, dos testigos más.-
El acto se retomó a las 16.10, cuando compareció Delia del Rosario Lencina, la cual se abstuvo de prestar declaración, dado que según la instruyó el Presidente, la ley la exime de testimoniar, conforme lo previsto en el art. 243 del C.P.P., al ser cuñada de la imputada Mirta Chávez (2º grado de afinidad), y prima hermana del procesado Raúl Monzón (4º grado de consanguinidad), por lo que de su decisión dependía brindar o no su testimonio, optando ésta, como se dijo, por no declarar, y se retiró.-
Accedió entonces al recinto, el testigo Crístian Torres, el que pese a ser primo del fallecido Miguel Lencina, no tiene parentesco cercano con los imputados como para estar exento de su obligación de declarar, por lo cual así lo hizo, respondiendo a todas las preguntas que en el acto, el Tribunal y las partes del juicio, le formularon.-
Al finalizar su declaración, el Dr. Rubén Pagliotto, representando a la Defensa de Monzón, pidió nuevas pruebas, tendientes a validar el acto según él cuestionado por el Dr. Ríos, cuando, como dijimos, éste preguntó a la declarante Alejandra Casalino, por el motivo de la presencia de los Dres. Franchi y Lanfanqui, en su declaración de julio de 2004.-
Pagliotto se agravió por el planteo de la Querella, formuló reservas federal y casatoria para eventualmente recurrir, y pidió reconstrucción del lugar del hecho en el que se materializó el secuestro de Fernanda Aguirre, atendiendo a tres tramos: San Benito, Terminal de ómnibus y Puente de Hierro.-
Y pidió además este letrado, que se cite a declarar a dos funcionarios policiales intervinientes en la investigación de la Causa: Geuna y Catena. Acto seguido, la Dra. Nora Lanfranqui, por la Defensa de Chávez, adhirió también a ambas solicitudes.-
El Presidente del Tribunal a esa altura, informó a los imputados que legalmente les asiste el derecho de participar de esa reconstrucción peticionada, o de negarse a hacerlo, y le concedió luego la palabra a la Querella.-
Entonces el Dr. Leandro Ríos, manifestó sentirse agobiado por las imputaciones que permanentemente la Defensa viene realizando, pidió al Tribunal que se reencause el objeto del Debate, y aclaró que la pregunta que le hiciera a la testigo Alejandra Casalino, había sido formulada al sólo efecto de corroborar la efectiva presencia de los Dres. Franchi y Lanfranqui, porque eso, a su criterio, avalaría la transparencia del acto.-
Y el Dr. Julio Federik, por su parte, dijo que la reconstrucción peticionada podría resultar pertinente, pero que no se la solicitó en la etapa oportuna; que la Querella no tenía dudas respecto a cómo se produjo el secuestro, pero que si el Tribunal sí las tenía, no se opondría a que tal reconstrucción se practique.-
En la misma línea de pensamiento, Federik expresó también, que tampoco tiene dudas respecto a lo que ocurrió en el Puente de Hierro, pero que de igual manera no se opondría si el Tribunal decide reconstruir ese tramo del suceso. Pero precisó que, aún sin oponerse, no apoyaría la recepción de las declaraciones testimoniales de los investigadores que a la Defensa de Monzón interesan, en tanto y en cuanto no aparezca la pertinencia, ligada a la conducencia; “es decir –manifestó- en la medida que eso sirva para algo”.-
Entonces Pagliotto se retractó. Reconoció haber cometido un exceso, y dijo que dando primacía a la razón, sólo solicitaba la reconstrucción del hecho que le interesa, en el tramo correspondiente a San Benito.-
La Defensa de Chávez estuvo de acuerdo.-
El Fiscal de Cámara consideró acertada tal retractación y aceptable, esa petición. Pero con relación a los testimonios de los testigos propuestos, expresó que no le parece que conduzcan al esclarecimiento de los hechos, sino que por el contrario, estima que esa prueba resulta ociosa y sobreabundante, y que además no corresponde recabar testimonio a personas que podrían resultar luego imputadas de un ilícito, razón por la cual, si la Defensa lo estima pertinente, dijo, puede proceder a radicar la denuncia correspondiente.-
En ese momento, el Dr. Pagliotto manifestó que estaba bien, que se retractaba, y que no consideraba necesario los testimonios de los policías mencionados. El Dr. José María Chemez lo interrumpió, diciéndole que no le había concedido aún la palabra, y entonces el abogado superponiéndose a su intervención, dijo que sí quería que se los cite a declarar a tales funcionarios.-
El Presidente del Tribunal manifestó entonces que tal como ya había expresado en jornadas anteriores, el presente Debate no se va a salir de su cauce porque así lo garantiza el Tribunal, y además, personalmente, el propio Presidente del mismo.-
Luego recordó a los abogados, que están representando intereses de terceros, y les indicó que se deben dejar de lados los protagonismos y personalismos, que tienen que guardar las formas, evitando la confrontación, y les advirtió que de reiterarse tal conducta, tomaría medidas sancionatorias.-
Finalmente, dirigiéndose a las partes de este juicio, les dijo que el Colegio de Abogados cuenta con un Tribunal de Ética y que de considerar que existen agravios o actos impropios, es allí donde deberán plantearlo.-
Acto seguido y siendo la hora 18.45, el Presidente anunció que la decisión que tome el Tribunal, respecto a la prueba aquí solicitada, será dada a conocer el próximo lunes.-
En esa fecha, conforme lo ha dispuesto dicho Tribunal, integrado por los Dres. José María Chemez, Ricardo González y Hugo Perotti, depondrán otros cinco testigos.-

OFICINA DE PRENSA STJER, 29 de noviembre de 2007.-

Prof. Inés Ghiggi
Encargada de Prensa STJER



CAUSA FERNANDA AGUIRRE
DEBATE ORAL Y PÚBLICO
Día 11 - 3.12.07:

Cinco minutos antes de las 10 de la mañana ingresó a la Sala de Audiencias de la Cámara I - Sala I de Paraná, el Tribunal que entiende en la causa por el secuestro de Fernanda Aguirre, integrado por los Dres. José María Chemez, Ricardo González y Hugo Perotti.-
Lo aguardaban las partes del juicio, periodistas, estudiantes de Derecho y Periodismo, y el público asistente, en un recinto que en el transcurso de la primera hora halló completa la platea.-
El Dr. Chémez, como Presidente de dicho Tribunal, leyó en el inicio de esta undécima Jornada, la resolución que el Cuerpo había tomado respecto a la prueba solicitada por la Defensa, el jueves pasado.-
Hizo conocer primero consideraciones que ilustraron acerca de las reglas que rigen el proceso de Debate, normadas en los arts. 360 y 361 del C.P.P..-
Hizo referencia a los actos preliminares y los plazos con que cuentan las partes para ofrecer pruebas, así como a la facultad que le asiste al Tribunal de disponer por sí pruebas que nadie haya ofrecido o instrucción suplementaria, si fuere menester (arts. 362/3 C.P.P.), dando a conocer además, que una vez comenzado el Debate es posible también realizar nuevas pruebas por iniciativa del propio Tribunal o a pedido de las partes, si surge necesidad de que así se haga.-
Asimismo, el magistrado caracterizó en este tramo, las probanzas que procesalmente son consideradas "pertinentes" por aportar información referente a los hechos que son objeto del proceso, y las que se tienen por "relevantes" por resultar útiles al mismo.-
Tras ello, el Presidente comunicó que las partes ofrecieron pruebas en el momento procesal oportuno, pero que no solicitaron la reconstrucción de ninguno de los distintos hechos "que conforman el `factum´ de la presente causa", y que el Tribunal no había considerado necesario disponer de oficio o como instrucción suplementaria la realización de esa probanza, considerando que la misma no representa una nueva prueba, y que aunque así fuera, no advierte dicho Tribunal, la pertinencia y relevancia de la misma, ya que a su criterio, reconstruir los sucesos acaecidos en las cercanías del cementerio de San Benito no tiene "absolutamente ninguna vinculación -y menos aún idónea o eficaz- … con la participación que se les endilga a los imputados Mirta Analía Chávez y Raúl Monzón".-
Respecto a las declaraciones testimoniales de los funcionarios policiales Catena y Geuna, que también solicitara la Defensa -por segunda vez en este Debate y luego de un testimonio vertido en el último acto de la semana pasada-, para verificar posibles irregularidades supuestamente cometidas por los nombrados durante la Instrucción de esta causa, el Tribunal opinó que son inadmisibles. Esto se debe a que, según argumentó, tales irregularidades podrían constituir -eventualmente- hechos ilícitos, y de recibirse tales declaraciones, esos testimonios tendrían que ser brindados bajo juramento de decir verdad, lo cual podría llevar a esos Funcionarios, a autoincriminarse.-
De modo que por lo expresado, y conforme lo establece el art. 134 del C.P.P., los magistrados resolvieron no recibir tales declaraciones, teniendo presente, la reserva casatoria y federal, que dicha Defensa formuló, en el momento de requerir estas últimas probanzas.-
Posteriormente, el Presidente dio a conocer que se había recibido el expediente asistencial confeccionado por el Juzgado de Familia y Menores Nº 2 de Paraná, respecto a los hijos de la testigos María Rosa Monzón, tal como la misma Defensa había pedido en su oportunidad, y que el mismo quedaba a disposición de las partes, para su conocimiento.-
Luego, Chemez informó en este tramo del acto, que el Tribunal había recibido también el videotape que solicitara al Canal de 2 de Santa Fe, correspondiente al Programa "De igual a Igual", emitido el 21 de noviembre pasado, en el que efectuó declaraciones el Dr. Luis Rodolfo de Aguirre, ex Defensor de la imputada Mirta Chávez y que en su momento, fuera mencionado y peticionado por la Defensa.-
Dicho Video fue entonces públicamente reproducido en ese momento en la Sala, tomando conocimiento los asistentes, de las aludidas declaraciones del Dr. de Aguirre, tras lo cual la Secretaria de la Cámara informó que estaba previsto que dicho letrado declarara en el día de hoy, pero que no se había logrado su comparendo en virtud de que no había sido localizado, pero que ya se ha librado una nueva citación, para que declare en el día de mañana.-
Acto seguido juraron decir verdad, 4 de los 5 testigos citados para el día de la fecha, dado que uno de ellos es menor, y quedó en la Sala para declarar en primer término, Esther Torres, madre del fallecido Miguel Ángel Lencina, suegra de la imputada Mirta Chávez, y tía del imputado Raúl Monzón.-
Torres, enterada por el Presidente de las disposiciones del art. 243 del C.P.P. que establece que por el vínculo que la une con los imputados, tiene la facultad de declarar o de abstenerse de hacerlo, dijo que se abstenía de testimoniar, y se la autorizó a abandonar la Sala.-
Reingresó entonces Cipriano Ramos, quien dijo ser tío de Monzón, por ser éste hijo de una hermana de Ester Torres, su ex mujer, pero dado que éste no estaba legalmente casado con aquélla, el Dr. José María Chemez le informó que estaba obligado a declarar y así lo hizo, exponiendo sobre el conocimiento que el mismo tiene sobre el hecho que se juzga, y respondiendo preguntas del Tribunal y la Querella.-
Declaró luego Andrea Casalino, menor de quince años, y por tal motivo no lo hizo bajo juramento de decir verdad, con las obligaciones que la ley confiere en estos casos a quienes son mayores de edad.-
A la hora 12.15, al concluir la declaración de esta menor, se estableció un cuarto intermedio hasta las 12.55 hs. y el Debate se retomó con el reingreso a la Sala de la testigo Mariela Lencina, quien por ser cuñada de Chávez y prima de Monzón, hizo uso de la facultad legal de abstenerse de declarar.-
Se presentó entonces Juan Ramón Lencina, padre del fallecido Miguel Angel Lencina, suegro de Chávez y tío político de Monzón. Por tales vínculos sanguíneos y de afinidad, la ley le otorga en su caso, en esta causa, la facultad de testimoniar o abstenerse de hacerlo, con relación a Chávez, y lo obliga a declarar con respecto a Monzón. De modo que ante esta situación que expresamente le fue explicada por el Presidente de la Causa, Lencina se abstuvo de declarar contra su nuera, y sí lo hizo con respecto a Raúl Monzón, dando a conocer cuanto dijo saber respecto al objeto del debate y respondió a diversas preguntas que formuló el Tribunal, la Querella y las Defensas.-
A la hora 13.45 finalizó este acto, estando previsto para mañana, la declaración de siete testigos.-

OFICINA DE PRENSA STJER, 3 de diciembre de 2007.-

Prof. Inés Ghiggi
Encargada de Prensa STJER



CAUSA FERNANDA AGUIRRE
DEBATE ORAL Y PÚBLICO
Día 12 - 4.12.07:

Mirta Chávez está procesada por Secuestro Extorsivo de la menor Fernanda Aguirre y se encuentra en libertad bajo fianza, cumpliendo las condiciones impuestas por el Tribunal de la Cámara I - Sala I de Paraná, para que goce de tal beneficio. Y Raúl Monzón está procesado por Participación Secundaria en el Secuestro Extorsivo de esa menor, pero pese a estar formalmente excarcelado, continúa alojado en la Unidad Penal Nº 1 de la capital entrerriana, por no haber abonado la caución real que se le impuso. A ambos se los está juzgando en el Debate oral y público que hoy transitó su duodécima jornada, a partir de la hora 10.10, y ése es su único y excluyente objeto.-
Al inicio del acto, el Dr. José María Chemez expresó ante la concurrencia de las partes, el periodismo y el público presente, el profundo desagrado y malestar del Tribunal, al haber tomado conocimiento de supuestas declaraciones periodísticas de la Defensa de la imputada Chávez, Dres. Lafranqui y Franchi, en al menos dos Medios locales, en donde se hace referencia a que sus defendidos ya están condenados, lo que pretende sin lugar a dudas, dijo, introducir o sembrar sospechas acerca de la imparcialidad e independencia del Cuerpo, lo que de ser así -señaló-, de manera alguna puede tolerarse, en aras del normal desenvolvimiento de este proceso, porque significaría una presión indirecta dirigida a sus miembros. Y por ello, les solicitó que ratifiquen o aclaren a ese respecto, sus dichos.-
La Dra. Nora Lanfranqui manifestó que considera que Mirta Chávez ha recibido una "condena social institucionalizada", y que así fue como lo expresó ante los Medios. Que le extraña que el Tribunal no sepa que la "prensa amarilla" pone lo que quiere y tergiversa en sus publicaciones o emisiones, lo que un entrevistado declara, recortando y ensamblando sus declaraciones. Que en este caso, ella aludió a la condena social de la que a su criterio ya es pasible Chávez, y no a la condena del propio Tribunal.-
El Dr. Humberto Franchi, por su parte, reiteró los conceptos de Lanfranqui. Y ante la pregunta del Dr. Chemez respecto a pasajes gráficos entrecomillados adjudicados a su persona, que en ese acto le leyó y que dan cuenta que él habría manifestado con relación a la solicitud de citación de los funcionarios policiales Carlos Catena y Miguel Geuna, que “no hay ánimo de verificar qué sucedió y cuáles fueron las diversas líneas investigativas, por qué se siguieron tantas pistas de trata de blancas cuando varios testigos refirieron que a Fernanda la policía la buscaba muerta (y que) por una cuestión formal no serán traídos a debate”, el abogado respondió que se refería a la etapa prevencional del proceso y no a la labor desarrollada por el Tribunal.-
El Presidente escuchó con atención ambas alocuciones, y luego dijo que oportunamente el Tribunal resolverá a ese respecto. Luego insistió en que en el presente Debate se valora la prueba que estrictamente se vincula con el accionar de Chávez y Monzón con relación al secuestro de Fernanda Aguirre, y que si llegare a surgir información adicional vinculada con su paradero, se la remitirá al Juzgado de Instrucción Nº 6, a cargo del Dr. Gustavo Maldonado, que es donde se radica esa causa. Por ello -señaló-, si las partes tienen datos que a tales efectos resulten de utilidad, deben presentarlos ante ese organismo. Y remató diciendo que en este Debate, se juzga estrictamente a los imputados Chávez y Monzón.-
De los siete testigos citados para hoy, comparecieron cinco. Silvia Rosana Comas no fue localizada hasta el momento, y el Dr. Luis Rodolfo de Aguirre no se encontraba en la ciudad de Santa Fe donde reside, regresando según se prevé recién mañana miércoles, por lo que se le libró otra nueva citación para que testifique el próximo jueves 6 de diciembre. Y para esa mis fecha fue citada Marta del Carmen Barreto, quien el 28 de noviembre se retiró del Tribunal por una ligera indisposición.-
Tras los juramentos de rigor, de decir verdad al declarar, el Presidente del Tribunal hizo comparecer en primer término al testigo Juan Carlos Troncoso y luego de su testimonio, declaró Juan Aníbal Scetta.-
En tercer lugar tomó ubicación como declarante, Rubén Darío Monzón, quien por ser hermano del imputado del mismo apellido, tiene la prohibición legal de declarar en su contra, haciéndole saber entonces, en este acto el Presidente del Tribunal, que conforme lo establece el art. 242 del C.P.P., en caso en que así lo haga, sus dichos no serían tenidos en cuenta; pero que sí en cambio -le señaló-, tiene la obligación de declarar verazmente, cuanto sepa respecto al hecho por el cual se juzga a Mirta Chávez. tal como por juramento se ha comprometido a efectivizarlo.-
En el transcurso de su declaración, Rubén Monzón dio cuenta de las condiciones de maltrato y apremios en las que según dijo, prestó su primera declaración en sede federal, donde además, indicó, no fue advertido de la prohibición de declarar contra su hermano. Y ante esta situación, el Fiscal de Cámara presente en el acto, conjuntamente con el resto de las partes del juicio, pidió formalmente al Presidente del Tribunal, que se extrajeran testimonios de tales declaraciones y se los enviara al Juzgado de Instrucción en turno, para valorar la posible comisión de un ilícito por parte de los funcionarios que intervinieron en ese suceso, lo cual el Tribunal tuvo presente para su oportunidad.- Este testigo respondió luego a diversas preguntas formuladas por integrantes del Tribunal, la Querella y la Defensa, y cuando concluyó, a la hora 11.45, se estableció un cuarto intermedio, para retomarse el acto, a la hora 12.30.-
Depuso entonces, Romina Marianela González y tras ella, María del Carmen Rosset.-
Al finalizar tales declaraciones, la Secretaría de la Sala informó que desde la Seccional Segunda de Policía se les ha hecho saber que no conocen a la testigo Flavia Vanessa Buss, ni su actual paradero, como así también lo ignoran vecinos de la zona. Entonces, en ese momento, el Dr. Julio Federik, por la Querella, manifestó que para mañana estará en condiciones de aportar información a respecto al actual domicilio de esta testigo cuyo testimonio estaba previsto para el 22 de noviembre pasado.-
A la hora 13 finalizó esta jornada, y para mañana se espera la declaración de siete testigos.-

OFICINA DE PRENSA STJER, 4 de diciembre de 2007.-

Prof. Inés Ghiggi
Encargada de Prensa STJER



CAUSA FERNANDA AGUIRRE
DEBATE ORAL Y PÚBLICO
Día 13 - 5.12..07:

Siete testigos estaban citados para declarar hoy en la decimotercera jornada del Debate Oral y Público en el que se juzga a Mirta Chávez y Raúl Monzón, por el secuestro extorsivo de Fernanda Aguirre, y luego se sumó uno más, aunque no se logró finalmente el comparendo de dos de ellos. Pero en el transcurso del acto y como se verá, otra testigo fue también convocada para testimoniar, por lo que en la mañana de hoy depusieron en total, siete testigos.-
El acto se inició a la hora 9.45, momento en el cual la Secretaria de la Sala I de la Cámara I de Paraná, informó que según dio cuenta la Policía, el testigo Héctor Ramón Pizarro, radicado en San Martín de las Escobas, Provincia de Santa Fe, no podía concurrir por cuestiones de salud, en tanto que Ana María Echart no había sido notificada de la citación oportunamente librada.-
En ese momento, el Dr. Rubén Pagliotto, por la Defensa de Monzón, hizo saber al Tribunal que desistía de tales testimonios y también del de Buss, respecto a cuya localización nada expresó hoy el Dr. Julio Federik, como ayer anticipara que haría. Y acto seguido, adhirieron a tales desistimientos, el Fiscal de Cámara, y las otras partes del juicio.-
Luego, tras los juramentos de práctica y haciendo especial hincapié el Presidente del Tribunal, Dr. José María Chemez, ante los testigos, en que no sólo los obligaba dicho juramento, a decir verdad de cuanto supieren respecto al hecho que se juzga, sino también a no ser reticentes, a ese respecto, declaró en primer término Héctor Jaime y tras él, Rubén Oscar Ferreyra.-
Fue en el transcurso de este tramo del acto, en que surgieron los nombres de Cecilia Depaola y del Perito Sergio Eduardo Cuatrín, y entonces las Defensas de ambos imputados solicitaron sus testimonios, a lo que en ese momento el Tribunal hizo lugar, por lo cual -se dijo- serían oportunamente citados. Mas el comparendo de Depaola se logró en esta en esta misma jornada, y también depondría hoy, por lo que se retuvo la presencia de Rubén Ferreyra en la Secretaría de Cámara, por si resultare menester confrontar sus dichos con los de esta nueva testigo.-
A esta altura del acto, habían surgido también precisiones técnicas vinculadas con una pericia que en su momento se practicara en un vehículo y que obra agregada en el expediente. Y como tales precisiones no resultaron comprensibles para las Defensas, ambas solicitaron contar con el asesoramiento de un Perito especializado en esa materia, para que los asista en el transcurso del Debate.-
Ya era por entonces, la hora 11.20, y el Dr. Pagliotto solicitó en ese momento, un cuarto intermedio que en el mismo momento se concedió, y el Tribunal se retiró a deliberar acerca de este último pedido de la Defensa de Monzón.-
Regresó a la hora 12.10 y su Presidente dio a conocer que habían aprobado la asistencia técnica requerida por la Defensa de mención.-
En ese interín ya había llegado al Tribunal la mencionada Cecilia Depaola, la cual acto seguido prestó juramento y declaró. Y dado que no fue necesario confrontación alguna con Ferreyra, se los dejó ir a ambos.-
Posteriormente prestó declaración Joel Esteban Mantay, testimonio oportunamente solicitado por la Querella, con adhesión de las Defensas y el consentimiento del Tribunal, por haber surgido su nombre en el transcurso del presente Debate.-
Tras él hizo lo propio Rubén Domingo Alem, quien reconoció su firma en declaraciones anteriores agregadas al expediente, salvo en una de ellas, y acto seguido testimonió Roberto Carlos Álvarez, y luego Alejandra Paola Monzón, quien por ser hermana del imputado del mismo apellido, tiene prohibición de declarar a su respecto, pero obligación de hacerlo con relación a la imputada Chávez, lo cual así hizo, previo conocimiento de que si llegare a incriminar a su hermano, esos dichos no se tendrían en cuenta, en este juicio.-
Finalizadas las testimoniales de la fecha, el Presidente del Tribunal integrado por los Dres. Chemez, González y Perotti, hizo saber a la concurrencia que el Perito Cuatrín ya fue localizado y que había sido citado a declarar mañana, así como también, según se informara públicamente lo hará el Dr. de Aguirre y la Sra. Marta del Carmen Barreto, junto a cinco testigos más, sumando un total de ocho testigos, y previéndose desde ya, en esa jornada, según también informó el Dr. Chemez, un receso de 12 a 14 horas, por un compromiso funcional del Dr. Hugo Perotti, contraído con anterioridad.-
Este acto finalizó a la hora 14.10.-

OFICINA DE PRENSA STJER, 5 de diciembre de 2007.-

Prof. Inés Ghiggi
Encargada de Prensa STJER



CAUSA FERNANDA AGUIRRE
DEBATE ORAL Y PÚBLICO
Día 14 - 6.12.07:

Dos tramos tuvo esta decimocuarta jornada en la que el Tribunal conformado por los Dres. José María Chemez, Ricardo González y Hugo Perotti, celebra en Paraná, el Debate Oral y Público correspondiente al enjuiciamiento de Mirta Chávez y Raúl Monzón, por el secuestro extorsivo de la menor Fernanda Aguirre.-
La primera parte se desarrolló de 9.45 a 12, hora en la cual, como ya se había anticipado ayer, se efectuó un cuarto intermedio por razones atinentes a la función que desempeña el Dr. Perotti en el Consejo de la Magistratura . Y la segunda tuvo lugar de las 15.05 a las 17.07 hs..-
En el inicio del acto, las partes del juicio hicieron conocer al Tribunal que desisten del testimonio del testigo Carlos Ramón Vergara, citado en principio para el día de hoy.-
Después se efectuaron los juramentos de práctica, y declaró en primer término, Mirta Mabel Quinteros.-
Luego de ella, lo hizo el Dr. Luis Rodolfo de Aguirre, testigo éste que como se recordará surgió a raíz de declaraciones periodísticas que él efectuara en un programa de televisión de Santa Fe, de cuya video-grabación, obra ya una copia agregada a la probanza de este juicio.-
Del testimonio del Dr. de Aguirre, emergieron contradicciones con relación a lo manifestado por la imputada Chávez en el transcurso de este Debate, y por ello a pedido de las partes, el Tribunal hizo lugar a un careo entre ambos, para lo cual se los hizo retirar del recinto a los dos, a los efectos de determinar el o los objetos de tal acto.-
Tras escuchar a ese respecto a la Querella y las Defensas (observándole en un tramo de este desarrollo, el Presidente del Cuerpo, a la Dra. Lanfranqui, que no pusiera en boca del testigo, palabras que éste no había dicho), y previa consulta al Fiscal de Cámara, el Tribunal resolvió finalmente, carearlos con el excluyente objetivo de determinar si siendo Defensor de Aguirre, Chávez había efectuado declaraciones bajo el estado procesal de indefensión, como ésta argumentara.-
El Presidente hizo entonces ingresar a la Sala al testigo y la imputada, y le dio a conocer a ésta, que conforme lo determina la ley, podía aceptar o rechazar su participación en este acto, y tras su consentimiento, le aclaró al testigo que como tal, tenía la obligación de hacerlo y de decir verdad, como había jurado, al inicio de esta jornada.-
Iniciado el careo, ambos se iban manteniendo en sus respectivas posturas, hasta que el Dr. José María Chemez le preguntó a Chavez qué entendía por "indefensión", y ésta aclaró que lo decía porque el Dr. de Aguirre, siendo su Defensor, le había aconsejado que declarara; pero que después se dio cuenta que hubiera sido mejor que no lo hiciera. En ese acto entonces, el Dr. Hugo Perotti la interrogó acerca de si cuando lo hizo, las autoridades correspondientes le explicaron sus derechos, y ésta manifestó que sí, que había declarado sabiendo que podía no hacerlo. Su ex - Defensor le hizo acuerdo en esta instancia de algunas acciones que desde su función había desplegado, y ésta las reconoció.-
Seguidamente declaró la Licenciada en Psicología Carina González de Acevedo, dando a conocer cuanto sabe respecto a este hecho, ratificando declaraciones anteriores suyas que obran en el expediente, y respondiendo luego a diferentes preguntas que las partes del juicio le fueron haciendo, mientras se sucedían oposiciones, observaciones y reformulaciones de interrogantes, al par que el Presidente del Tribunal debió solicitar en algunas ocasiones a la Defensa de Monzón, que se abstuviera de efectuar valoraciones personales y que precisara concretamente qué deseaba preguntar a la testigo.-
La psicóloga concluyó su declaración a la hora 12, y se estableció entonces, el cuarto intermedio señalado, hasta la hora 15.05, como se dijera.-
Testimonió entonces, en esta segunda parte del acto de hoy, ante las partes del juicio, asistida ahora la Defensa de Monzón, por el mecánico Miguel Angel Clemente (asesoría ésta que como se diera cuenta había sido solicitada y consentida en el día de ayer, por el Tribunal), y ante la presencia de un público que durante toda la jornada fue muy escaso, el testigo Sergio Eduardo Cuatrín, quien también como mecánico (en este caso de la Policía), abundó en detalles técnicos respecto a la pericia que oportunamente realizara.-
Al término de esta declaración, la Secretaria de la Cámara I - Sala I, informó que desde la Policía se le hizo saber que cuando se disponía a trasladar por la fuerza pública a la testigo María de los Ángeles Gimenez, su padre se opuso, alegando que su estado de salud no se lo permitía y que por orden del Juez de Instrucción Nº 6, Gustavo Maldonado se le había hecho un estudio psicológico y psiquiátrico que así lo determinaba.-
La Cámara efectuó averiguaciones a ese respecto, en el organismo mencionado, y efectivamente desde allí se le hizo llegar un Informe de las características citadas, que fue puesto a disposición del Tribunal y por parte del Presidente de éste, también a disposición de las partes, dándose en ese momento lectura a un pasaje del mismo, fechado el 19 de noviembre pasado, que dice que la testigo Giménez presenta "alienación mental en sentido jurídico".-
Se dispuso entonces que ingresara al recinto María del Carmen Barreto, quien procedió a testimoniar, y acto seguido lo hizo Raúl Esteban Benatar.-
Cuando este testimonio concluyó, el Presidente del Tribunal dio por llegado el momento de introducir al juicio la documental, y preguntó si las partes tenían interés en que se oralizara alguna prueba, respondiendo en ese momento la Dra. Lanfranqui, por la Defensa de Chávez, que desea que no se tengan presentes declaraciones anteriores de la mencionada María de los Ángeles Giménez, dada la alienación de la cual se diera cuenta.-
El Presidente concedió entonces la palabra a la Querella, la cual sostuvo que no consideraban central su testimonio y que consentía que fuera excluido. A su turno, el Fiscal de Cámara, expresó que queda la duda respecto a que si al momento de efectuar tales declaraciones Giménez estaba o no alienada, y que por lo tanto considera que es algo que podría acreditarse o desacreditarse, al momento de los alegatos.-
Concedida que le fue la palabra a la Defensa de Monzón, el Dr. Pagliotto coincidió con las manifestaciones anteriores del Dr. Ríos, por la Querella, y manifestó que cuanto éste dijera es objetivamente cierto y jurídicamente correcto; que no es un testimonio central, y que puede acreditarse o desacreditarse en los alegatos.-
La Dra. Lanfranqui pidió nuevamente la palabra, y precisó que su interés es que se determine la antigüedad del origen de la dolencia de Giménez, para que se valore si a la fecha de sus declaraciones anteriores resultan válidas o no.-
Ante esta situación y siendo la hora 16.40, el Tribunal dispuso un nuevo cuarto intermedio para valorar los planteos efectuados, y retornó al recinto a la hora 17, dando a conocer que había resuelto tener por introducida toda la prueba, incluida la declaración anterior de Giménez, dado que la misma se ha encontrado inhabilitada para concurrir a este acto, pudiéndosela valorar, en los alegatos.-
A ese respecto, se acordó con las partes que los alegatos de la Querella y la Defensa se realizarán el martes 11 a la hora 9, y que los de las Defensas tendrán lugar el miércoles 12, a la misma hora, teniendo todos un máximo de 3 horas, para desarrollarlos, y que en ambos días estos actos pueden ser filmados, grabados y transmitidos en directo por los Medios Masivos de Comunicación, pues, tal como aclaró el Presidente del Tribunal, a partir de este momento en el presente Debate, finaliza "la pequeña reserva" de publicidad masiva que a este respecto se había determinado con relación a las declaraciones de imputados y testigos.-
La jornada terminó a la hora 17.07 y el Debate se retomará, como se dijo, el martes 11, a la hora 9, oportunidad en la cual comenzarán los alegatos.-

OFICINA DE PRENSA STJER, 6 de diciembre de 2007.-

Prof. Inés Ghiggi
Encargada de Prensa STJER

Miércoles 12 de diciembre- 9 hs.: ALEGATOS EN LA CAUSA FERNANDA AGUIRRE
-Precisiones para tener en cuenta-

Debido al inhábil dispuesto por el STJER para el día de mañana martes 11 de diciembre, en adhesión al asueto oportunamente decretado por el P. Ejecutivo Provincial, por la asunción de las nuevas autoridades gubernamentales en Ente Ríos, TODOS los alegatos correspondientes al Debate Oral y Público que se está realizando en Paraná, en la Causa Fernanda Aguirre, se efectuarán el día miércoles 12, desde la hora 9, teniendo cada uno de ellos un tiempo máximo de exposición de 3 horas.-

Dicho acto podrá ser filmado, grabado y transmitido en directo por los Medios Masivos de Comunicación. Por tal motivo y de manera especial, se recomienda a los Periodistas Acreditados para esta cobertura, traer la correspondiente tarjeta identificatoria, y durante la jornada, no trasponer el vallado que separa la platea, del ámbito de juzgamiento propiamente dicho, evitando en todo momento perturbar el normal desarrollo del proceso, por lo que se espera que sólo se utilice la tecnología que resulte indispensable para el cumplimiento de sus tareas.-

Y al público asistente, se le recuerda asimismo, por este medio, que podrá acceder libremente a la Sala de Debates de la Cámara I - Sala I, sito en Laprida 250 P.B. de la capital Provincial, pero que conforme las disposiciones del art. 376 del C.P.P., no podrá portar pancartas, carteles, ni remeras con leyendas alusivas, como así tampoco toda otra manifestación de juicio previo.-

OFICINA DE PRENSA STJER, 10 de diciembre de 2007.-

Prof. Inés Ghiggi
Encargada de Prensa STJER



FERNANDA AGUIRRE
DEBATE ORAL Y PÚBLICO
Día 15 - 12.12.07: Alegatos

Con la presencia de todas las partes del juicio sustanciado por el secuestro de la menor Fernanda Aguirre, se retomó hoy en Paraná, a la hora 9.20, el Debate Oral y Público que lleva adelante el Tribunal compuesto por los Dres. José Chemez, Ricardo González y Hugo Perotti, contra Mirta Chávez y Raúl Monzón, por Secuestro Extorsivo.-
De conformidad con la requisitoria fiscal de elevación de la causa a juicio los hechos que se le atribuyen a los procesados, y la calificación legal de los mismos, son:

• A Mirta Analía Chávez, la co-autoría del delito de secuestro extorsivo en perjuicio de la menor Fernanda Isabella Aguirre (aún hoy desaparecida), quien a la fecha del hecho acaecido en las inmediaciones del Cementerio Privado "Parque de la Paz", el 25 de julio de 2004, en San Benito, tenía trece años de edad, exigiendo luego para su liberación y/o rescate, el pago de la suma de $ 2.000.-, habiendo efectuado para ello tres llamadas telefónicas extorsivas, "para proceder a la liberación de la niña sustraída", lo cual nunca se hizo. Y se le atribuyen, asimismo, diversas expresiones de amenazas, así como la acción de haber recogido ese dinero, en compañía de su pareja, el ahora fallecido Miguel Angel Lencina, y haber realizado una cuarta y última comunicación telefónica al domicilio de los padres de la víctima, "por cuya vía habría hecho saber a los familiares de la menor sustraída, que ésta se encontraba bien y no se hallaba cerca de su casa, anunciando su pronto arribo al hogar".-
Tal comportamiento se encuentra previsto y reprimido, según dicha requisitoria fiscal, en el art. 170 inc. 1º del Código Penal, que contempla en abstracto, una pena de entre 10 y 25 años de prisión o reclusión.-

• A Raúl Oscar Monzón, se le imputa el haber favorecido la situación de Miguel Ángel Lencina y Mirta Analía Chávez, en el tramo inicial y subsiguiente a la sustracción y ocultamiento de la menor, toda vez que entre las 1.30 y las 4.30 hs., aproximadamente, del día 26.7.04, tanto como haberles brindado cobijo en su domicilio, previo a que éstos abandonaran la ciudad. Y de igual modo, se le atribuye también, haber contribuido en el inicio ejecutivo de la sustracción de la menor, con fines de rescate, "facilitando a tal efecto, un vehículo Dodge 1500 color amarillo, en el que fuera ingresada y trasladada hacia algún lugar (Fernanda Aguirre), ofreciéndoles aportaciones de auxilio primario … (y), suministrándoles (además), un arma de fuego como recurso, acaso, intimidatorio".-
Su conducta se encuadra, según la requisitoria fiscal de referencia, en la figura prevista en el art. 170 inc. 1º del Código Penal, en relación el art. 46 del mismo, "que establece que la pena será la correspondiente al delito, disminuida de un tercio a la mitad".-

En esta decimoquinta jornada de Debate, dedicada a los alegatos, con una importante presencia de público y de periodistas que en el transcurso total filmaron, grabaron y con algunas intermitencia transmitieron en vivo, estas instancias, desarrolló en principio su alegato, la Querella, conforme lo establece el Código de Procedimiento Penal.-
En nombre de la misma, se pronunció en primer término el Dr. Julio Federik y luego lo hizo el Dr. Leandro Ríos, al cabo de lo cual ambos letrados, encuadrando legalmente la imputación de manea análoga a la de la requisitoria fiscal, pidieron finalmente, la pena de 20 años de prisión para Chávez y 18, para Monzón.-
Posteriormente se hizo un primer cuarto intermedio que transcurrió entre la hora 11.55 y la 13, y fue entonces el turno del alegato del Fiscal de Cámara, Dr. Juan Carlos Almada, quien inició su alocución a la hora 13, y con idéntico encuadre penal, solicitó como pena, ante el Tribunal, 20 años de prisión para la imputada, y 11 para el imputado.-
Luego, cuando ya era la hora 14.15, se estableció un segundo cuarto intermedio que se extendió hasta la hora 16.20, y al retornarse a la tarea, alegó la Defensa de Mirta Chávez.-
Habló primero la Dra. Nora Lanfranqui, luego lo hizo el Dr. Humberto Franchi, y después volvió a tomar la palabra la Dra. Lanfranqui, hasta culminar este tramo, solicitando la misma, la absolución de su "ahijada procesal", como refiriera, apoyándose en lo normado en el art. 34, incs. 2 y 3 del Código Penal. Y subsidiariamente, solicitó tal absolución por el beneficio de la duda para Chávez, en razón, según dijo, del desconocimiento que ésta ha manifestado tener, respecto de la edad de la víctima, y pidió, también en subsidio, que su accionar sea encuadrado en los arts. 46/7 del mismo ordenamiento legal, para que en todo caso se la conde como cómplice y no como co-autora de este hecho, planteando además su interés en que se aplique a su situación, el art. 41 ter (como 2º beneficio del 1er. Beneficio impetrado), del Código de mención, para que su declaración sea tenida en cuenta dentro de la figura del arrepentido.-
Era ya para entonces la hora 18.20 y un tercer cuarto intermedio se impuso, hasta la hora 19.15, en que inició su análisis probatorio la Defensa de Monzón, ante un público escaso, y abogados y periodistas fatigados.-
Comenzó el Dr. Iván Vernengo, y le siguió el Dr. Rubén Pagliotto, solicitando a su término, la absolución lisa y llana de Monzón, haciendo reserva federal y casatoria respecto a las irregularidades en las que a su entender se ha incurrido en la causa. Y en caso de que el Tribunal considere que no existen pruebas o méritos, para condenar a su defendido, pidió se le otorgue el beneficio de la duda, porque a criterio de esa Defensa, se carece de certezas y porque entendemos -dijo- que no ha quedado probada su participación "ni siquiera en el grado de probabilidad". Y tras ello requirió asimismo, que se quite el agravante de la minoría de edad de la víctima.-
Llegó entonces la oportunidad procesal de que las partes planteen réplicas si así lo consideran pertinente, y por ello, el Presidente del Tribunal le concedió la palabra a la Querella. El Dr. Leandro Ríos respondió que no replicaría, pero que sí agregaría que no admite presiones, que no las tiene ni las tendrá, y que los agravios del Dr. Pagliotto, esa Querella, no los iba a contestar, en el juicio.-
A su turno, el Fiscal de Cámara manifestó que como funcionario y como hombre, considera que en la presente jornada ha sido víctima de términos descomedidos y hasta ofensivos por parte del Dr. Pagliotto, y que en ningún momento se mofó del grado de instrucción del imputado Monzón, como aquí se le ha endilgado hacer. Que tanto el letrado de mención, como la Dra. Lanfranqui, deben ejercitar su memoria respecto a su trayectoria en el Poder Judicial, donde por 30 años ha observado una conducta ecuánime, justa y equitativa. Y por ello, solicitó se le pidan disculpas.-
Entonces Pagliotto respondió que tal vez se expresó mal, que sabe de su valía en 30 años y la ratifica, que no lo acusó, y que espera que le baste al Sr. Fiscal su aclaración, y sus disculpas hacia él y hacia todas las partes del juicio.-
El Fiscal Almada aceptó tales disculpas y tomó la palabra el Dr. Jorge Luis Balbuena, como Ministerio Pupilar.-
Dijo que conforme el rol que le cabe en el presente Debate, no tiene por qué compartir o discrepar con la acusación, pero que solicita que se remitan copias del Acta de Debate y de la Sentencia, al Juzgado de Instrucción donde sigue abierta la causa de Fernanda Aguirre, porque cree que "a lo mejor otros pares de ojos ven algo que pueda servir para la localización, sea como sea, (y para saber) el estado en que se encuentra la menor". Y en cuanto al desarrollo de la causa en sí, Balbuena expresó que estima que hay "situaciones que ameritan que se redoblen esfuerzos en el abordaje de los (otros) menores involucrados; menores de la familia Lencina Torres… (y de) la Sra. Monzón". Que los mismos, si bien han sido tratados, no lo han sido de manera suficiente, o al menos, no ha dado resultados.-
Seguidamente el Presidente del Tribunal interrogó a los imputados si deseaban agregar algo más y ambos efectuaron brevemente, sus últimas declaraciones respecto al hecho por el cual están siendo juzgados.-
El acto se cerró alrededor de la hora 22.30, con el anuncio del Dr. José María Chemez, de que el veredicto se dará a conocer el próximo lunes 17 a la hora 12.30.-

OFICINA DE PRENSA STJER, 12 de diciembre de 2007.-

Prof. Inés Ghiggi
Encargada de Prensa STJER



CAUSA FERNANDA AGUIRRE
DEBATE ORAL Y PÚBLICO
Día 16 - 13.11.07: Adelanto de Sentencia.

Ante una Sala colmada de público y ante la presencia de medios periodísticos nacionales y regionales, el Tribunal compuesto por los Dres. José Chemez, Ricardo González y Hugo Perotti, dio a conocer a través de la persona de su Presidente, un adelanto de la Sentencia correspondiente al Debate Oral y Público, por el secuestro y desaparición de la menor Fernanda Aguirre, acaecido el 25 de julio de 2004.-
El acto comenzó a la hora 13.20, por cuanto previamente y por razones de seguridad, el Tribunal ordenó la revisión previa de la sala de mención.-
Sucedió que en la Mesa de Entradas de la Sala, se recibió un llamado masculino anónimo que anunciaba que se había colocado una bomba, anticipando con un insulto que "volarían por el aire". Fue entonces por ese motivo, que se tomó la prevención de referencia. El resultado fue negativo, pero de todos modos, se están labrando actuaciones a ese respecto.-
Tras ello y en una jornada corta, de escasos siete minutos, se leyó el anticipo de la sentencia cuyos fundamentos serán difundidos en unos días más, previo a la Feria Judicial.-
La resolución de marras, que NO SE ENCUENTRA FIRME, declara a Mirta Analía Chávez coautora material y responsable del delito de Secuestro Extorsivo de una menor de 18 años, y la condena a la pena de 17 años de prisión y accesorias legales, ordenando su inmediata detención y revocando así, la excarcelación que oportunamente se le concediera, por lo que en consecuencia se decreta su prisión preventiva y su correspondiente alojamiento en la Unidad Penal Nº 6 de la capital entrerriana, lo cual se procedió a efectivizar, inmediatamente concluida esta decimosexta jornada.-
En lo atinente a Raúl Oscar Monzón, el Tribunal resolvió absolverlo de culpa y cargo, y ordenó su inmediata libertad, lo cual así se está cumplimentando al tiempo en que se escribe la presente crónica.-
Cabe destacar que la presente sentencia ordena también extraer diversos testimonios para su remisión al Agente Fiscal en Turno, en lo que respecta a las declaraciones y demás piezas pertinentes, de Adrián Daniel Schonfeld, (y por su vinculación con su situación, la de Ulises Leonidas Álvarez), Cristian Fabián Torres y Rubén Darío Monzón, a los efectos de investigar la presunta comisión de delitos de acción pública de los que éstos habrían resultado víctimas.-
Y, de igual modo, dispone la remisión de testimonios al Fiscal en turno, de las declaraciones de Esther Torres, para investigar la presunta comisión por parte de ésta, de delitos de acción pública, que podrían conformar la figura contemplada en el art. 125 bis del C. Penal, referida a la promoción y/o facilitación de la prostitución de menores de 18 años, conforme lo dispuesto por el art. 134 del C.P.P..-
El adelanto de la sentencia de marras contempla asimismo la situación de vulnerabilidad en la que se encontrarían los menores de las familias Lencina y Casalino, y los hijos de María Rosa Monzón, por lo cual, conforme oportunamente lo solicitara el Representante del Ministerio Pupilar, el Tribunal dispuso también a este respecto, extraer testimonios de las piezas pertinentes de todos los obrados en esta causa, donde se menciona dicha situación, y remitirlos al Juzgado de Menores y Familia.-
Además, testimonios de la presente Sentencia, cuyo fundamento como se dijera, se darán a conocer luego, serán también remitidos al Juzgado de Instrucción Nº 6 de Paraná, a los fines de su agregación al expediente de búsqueda de la menor Fernanda Aguirre, conforme también solicitara en su oportunidad el referido representante del Ministerio Pupilar.-
En breve y dentro del plazo legal correspondiente, daremos a conocer la fecha en que el Tribunal leerá los fundamentos de la presente Sentencia, cuyo adelanto se agrega a la presente crónica, para mayor ilustración, incluyéndose en la misma, otras disposiciones de forma, también dispuesta en ese acto.-


OFICINA DE PRENSA STJER, 17 de diciembre de 2007.-

Prof. Inés Ghiggi
Encargada de Prensa STJER


CAUSA Nº 5.448 Fº 411 "CHAVEZ, MIRTA ANALÍA - MONZÓN, RAÚL OSCAR S/SECUESTRO EXTORSIVO Y PARTICIPACIÓN SECUNDARIA DE SECUESTRO EXTORSIVO"- CAMARA I - SALA I - PARANÁ (ENTRE RIOS.- -----------------

ADELANTO DE SENTENCIA LEÍDO PÚBLICAMENTE EL 17.12.07

NOTA ACLARATORIA: NO SE ENCUENTRA FIRME.-

I) DECLARAR a MIRTA ANALIA CHAVES, de las demás condiciones personales consignadas en autos, coautora material y responsable del delito de SECUESTRO EXTORSIVO DE UNA PERSONA MENOR DE 18 AÑOS, y CONDENARLA A LA PENA DE DIECISIETE AÑOS DE PRISION y ACCESORIAS LEGALES -arts. 5, 12, 40, 41, 170 inc. 1º) y 45 del Código Penal-.-
II) ORDENAR LA INMEDIATA DETENCIÓN de MIRTA ANALIA CHAVES, revocando la excarcelación oportunamente concedida, decretando su prisión preventiva, y disponiendo su alojamiento en la Unidad Penal Nº 6; arts. 307, sigs. y concs. del C.P.P..-
III) ABSOLVER DE CULPA Y CARGO a RAUL OSCAR MONZÓN, de las demás condiciones personales consignadas en autos, por el delito de SECUESTRO EXTORSIVO DE UNA PERSONA MENOR DE 18 AÑOS, conforme viniera requerido a juicio; arts. 170 inc. 1º), 45 y 46 del Código Penal y 4 y 510 del C.P.P..-
IV) ORDENAR LA INMEDIATA LIBERTAD de MONZÓN, librando los oficios correspondientes.-
V) EXTRAER TESTIMONIOS de las declaraciones de ADRIAN DANIEL SCHONFELD, ULISES LEONIDAS ALVAREZ y demás piezas pertinentes, debiendo remitirse al Señor Agente Fiscal en turno, a los efectos de investigar la presunta comisión de delitos de acción pública del que habría resultado víctima el primero, conforme lo dispuesto en el art. 134 del C.P.P..-
VI) EXTRAER TESTIMONIOS de las declaraciones de CRISTIAN FABIAN TORRES, RUBEN DARIO MONZÓN y demás piezas pertinentes, debiendo remitirse al Señor Agente Fiscal en turno, a los efectos de investigar la presunta comisión de delitos de acción pública de los que éstos habrían resultado víctimas, conforme lo dispuesto en el art. 134 del C.P.P..-
VII) EXTRAER TESTIMONIOS de las declaraciones de CARINA ANDREA VILLANUEVA, ALEJANDRA PAMELA CASALINO y demás piezas pertinentes, debiendo remitirse al Señor Agente Fiscal en turno, a los efectos de investigar la presunta comisión de delitos de acción pública por parte de Esther Torres, que podrían configurar prima facie el tipo del art. 125 bis del C.P., conforme lo dispuesto por el art. 134 del C.P.P..-
VIII) EXTRAER TESTIMONIOs de la presente y remitir al Juzgado de Instrucción Nº 6, a los fines de su agregación al expediente de búsqueda de la menor Fernanda Aguirre, conforme lo solicitado por el Señor Representante del Ministerio Pupilar.-
IX) EXTRAER TESTIMONIOS de las piezas pertinentes de los presentes obrados, en donde se mencione la supuesta situación de vulnerabilidad en la que se encontrarían los menores de las familias Lencina y Casalino y los hijos de María Rosa Monzón, los que se remitirán al Juzgado de Menores y Familia, conforme lo solicitado por el Señor Representante del Ministerio Pupilar.-
X) DECLARAR LAS COSTAS a cargo de la imputada CHAVES, en el 50%, y el resto de oficio -arts. 547 y 548 del C.P.P..-
XI) LEVANTAR LAS MEDIDAS CAUTELARES trabadas sobre los bienes de los imputados, librándose al efecto los despachos pertinentes.-
XII) DISPONER la remisión de la totalidad de los efectos secuestrados al Señor Juez de Instrucción Nº 6 para su agregación en el “Incidente de búsqueda y localización de Fernanda Aguirre”, a los efectos que estime corresponder, autorizándolo expresamente para que disponga sobre el decomiso, destrucción y/o entrega sobre aquellos que no incumban a la tramitación de su causa.-
XIII) NO REGULAR LOS HONORARIOS PROFESIONALES de los letrados intervinientes, en razón de no haberlo solicitado; art. 97 de la ley 7046.-
XIV) Protocolícese, regístrese, comuníquese, líbrense los despachos pertinentes, practíquese por Secretaría cómputo de pena y en estado archívese.-

FDO. DRES. - JOSÉ CHEMEZ - RICARDO GONZÁLEZ - HUGO PEROTTI. Ante mí: DRA. MARCELA BADANO. SECRETARIA CÁMARA I - SALA I PARANÁ (E.R.).- -------------------------------------------

ES COPIA




CAUSA FERNANDA AGUIRRE
DEBATE ORAL Y PÚBLICO
DIA 17: 26.12.07

LECTURA DE LOS FUNDAMENTOS DE LA SENTENCIA

Hubo demoras en el traslado de la imputada Chávez a la última jornada del Debate Oral y Público en la Causa de Fernanda Aguirre (Cámara I-Sala I-Pná.) y el acto comenzó finalmente, a la hora 13.40.-
A pedido de las partes se obvió la lectura de la Sentencia que tiene más de 100 fs. y se entregaron copias. La misma, que a continuación se consigna.-
A partir de la notificación de hoy, las partes tienen diez días hábiles para apelar el fallo, que por sobrevenir la Feria Judicial, se prolongará pues, hasta las 8 de la mañana del día 4 de febrero de 2008.-

OFICINA DE PRENSA STJER, 26 de diciembre de 2007.-

Prof. Inés Ghiggi
Encargada de Prensa STJER

CAUSA: Nº 5.448/411: "CHAVES, Mirta Analía - MONZON, Raúl Oscar S/SECUESTRO EXTORSIVO y PARTICIPACIÓN SECUNDARIA DE SECUESTRO EXTORSIVO".-
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En la Ciudad de Paraná, Capital de la Provincia de Entre Ríos, a los diecisiete días del mes de Diciembre del año dos mil siete, se reunieron en el Salón de Audiencias los Señores Vocales de la Sala Primera de la Excma. Cámara Primera en lo Criminal de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia, DOCTORES JOSE MARIA CHEMEZ, HUGO DANIEL PEROTTI y RICARDO ERNESTO GONZALEZ, asistidos de la Secretaria, Dra. MARCELA BADANO, lo hicieron a los fines de deliberar y dictar sentencia en la causa Nº 5.448 – 411 del Registro de esta Sala, caratulada "CHAVES, Mirta Analía - MONZON, Raúl Oscar S/SECUESTRO EXTORSIVO y PARTICIPACIÓN SECUNDARIA DE SECUESTRO EXTORSIVO".-
Figuraron como imputados: MIRTA ANALIA CHAVES, D.N.I. Nº 27.618.887, argentina, viuda, ama de casa, de 27 años de edad, domiciliada en Casa 16, Barrio Evita, de Gualeguay, nacida en Gualeguay el 19 de junio de 1.980, hija de Antonio Alberto CHAVES y de Celia Inés Silva; y RAUL OSCAR MONZON, argentino, soltero, jornalero, de 32 años de edad, domiciliado en Avda. de las Américas y calle Nº 664, de Paraná, nacido en Alcaráz, Departamento La Paz, el 2 de Mayo de 1.975, hijo de Benedicto Monzón (f.) y de Celina Torres (f.).-
Durante el debate intervino como Fiscal de Cámara el Dr. JUAN CARLOS ALMADA, como representantes del Querellante Particular los Dres. JULIO A. FEDERIK y LEANDRO RIOS, y a cargo de la defensa técnica de la imputada CHAVES estuvieron los Dres. NORA A. LANFRANQUI y HUMBERTO O. FRANCHI y de la defensa de MONZON los Dres. RUBEN A. PAGLIOTTO e IVAN CESAR VERNENGO.-
Fueron citados a Juicio imputados de la comisión del siguiente hecho, conforme se describe en la Pieza Fiscal de Elevación, de fs. 6.453/6.562:
A MIRTA ANALIA CHAVES se le atribuye: “Haber intervenido en calidad de co-autora en la comisión del delito de secuestro extorsivo en perjuicio de la menor de trece años, Fernanda Isabella Aguirre, quien en fecha 25 de julio de 2004, aproximadamente a las 16 horas fue sustraída en las inmediaciones del cementerio privado "Parque de la Paz" situado en la ciudad de San Benito, Departamento Paraná, Provincia de Entre Ríos, en ocasión de que -la aludida niña- se dirigía desde el puesto de venta de flores propiedad de sus padres, ubicado frente a dicho cementerio, hacia su domicilio sito en calle Hipólito Irigoyen Nº 1.242 de la misma localidad; exigiendo luego para su liberación y/o rescate, el pago de la suma de dos mil pesos ($ 2.000); exigencia que no obstante haber sido satisfecha por su padre y denunciante, Julio Domingo Aguirre, quien dejó tal suma de dinero en las instalaciones del llamado "Puente de Hierro ubicado en Avenida Almafuerte, en dirección de salida de la ciudad de Paraná hacia el Este, no fue compensada con la liberación de la aludida menor, la que se encuentra aún retenida y oculta. En este sentido y dentro de tal contexto fáctico permanente, se le atribuye: haber efectuado las tres llamadas telefónicas extorsivas emitidas desde el aparato de telefonía fija y pública Nº 0343-4363376 enclavado frente al comercio que gira bajo la razón social "Granja Shop" propiedad de Juan Iturbide, sito en Avenida Almafuerte Nº 4021 de esta ciudad de Paraná, en las inmediaciones del citado Puente de Hierro, a la hora 19:33, 20:30 y 20:37; llamadas recepcionadas en la línea de telefonía fija instalada en la casa de la familia del denunciante y padre de la menor sustraída, Julio Domingo Aguirre Nº 0343-4973342 mediante las cuales fuera exigido el pago de la suma indicada para proceder a la liberación de la niña sustraída, así como diversas expresiones de amenazas. En del mismo sentido, se le imputa: haber procedido a recoger la suma de dos mil pesos ($ 2.000) dejada por el padre de la menor en las instalaciones del "Puente de Hierro" señalado en compañía de su pareja Miguel Ángel Lencina, después de la hora 21, de ese mismo día 25 de julio de 2.004. Finalmente, se le atribuye: haber hecho efectiva, a la hora 1:24 del día lunes 26 de julio de 2.004 una cuarta y última comunicación telefónica al domicilio de los padres de Fernanda Isabella Aguirre, desde una de las líneas de telefonía pública, enclavada en la Terminal de ómnibus de ésta ciudad, la que tienen asignado el Nº 0343-4319731; por cuya vía habría hecho saber a los familiares de la menor sustraída que ésta se encontraba bien y se hallaba cerca de su casa, anunciando su pronto arribo al hogar”.-
A RAUL OSCAR MONZON se le atribuye: “Haber favorecido la situación de Miguel Ángel Lencina y Mirta Analía Chaves -a quienes les fuera imputada coautoría del secuestro extorsivo de la menor Fernanda Isabella Aguirre-, en el tramo inicial y subsiguiente a la sustracción y ocultamiento de la menor, toda vez que entre las 1,30 y las 4,30 horas aproximadamente, del día 26/07/04, les brindó cobijo en su domicilio sito en calle Melgarejo, casi Rubén Aldai, del Barrio La Delfina de esta ciudad, garantizándoles, de ese modo, cobertura y alojamiento transitorio, previo a que abandonaran la ciudad; logrando con ello evitar el deambular de los imputados Lencina y Chaves, por algunas horas en la ciudad. También se le atribuye: Haber interactuado con las personas consideradas co-autores del hecho, contribuyendo a su inicio ejecutivo en el momento de la sustracción con fines de rescate de que fuera objeto la víctima, facilitando a tal efecto un vehículo Dodge 1500 color amarillo, en el que fuera ingresada y trasladada hacia algún lugar, ofreciéndoles aportaciones de auxilio primario, consistentes -además de la cobertura en su residencia en horas críticas según fuera previamente indicado- en la facilitación que les hiciera del espacio físico de una residencia sobre la que ejercería dominio, con la finalidad de asegurar el ocultamiento o disposición de la víctima y/o mantener el rescate dinerario bajo su guarda, suministrándoles un arma de fuego como recurso, acaso, intimidatorio. La referida contribución fue aportada dentro del marco de permanencia del hecho atribuido a los co-autores, en su tramo inicial y subsiguiente, según fuera descripto”.-
Se les atribuye a los encartados en la requisitoria formulada por el Querellante Particular, de fs. 6.576/6.685/vta., el siguiente hecho:
A MIRTA ANALIA CHAVES: “Haber intervenido en calidad de co-autora en la comisión del delito de secuestro extorsivo en perjuicio de la menor de trece años, Fernanda Isabella Aguirre, quien en fecha 25 de julio de 2004, aproximadamente a las 16 horas fue sustraída en las inmediaciones del cementerio privado "Parque de la Paz" situado en la ciudad de San Benito, Departamento Paraná, Provincia de Entre Ríos, en ocasión de que -la aludida niña- se dirigía desde el puesto de venta de flores propiedad de sus padres, ubicado frente a dicho cementerio, hacia su domicilio sito en calle Hipólito Irigoyen Nº 1.242 de la misma localidad; exigiendo luego para su liberación y/o rescate, el pago de la suma de dos mil pesos ($ 2.000); exigencia que no obstante haber sido satisfecha por su padre y denunciante, Julio Domingo Aguirre, quien dejó tal suma de dinero en las instalaciones del llamado "Puente de Hierro” ubicado en Avenida Almafuerte, en dirección de salida de la ciudad de Paraná hacia el Este, no fue compensada con la liberación de la aludida menor, la que se encuentra aún retenida y oculta. En este sentido y dentro de tal contexto fáctico permanente, se le atribuye: haber efectuado las tres llamadas telefónicas extorsivas emitidas desde el aparato de telefonía fija y pública Nº 0343-4363376 enclavado frente al comercio que gira bajo la razón social "Granja Shop" propiedad de Juan Iturbide, sito en Avenida Almafuerte Nº 4021 de esta ciudad de Paraná, en las inmediaciones del citado Puente de Hierro, a la hora 19,33, 20,30 y 20,37; llamadas recepcionadas en la línea de telefonía fija instalada en la casa de la familia del denunciante y padre de la menor sustraída, Julio Domingo Aguirre Nº 0343-4973342 mediante las cuales fuera exigido el pago de la suma indicada para proceder a la liberación de la niña sustraída, así como diversas expresiones de amenazas. En del mismo sentido, se le imputa: haber procedido a recoger la suma de dos mil pesos ($ 2.000) dejada por el padre de la menor en las instalaciones del "Puente de Hierro" señalado en compañía de su pareja Miguel Angel Lencina, después de la hora 21, de ese mismo día 25 de julio de 2.004. Finalmente, se le atribuye: haber hecho efectiva, a la hora 1,24 del día lunes 26 de julio de 2004 una cuarta y última comunicación telefónica al domicilio de los padres de Fernanda Isabella Aguirre, desde una de las líneas de telefonía pública, enclavada en la Terminal de ómnibus de ésta ciudad, la que tienen asignado el Nº 0343-4319731; por cuya vía habría hecho saber a los familiares de la menor sustraída que ésta se encontraba bien y se hallaba cerca de su casa, anunciando su pronto arribo al hogar”.-
A RAUL OSCAR MONZÓN: “Haber favorecido la situación de Miguel Angel Lencina y Mirta Analía Chaves -a quienes les fuera imputada coautoría del secuestro extorsivo de la menor Fernanda Isabella Aguirre-, en el tramo inicial y subsiguiente a la sustracción y ocultamiento de la menor, toda vez que entre las 1,30 y las 4,30 horas aproximadamente, del día 26/07/04, les brindó cobijo en su domicilio sito en calle Melgarejo, casi Rubén Aldai, del Barrio La Delfina de esta ciudad, garantizándoles, de ese modo, cobertura y alojamiento transitorio, previo a que abandonaran la ciudad; logrando con ello evitar el deambular de los imputados Lencina y Chaves, por algunas horas en la ciudad. También se le atribuye: Haber interactuado con las personas consideradas co-autores del hecho, contribuyendo a su inicio ejecutivo en el momento de la sustracción con fines de rescate de que fuera objeto la víctima, facilitando a tal efecto un vehículo Dodge 1500 color amarillo, en el que fuera ingresada y trasladada hacia algún lugar, ofreciéndoles aportaciones de auxilio primario, consistentes -además de la cobertura en su residencia en horas críticas según fuera previamente indicado- en la facilitación que les hiciera del espacio físico de una residencia sobre la que ejercería dominio, con la finalidad de asegurar el ocultamiento o disposición de la víctima y/o mantener el rescate dinerario bajo su guarda, suministrándoles un arma de fuego como recurso, acaso, intimidatorio. La referida contribución fue aportada dentro del marco de permanencia del hecho atribuido a los co-autores, en su tramo inicial y subsiguiente, según fuera descripto”.-
Durante la deliberación del caso se plantearon las siguientes cuestiones a resolver:
PRIMERA: ¿Está acreditada la materialidad del hecho y su autoría?.-
SEGUNDA: En su caso, ¿Son penalmente responsables los imputados y qué calificación legal corresponde?.-
TERCERA: En caso afirmativo, ¿Qué sanción debe imponérseles, cómo deben aplicarse las costas y qué debe resolverse sobre las medidas cautelares dispuestas en su perjuicio?.-
Practicado el sorteo de Ley, resultó que los Señores Vocales debían emitir sus votos en el siguiente orden: DRES. CHEMEZ, PEROTTI y GONZALEZ.-

A LA PRIMERA CUESTION EL SEÑOR VOCAL, DR. CHEMEZ, DIJO:
1) En la audiencia del contradictorio oral la encartada CHAVES prestó declaración indagatoria, afirmando que es inocente. Que conoció a Miguel Angel Lencina en la cárcel, cuando fue a acompañar a una amiga, y en el transcurso de esas visitas la dejó quien era su pareja, y ella estaba embarazada de su primer nena. Le comentó entonces a Lencina en una de esas visitas y él le ofreció ser su pareja. Le pareció sincero y comenzó la relación, que siguieron a lo largo de los años. Que siempre fue muy cordial, muy amoroso. Que cuando ella quedó embarazada de su tercer hija, él le propuso que se casaran, lo que hicieron en Gualeguay, a él le faltaba poco para la salida, ella ya estaba viviendo en Santa Fe. Las primeras salidas fueron al domicilio de ella. Que anteriormente a la última salida, cuando Lencina fue a la casa de la dicente, se lo notaba medio raro, y ella pensó que tendría problemas en el penal. Que un día llegó Lencina y le dijo que tenía una salida y quería que lo fueran a ver a "Piojo", que era su hijo, porque había muerto una hermana de Miguel, que era como una madre para el chico. Que primero fueron a Alcaraz y ahí ya era otro hombre, estaba nervioso, violento, gritón, y la golpeó por primera vez. Que se quedaron esa noche en Alcaraz y luego volvieron a Paraná, en donde durmieron en un galponcito que tenía Ester, ella quería irse pero él le dijo que no, que ella hacía lo que él decía. Que al otro día se levantaron, salieron a caminar, anduvieron por un montón de calles, tomaron un colectivo y cuando bajaron Lencina quiso entrar a un cementerio, pero las puertas estaban cerradas. Que siguieron caminando, luego doblaron y volvieron a otro cementerio, y como la dicente venía caminando atrás con la sobrina de Miguel, él se da vuelta y le pide plata. Que la miró con una mirada aterradora, que le dio miedo, y le ordenó que se fuera, lo que hicieron, llegando a la casa de Ester por indicaciones de la nena, ya que ella no conocía Paraná. Que al arribar a la casa toman unos mates con la nena, después llega la mamá de Nazareno y le pregunta por él, ella le contestó que estaba con Miguel. Que se fue a recostar un rato, no se podía dormir, y cuando se levantó, llegó Nazareno y ella le preguntó por Miguel, y él le contestó que ya venía, devolviéndole la plata que le había dado. Que después la dicente entró y salió de la casa y, mirándola a Ester, le dijo que Miguel no había venido. Al rato él apareció de atrás, le tocó el brazo a la madre y dijo que si tenía hambre para ir a comprar algo, y le pregunta donde estaban los chicos. Que ella le contestó que estaban en Santa Fe, porque no quería decirle que estaban con sus padres, pero él le dijo que no le mienta, que sabía que estaban con ellos. Lencina le dijo que si le mentía no sabía lo que le podía hacer, y ahí le describió hasta la ropa que tenían puesta los chicos. Que ella se sorprendió porque era ropa nueva, que Lencina no había visto. Después llegaron a la despensa, compraron pan y fiambre, y Lencina le dijo que pidiera monedas, ahí le indicó que llamara a un número que estaba escrito en una penca, porque si no lo hacía le podía pasar algo a sus hijos. Que entonces hizo la primera llamada, no recordando en este momento que dijo. Después siguieron caminando, y más tarde le indicó que hiciera la segunda llamada, ella le contestó que no, y ahí él le manifestó "vos no entendés nada, querés que te mate acá mismo, que te maten a todos tus hijos, yo me voy a encargar". Que entre una y otra llamada se cruzaron con su cuñada, la mujer o ex mujer del Jorobado Lencina. Ahí Miguel cambió la cara, no mostraba como estaba hasta ese momento. Después realizó la tercera llamada, y él dijo que tenían que esperar. Ella le preguntó que cosa debían esperar y él le contestó que no hablara. Que estaba horrorizada, temblando porque no entendía ni sabía nada. Que se quedaron en un paredón en Avenida Almafuerte, cerca de una garita, en donde hay una estación de servicios, cuando se aproximó un auto blanco, y bajó un hombre flaco. Miguel la mandó a hablar con ese hombre porque éste no se iba, indicándole que tenía que decirle que había dos hombres en la Y.P.F. y si tenía las cosas. Que fue hasta donde estaba el hombre y le dijo esto, y él le manifestó "decime a donde está, decime algo", pero ella le contestó que no sabía nada. Que fue a paso rápido a esconderse porque tenía miedo tanto del hombre como de Miguel. Que cuando estaba escondida, se apareció Lencina de atrás, y le dijo "vamos, es lo último que tenemos que hacer", así que subieron al puente de hierro. Que ella no se animaba porque le tiene miedo a las alturas y él le ordenó que cruzara porque sino la iba a tirar, forcejearon, la golpeó y pasaron el puente. Ahí de una remera blanca sacó algo que tenía plata, la contó y él dijo que se iban al pool, ella no quería, pero tomaron un colectivo y fueron a la zona de "Las cinco esquinas". Que antes de que viniera el auto blanco habían llegado la hermana y las sobrinas de Miguel para invitarlo a ir al pool y él les dijo que no, por lo que éstos se fueron. Que cuando bajaron del colectivo había un pool con vidrios adelante y Lencina le dijo que fuera a ver si estaban los chicos, enseguida él ya tenía al lado un remis, rojo o bordó, mediano, y se volvieron a buscar los bolsos. Que una vez que estaban en la casa Lencina le dijo que guarde la ropa y después, cuando habló de “la piba”, le manifestó a la dicente que no era tan hijo de puta, que la iba a soltar. Que ella siguió preparando el bolso y Miguel vino de atrás de la casa con un par de zapatillas y las puso dentro del bolso. Ahí saluda a la madre tocándole la espalda y se fueron para la terminal. Lencina no quería comer en Mc Donalds y encontraron un comedor abierto en la zona de la terminal, entraron y se sentaron en una mesa al frente. Que de repente Miguel le dijo que lo esperara porque había un conocido, salió y volvió con una mujer, que era su prima Rosa Monzón. Que después de comer fueron a la terminal, averiguaron los horarios de los micros, Lencina la mandó a Rosa a comprar una petaquita y le indicó a ella que hiciera otra llamada. La dicente no quería, pero él le dijo que lo hiciera porque la estaba vigilando y le indicó qué tenía que decir, haciendo entonces la llamada desde la terminal. Que después se pusieron a tomar y llegó un policía, quien les explicó que no se podía consumir alcohol dentro de la terminal. Que salieron y Miguel se encontró con Raúl Monzón, a quien le contó que no tenían colectivo hasta las 5 de la mañana, y éste los invita a tomar mate a su casa. Que entonces se van en un remis hasta la casa de Monzón, y cuando llegaron Raúl se bajó y le golpeó la puerta a su mujer. Que Miguel siempre estaba al lado de ella, como pendiente de que no se fuera, estaba asustada. Cuando Lencina se bajó del auto, ella escuchó a un costado que estaba murmurando con alguien, pero él, al darse cuenta que lo estaba mirando, la metió a la casa de un empujón. Tomaron mate y hablaron con Monzón y su mujer hasta la hora del colectivo. Que regresaron a la terminal y Lencina compró los pasajes y se los dio a ella. Que cuando estaban en la plataforma Miguel le dijo "ya vengo", le indicó que subiera al colectivo y que la estaban vigilando. Que había una persona, vestida de negro, ella pensó que era un vendedor, pero se fue atrás de Lencina, y cuando estaban cortando los boletos alguien le tocó la espalda y era Lencina. Que se fueron a Concepción del Uruguay, donde pasó la noche, y después ella se fue a Gualeguay. Que creyó que estaban vigilados, porque cuando forcejearon en el puente de hierro, Lencina le dijo "con el Corcho y con el Negro no se jode, no entendés esto?. Que a ella le importaban sólo sus hijos, y entonces fue para la casa de sus padres. Que no pudo viajar enseguida porque no había colectivos por un problema de la empresa, así que al llegar a su casa a los dos días le avisaron que había llamado Miguel dos veces, por lo que llamó al penal y pidió que le avisaran a Lencina que se comunicara con ella. Miguel la llamó y le dijo que fuera enseguida para el penal, y ante una excusa de ella para no viajar, le reiteró que ya tenía que ir. Que llevó sus hijos a la casa de una amiga por el miedo a estar vigilada y se fue al penal. Que cuando se encontró con Lencina, éste entraba y salía del pabellón, en donde había un televisor y pasaban imágenes del rastrillaje buscando a la menor desaparecida, le agarraba a ella la mano, estaba nervioso, le decía "no está, no está, la piba no está". Que no entendía nada y Lencina le dijo que ahora la iban a detener, y cuando ella preguntó la razón, le contestó “que fuera nomás”. Que al salir del penal la detuvieron unos hombres que dijeron ser policías, pero no se identificaron, siendo trasladada en un auto rojo a la Jefatura, en donde un hombre alto y bigotudo comenzó a tratarla mal, diciéndole que ella era igual que Lencina, que les dijera donde estaba la nena, que donde estaba Fernanda Aguirre, pero ella no entendía de que se trataba, porque pensó que la piba de la que hablaba Miguel era una chica de su edad y además la casa adonde efectuó los llamados telefónicos era de Cabrol, no Aguirre. Que esta persona salió pateando, diciendo que si no sabía nada se fuera al penal. Que la llevaron y la tuvieron tres meses en un calabozo, en donde la pasó muy mal, porque había “una loca” que era usada por la policía para torturarla, era otra interna, que todos los días le decía que la iban a matar, que le iban a matar los chicos. Era la primera vez que ella estaba detenida, que se sorprendió cuando le dijeron que Miguel estaba preso porque había matado mujeres, que ella desconocía que ese fuera el motivo, él le había contado “que se estaba comiendo un garrón”. Que después que murió su esposo le decían que le iba a pasar lo mismo. En el penal la vigilaban para que no se matara, porque supuestamente ella había hecho un pacto con Lencina, y un médico después le dio una medicación. Que después “la loca” se hacía la “buenita” le daba mate con algo, cuando lo tomaba se sentía boba, rara, se le aflojaban las piernas, no tenía noción del tiempo, no sabía si era de día o de noche. Que cuando la llevaban a la Federal la amenazaban y a la noche la visitaba gente que no conocía. Que a su defensor le comentó que estaba mal ahí y éste le dijo que no podía hacer nada, que tenía que estar en el calabozo por su seguridad. Que los policías de la Federal estaban obsesionados, le indicaban que debía manifestar determinadas cosas y salía en libertad. Que una noche se sintió mal, no sabe si por las pastillas, no recuerda que hizo, tampoco la dejaban tener diarios ni ver televisión, pero no la separaban de la loca. Después a esta interna le trajeron una radio bien lujosa, que ella vio desde la ventana y además la dicente escuchó algo sobre unas cartas que supuestamente había escrito, porque esta mujer le dijo que esa noche ella escribió algo y le mencionó algo de la Comisaría Quinta, de que iba a terminar ahí. La llevaban al Juzgado Federal como dos veces al día, la amenazaban, golpeaban la mesa y le daba más miedo. Que le preguntaban donde estaba la nena y le decían que si mencionaba que Raúl Monzón estuvo en eso se iba libre. En el penal, después que Lencina decía "la piba no está” al ver por televisión el rastrillaje, cuando los dejaron solos dos minutos ella le preguntó “que hiciste con la piba” y él no contestaba nada, pero luego dijo "se ahorcó sola", después "la tiré a un pozo", también "la até y se ahorcó", pero la dicente no le creía mucho porque estaban los dos nerviosos y no sabía si Miguel estaba delirando. No mencionó donde la tiró, solo dijo "un pozo". Que a las zapatillas las trajo cuando dijo "ya vengo" y fue para atrás de la casa, eran azules, con puntera blanca, algo amarillitas, y ella entendió que las había robado de un tendedero, pero en la Federal le dijeron que tenía la costumbre de sacarle una prenda a la víctima y “ahí caigo”. Cuando Miguel le dijo "tomá, no me entran", ella las miró y, como no son las zapatillas que usa, se las regaló a una amiga, diciéndole que las usara o las quemara, pensando que las había robado, después se quedó pensando que podrían ser de Fernanda. Que mencionó en una indagatoria que las había quemado porque estaba atemorizada, porque le decían de todo, le indicaban lo que tenia que decir, que Lencina la había tirado a un pozo, que la había quemado en un horno, que a las víctimas las degolló, que les sacó los órganos. Que a las zapatillas se las regaló a su amiga Georgina Díaz. Que ella tenía el revolver y sintió que Miguel se lo quitaba y le iba a hacer algo, ella tenía miedo hasta de que el arma se dispare solo. Que a Lencina lo conoció cuando ella tenía 19 años. Nunca antes Miguel había mencionado al Corcho o al Negro, porque era de hablar poco en ese sentido. De la primer llamada no recuerda el contenido, pero sí que dijo "familia Cabrol". Cree que expresó "la tenemos secuestrada", pero no se acuerda. Que en la segunda llamada no recuerda haber dicho “esto no es un juego", ya que hace mucho tiempo. Que no relacionó la desaparición de Fernanda con los llamados porque no eran los mismos apellidos, ni tampoco el nombre de la víctima porque estaba perdida, le decían cosas y no entendía. Ellos le decían la nena Fernanda, la nena Aguirre y él decía "la piba". Que recuerda haber dicho “la piba ya esta bien y que iba en camino”, porque Lencina le indicó que diga eso. La dicente no sabe que quiso decir, porque no entendía nada. Que cuando hizo la llamada Miguel estaba a su lado. Cuando le contestaban las llamadas del otro lado no sabe si Lencina escuchaba porque ella tenía el teléfono del lado izquierdo y él estaba del lado derecho. Que no le anotaba lo que tenía que decir, sólo el número, que estaba escrito en una penca. Que la dicente no iba a expresar eso de “no llamar a la policía porque se la devuelven en pedacitos”, sino que todo el tiempo pensaba qué decir o no, lo miraba a él y con la mirada le decía todo. Que ella no lo admiraba a Lencina, lo respetaba porque le había demostrado ser la persona que necesitaba, cariñoso, ella quería formar una familia, quiso reconocer a sus hijos. Que después de las amenazas de Lencina sintió que éste no era la persona que había conocido, que estaba casada con un monstruo. Que en las cartas que le escribió a Miguel se dirige a él con amor porque tenía miedo que en un cruce en el Juzgado Federal la matara. Que en las declaraciones anteriores no refirió el hecho de las amenazas de la mujer detenida por miedo, porque seguía adentro, había tenido varios roces con esta mujer, a quien le dejaban hacer lo que quisiera porque supuestamente tenía deficiencia mental. Que no recuerda quienes le indicaron que señale a Monzón, pero eran varones, y querían que lo vinculara en el hecho con una participación anterior a la llegada del auto. Que le decían que tenía que meter a Monzón porque él sabía y tenían obsesión por la cabeza de Monzón. Que las instrucciones consistían en que había visto a Monzón antes de cobrar la plata, que tenía que estar Monzón y Miguel charlando juntos. Además le dijeron que manifieste que tenía un celular y que le sonó, también que tenia un auto. Que no recuerda si le indicaron que debía decir algo sobre la velocidad a la que circulaba el auto, pero sí que diga que los dos estuvieron como cuchicheando. Que respecto a que Lencina siempre usaba un 38 o 9 mm., lo sabe por las conversaciones de Miguel y Ester Torres. Que en las cuatro llamadas que realizó, Miguel la obligó arrimándose a ella y diciéndole que tenía que llamar, y se quedó al lado hasta que puso la moneda. Que después de levantar la plata del puente compraron un pantalón, un par de zapatillas para su hija, unos cassetes de música por $ 40, zapatillas por $ 25, y Miguel tenía una deuda en el penal de $ 400. Que nunca convivió con Lencina. Que ella escuchó la palabra “remover” en el transcurso de las idas y venidas del Juzgado Federal, por lo que le preguntó a Lencina qué hizo con la nena, y también qué significaba “remover”, y le contestó que fue sacar a la nena del lugar. No sabe quien cuchicheaba con Lencina cuando fueron a la casa de Monzón porque estaba muy oscuro. Que el Gobernador Busti y los padres de Fernanda fueron a verla al Penal y ella sintió más miedo. La mamá de Fernanda no le pidió que sindicara a alguien, sólo le preguntó si sabía a donde estaba su hija y la dicente le contestó que no sabía, que de saberlo le contaría, pero ella no le creyó. Que se expresó en plural cuando dijo que le indicaron que debía involucrar a Monzón “antes de que cobremos la plata”, porque ella tenía que ir con Lencina y “había hecho todo el transcurso”, y cuando dijo “queremos”, fue porque a las palabras se las dictaron y ella las repetía.-
Por su parte, el imputado MONZON se abstuvo de prestar declaración indagatoria, siendo incorporadas por lectura las brindadas en la instrucción a fs. 3.421/3.425 y 4.799/4.802. En su primera declaración sostiene que el domingo de julio que jugó Argentina-Brasil, como a las 21,30 hs., concurrió a la Terminal de ómnibus, estuvo conversando con un taxista de apellido Jozami. Que dentro de la Terminal cerca de las 24 observó a María Rosa -su hermana- acompañada por una pareja. Que María Rosa le dijo estoy con Miguel Ángel y su esposa y en ese momento reconoció a Lencina y su cónyuge. Que estuvieron charlando de cuestiones familiares y luego se dirigen al sector de baños, Miguel manda a Chaves y a María Rosa a comprar piña colada que la bebieron en el lugar, salvo él porque no le gusta. Que luego Miguel refirió que tenía que viajar a Gualeguay o Uruguay para reintegrarse a la Unidad Penal. Que Miguel le propuso tomar mate en la casa del dicente para conocer su mujer y su hija, él aceptó y tomaron el taxi de Jozami hasta su casa donde estuvieron hasta las 4 ó 4,30 hs., oportunidad en que dicho taxista, por indicación de Miguel, los pasó a buscar y los llevó a la Terminal, luego de despedirlos el dicente se quedó en la parada de taxis abriendo puertas y cargando bolsos de pasajeros. Que es primo de Lencina y hacía 12 años que no lo veía. Que reconoce que fue al velorio de Andrea -hermana de Miguel- pero un rato y temprano, y no se encontró con Miguel en el velorio. Lencina le preguntó a su hermana por un arma, pero el dicente no le prestó atención. Que antes de ir a la Terminal estuvo instalando un equipo de música y unos portalámparas en lo de Rubén Alen, quien lo fue a buscar a las 14,30 hs., oportunidad en que el dicente se duchó y juntos fueron a la casa de Rubén como a las 16 hs., donde estuvo hasta las 18 o 18,30 hs.. Rubén lo llevó a la casa de su hermano Darío Monzón donde estuvo charlando, tomando mate y escuchando música, después fue a su casa, que es al lado, donde estuvo tomando mate con su esposa Marianela Romina González. Que luego fue a la casa de su hermana Paola que también vive en el lugar, estuvo un rato, y fue a la casa de su amigo Ferreyra que vive a 20 mts. de su casa. Que volvió a su domicilio y de ahí se fue caminando a la Terminal. Lencina tenía un bolso bordó y Mirta una carterita de jean. Que reconoce que había una comunicación interna entre su casa y lo de María Rosa para cuidar y alimentar a los hijos de ella, que siempre estaban solos. Que esa puerta fue cerrada después del domingo que estuvo Miguel. Que María Rosa tiene 3 hijos, un varón de 3 años que le dicen "Piti", Norma de 6 años y Soledad de 11 o 12 años. Que su hermano Rubén Darío tiene una hija como de 13 años llamada Rosana y apodada "China". Que niega que Miguel le hubiera dado dinero u otro efecto. Que no tiene auto pero utilizaba un Dodge 1500 de Ferreyra, lo hacía durante el día porque no tenía luces, Ferreyra se lo prestaba por lapsos determinados y siempre era guardado en la casa de "Cacho" Ferreyra a la vuelta de su casa. Que tal vehículo es el fotografiado a fs. 2059/2061. Que el martes o miércoles anterior a ese domingo, Ferreyra le prestó el auto, se descompuso cerca del supermercado Norte, lo tuvo que dejar y pedir ayuda a Jozami quien lo remolcó hasta su casa, ahí estuvo unos días y Ferreyra lo llevó a su casa para repararlo. Que con ese auto fue en 3 ó 4 oportunidades a la Terminal. Que el domingo estuvo conversando de política y fútbol con Jozami entre las 21,30 y las 24 hs.. Que nunca le vio un celular a Jozami y el dicente tampoco tenía celular, la única que tiene en su familia es su suegra pero nunca se lo pidió prestado, solo cuando lo detuvieron ella se lo prestó a su esposa para llamar al abogado. Que su suegra es Susana Lemos y vive en calle Los Chingolos, no recuerda el número de ese celular. Que su hermano Carlos también tiene celular. Que no recuerda si Jozami hizo algún viaje mientras estuvo con él en la Terminal. Que Miguel Ángel y su esposa parecía que se llevaban bien, tenían demostraciones de afecto. Que los viajes de remis los pagó Miguel. Que se quedó trabajando en la Terminal hasta las 6,30 hs.. Que se enteró del tema de Fernanda el lunes a la noche, que dialogó de ello con Jozami quien le dijo que parecía que lo acusaban a Lencina, aclarando que cuando los llevaban a la casa el declarante le dijo a Jozami que los acompañantes eran sus parientes Lencina. Que el auto de Jozami estaba limpio pero no parecía recién lavado. Que no sabe leer ni escribir, y lee solo algunas palabras. Que niega que Mirta CHAVES haya ido al baño en su domicilio, describe su baño diciendo que está al fondo de la casa, tiene inodoro y bidet, pero la pileta no está colocada, está tirada en el piso, el inodoro no tiene depósito de agua y por eso cada vez que lo usan deben limpiarlo con un balde de agua, el baño no tiene azulejos ni canillas en su interior. Que el domingo se encuentra con su hermano Rubén Darío como a las 19,30 hs.. Que niega haber enviado o recibido cartas de Chaves. En su segunda declaración indagatoria, Monzón dice que es mentira lo dicho por el testigo de identidad reservada respecto a que el día del fallecimiento de Andrea Lencina -27/6/04- estuvo con Miguel Ángel Lencina en el Dodge 1500 amarillo por la zona de la Terminal. Que reconoce que tuvo un celular viejo, que no andaba, sin recordar la marca pero que era grande tipo ladrillo, a ese teléfono se lo había dado su hermano Carlos Monzón y lo tenía desde más o menos un año antes del 26/07/04, reitera que no andaba, inclusive lo utilizaban sus hijos para jugar. Que después la señora del taxista Jozami, se lo pidió a su mujer porque le servía para hacerlo arreglar o sacarle algo, llevándose el teléfono Jozami y su señora más o menos un mes y medio antes del día 26 de julio, ocasión en que Miguel Lencina y su esposa estuvieron en su casa, no recuerda el número que tenía ese teléfono. Que Poloni ha llamado por teléfono en algunas ocasiones pero a la casa de de su hermano Carlos Monzón o a la de su vecino Rubén Ferreyra para darle algún mensaje de su esposa que trabajaba en lo de Poloni; pero nunca Poloni llamó a un celular del dicente. Que niega los dichos del testigo Eberle relativos a que tenía un celular y la noche del 25/07/04 habló varias veces por el mismo y que como a las 23,00 hs. habló y de inmediato salió con Jozami en el Senda de este último. Que también es mentira lo afirmado por el testigo Luciani, quien dijo haber visto a Monzón junto a Lencina en ocasión del velatorio de Andrea, y también haberlo visto en varias oportunidades, antes del secuestro, con un celular grande Motorola de los viejos tipo "ladrillo". Que respecto a lo que dice la testigo Lemos, quien sostuvo haberle prestado un celular a Marianela cuando a Monzón lo detienen por primera vez en razón de que Marianela le manifestó que le había prestado el suyo a un amigo y que ella se lo había reclamado y no se lo daban. Que suyo no pude ser el celular porque nunca tuvo celular, que en todo caso habrá sido por el teléfono viejo que mencionara antes. El teléfono celular al que refiere su hermano Carlos Monzón fue el que éste le da a la esposa del dicente, que es Carlos Monzón el que compra ese celular a una vecina de enfrente, pero reitera que ese aparato no andaba, aclara que ese celular cuando lo enchufaban no andaba, no se cargaba, entonces como no andaba quedó para que jugaran los chicos, hasta que se lo llevó la señora de Jozami. Que concurrió a la Escuela "Fray Justo Santa María de Oro" de la localidad de Bovril, que cursó dos o tres veces primer grado y cuando cursaba segundo su madre se vino a Paraná y no fue más a ninguna escuela. El supermercado Norte en cuya cercanía sostuvo se le detuviera el Dodge 1500 que conducía, según refirió el martes o miércoles anteriores al día del hecho investigado en la causa, responde que ello lo reitera y que el supermercado Norte queda en Av. de las Américas, en una esquina donde hay semáforos, a dos cuadras del puente que esta en la Avenida, en dirección a la salida de la ciudad, quedando, mas o menos cinco o seis cuadras de su domicilio. Que no estuvo el domingo 25/07/04 cerca de las 20,30 hs. en la zona del restaurante "El Portal", de Av. Almafuerte, por la zona del puente de hierro, diciendo que jamás estuvo en ese lugar, tampoco conoce a Aguirre y por eso tampoco sabe que el mismo tuviera ese auto, que ese día a la noche estuvo con Miguel y su esposa, pero no a esa hora ni en ese lugar, sino cuando lo llama su hermana María en la Terminal de ómnibus mas o menos a las doce y media o una menos veinte de la noche. Que no conoce San Benito, nunca estuvo allí, solamente hace como dos años, fue en un acompañamiento de un muchacho fallecido hasta el cementerio, pero en esa ocasión lo llevaron y lo trajeron de vuelta a la ciudad.-
2) Declararon en el contradictorio los siguientes testigos:
1. MARIA INES CABROL, madre de la menor Aguirre, quien manifestó que el día del hecho estaba en su puesto de flores con su hija María Emilia y llegó Fernanda, le pidió pide tres claveles para una vecina, y ella le preparó dos claveles rojos y uno blanco. Que Fernanda le preguntó si no la iba a llevar hasta la casa, y ella le contestó “no mamá si ya estás grande”, andá sola. Que la miraron hasta que llegó a la esquina; que luego pasó el rato y fueron hasta el negocio que atiende su marido, le preguntó a éste si Fernanda había llegado y le dijo que no. Que cuando vuelve a su casa estaban las luces apagadas y tampoco la encontró, le preguntó a la vecina y le dijo que no la habían visto. Que ahí recibió una llamada de una mujer que le dijo que su hija había sido secuestrada. Que le creyó inmediatamente porque la nena no era de irse. La mujer le dijo “queremos dos mil pesos, llévelos al puente de hierro”, y la dicente le contestó “que esperara, que no sabía cuál era el puente de hierro”. Que esta mujer le respondió que era el que quedaba en Almafuerte, y que no llamara a la policía. Le avisó a su marido, quien primero no le creyó, pero enseguida intentaron juntar la plata. Después su esposo recibe otro llamado como a las 20,20 hs., era la voz de una mujer, y Aguirre le dijo que ya iba a llevar la plata, saliendo inmediatamente. Que ella siguió esperando en su casa y como a las 23,00 horas, cuando su esposo volvió, se fueron a la comisaría a hacer la denuncia. Que cerca de las 23,30 horas regresó a su casa y más tarde una de sus hijas recibió otro llamado, diciendo que la habían liberado a la nena, empezaron a buscar y hasta el día de hoy no ha vuelto a ver a su hija. La dicente atendió el primer llamado como a las 19,15 horas, ahora recuerda que ella preguntó por la nena, le contestaron “ahora está bien”, y en los llamados hablaban de “Fernanda” y también se referían siempre a “Cabrol”. Que ellos tenían la plata guardada, porque habían vendido un acopladito y la nena sabía que tenían ese dinero. Que su esposo en su denuncia manifestó que la plata se la habían prestado los yernos para que no sepan de dónde la habían sacado. Que el acoplado lo había vendido hacia un mes al carnicero Sattler. Le había dicho a Fernanda que si le pasaba algo, había unos pesos guardados, las demás hijas no sabían, su esposo sí. En ese momento de nervios la policía los quería investigar a ellos, como si hubieran robado el dinero. Que a los Lencina no los conocía, solo los había escuchado nombrar, sobre todo al hermano del caso Sigura. Que cuando dejó de ver a Fernanda faltaba un poquito para que llegara a la esquina. Que su hija cuando llegó a la florería no le comentó de ninguna incidencia previa en el camino. La voz femenina lo único que hacía era amenazarla, y le dijo que dentro de una hora la llamaba. Que cuando reconoció las zapatillas secuestradas como las de Fernanda vio que estaban usadas. Que recuerda que el día del secuestro en su casa se paró Fernanda frente a ella, y ahí observó que a la zapatilla derecha se le había roto un ojal. Era una zapatilla de marca berreta, celestes, más tirando a azul, tenían dos rayitas naranjas detrás, al costado una rayita naranja, la derecha tiene un ojalillo roto, y tenían una entresuela, que decía Nº 38. Que le pareció que la mujer que la llamó no recibía instrucciones de otra persona. Que reconoce las zapatillas azules que le son exhibidas (junto a otro par del mismo número, con la objeción de la defensa de Monzón de que los pares no son iguales), observando la declarante que falta el ojalillo de la zapatilla derecha, y reconoce también la suela blanca. Que siguieron buscando a la nena por todos lados, hubo gente que salió a buscarla, la familia, la policía, algunos vecinos. La búsqueda siguió durante seis meses, recorriendo campos, arroyos, viajaron a distintos lugares del país. Que cuando Fernanda se fue la observó hasta antes de llegar a la esquina de calle San Martín y Federación, que caminó por la vereda o banquina de la florería, no la vio cruzar en ningún momento. Que cuando se enteran de que aparece la primer nota de ella, en Santiago del Estero, fueron con el Dr. Walter Carballo, y ella vio la nota de su hija. El papelito decía “S.O.S. ayúdenme soy Fernanda estoy secuestrada, de Entre Ríos”. Que cuando vio la nota enseguida reconoció que era de su hija. Las compañeras también le dijeron que habían visto la nota por televisión y que era la letra de Fernanda. Después apareció una segunda nota dentro de una botella, y ella habló con la chica que encontró la botella. En la nota decía “ayúdenme, soy Fernanda, son dos tipos los que me tienen, abusan de mí, no sé quienes son”. La letra era igual a la primera, era de Fernanda, y si uno mira la carpeta, ve que es la misma letra. La chica le dijo que le pedía al papá que denuncie, y él le dijo que no, que no quería tener problemas, la nota la encontró el 8/12/04 y se fueron a la policía. La chica le contó que seguía el caso por televisión. Que había pasado un mes cuando ella se enteró que había aparecido la nota. Que luego apareció otra en Buenos Aires, en una maderita, redondita, chiquita. También decía “ayúdenme, estoy secuestrada”, y alcanzó a poner la palabra “Portugal”. El policía que los atendió en Buenos Aires le dijo que no sabía que se buscaba una chica. Luego se encontró otra nota en Salta, que dicen “ayúdenme, soy Fernanda, son prostituidores los que me tienen”. La policía hizo una investigación y le informaron que en el Plaza Hotel los conserjes traían chicas. En el hotel una señora le contó que su esposo había visto a Fernanda, que logró hablar con él, y le dijo que la había visto comprando una coca y un pancho. La policía recién después que aparecieron las notas le pidió un cuaderno de Fernanda para hacer pericias, por indicación de la querella. Que hablaron con una perito de apellido Latour que les dijo que se cortaba las manos si la nena aparecía y le decía que la nota no era de ella, aseguraba que era de Fernanda. Que al otro día apareció Walter Carballo, estaba a cargo de la Oficina de la víctima en ese momento, les preguntó si tenían abogado, conocieron al Dr. Federik, luego fue el Dr. Busti y les ofreció todo lo que estuviera a su alcance. Que lo que necesitaran ellos les daban, les pagaban los hoteles. Que un día el Dr. Busti tuvo un encuentro con su marido, en donde éste le dijo que si se enteraba que había tenido algo que ver con la desaparición de su hija, él lo mataba. Que a ella no la compran con plata ni con nada. Que viajaron a Santiago del Estero 8 veces, después a Catamarca, Salta, Jujuy, La Rioja, Buenos Aires, también a Chile, Paraguay, Brasil, tantos viajes que son innumerables. En todo momento las acompañó Walter Carballo, ya que ellos no contaban con los medios para poder viajar. Que en un viaje repartieron afiches por todo el Norte, los ayudaron los medios, las personas de Derechos Humanos. Que cada nota que aparecía iban a esos lugares. Que pidió ayuda a las autoridades nacionales, tuvieron una audiencia con el Presidente Kirchner, quien les ofreció lo que necesitaran, y les dijo que la Side, Interpol y la Policía Federal colaborarían con la investigación. Después habló con Aníbal Fernández y Cristina Kirchner, también con personal de la Oficina Antisecuestros. La segunda noche después del secuestro tuvo un llamado de una mujer que le dijo que la nena estaba en Barrio La Delfina, pero esa averiguación no se hizo enseguida, ellos fueron pero no conocían el lugar. Les dijeron que había que esperar, y la mujer no le dijo con precisión dónde estaba la nena. Que la policía a la nena la buscaba muerta, pero no viva, así que tuvieron tiempo de sacarla tranquilamente. Respecto de la entrevista con Chaves en el Penal, la declarante manifestó que un sábado a la tarde estaba mal y le pidió a Walter Carballo si podían ir a hablar con ella. Que fue con su marido y los acompañó Halle, Busti y Carballo. Que cuando se enfrentó a ella, reconoció la voz de la mujer que la llamó por teléfono, que la dicente había confundido con la de una vecina, quien también le decía “Señora Cabrol”. Que Mirta no le contó nada de su hija, nunca la miró a los ojos. Que le preguntó a Chaves por sus hijos nada más, y si les podía dar alguna información de la nena. Que no estuvo más de cinco minutos con ella, que no soportaba los nervios. Que cuando Busti quedó solo con Chaves, tampoco le dijo nada. Que un día volvió a pedir para hablar con ella, pero Chaves había dado orden de que no la molestáramos. Que el ramo de flores que se encontró era de claveles, helechos y crisofilas, pero en las fotos que le mostraron en Criminalística las flores rojas no eran claveles. Que no puede reconocer uno claveles de otros porque son todos iguales. Que un día que ella andaba en el campo, le llevó un chico de la policía -que no puede identificar- a una de sus hijas una colita para el cabello en un sobre. Que su hija cometió el error de sacarle un pelo. Que la colita era de Fernanda, ella ese día tenía el cabello atado, y buscaron en la casa y vieron que faltaba la colita de ese color. Que Fernanda tenía dos colitas de dos colores distintos, y la de color rojo era la que faltaba. Que cuando su marido fue a pagar el rescate lo llamó y le dijo que se viniera, que no perdiera más tiempo. Que llamaron al Comando y les dijeron que la denuncia la tenían que radicar en la comisaría de San Benito. Que a la nena la policía no la salió a buscar enseguida, sino que querían investigarlos a ellos. Que su marido le contó que ya habían levantado la plata, y su yerno Erlich, que estaba mirando desde unos galpones, les dijo que vieron a dos personas, un hombre y una mujer, el varón era Lencina y ella no. Que Erlich vivía cerca de los Lencina y los conoce. Que su yerno les dijo que era amigo de los dueños del galpón y se puso allí, para ver si levantaban la plata, así que cuando los vio, enseguida les avisó, que la llamó a ella por teléfono. En algún momento ellos desconfiaron de Erlich, por la casualidad de que era el último que estuvo con Fernanda y porque ella no se iba con cualquiera, además estaba muy nervioso. Que nadie podía saber que Fernanda iba a salir de la casa, ella fue hasta el puesto de flores porque su vecina Cachi Sosa había ido a su casa a comprar tres claveles para un cumpleaños, y como no tenían ahí, ella se ofreció para buscarlas. Que era la primera vez que Fernanda hacia sola ese recorrido. Que la declarante abrió el puesto a las 13,00 horas y realizó en auto el mismo recorrido que Fernanda, y no vio personas que le llamaran la atención. Que en una oportunidad hubo dos personas, Chornes y Rodríguez, que les dijeron que tenían datos de la nena, que fueran a Concordia. Que una vez allí, se encontraron en un puente con Chorne y les indicó que dijeran al Gobernador que si Rodríguez era nombrado Jefe de Policía de la Provincia iba a encontrar la nena. Fueron a hablar con Busti y él les contó quienes eran estos sujetos, que Schorne se dedicaba a robar y a las extorsiones, y Rodríguez había sido retirado de la policía. Que Erlich no sabía que tenían dinero guardado. Que cuando fueron al Penal, Chaves habló con ella y con su marido, que agachaba la cabeza y lloraba. Que Chaves le dijo a su marido que ella había sido la que realizó las llamadas telefónicas. Que ella fue con Aguirre a la Comisaría de San Benito, pero no presenció el momento en que realizó la denuncia. Que en ese momento ella y su esposo no se comunicaron con otra autoridad judicial o policial porque esperaban que lo hiciera la Comisaría. Que como al tercer día, le informó la policía que los llamados se efectuaron desde un teléfono semipúblico. Que en los primeros días de la investigación tenía contacto directo con el comisario Catena y con el Jefe de Policía Geuna. Que ella no necesita peritos, era la letra de su hija, y la nota la vio en una fotocopia que le había acercado Walter Carballo. Que ella cuando habló con Chaves se quedó dentro de la celda con la imputada, su esposo, el Dr. Busti y dos policías uniformados. Que Busti no pidió que lo dejaron solo con Chaves, sino que ella y su esposo estaban muy nerviosos, por eso salieron, que con el Dr. Busti se quedaron dos policías uniformados, que era un sábado a la tarde, entre las seis y media o siete, Carballo y Halle estaban afuera con ella. Que cuando reciben los llamados sólo estaba la familia en la casa. Que ella no escuchó comentarios de parte de Erlich hacia su marido, ni recuerda que los demás hayan hecho comentarios. Que sus hijas estaban en su casa cuando un policía les entregó la colita, la que después se puso en un sobre y la llevó el Comisario Catena, porque con él tenían contacto siempre. Que cuando se produce el primer llamado estaba la dicente y María Emilia en la casa, ella se fue al kiosquito y cree que su hija fue quien le avisó a las otras hijas. Que no se logró identificar el origen del llamado diciendo que su hija estaba en Barrio La Delfina, porque el teléfono no estaba intervenido todavía. Que no guardaba dientes de sus hijas, de casualidad su marido guardó uno de Fernanda en una bolsita en la mesa de luz. Que primero llegó sola, después el cerró el kiosco y ella se fue a la casa y ella llegó. Que el dinero con el que se pagó el rescate eran todos billetes de $ 100,00.-
2. JULIO DOMINGO AGUIRRE, padre de la menor víctima, quien se enteró del hecho cuando fue María Inés al negocio como a las 19,00 horas, preguntó por Fernanda y como no estaba la fue a buscar a la casa, y volvió a los diez minutos, llorando, gritando, que la habían llevado a Fernanda, que una mujer la había llamado por teléfono y le pedían $ 2.000. Antes que llegara su esposa no sabía que Fernanda no estaba en la casa. Como a las 19,40 horas suena otra vez el teléfono de su casa, atendió el dicente y era la voz de una mujer, que después supo que era Mirta Chaves, quien le preguntó por “Doña Cabrol” y si "Ud. está enterado de lo que está pasando", y él le dijo "sí, ya llevo el dinero, voy con mi yerno", y ella contestó “esto no es una joda, que no vaya a hablar con la policía, que se la iban a devolver en rodajitas”. Que la voz era canchera, burlona. Que fueron hacia el puente de hierro con su yerno Adrián Schonfeld en su Ford K, blanco, llegando cerca de las 21,00 horas. Que cuando estaban en la zona del puente sonó el teléfono de Schonfeld, y desde su casa le avisan que habían llamado y atendió María Emilia, y le dijeron que dejara el dinero debajo del puente. Que entonces él agarró una remera que tenía puesta debajo de la camisa, y ahí puso el dinero, ya que no había llevado ninguna bolsa. Que la plata era del dicente, eran sus ahorros, era platita que iba juntando, no era la plata del acoplado. Que nadie sabía de ese dinero, sí su esposa, porque ella era la que ahorraba, era la encargada del dinero de la casa. Que cuando recibió el segundo llamado juntó el dinero y se fue con Schonfeld al puente. Que al arribar al lugar sobrepasó unos 30 metros el puente hacia el Oeste y estacionó el auto en la banquina derecha, frente a un galpón, se bajó y su yerno Schonfeld se quedó dentro del vehículo. Que volvió hacia el puente de hierro caminando. No sabía donde tirar la plata, regresó y no veía a nadie. Que se volvió otra vez hacia el puente y aproximadamente a la mitad del recorrido vio una mujer que venía caminando por la misma mano. Que era Mirta Chaves, quien le indico “dejá la bolsa ahí arriba”, entonces él le dijo "pará un poquito, dame la nena", y ella le contestó "yo no tengo nada que ver, son los chicos que están en la estación", en referencia a la estación que está a unos 200 metros por Almafuerte. Que decidió dejar la plata arriba del puente de hierro por indicación de ella. Que al galpón que está cerca del puente fue su yerno Erlich, quien se ofreció para mirar quien buscaba el dinero. Que el declarante después de la entrega del dinero subió a su vehículo y dio la vuelta en dirección a San Benito y estacionó a unos 150 metros del puente. Que no vio a nadie levantar el dinero. Que después se acercó Erlich al auto y le dijo “ya lo llevaron, uno es Lencina y la chica no es Lencina”, y además “que cruzaron el puente para el sur”. Que cuando Erlich le dice esto, agarró el auto y se fue para su casa. Ahí decidieron hacer la denuncia, no la hizo antes porque tenía miedo por la nena. Que son cuatro llamados los que hicieron, en el último dijeron "está cerquita, ya va a llegar". Que a los Lencina los había escuchado nombrar, pero no los conocía. Que en el momento del puente no reconoció a Mirta Chaves. Que cuando regresó a su casa estaba una de sus hijas, cree que había algún vecino, se armó todo un revuelo. Que ahí se fueron a hacer la denuncia. Después dice que comenzó la búsqueda de Fernanda, relatando el testigo los distintos lugares que recorrieron. Que nunca dijo que la mujer que lo llamó para pedir el rescate tartamudeara. Que él no habló por teléfono con Erlich. Que desde que salió de su casa no paró en ningún momento hasta llegar al puente de hierro. Que cuando regresaba de San Benito, se encontró con el intendente de San Benito, Vasquez, que venía en un auto bordó. Que declaró ante el Comisario Kapp junto con Erlich. Que lo que consta en su denuncia lo dijo su señora. Que no reconoce la firma de la denuncia que se le exhibe, obrante a fs. 12, cree que no es de él. Que al darse lectura a la denuncia, dijo "no recuerdo si hice esa denuncia o no". Que el declarante no sabe hacer dibujos. Que no sabe leer ni escribir, sólo sabe dibujar su firma y hacer operaciones sencillas.-
3. MARIA EMILIA AGUIRRE, hermana de la víctima, quien manifestó que ese día fueron a la florería con la mamá, cerca de las dos de la tarde o antes, porque ella le iba a enseñar a atender a la gente. Que más tarde llegó Fernanda porque una vecina le había pedido una flores, su madre le dijo que le iba a enseñar a armar el ramo, y después Fernanda le pidió a su mamá que la llevara. Que su madre le dijo que fuera caminando, diciéndole la testigo “dale andá, yo te voy a mirar hasta la esquina”, pero la dejó de mirar unos 50 metros antes de la intersección de Federación y San Martín, y se metió a la florería. Que Fernanda se fue caminando por la banquina de la florería. Que cuando fueron al negocio que atiende su padre la dicente le preguntó por Fernanda y él le dijo que no había ido. Que se quedaron un rato viendo el partido, y después se fueron a la casa con su madre, y se preguntaban donde estaría Fernanda. Que al llegar abrieron y su mamá enseguida llamó a una vecina, la Sra. Flores, para preguntarle por Fernanda, y ésta le dijo que no había ido. Que ahí se empezaron a preocupar. Que ella se estaba bañando y sonó el teléfono, vino su mamá y le dijo que una mujer la llamó, diciéndole que habían secuestrado a Fernanda y querían la suma de $ 2.000 en el puente de hierro. Que ella le pidió que se calmara, se fue a buscar a su papá y llamó a su otra hermana. Que luego recibieron un segundo llamado de una mujer y atendió su padre, a quien le dijeron que llevara la plata al puente de hierro y que no avisara a la policía porque se la iban devolver en pedacitos. Después recibieron un tercer llamado que atendió la declarante, también era una voz de mujer, y le dijeron "decile a tu marido que deje la plata arriba del puente y después vemos que hacemos con la nena". Que esa madrugada ella fue a la policía y no estaba presente cuando se recibió el cuarto llamado. Que Ernesto Erlich, quien fue su pareja y es el padre de su nena, cuando se enteró del hecho se fue a la zona del puente de hierro para vigilar que pasaba. Que le contó que había observado pasar a una mujer y un hombre, y se habían llevado la bolsa. Que primero él le avisó por teléfono y después lo reiteró cuando fue a su casa. En la cuarta llamada que atendió su hermana Adriana Aguirre la mujer se le reía, era una voz burlona, hablaba como burlándose. Que cuando fueron a hacer la denuncia, ella estuvo en la comisaría. Les tomaron la denuncia juntos a sus padres y a ella, no recuerda a quien primero, no se acuerda si se la leyeron. Que después los fueron llamando de a uno. Que ese día no les hicieron firmar nada; luego los hacían firmar individualmente. Que sabe que a Erlich lo demoraron en la Comisaría de San Benito, y lo dejaron ir cuando ella lo fue a buscar. Que el relato de la denuncia lo realizaron entre los tres, su papá, su mamá y ella. Que la colita para el cabello que le mostraron se la devolvieron al policía, cree que era el Geuna más joven. Que ella no vio el cabello en la colita.-
4. ADRIAN DANIEL SCHONFELD, quien dijo que acompañó a su suegro Aguirre a pagar el rescate al puente de hierro en el Ford K, blanco. Que después que salieron él y Julio, atrás lo hicieron Erlich y Alvarez, aunque a esto lo supo después. Que estacionaron frente a un galpón que está pasando el puente hacia Paraná, eran aproximadamente las 21,00 horas. Que su suegro se bajó del auto y caminó hacia el puente varias veces hasta que se cruzó con una mujer joven, que le indicó que debía dejar el dinero. Que él la vio pasar al lado del auto pero no pudo verle el rostro. Que a partir de ese día comenzaron la búsqueda de Fernanda por todos lados, tanto la familia como la policía, pero todo era desorganizado. El testigo dijo que cuando aparecieron los claveles tuvo una discusión con el Jefe de Policía Geuna, y que parecía que en vez de buscar a Fernanda les interesaba saber de donde había salido la plata para pagar el rescate.-
5. ULISES LEONIDAS ALVAREZ, quien manifestó que el día del hecho llegó a su casa en Oro Verde a las 19,30 horas aproximadamente y se encontró con su mujer, Adriana Aguirre, que estaba arrodillada llorando, diciendo "se la robaron a la Fer". Que su cuñada María Emilia fue la que llamó para avisar y le contó a su mujer que habían pedido plata para liberarla, y que tenían que llevar el dinero a la zona del puente de hierro. Que salió rápido para San Benito y cuando llegó estaba toda la familia llorando y la suegra le contó lo sucedido y que en una hora volverían a llamar. Que estando él ahí se recibió el segundo llamado. Que en eso llegaron Adrián Schonfeld y Ernesto Erlich, entre todos comenzaron a deliberar, y se decidió que iban a ir Adrián y Julio a pagar el rescate. Que después que salieron el dicente llamó a su hermano para seguirlos, sin que ellos supieran, y cuando éste lo pasó a buscar fueron por Almafuerte hasta el puente de hierro, observando más adelante el auto de Julio. Que ellos dieron unas vueltas por las calles que cortan la avenida, hacia el lado Norte y Sur, pero no vieron nada. Que lo volvió a ver a su suegro y se fueron a la estación de servicios YPF. Que ahí observaron el movimiento en el lugar y les llamó la atención un Ford Falcon blanco, del que bajó un muchacho, fue hasta el kiosco y después salió en el auto. Que ahí los llamaron por teléfono, diciéndoles que volvieran porque ya habían entregado el dinero. No recuerda bien los horarios, pero escuchó que hubo un nuevo llamado, que en un tono burlón le dijo a su mujer "mamita quedate tranquila que ahí ya te la devolvemos". Que en oportunidad que se encontraron las flores cerca de lo Tortul, el declarante se encontraba con Adrián Schonfeld, quien le hizo un reclamo al Jefe de Policía de la provincia Geuna, y éste le dijo a su cuñado en forma amenazante “que no jodiera porque no debía olvidarse que estaban cerca de un arroyo y se podía perder”.-
6. ANGELA GUADALUPE SOSA, quien declaró que una tarde estaba en su casa, se cruzó a lo de Aguirre a comprar flores, la atendió Fernanda, quien le dijo que no había flores y que lo iba a consultar al papá. Que más tarde volvió a buscar las flores y no la atendió nadie. Que se fue al almacén de Aguirre y éste le dijo que no había flores, y que Fernanda había salido. Que compró las flores en otro lugar y se fue a una fiesta, regresando a las siete y media a ocho de la noche. Que Aguirre llegó a su domicilio y le preguntó si Fernanda había ido a llevarle las flores, le dijo que no y ahí él le contó que lo habían llamado a su casa diciendo que la habían secuestrado y le habían pedido dos mil pesos. Que se ofreció para llamar a la policía, pero Aguirre no quiso, porque le habían dicho que le iban a devolver a Fernanda de a pedacitos. Luego salió y cuando regresó los encontró encuentra sobre la avenida, y ahí Cabrol le dijo que iba a hacer la denuncia porque ya habían pagado y no le habían devuelto a Fernanda. Que le pidió las flores a Fernanda como a las 13,30 horas. Que Fernanda era muy servicial, le pidió tres claveles o tres de lo que pudiera. Que cuando salió de la florería de Vázquez le llamó la atención un Ford Falcon rojo muy bien pintado, como que hacían cosas raras, eso la atemorizó, lo vio a metros de la florería del papá de Fernanda. No podría identificarlo.-
7. RODRIGO LUJAN CACERES ROCHI, quien relató que en ese entonces era remisero, tenía dos vehículos, lo llamaron a las ocho u ocho y media de la noche, pidiendo un vehículo. Que concurrió al lugar, a la esquina de la iglesia de San Benito, ahí un muchacho le pidió que lo llevara al puente de hierro en Avenida Almafuerte, y le contó que habían secuestrado a una chica, que no le podía decir nada más por miedo. Que le pidió que lo llevara a la parte de atrás de calle Francia, porque tenía que subirse al puente de hierro para pagar el rescate. Que no había entrada por atrás, así que tomaron por otro lugar, y allí lo dejo. Que el pasajero estaba solo. Que no le dijo a quién habían supuestamente secuestrado, sólo que era conocido de él. Que no recuerda si le dijo que era su cuñada, manifestando –a la lectura de su declaración en la instrucción en donde afirma esto-, que puede ser, pero que en éste momento no recuerda. Que no le dijo cuanto dinero habían pedido. Que esta persona le comentó que se iba a cambiar de ropa, porque dijo que los ladrones o los raptores ya lo habían identificado con esa ropa, por eso se iba a cambiar. Que no sabía cómo se llamaba el pasajero, al otro día recién supo. Que se notaba que estaba un poco alterado. Que este muchacho lo había llamado dos veces para que fuera con el remis, la segunda vez que lo llamó lo apuró para que fuera, y ahí empezó a contarle, estaba nervioso, preocupado.-
8. JOSE EZEQUIEL BRESSAN, vecino de la familia Aguirre, quien declaró que ese día vio un auto que pasó varias veces en distintos horarios. Que lo miró porque era muy lindo, era un Chevy, por eso le llamó la atención. Pasó de mañana y de tarde. No observó quién andaba en el auto, porque pasaba por la esquina. Que no tuvo contacto con los Aguirre esa tarde, que únicamente fueron a preguntar si había visto a Fernanda y él les dijo que no. Que no le dijeron que la habían secuestrado. Que ese domingo estaba trabajando con una cosechadora. Que no vio salir a Fernanda esa tarde de la casa. Que al otro día se entera de lo que pasó. Que cree que su padre le ofreció dinero a Aguirre para el rescate, pero le dijeron que no. Que no recuerda si su padre se ofreció a acompañar a Aguirre. Que ratifica su declaración ante la Fiscalía General. Que su padre fue con un amigo de apellido Zatti a la zona del puente de hierro. Que él se fue a la casa de su novia, dejó la camioneta en la que andaba con su padre y se fue en moto. Que su padre le comentó que no habían visto nada, que pasaron nomás, no pararon.-
10. ANTONIO ABRAHAM DIGIOBANI, quien manifestó que Erlich fue a su casa la noche del hecho, desesperado, y le dijo que habían secuestrado a su cuñada, y le pidió permiso para ver quién recibía la plata que habían pedido. Que fueron al predio de Valentinuz que está al lado de la vía, porque tiene llave y permiso para ingresar, porque éste ya no estaba. Que ingresaron los dos con Kapp, que trabajaba en el lugar. Que él y Kapp se quedaron más atrás, como a tres metros de Erlich. Que se escondieron detrás de una cosechadora y un camión. Que era de noche, se veía poquito, después volvieron para su casa y Erlich se fue. Que el puente de hierro en la zona que atraviesa la calle se veía, porque está la luz de la calle. Que no vieron personas sobre el puente. Que Erlich le dijo que vio dos personas que pasaron caminando. Que en la zona del puente había muchos yuyos, hay árboles, está en altura. Que no vio a la gente que pasó caminando. Que leídas que le fueron sus declaraciones en sede policial y judicial, atento las contradicciones con lo manifestado en el debate, manifestó que ahora recuerda que fué como lo declaró anteriormente. Que no recordaba bien porque ha pasado mucho tiempo. Que vio dos personas pasar por el puente de hierro, que pasa mucha gente por el lugar. Que pasan muchas personas por la vía, siempre pasó gente por ahí. Que vio que se agachaban a buscar algo, pero no sabe si era hombre y mujer. A una pregunta sobre porqué en su declaración anterior dijo que eran un hombre y una mujer, contestó que tal vez se lo dijo Erlich. Que estaban a unos cincuenta metros, más o menos, había en el medio una cosechadora y un camión. Que los yuyos se interponían un poco para ver. Que si bien dijo que estaba oscuro, el puente si se veía, porque tiene luz. Que la verdad es que vio a las dos personas en el puente, porque se las indicó Erlich. Que a lo mejor los vio agacharse. Que respecto a la contextura física de estos sujetos, dijo que uno era más alto que el otro. Que vio la bolsita blanca que llevaba uno de los que estaba en el puente, que puede ser, la verdad es que no se acuerda tampoco. Que no tiene miedo de declarar, pero está un poco nervioso. Indica en las fotos que se le exhiben del galpón de Valentinuz en que lugar se encontraba, y donde estaba la cosechadora. Marca en el croquis donde se ubica el terreno de Valentinuz. Que Erlich no le dijo si había reconocido a las personas que pasaron por el puente. Que Kapp tampoco reconoció a nadie. Que Erlich no comentó el monto del rescate. Que leída una parte de su declaración de fs. 108, recordó que recibió un llamado de Bressan, que lo llamó de San Benito, diciéndole que habían secuestrado a una chica, y le pidió que observara si podía ver algo, porque iban a dejar la plata en el puente. Que en ese momento llegó Erlich. Que éste llevaba celular. Lo vio utilizarlo tres o cuatro veces, tampoco recuerda bien porque no estuvo cerca de él, sino a unos tres o cuatro metros. Que Erlich dijo "ahí vienen", y ahí el testigo y Kapp vieron venir a dos personas. Que esa noche no vieron pasar a ninguna otra persona por el puente. Que a la pareja la vio aparecer de norte a sur, pasaron el puente y siguieron para el lado donde hay yuyos y es oscuro.-
11. ERNESTO ISAÍAS ERLICH, quien relató que iba a devolver a la casa de los Aguirre a la hija que tiene con María Emilia, de la que está separado, y cuando llegó se encontró con la noticia del secuestro de Fernanda. Que mientras él estuvo allí recibieron una llamada. Le contaron los familiares que tenían que entregar la plata en el puente de hierro. Se ofreció voluntariamente para llevar la plata o ir a espiar, pero le dijeron que no. Que cuando Julio Aguirre salió con Adrián Schonfeld en el auto, él se fue a una despensa a pedir un remis, y primero pasó por su casa a cambiarse porque tenía ropa clara, y como iba a ir a espiar, pensó que era mejor ir con ropa oscura. Que se le ocurrió ir a espiar porque ante todo el cuadro de desesperación, quiso colaborar. Que la casa del declarante estaba más o menos a dos cuadras de donde tenían que dejar la plata. Que luego de cambiarse fue hasta lo de Digiobani y le pidió permiso para mirar el puente, porque desde ahí se veían bien las vías, pasando al predio de Valentinuz, en donde junto con Digiobani y Kapp se escondieron detrás de una cosechadora y un tractor. Que vio a dos personas, un hombre y una mujer, la chica llevaba una cartera blanca. Que levantaron la plata y se fueron por las vías para el lado sur. Luego volvió a su casa y llamó por teléfono desde una telecabina y le dijo a Inés que ya habían levantado la plata. Que después salió y se fue a la casa de la madre, siguió y vio el auto de Julio que estaba estacionado frente a un galpón, mirando hacia San Benito, y le avisó que se habían llevado la plata. A las dos personas que pasaron caminando las vio desde una distancia de unos cincuenta metros, eran jóvenes, que pasaron de norte a sur, y durante todo el tiempo que estuvieron mirando solo pasó esa pareja. Que Digiobani y Kapp también observaron la escena. A Julio lo acompañó Adrián Schonfeld, y a él lo llamó María Inés para decirle que fuera a la Comisaría de San Benito. Allí lo tuvieron demorado, hasta que fue a buscarlo su ex mujer, parece que sospechaban de él, porque no quería dar los nombres de Digiobani, Kapp y Valentinuz para no comprometerlos. Que le dijo a la familia Aguirre que creía que esa pareja que vio eran “los Lencina”, porque siempre que pasa algo en el barrio sospechan de ellos, pero no le comentó esto a Digiobani. No recuerda bien quiénes estaban ese día en la casa de Julio, ni si habló o no con Julio, sí que le avisó a María Inés Cabrol que iba a ir al lugar del pago, y ella le dijo que lo hiciera.-
12. GEORGINA DIAZ, quien declaró que recordaba que Mirta fue a buscarla un día, en San Martín de las Escobas, y ella fue hasta su casa y después la acompañó hasta el colectivo. En esa oportunidad le regaló una remera nueva por el Día del Amigo, mientras hacía los bolsos, y más tarde un par de zapatillas, cuando estaban en la garita. Que a éstas se las dio para que las usara, eran número 39, le quedaron grandes, así que se las regaló a una tía de su novio Víctor Araya, porque ella calza 38. Que las mismas estaban sucias con barro, eran blancas y azules con detalles de color naranja. Que le resultó curioso que Chaves recién había llegado y ya se iba. La vio molesta porque dejó los chicos y viajó solo con la nena más chica. Que también la vio nerviosa. Describió las zapatillas, dijo que Chaves no le dio ninguna explicación de porqué se las regalaba. Que Chaves estaba con la chiquitita, y como era temprano se fueron a comer; pagó con la plata de Analía, un billete de cien pesos. Que Chaves en San Martín de las Escobas trabajaba en la comuna, cobraba ciento cincuenta pesos por el plan trabajar, y cincuenta pesos más de la comuna. Que Mirta le mostró ropa nueva que le había comprado a la nena. Que también le había dicho que Miguel trabajaba de albañil. Que a éste lo vio en San Martín de las Escobas dos o tres veces, y con Mirta se trataban normal, ella estaba enamorada, se abrazaban, se besaban. Que recuerda que Lencina la había llamado a Mirta para que vuelva a Concepción del Uruguay, y que Chaves, cuando ella y su madre la visitaron, les dijo sobre el hecho que "el auto rojo existió" y también que Monzón ya estaba libre. Que le mostraron fotografías de un auto, más de la coupe roja. Que recuerda que una vez estaban con Lencina y Chaves charlando, cuando aquél le preguntó si le faltaba algo por hacer en la vida, y ella le contestó que le hubiera gustado conocer al papá, que había fallecido cuando ella era chica. Que Lencina le dijo que si quería él se lo podía hacer conocer, y, Chaves intervino y le dijo "basta, con ella no", y que lo hizo callar. Que cuando visitó a Chaves, ésta no le dijo que estuviera amenazada. Que a preguntas contesta que pensó que Lencina le haría conocer a su padre, "mandándome al más allá". Que el ojal de la zapatilla estaba despegado, al sacar el cordón se salió. Que María Inés Cabrol fue a hablar con su mamá, fue cuando murió su hermano. Fue con otra persona, ella la tomó como una visita de mamá a mamá.-
13. MARTA LILIAN BARCOS, madre de Georgina Díaz y amiga de Chaves, quien declaró que fue a visitar a la Unidad Penal a Chaves una sola vez para acompañar a su hija, ya que son amigas porque fueron juntas a la escuela en San Martín de las Escobas. Que cuando Lencina se suicidó se enteró recién ahí que era el marido de Chaves, sabía que estaba casada pero no sabía con quién. Que nunca vio personalmente a Lencina, lo conoció por las noticias de televisión. Que Chaves en San Martín de las Escobas tiene su mamá de crianza. Que la imputada le contó que su marido era camionero, esto fue antes del hecho, nunca le dijo que estaba preso. Que en relación a las zapatillas, declaró que cuando ella volvió del campo Georgina no estaba, y al otro día le pidió que le diera las zapatillas del nene para lavarlas, observando que había un par de zapatillas afuera, de una marca que nunca vio en su casa, "Nike". Que le preguntó a su hija de donde las había sacado y dijo que se las había regalado Analía, eran blancas, no se acuerda bien, usadas y a Georgina les quedaban grandes, así que se las regaló a una amiga. Que las zapatillas fueron a parar a Cañada Roskin, de ahí no sabe más. Que la remera que le regaló Mirta Chaves a su hija era de esas chiquitas, ajustadas, no tiene idea de su valor. Que María Inés Cabrol la visitó en su casa, que fue en un momento muy triste, fue una charla de mamá a mamá, le dijo "usted tiene donde llevar una flor, pero yo no", nunca se va a olvidar esa frase. Que la tomó como una visita linda y triste a la vez. Que sabía que Mirta tenía mucho miedo y que estaba nerviosa, pero se hace la pregunta de porqué. Mirta siempre fue sumisa, de carácter débil. Que para el Día del Padre su hija le contó que con Lencina y Chaves estaban tomando mate al lado de una virgen, en la ruta, y Lencina le preguntó “qué te quedó por concretar en la vida?”. Georgina le dijo que le hubiera gustado conocer a su papá, que falleció cuando ella era chica. Que en ese momento Lencina le dijo que si quería lo podía concretar, y Analía lo paró, diciéndole “con la Georgi no". Que les dio miedo, su hija fue directamente a contarle.-
14. JUAN DOMINGO ITURBIDE, quien refirió que es el dueño del negocio "Granja Shop", que está ubicado en Almafuerte 4.021. Que el domingo 25 de julio de 2.004 a la tarde trabajó en su comercio, donde hay un teléfono Semi-Público, abonado Nº 4363376. Que su empleado Andrés Ledesma Bellmann trabajó también esa tarde en su negocio. Que ese día varias personas usaron ese teléfono pero no recuerda a ninguna en especial. Que cerró aproximadamente entre las 21,00 y 21,30 horas. Que no vio que anduvieran patrulleros por el lugar. Que no puede aportar datos de la gomería de Colman.-
15. ANDRES GABRIEL LEDESMA BELLMANN, declaró que ese 25 de Julio trabajó en Granja Shop, y cuando estaba atendiendo a un cliente, miro para el costado y vio un tipo que le dio cierto temor; que había habido un asalto en el negocio y ese tipo, de 1,70 más o menos, moreno, le llamó la atención. El dueño del negocio lo atendió, y él le cobró. Que la mujer le pidió monedas para hablar por teléfono. Ahí se fueron y hablaron por el teléfono semipúblico que está en la puerta del negocio. Que les prestó atención porque eran personas que nunca habían visto en el negocio. Que más tarde llegó un compañero, y él salió a la puerta, observando a esta pareja que volvió a hablar por teléfono. Que siguieron charlando, no les prestó más atención, y luego cerró. Que el martes lo llamaron para que fuera de mañana al negocio, y se pusieron a comentar del caso, y él dijo que a lo mejor era la pareja que había visto el domingo. Así que la señora de Iturbide le dijo a la policía que tal vez el dicente los había visto. Que enseguida vino la policía, lo llevaron a San Benito, hizo un identikit; que luego volvió a su casa y le llegó una citación para el Juzgado Federal. Le mostraron unas mujeres, y no reconoció a nadie, luego fotos. En la rueda del viernes sí reconoció al varón que había visto, y ahí se enteró que era Lencina. Que la pareja llegó junta al teléfono, aclarando que siempre llegaron juntos, y que vio que era ella la que hablaba, que él se quedaba al lado. Que en el negocio habían tenido asaltos pero él aún no estaba trabajando allí. Que la familia Lencina compraba ahí, iban seguido. Iba la señora y alguna hija. Que él los vio desde una distancia de unos diez metros cuando hablaban por teléfono. El hombre se paraba a unos 20 cm de distancia; ella hablaba y él estaba cerca. A la mujer se la notaba normal, no se veían alterados en el momento en que los vio. No escuchó conversaciones entre ellos. Exhibida que le fuera el acta de fs. 410 vta. reconoce la firma como propia. Esta pareja fue luego de hablar por teléfono, para el lado del puente; él le prestó más atención al tipo que a la mujer, porque era raro, y tenían temor por el tema del asalto. Cuando la segunda llamada, los vio venir y se quedó tranquilo porque pensó que era alguna visita de alguien de la zona. Puedo describir los momentos. El testigo manifestó que "Me detuve sólo segundos a mirar a estas dos personas". Que "ambas personas no estaban a una distancia mayor entre sí de los 20 cm., en las dos llamadas". Que "la gomería –de Colman- está a dos cuadras y media del corralón, y los domingos está cerrada". Que "ninguna comisión judicial o policial lo requirió ese domingo". Que "no recuerda en aquel momento haber visto abierta la gomería los domingos". Que "él no podría haber escuchado lo que hablaba la pareja porque quedaba el teléfono del lado de afuera".-
16. JUAN MANUEL ALVAREZ, hermano de Ulises Alvarez, quien expresó que se enteró del hecho y fue a la casa de Aguirre. Que su hermano le avisó que la tenían secuestrada a Fernanda y que habían pedido un rescate. Que ellos salieron atrás de Julio Aguirre y de Adrián Schonfeld. Que fueron a la zona del puente de hierro y dieron varias vueltas por el lugar, que en ese momento todos los movimientos de gente que veían les parecían sospechosos. Que también anduvieron en la estación de servicios, observando algunos vehículos que pararon y las personas que bajaban. Que su hermano lo llamó para ir a vigilar la zona y porque quería ir acompañado, además le dijo era mejor ir en su vehículo que no era conocido, porque tal vez los estaban vigilando. Que "ni siquiera sabía que existía" Miguel Angel Lencina. Que no vieron ningún patrullero durante la recorrida. Que vio gente en una garita de colectivo, no era muy tarde.-
17. SEBATIAN ANDRES GONZALEZ NADER, quien manifestó que su madre tiene un puesto de flores frente al cementerio de San Benito. Que el día del hecho en oportunidad de circular en automóvil por calle Federación hacia la intersección con calle San Martín vio al llegar a esta esquina a dos personas sobre la banquina de los cementerios. Que luego una de estas personas le fue mostrada en un reconocimiento en rueda, pero no reconoció a nadie. Que cuando regresó nuevamente hacia el puesto de flores volvió a ver a estas dos personas en la esquina y vio a Fernanda que caminaba en sentido contrario, iba por la banquina del lado del cementerio, por la vereda Norte, no recuerda su vestimenta. Que vio un vehículo parado en el mismo lugar, a unos diez o veinte metros de donde estaban los individuos, que era un automóvil viejo, pero no se acuerda ninguna característica, ni tamaño, ni color. Que en un reconocimiento por fotografías reconoció a Miguel Angel Lencina, el otro era un menor de trece o catorce años. Que la esquina donde estaban estas personas es descampada. Que cuando él pasó estos sujetos lo miraron, el más grande de ellos lo miró con fiereza, pero no le dijeron nada. Que no recuerda si vinculó a esas dos personas con el auto. Que no conoce a nadie de la familia Lencina. Que cree que le mostraron una sola fotografía de este hombre, pero, agregó, "la verdad es que no me acuerdo".-
18. HECTOR HORACIO TORTUL, quien señaló que la tarde del hecho pasaron por el campo ubicado al Sur de su casa dos personas, que parecían varones, en dirección hacia la ruta de Crespo a Paraná, aproximadamente a las 17,45 horas, en el entretiempo de partido de Argentina – Brasil. Que los vio a unos 100 ó 120 mts., eran dos personas de estatura mediana, uno de cabello color oscuro, melena corte carré, de 1,70 mts., el otro era más petiso, cabello más claro. Que el que mejor observó es el que iba sobre el lado izquierdo, porque era el que tenía más próximo. Que la vestimenta era oscura. Que el segundo era más joven y tenía el pelo más corto. Las dos personas tenían un caminar que no era forzado, normal, más bien rápido. Que cerca de su casa, a unos quinientos metros, se encontraron unas flores. Que nunca ha visto que los vecinos hayan hecho algún tipo de plegaria en el lugar, supo que en el campo se han encontrado algunas cosas, como sapos, velas, flores, en las intersecciones de calles, pero en épocas anteriores al hecho. Que al que mejor veía era a la persona que era más morocha, la otra era más petisa. Que la persona de pelo más claro lo tenía más corto que el primero. Que el día lunes fue José Bressan a su casa por la desaparición de Fernanda, y él le comento que había visto estas dos personas. Que Bressan le pidió si podía declarar en la policía, y después lo llamaron de la Justicia Federal. Que él participó junto con Bressan de distintas búsquedas por la zona. Que fue su cuñada Gladys Dabin, que estaba de visita en su casa, quien le advirtió la presencia de las dos personas.-
19. MARISA FABIANA ORTIZ, quien manifestó que trabajó en “Plaza Norte” ese domingo que jugaba Argentina, y recuerda que como a las 24,00 llegaron dos personas, un hombre y una mujer, que se sentaron frente a la ventana y le pidieron para comer. Que el varón salió 5 minutos a hablar con una chica que estaba afuera y entró con ella, y le preguntó ella si quería comer algo. Que después se enteró que era la prima, que consumieron, le pagaron y después se fueron. Que comieron dos comidas al plato, gaseosas, y no recuerda cuánto salió. Que cree pagaron con un billete de $ 100, porque tuvo que ir a pedir cambio al dueño. Que no recuerda si escuchó algún diálogo entre ellos. Que en el reconocimiento en el Juzgado Federal reconoció a las dos personas, Lencina y Chaves. Que cree que pagó la señora, sinceramente no recuerda, le parece, tampoco recuerda de dónde sacó la plata. Que le dijeron el nombre de la prima de Lencina, pero hoy no se acuerda, ella trabaja en la esquina de Plaza Norte. Que la mujer de Lencina tenía una tonada como la de los santafesinos. Que el cabello del hombre cree que era morocho, tipo melena, corto, no era largo. Que no recuerda bien a qué hora llegó esta pareja, cree que un rato después que ella ingresó a trabajar. Que la actitud de Lencina, su mujer y su prima no demostraba que se pretendieran esconderse.-
20. ANTONIO GERMAN MANTAY, quien no aportó datos de interés, expresándose con evidente mendacidad, siendo remitidos los correspondientes testimonios al Juzgado de Instrucción en turno, y ordenada la detención en la audiencia.-
21. SERGIO FABIAN ZATTI, declaró que el día del hecho, en horas de la noche, llegó a su casa Chiquito Bressán, y le contó que la nena había sido secuestrada y que habían pedido rescate. Que le pidió que lo acompañara al puente de hierro, ahí la iban a tener a esta nena, que el padre tenía que entregar ahí el dinero. Bressán le dijo que quería ir en un auto que no fuera "conocido", no quería ir en la camioneta porque tenía miedo que se asusten los captores. Que fueron a Almafuerte, pasaron por el puente Marcela. Que no recuerda si dieron la vuelta por la circunvalación, en la segunda oportunidad vieron el auto el Aguirre estacionado debajo del puente Marcela, sin ver nada raro, regresaron a San Benito. Que Aguirre volvió a su casa, y no tenía novedades. No recuerda si Bressán fue solo o con el hijo, o si el hijo salió en una camioneta.-
22. VICTOR HUGO MARTINEZ, quien manifestó que se encontraba de vigilancia en la Terminal de ómnibus, cuando vio a un sujeto y a una mujer que entraron al drugstore, y compraron una bebida alcohólica; se sentaron dentro de la Terminal, y les pidió que se retiren, porque allí no se podía consumir bebidas alcohólicas, y se fueron. Que les preguntó si tenían pasajes para irse a algún lado, contestándole que se iban a Santa Fe. Después de la una, los vio subirse al colectivo. Describió al hombre como de contextura delgada, morocho, no muy alto, pelo largo, sin ninguna particularidad especial, sólo le llamó la atención que no hizo ninguna objeción cuando le dijo que no podía beber. Que dijo que en una declaración anterior que sintió miedo porque le parecía un sujeto sospechoso, por las características, "uno identifica a los sospechosos, por ser personas que no deberían estar en ese momento en ese lugar". Que las mujeres que lo acompañaban una era robusta, de pelo corto, y otra delgada, de pelo largo. Que a la morocha no la conocía, pero la había visto en los alrededores de la terminal trabajando. La otra mujer es la que reconoció en la rueda como la Chaves, que no tenía dudas que era ella. Que también reconoció sin dudas a Lencina como el hombre que había estado en ese momento. Que recuerda que llevaban una o dos mochilas y un bolso de bebé. Que en el Juzgado Federal había dicho que vio un hombre y tres mujeres, al inicio, lo que ratificó, aclarando que una de ellas ingresó y se despidió. Que el varón tenía una mirada intimidante, y ninguna de las mujeres que se retiraron con él le comentó nada, ni que estuvieran amenazadas. Que no vio en ese horario a nadie llamar por teléfono. Que el reconocimiento en rueda de personas se realizó en el Juzgado Federal, y antes no le mostraron fotos. Que en realidad no sabe si a la 1,00 estas personas subieron al colectivo que iba a Santa Fe, sí sabe que desaparecieron a esa hora.-
23. RAUL HORACIO GARBEZZA, quien refirió que vive en zona rural, en ruta 12, km. 12 ½. Que el día 25/7/04 estaba mirando el partido de Argentina - Brasil, y entre las 17,00 a las 17,30 horas salió de su casa y vio desde unos 600 metros a una pareja que venía caminando por el campo, que está cruzando la ruta y que linda con la calle de los cementerios, en dirección al arroyo. No alcanzó a ver la ropa que llevaban, sólo que era oscura. Que no pudo distinguir si eran mujeres u hombres. Que aparentemente eran jóvenes. El testigo indica en el croquis el lugar donde los vio y cual era su ubicación.-
24. ANDRES OSCAR MOLINA, empleado de la Estación de Servicios YPF de calle Almafuerte, quien manifestó que el domingo del partido de Argentina – Brasil vio en la estación un Fiat 147 con ocupantes, que tenían una tonada rara, a los que les tuvo que pedir que corrieran el auto. Que vio cuando la "Choco" Casalino entró al mini mercado a comprar una gaseosa, salió enseguida y había un varón que la acompañaba. Que al entrar habló con una persona que estaba dentro del mini mercado, que se llama "Tati" Rueda. A Miguel Angel Lencina lo conoció porque había estado en la estación en el verano de año 2.004, fue la única vez que lo vio, pero de esto se dio cuenta después del hecho, cuando asoció. Que en esa oportunidad Lencina estaba con varias personas, entre ellas “Eli”, “Tati” Rueda, a las otras personas no las conocía, no recuerda en este momento. Que los Lencina iban asiduamente a la estación de servicios y en la zona había patrullajes, principalmente los días domingos.-
25. EDUARDO DANIEL LEDESMA, manifestó que ese día estaba trabajando en la floreria de Segovia y salía a otra que estaba a la vuelta a buscar agua y vio a dos personas de sexo masculino que estaban en la esquina de San Martín y Federación. Que el más grande de edad tenía 1,75 m. Aproximadamente, vestía una campera azul, pantalón de jean, y el más chico, tenía un buzo marrón y el pelo corto. Que en el Juzgado Federal reconoció en la rueda de personas a Lencina, ahí se enteró de quien se trataba, ya que no lo conocía de antes. Que lo vio primero cuando salió de la florería y pasó por el lugar, y luego los vio nuevamente cuando regresó al puesto en donde trabaja. Que después volvió a salir y los vio nuevamente a la ida y a la vuelta. Que los vio en la esquina en total 4 veces, dos de ida y dos de vuelta. Que esto fue aproximadamente entre las 14,30 y las 15,30 horas. Que recuerda la forma como lo miraban, le dio temor, era una mirada de provocación. Que andaba poca gente a esa hora, pero sino es muy transitada esa zona, era común que parara gente en esa esquina porque daba la sombra de los árboles, y era recurrente la gente que iba y venia. Que estas personas estaban solas y no vio a nadie acercarse a ellos. Que el menor que estaba con Lencina tendría unos 14 o 15 años. Que el más grande estaba parado y el menor sentado en la esquina. Que no escucho ninguna conversación entre ellos al pasar por el lugar. Que en ningún momento vio pasar a Fernanda ese día. Que desde la florería donde trabaja a la esquina que menciona hay unos 70,00 m. de distancia, y a la otra que fue unos 200,00 m.. Que no recuerda haber visto un Taunus verde porque pasan por tarde unos 200 o 300 autos. Que no fue ninguna señora a buscar una herramienta, no tenían herramientas, solo tijera. Que a él nadie le pidió tampoco una llave. Que no conoce a Marcela Ibalo. Que cuando vio a Lencina y el menor no vio ningún auto estacionado cerca de ellos, tampoco por calle Federación. Que conoce a Sebastián Gonzalez Nader, que tiene una florería, pero no recuerda haberlo visto esa tarde a él ni su auto. Que la persona mayor que reconoció en la rueda, tenía esa tarde el pelo por acá –el testigo señala el cuello-, y cuando lo observó en el Juzgado Federal se había cortado el cabello, que el declarante cree que lo advirtió en ese acto. Que en la esquina de San Martín y Federación no vio ningún auto viejo. Que trabaja en la florería “Dalila”, de Omar Segovia, que la parada de colectivo está enfrente. Que no vio esa tarde bajar a nadie del colectivo. Que Lencina lo miraba con fiereza, era una sensación rara. Que el partido de Argentina – Brasil lo vio en diferido cuando salió de su trabajo. Que le preguntaron si no había visto un Taunus verde, no recuerda si la policía o cuando fue a declarar al Juzgado Federal. Que charló con el personal de Homicidios en la Comisaría de San Benito, que fue durante toda una semana, lo buscaban de la escuela y del trabajo. Que estuvo con el Comisario Catena, que declaró una sola vez en el Juzgado Federal y las demás fueron averiguaciones de la policía. Que en la División Homicidios le preguntaron si una vecina le había pedido herramientas. Que esa tarde en el puesto de flores cuando se fue Segovia quedaron él y el hijo del dueño, que se llama Gabriel, pero cree que después éste se fue y él cerro la florería. Que desde la florería se ve la esquina de San Martin y Federación si uno sale afuera, pero no desde adentro porque tiene una ventana que esta cerrada. Que antes de este hecho tampoco vio un Taunus verde en San Benito.-
26. CLAUDIA MARCELA IBALO, quien no aportó datos de interés, dado que se expresó con mendacidad por lo que fueron remitidos los correspondientes testimonios al Juzgado de Instrucción en turno, y la detención en la audiencia. Previo a ello, se dispuso un careo entre el testigo Ledesma y la testigo Ibalo. Ledesma mantuvo que ese día nadie fue a pedir herramienta alguna a la florería; y ella dijo que él le prestó una herramienta. No se pusieron de acuerdo en sus dichos y se dio por terminado el careo.-
27. GLADYS HAIDEE DABIN, quien manifestó que estaba en la casa de su cuñado Tórtul, y en el intervalo del partido de Argentina, vieron que iban dos personas atravesando el campo, lo que les resultó raro, porque que si alguien por ejemplo va a cazar al campo, normalmente son conocidos de su cuñado. Afirmó que estaban a una cuadra y media, más o menos, de donde ella estaba y observó que venían como del monte, y calculó que los habrá visto caminando unos cinco minutos, como para el lado de la ruta. Eran dos personas de sexo masculino y jóvenes, recordando que uno era más bajo que el otro, y el más alto era de aproximadamente 1,70 mts. de altura, ambos morochos. Dio precisiones en el croquis.-
28. JOSE OBDULIO EBERLE, quien tampoco aportó datos que puedan valorarse, pues, habiéndose expresado con un alto grado de mendacidad, se dispuso que se detuviera al testigo y se lo pusiera a disposición de Juzgado de Instrucción en turno, por haber incurrido en serias contradicciones y en un evidente falso testimonio.-
29. HERNAN JULIO CESAR JOZAMI, quien declaró ese día llegó a la terminal como a las 8 y media o nueve de la noche, como a las diez llegó Monzón, saludó y en un momento llegó la hermana y le dijo que estaba el primo, que lo quería ver. Que salió de la terminal la hermana con Lencina y Chaves y le avisó que el primo lo llamaba, se levantó y fue a hablar con él. Que lo vinieron a tomar como a las doce y media o una, fueron a la casa de Monzón, ubicados Monzón adelante, Lencina sobre la puerta derecha y Chaves detrás de él, le dijo Monzón que era un primo. Que llevaban un bolso de mano, no recuerda el color. Lencina le pagó el viaje con lo justo, $ 2 de ida y $ 2 de vuelta. Que cuando llegaron, se bajaron y Raúl le preguntó, a qué hora tenés el cole, y Lencina le contestó “a las cuatro y media”. Que Monzón le dijo al testigo “Gordo, vení a buscarlo a las cuatro y media”. No observó nada que le llamara la atención entre Chaves y Lencina, tampoco una situación de tirantez o de violencia. Explicó cómo fue que ayudó a remolcar el auto de Monzón días anteriores. Que Monzón tenía un Dodge 1500, ese día estaba delante de la casa de él. Que cuando se fue de lo de Monzón, volvió a trabajar hasta la hora que le dijeron que fuera a buscarlos. Que cuando llegó estaban afuera, la Sra. de Monzón se estaba despidiendo de Chaves, fueron para la terminal, le pagó Lencina, bajó Raúl, se despidió, después Raúl le dijo que lo lleve a la casa, como tenía tiempo lo llevó. Que no se dio cuenta que mencionaban por los medios alguno de sus pasajeros. Que Monzón le dijo que había sido golpeado, el dicente no sabía que el primo que trasladó era Lencina, una noche Monzón le contó que su primo Lencina había retirado plata del cajero, que había estado haciendo trabajos en la cárcel. Que en esos días estaba trabajando y uno de sus pasajeros se descompuso y vomitó el auto, no puede precisar si el 25 o el 24. Que fue antes de llevar a Lencina y Monzón, esos pasajeros eran tres, los conoce de vista, uno de ellos es vecino, el "Poli" Rodríguez, lo conoce del barrio, vive cerca de la casa de su papá, en calle Necochea. Que le lavó el auto el muchacho que pasó a declarar antes. No recuerda bien el día, si fue domingo o sábado. Que inclusive puede haber sido entre los dos viajes. Que no fueron en ningún momento a Plaza Norte. Que está seguro que la mujer de Monzón no estaba en la Terminal esa noche. Que Monzón le contó que lo había agarrado la policía, porque le decían que Lencina había agarrado una criatura, no le dijo en qué lugar lo habían golpeado. Le mostró que estaba golpeado, en la cintura, en la espalda. Que no vio a ninguno de los tres que hablara por teléfono. Que a Mirta Chaves la vio tres veces, al llevarlos y traerlos a lo de Monzón y en el reconocimiento. Que no recuerda si el auto de Monzón tenía la chapa patente colocada, solo recuerda que le faltaban los faros de atrás. Que "la casa de la madre –del testigo- queda en la misma zona que la casa de Monzón", que "no recordaba si fue esa noche, la posterior, o la anterior la del vómito en el auto". Que "no vio que “Topo” Luciani le entregara el 38 a Monzón, sino que vio que estaba en tratativas". En oportunidad de manifestar que habían concurrido al estudio jurídico de Iparraguirre, al ser preguntado a qué había ido, dijo que "yo fui por mis medios a lo de Iparraguirre, no porque él me llamara". Que el abogado le dijo que mejor no hablara del arma calibre 38 de la que hizo mención.-
30. PAULINA VILLARRUEL, concubina del anterior testigo, quien contó que después de lo ocurrido, Monzón y su esposa quisieron quedarse en su casa por la situación que atravesaban, pero ellos no quisieron. Que le quisieron dejarle el celular, su marido se opuso, pero como ella quería tener uno, se lo quedó, no sabe por qué motivo querían desprenderse de él. Que lo tuvo horas al teléfono, después lo tiró a la basura, se asustó, no alcanzaron a usarlo. Que era tipo "ladrillo", aclara que Monzón fue a su casa antes de ir preso. Que no lo vio golpeado a Monzón, pero no podía caminar, ella se asustó, él solo comentó que lo golpearon cuando estaba preso. No recuerda haber hablado con su esposo de la participación de Lencina en el hecho, sabe que lo detuvieron a Monzón por el caso Fernanda Aguirre, que su esposo los llevó en su remis. Que una vez Monzón fue en auto a su casa, color crema o amarillo clarito, Que Monzón cuando fue a su casa comentó que lo habían querido involucrar en la desaparición de la chica, sólo fue a pedirle un lugar en la casa, pero se lo negaron. Que lo amenazaban con su nene que va a la escuela, diciéndole que lo iban a sacar de la escuela y lo iban a matar.-
31. MARIA ROSA MONZÓN, hermana de Raúl Monzón, a quien se le hicieron conocer las previsiones del art. 242 del C.P.P.. Que relató que estaba parada donde trabajaba, en la esquina de la Terminal, cuando la llama un muchacho y le dice "vení, no me conocés, que soy tu primo". Que mucho no entendía, era Miguel Angel Lencina, así que entró y él le dice "te presento a mi señora", y la invitó a comer a un bar, se sentó a comer una milanesa. Que le preguntó porqué andaba ahí, y si se había mandado "alguna cagada" porque tenía mucha plata en la billetera y él nunca andaba con plata. Explicó que era una importante cantidad de plata, que pagaron la consumición y se fueron. Que cruzaron la terminal y luego vio a su hermano y se pusieron a conversar. Relató cómo se encontraron con Monzón, que estaba parada hablando con los "tacheros"; que su primo compró una "petaquita" y el empleado de seguridad le dijo que allí no se podía tomar, por lo que salieron. A preguntas que le fueron realizadas, la testigo contestó que en una de las paredes de la casa en algún momento hubo un hueco, explicó como era, y añadió que lo cerró su otro hermano. El día que le pegaron a Raúl, le dijo "por culpa tuya me molieron a palos". Ella no estuvo en su casa ese día, pero cuando llegó de trabajar esa noche, el agujero estaba. Que cuando salió no estaba, es decir que lo abrieron esa noche. Comunicaba donde estaba la casa de su hermano con la casa de ella. Adentro de la pieza abrieron el hueco. Explicó que no sabría decir a que distancia pasa el arroyo de la casa. Aparte del hueco, cuando llegó no encontró nada más distinto, estaban los escombros, no preguntó que había pasado. Dice que la casa siempre se acomodaba, cuando volvió de trabajar, le preguntó a las nenas quien había abierto ahí, y le contestaron el tío Raúl. Que sus hijas ahora están con ella, el Juzgado de Menores le sacó las nenas después de este hecho, se las llevaron a Villaguay, y no sabe por qué. No sabe que las nenas hubieran comentado que la vieron a Fernanda en la casa; sí sabe que iba la policía y las llevaba y las traía a declarar, en esa época vivía en la casa con sus hijas, permanentemente, si ella faltaba de su casa se hacía cargo su padrastro. Continuando con su relato, la testigo explicó que se ríe porque su hermano dijo que ella le cebaba mate a los milicos, y eso le da risa. Catena le decía que le iba a poner plata en el banco, que le iba a comprar una casa lejos de acá, y que si no decía la verdad la iba a poner presa, y ella le preguntaba por que, si no tiene nada que ver. La primera vez habló porque Catena quería hablar con ella; luego la mandaron a buscar. Que "en el Juzgado Federal le preguntaron por el auto, por eso lo dijo". Que vio a la compañera de Lencina hablando por teléfono público, y que no notó ningún tipo de violencia o maltrato entre ellos; que la llamada no fue tan larga, fue media cortita. Ante preguntas dijo que los cien pesos los sacó su primo, y le pidió cambio a la mujer de él, que ella le contestó que no tenía cambio. Que vio que Miguel fue el que sacó el dinero, y que tenía bastante plata, todos de cien, aproximadamente de 15 a 20 billetes de cien pesos. Agregó que a las 2,00 o 2,30 horas de la mañana volvió a su casa; no sabía sí estaban allí Lencina y Chaves, pero su hija sí escuchó que estaban ahí. Que "cuando Lencina regresa de comprar la petaca, Chaves le dice ‘para que tengo que hacer una llamada’”. Que cuando llegó a su casa "no había gente del otro lado"; "no había luz del otro lado del hueco", y que el hueco no estuvo mucho abierto, no más de dos días. Que ella más de dos veces no habrá pasado por el hueco, la nena de ella pasaba para ir a jugar con el primo. No sabe porque su hermano mayor cerró el hueco. Que la puerta de la casa de su hermano da a la calle y la puerta de la casa de la testigo para el lado de sus vecinos. Que la testigo dice que "tenía que agacharse para pasar por el hueco", y al serle exhibidas las fotografías, la testigo manifiesta que en el lugar donde había una cocina, la que tenía conectada una garrafa, se corrió la cocina, y se hizo el hueco. Que ella llegó a su casa a las seis.-
32. ROSA JUSTINA KOLMAN, manifestó que supo de la falta de Fernanda de su hogar el día después del secuestro, por sus padres. Que el domingo estuvo en la casa de sus padres y dejó una de sus hijas allí, volvió a su domicilio con una de sus hijas, su marido tiene una gomería, él estaba de viaje en ese momento. Que como era domingo y en la zona no hay nadie que auxilie, ella estaba en la gomería. Ese día llegó un auto, algo sospechoso, estaba oscuro, y la persona le hablaba de adentro del auto. Que ella le dijo que la gomería estaba cerrada, lo notó raro y por ese motivo no atendió a esa persona. Tomó la chapa patente, la anotó, porque como le pareció raro, pensó que estaban robando en el lugar. Esa semana hubo dos autos que no atendió. Ese auto era de color amarillo, no vio bien a la persona que lo conducía. Que el auto cruzó delante de un foco grande que hay en la gomería, y por eso vio a dos personas de cabello oscuro y otra persona más baja que las otras, de pelo más claro, que la tenían tomada del cuello. No puede decir quien era la persona que manejaba el auto. Que eran como las 9 y media de la noche. Que iban en el auto cuatro personas, uno que manejaba y tres atrás, del lado del acompañante no iba nadie. Que el que habló con ella fue el que manejaba pero no pudo identificarlo. Agrega que abrió apenas la puerta para hablar con la persona que manejaba, no la abrió del todo porque su hija estaba atrás de ella. Que el auto estaba en dirección a Paraná. Que el conductor habló con ella por la ventanilla del acompañante. Que el auto estaba estacionado a lo mejor a un metro de donde se encontraba, o dos metros. Que es lo único que notó ese día, ni siquiera se fijó cual era la cubierta rota. Solamente habló con el que manejaba, y las personas que iban atrás era como que se escondían, no ponían la cara sobre el vidrio, los notó raros. Que no se asomó por eso, querían reparar la cubierta. Que los podía auxiliar, pero no lo hizo porque los notó extraños, ninguno se bajó del auto en ningún momento. Que no sabe la marca del auto, era amarillo y la parte de atrás descascarada, como rota, justo era el lado que vio. Que no era un auto nuevo. Que no puede aportar la marca, no se fija, puede haber sido un Peugeot, un Renault 12. Que el auto había sobrepasado un poquito su posición. Que se inclinó un poco para hablar con el conductor, vio la parte de atrás del auto. Que del secuestro de Fernanda se enteró después, el día lunes cuando fue a buscar a su hija a la casa de sus padres, porque ella no prendió la televisión ni la radio. Cuando la policía la fue a buscar recordó ese día porque esa semana hubo dos autos que no atendió, el auto amarillo y uno bordó, y no es habitual que no se atienda o auxilie a un automóvil. Que con anterioridad pudo haber visto un auto parecido, pero no puede asegurar que sea el mismo. Que en la instrucción declaró que había visto antes un auto parecido con un integrante de la familia Lencina, Claudio, pero reitera que no sabe si era el mismo auto. Que ella no le da importancia a los autos, si bien su marido hace 30 años que tiene una gomería y de vez en cuando auxilia a alguno. Que la policía le llevó fotos para que reconociera a los que iban en el auto, pero no pudo reconocer a nadie. Le llevaron personas de pelo cortito, pero la persona que habló con ella era flaquito con pelo largo. Que no recuerda si en el Juzgado de Instrucción le hicieron reconocimiento con tres fotografías. Que aclara que en esa oportunidad manifestó que reconocía a Lencina, porque le preguntaron si lo conocía por fotos, no porque esa noche fuera en el auto. Que en donde estaba el vehículo parado no le daba la luz grande del frente de la gomería. Que el hombre de la fotografía que le mostraron era parecido a Monzón, pero no puede asegurar que fuera él. Que aclara que en la Fiscalía Federal, en donde se oraliza que dijo que "podía ser un automóvil Dodge color amarillo claro", sólo declaró que era un automóvil amarillo, nunca dijo marca, eso le tienen que haber dicho que manifieste, que la policía le preguntó si le mostraban fotografías podía reconocerlo, y dijo que no sabía de marcas, solamente que era amarillo y estaba descascarado. Que ella le dio a la policía el número de patente anotada con tiza en una tabla, y ellos cuando abrieron el baúl del auto encontraron la patente esa. Que a Monzón no lo conocía con anterioridad. Que a Miguel Lencina nunca le cortó el pelo, ni a Monzón. Que respecto a Monzón en el Juzgado Federal quiso decir que a lo mejor había ido a la gomería. Esa noche no ayudó a ese conductor porque no se dio a conocer ni se dejó ver la cara. Que siempre auxilia a las personas que tienen problemas, pero esa noche le dio miedo, o tal vez fue porque nunca se bajó del auto. Que cuando fue a declarar al Juzgado del Dr. Toloy dijo que vio un hombre adelante, manejando, y dos atrás, y cuando pasaron por debajo de la luz vio a otra persona más bajita que tenían tomada del cuello, pero no puede aportar el sexo. Que no lo dijo en el Juzgado Federal porque tal vez no lo recordaba, había pasado mucho tiempo. Que el cabello de esta persona era más claro, pero no puede aportar datos sobre su fisonomía. Que preguntado porque en su primera declaración no hizo mención de que anotó la chapa patente, la testigo contestó que no lo recuerda. Que tal vez como la policía fue con fotos del auto, al otro día con fotos de personas, al otro día con otra cosa, “se habrá olvidado en ese momento, es como anotar un teléfono en un papel”. Que se oraliza su respuesta en la Fiscalía Federal, en cuanto señaló que aportó el número de patente porque lo recordaba porque el Dodge amarillo habitualmente pasaba por ese lugar, la testigo manifestó que no dijo todo eso, sino que reconoció el número de patente porque lo había anotado. Además no sabía que era patente de Santa Fe. Que esa noche sintió que paró el auto, que por Avenida Almafuerte en dirección a Paraná tiene entrada por la playa de la gomería. Que cuando sintió entrar el auto, escuchó voces, y allí les dijo que la gomería estaba cerrada. Que se retiraron despacito. Que le pareció que tenían problemas con una rueda, parecía que estaba en llanta. Que en la Fiscalía Federal le exhibieron fotografías del auto, le mostraron el auto de costado, y luego cuando le mostraron la fotografía del auto con el baúl abierto y adentro la chapa patente, ahí recordó que la había anotado. Que no recuerda si cuando entregó la madera con el número de patente hicieron un acta, que se la dio al Oficial Ricle. Que vio bien la foto de la patente dentro del baúl. Para anotar la patente tuvo que correrse de lugar, los atendió por el dormitorio de adelante, y después está la gomería. Que por un agujero que tiene la puerta vio pasar el auto por la luz, y ahí vio a la chica, parecía una chica. Que por ahí miró y anotó el número de chapa, tuvo que correr dos piezas para llegar allí. Que no recuerda si el auto estaba en marcha o parado. Que ninguna de estas personas se bajo nunca del auto. Que tenían una rueda pinchada, la primera que habló fue la dicente, "la gomería está cerrada no hay gomero que los atienda, y aire tampoco porque no tengo llave", no puede explicar por qué lo hizo. Que la ventanilla del auto ya estaba baja, pero no del todo. Que el auto cuando se retiró hacía un poco de ruido. Que no relacionó la noticia del secuestro de Fernanda con lo sucedido esa noche, porque no es de estar permanentemente escuchando los medios, creyó que era una persona que faltaba de su casa, nada más; sí lo relacionó cuando la policía se lo preguntó. Que si bien se enteró por las noticias que los Lencina estaban implicados, no asoció tampoco lo de esa noche. Que relacionó que podía ser Fernanda cuando la policía le mostró las fotos del auto, anteriormente no se dio cuenta. Que el puente de hierro está a seis cuadras de su casa. Que nunca pasó la policía preguntando por este hecho, cuando la fueron a buscar ya hacía seis meses que había pasado. Que la policía cuando se hizo presente en su casa le dijo que por un llamado anónimo habían tomado conocimiento que una señora rubia, de una gomería, sabía algo sobre el secuestro de Fernanda. Que el comercio "J&H Distribuciones" queda esquinado a su casa. Que al sereno sólo lo saludaba, pero no sabía su nombre, se enteró como se llamaba acá. Que el dato de la chica que iba en el asiento trasero se lo dio al Dr. Toloy, porque cuando declaró con el Dr. Silva no lo recordaba. Que el conductor del auto esa noche, no abrió la puerta en ningún momento. Que el foco de la gomería es grande, tipo luz de la calle, estaba del techo saliendo para la calle, colgado del árbol que da bien al medio de la calle, no daba hacia el lado donde atendió primero. Que cuando declaró la primera vez ante el Dr. Silva no recordaba para nada el número de patente.-
33. JUAN JOSE ROMERO, quien detalló que ese día estaba trabajando como sereno en la firma “J&H Distribuciones”, ubicada en calle Almafuerte 3.784, cuando vio como a las 21,30 horas un auto que venía con una rueda pinchada, pensó que no se habían dado cuenta. Que se asomó porque estaba lejos de la calle, y vio que era un Dodge 1500, que fue a la gomería. Que se bajó una persona y después él se volvió para adentro. No prestó atención que persona se bajó del auto. Que él estaba a una distancia de 50 o 60 metros de la gomería. Que se veía bien. Que esa noche se asomó porque habitualmente la señora está sola, y vio a una persona que se acercaba a la gomería, pensó que no lo iba a atender. Además la señora no hace arreglos de gomas. Que esa noche hacía frío, hay una luz allí grande. Que al auto lo vio desde adentro del galpón, sintió ruidos del auto, vio que fue directo a la gomería. Que no le prestó atención a la patente, estaba lejos, además no tiene buena vista. Que vio gente adentro, pero no sabe cuantos. Que trabaja día por medio, la policía anduvo por el lugar preguntando si no había visto algo raro el domingo, y lo único que dijo fue que esa noche había visto un auto con una goma pinchada. Se enteró del secuestro de Fernanda el martes o jueves. Que a esa hora no transitaba gente, más teniendo en cuenta que era un domingo. Que lo único que pensó era donde iban a arreglar la goma. Que la cubierta pinchada era la trasera izquierda, del lado del chofer. Que sintió el “plaf plaf” de la rueda. Que el automóvil iba a una velocidad de 20 kilómetros, despacio. Que no los vio cuando se fueron, sino que sintió el auto. La parada del colectivo está pegada a la gomería, que está en la esquina. Que el auto estacionó en la parada y de ahí subió a la gomería. Que la puerta del acompañante quedó para la gomería, o sea que venía para el centro. Que no sabe decir cuantas personas iban en el auto. En el asiento de atrás había gente, el que bajó era la persona que manejaba, cree. La vio bajar y golpear la puerta de la gomería, la señora tiene una virgen ahí. Que no vio salir a la señora, que él sabe que ella después de determinada hora no atiende a nadie. Que el conductor estuvo un ratito nada más abajo del auto, no lo atendieron y se fueron. Que el vehículo venía más despacio de lo normal. Que en el Juzgado de Instrucción cuando dijo que iba rápido, conforme se da lectura a su declaración, a lo mejor quiso decir que iban apurados porque tenían pinchada la rueda. Que vio a la persona que se bajó, era un varón, golpear la puerta y enseguida se volvió al auto, que golpeó en la casa. Que al auto lo detuvieron en la parada del colectivo y después lo suben a la gomería. Cuando el dicente llegó al portón el auto ya estaba a la altura de la gomería. El piso ahí sube un poquito, se detuvo y fue a golpear a la casa de familia. Estacionó arriba del patio de la gomería. Que no recuerda la gomería tenía las luces prendidas, hay un foco grande ahí. Preguntado si escuchó el golpe o vio el gesto de golpear, el testigo contesta que vio el gesto, no se escuchaba si golpeaba desde donde estaba. Que la distribuidora tiene carteles de un solo lado del portón. Que habló con la Sra. Kolmann cuando vino a declarar con Toloy, y otra vez que lo saludó y le comentó que había venido a declarar. Que la señora no le dijo respecto a la patente del auto. Que nunca habló con el marido de la señora. Que vio cuando el auto se detuvo en la parada del colectivo, no vio que subiera a la gomería, lo supone. Que la ruta en relación al portón está un cachito más alto, pero se puede ver bien lo que pasa por la calle. Que no podría ver la patente de un auto desde adentro. Que el portón estaba cerrado, él venía del fondo caminando por el lado de afuera, donde estacionan los camiones, se acercó al portón para mirar. Que declaró en el Juzgado de Instrucción porque fue la policía dos o tres días después, y a ellos les comentó que había visto un auto con la goma pinchada, que sabía lo que había pasado en San Benito por la radio. Que también comentó si ese vehículo no tendría algo que ver con el caso de Fernanda. Que era la goma izquierda la pinchada, se equivocó antes. La vio y estaba prácticamente en llanta. Que no recuerda si en el Juzgado de Instrucción le preguntaron cómo era el auto, pero era de color amarillo, viejo, despintado. Que no recuerda si en el Juzgado le exhibieron fotos del auto. Que le llamó la atención del vehículo un arreglo que tenía en la parte de atrás. Que el automóvil hacía un ruidito por el caño de escape. Después el testigo dijo que tal vez podía ser de la puerta. Luego agrega que estaba cortado el guardabarro.-
34. En el careo dispuesto entre los testigos KOLMAN y ROMERO, la primera ratificó que sintió el auto, pero no vio bajar a nadie, ni escuchó golpear la puerta, y el segundo dijo que el auto estaba en la parada de colectivo y después lo subieron a la gomería. Agregó que la persona que bajó, a su criterio, golpeó la puerta, pero no lo vio. La testigo COLMAN dijo que no lo vio abajo del auto. ROMERO refirió que le pareció que venía de golpear la puerta y que, como no lo atendieron, se fue, pero que esa es una conclusión suya. COLMAN reiteró que ella no escuchó golpes en la puerta.-
35. HECTOR ALBERTO MONTENEGRO, declaró que su amigo Centurión le dijo que él sabía quién había secuestrado a Fernanda. Centurión habló de un muchacho de apodo “Tati”, que sabía que el secuestrador era Lencina, porque éste le fue a pedir a “Tati” que le hiciera una changa, eso fue el mismo día domingo del hecho, a la tardecita, en un bar. Que ellos le dijeron a Centurión que no habían hecho la changa, que estaban tranquilos tomando una cerveza. Que Centurión le contó que “Tati” le había manifestado que la “Choco” le pidió que ayudara a Miguel, que había plata. Que se ofreció para trasladarse al bar con Centurión a hablar con ese muchacho, y fue con la Policía Federal, pero “Tati” contó lo mismo que Centurión le dijo al dicente. Que Centurión también le dijo que “Tati” comentó que un rodado anduvo dando vueltas por la zona, pero no dio las características.-
36. JOSE LUIS RUEDA, declaró que ese día anduvo en moto con Germán Barzola, vieron el partido en una estación de servicios de Avenida Almafuerte, para el lado del centro. Que de ahí se fueron a la estación de la zona del puente de hierro, estuvieron un rato, tomaron una cerveza, y llegó Alejandra “Choco” Lencina, saludó, hablaron, compró una gaseosa. Que el testigo salió con Barzola hasta la granja que está antes de llegar a Johnson Acero, y cuando volvieron vieron un grupo de personas al lado del comedor El Portal. Que regresaron a la estación de servicios que está enfrente, y cuando salieron este grupo de personas ya no estaba. Que fueron en moto de la estación a la granja una vez. Que se saludaron con la “Choco”, no les pidió nada. Que eran como nueve o diez personas las que estaban en El Portal. Que reconoció a “la Choco” y a la madre, de apodo “Eli”. Que a la mujer del Jorobado Lencina la vio en la parada de colectivo de Johnson Acero, cuando salieron la primera vez en la moto. Que había una persona atrás, un hombre. Que a la familia Lencina los conoce del barrio, ese día lo reconoció a Miguel Angel Lencina porque anteriormente lo había visto en la estación de servicios. Que no recuerda si era Lencina o no, porque fue hace tiempo. Que no vio a Lencina en el grupo que mencionó antes. Que cuando pasó en la moto le gritaron “vení haceme un mandado”, le pareció que fue Eli. Que cuando regresaron de Granja Shop el grupo seguía ahí, les volvieron a gritar que les hicieran un mandado pero no le dieron importancia. Que nunca supo que querían, ni volvió a hablar con esta chica. Que con Barzola se preguntaron para que los llamaban, también comentaron que hace un par de meses estuvo Miguel. Que dijeron que cuando salieran de la estación les iban a preguntar que querían, no vaya a ser que viniera el hermano y les diera una golpiza. Que después de ese día el dicente no se encontró con Carina, la esposa del Jorobado Lencina. El “Negro” Barzola habló con Carina, quien le comentó que Miguel Angel Lencina había sido el del secuestro. Que su amigo le contó a él esto a los dos o tres días. Que cuando lo llamaron no escuchó que dijeran que había buena plata. Que esto fue después del partido como a las 20,30 horas. Que estuvo reunido con Montenegro y con Centurión, que el primero llegó con unos policías de la División AntiSecuestros a preguntar a la estación de servicios. Que cuando dijeron con Barzola de ir a ver que quería Eli Lencina porque sino Miguel los podía “matar a guachazos”, era porque un mes antes éste había estado en la estación de servicios tomando con la hermana, y después salieron y se fueron a un bar, y ahí se enteró que hubo problemas, y Lencina golpeó a una persona.-
37. GERMAN DARIO BARZOLA, expresó que el día del hecho estaban con Rueda en la estación YPF, de ahí se fueron al parque, volvieron a estación de servicio Sol, en donde vieron el partido. Que en la parada de colectivo de Johnson Acero estaba Carina la mujer del Jorobado, que después volvieron a la estación YPF, y vieron a un grupo de unas diez personas. Que con Carina había alguien más pero no sabe quién era, que ella estaba sentada y la otra persona estaba ahí, no pudo saber si era varón o mujer. Que cuando estaban en la estación de servicios llegó una de las Lencina, saludó a todos los que estaban en el grupo, andaba con un chico, no sabe si era el novio. No lo volvió a ver. Que éstos entraron, compraron y se fueron. Que con su amigo salieron cada uno en su moto a comprar a una granja que está en una esquina, una maquinita de afeitar. Que cuando regresaron de la granja el grupo todavía estaba, y cuando volvieron a salir de la estación ya se habían ido. Que estaban en el comedor El Portal, en un tapial. Que reconoció del grupo a la Choco y a la madre, que algo gritaron, no sabe, no escuchó porque iban por la ruta. Que no conocía a Miguel Lencina, solo lo sintió nombrar. Que no recuerda si Rueda le dijo que andaba Lencina. Que al día siguiente se encontró con Carina en la parada del colectivo al salir de trabajar, quien le dijo “viste el quilombo que hay”, “no sabés lo que pasó”, y agregó algo como "ese seguro que fue Miguel".-
38. CARINA ANDREA VILLANUEVA, manifestó que la tarde del hecho tenía que ir al comedor El Portal para encontrarse con alguien allí antes de las ocho; que fue caminando porque el remis se demoraba, cuando llegó a la intersección de calle 777 y Avenida Almafuerte escuchó que le hablaban y al darse vuelta vio que se trataba de Miguel Angel Lencina y Mirta Chaves quienes le ofrecieron un sándwich, contándoles ella donde iba. Aclara que conocía a Mirta Chaves porque la vio unas cuantas veces en la casa de la ex-suegra de ella; que caminó con ellos hasta cerca de "El Portal" y desde allí hasta el estacionamiento de Cartocor, lugar donde venden piedras lajas. Que en dicho sitio estaba Delia Lencina, con la hija, le dicen "Choco" Casalino y un primo de ella de nombre Cristian Torres. Que alcanzó a escuchar que estaban esperando el colectivo. Que se reunió con el muchacho que la estaba esperando, luego fueron hacia Plaza Vea, y vio caminando a Mirta Chaves y detrás Miguel Lencina, como yendo del Parque Industrial hacia el centro. Los vio antes de llegar al puente. Que no recuerda la hora en que eso ocurrió ni tampoco cuánto tiempo estuvo esperando, sí que le comentó a su compañero: "mirá Iván, la debe estar haciendo trabajar a la mujer". Que ellos fueron hasta Plaza Vea y al regresar vieron nuevamente a Miguel Angel Lencina sentado en la garita solo, agregando que no vio a Chaves en ese momento. Que los vio normal, no observando que discutieran ni nada parecido. Que en esa ocasión no vio al imputado Monzón, a quien no lo veía con asiduidad, sosteniendo que tampoco frecuentaba la casa de los Lencina. Que sabe que Monzón tenía un auto porque cuando falleció la hermana de Lencina, fue en auto, pero no puede decir si era grande o chico, ni el color. Que a raíz de este hecho no sufrió amenazas de parte de los Lencina, en especial Ester Torres, con quienes prefiere no tener contacto y a quienes ante temía pero ahora no. Que al día siguiente su madre le hizo un comentario referido a Fernanda Aguirre, diciéndole que andaba la Policía por la zona, entonces ella le contó su encuentro con Lencina y Chaves. Desconoce lo ocurrido con Fernanda, solo por comentarios, ignorando que nena haya estado en el domicilio de Lencina. No sabe si los Lencina tuvieron alguna otra participación en este secuestro; que la última vez que vio a Monzón fue en el velatorio de la prima de él, lo cual ocurrió unos meses antes, no recuerda la fecha, pero sí que Chaves no estaba. Que el auto de Monzón era grande, de cuatro puertas, no vio el color porque era de noche, era viejo, no recordando que Miguel Lencina hubiera subido al mismo. Que no recuerda la primera vez que vio a Chaves, pero siempre la vio con Miguel Lencina, quien estaba preso cuando ella fue a convivir con su hermano Claudio; que no sabe si la familia de Miguel Lencina lo visitaba en la cárcel. Que vivió desde el año 1.997 hasta el 2.001 en la casa de los Lencina, de quien todos tenían que cuidarse de; que también vivía allí el hijo de Miguel, sosteniendo que al chico lo protegían más que a nadie, enterándose por comentarios que Miguel lo había querido matar. Que para ella Mirta Chaves a simple vista no parece una mala mujer, aún cuando no la conoce bien. Que conoce a un menor de apellido Mantay, quien siempre andaba por la zona cuidando autos. Que la dicente asoció lo que contó que había visto a Miguel con lo de Fernanda por los antecedentes de Miguel. Que en la familia Lencina quien manda es la madre y que todas las mujeres se dedican a la prostitución, agregando que se llega a cierta edad y uno tiene que hacerlo, que a ella le pasó. Que a la prostitución se dedican por su cuenta, que no existe ni tienen contacto con ninguna red; que una vez las chicas de la familia tuvieron una propuesta del "Quequén", pero no aceptaron, sosteniendo que la zona de ellas es la del puente y que ella sepa no pueden entrar otras, lo cual es como un código que tienen, cada uno se respeta su lugar.-
39. SARA MABEL ENGELBERGER, declaró que a la madrugada del 26 de Julio de 2.004 llegó su hija y le comentó que andaban buscando una nena, también que Miguel Lencina le había invitado con un sándwich, pero ella no quiso, no recuerda la hora. Que no tiene ni idea la razón de asociar ambos comentarios, puede haber sido así, que sospechaban de Lencina en aquél momento. Que no tiene ningún tipo de relación con la familia Lencina, solamente con Claudio Lencina, en razón de ser la ex-suegra de él. Que su hijo Omar Exequiel declaró por ésta causa; que conoce a Ester Torres, agregando que no los quiere a los Lencina, nadie los quiere. Que desconoce que Ester Torres haya querido involucrar a su hija Carina en ir a buscar el dinero del rescate, aunque la nombrada no la quiere a mi hija. La testigo refirió recordar haber visto en la casa de los Lencina un auto rojo con un dibujo atrás; que eso podría haber sido después de la desaparición de la nena. Que al auto lo vio desde arriba de la vía, agregando que era un auto grande, el dibujo que tenía atrás era una cara, una calavera, no recuerda cuántas puertas tenía porque pasaba. No vio si bajaba alguien de ese auto o si lo manejaba alguien; que lo vio esa única vez en lo de Lencina, pero también lo vio que rondaba el barrio, tres o cuatro veces, siempre de día. Que lo relatado fue después que desapareció la nenita. Que la policía golpeó a su hijo y que el su ex marido y padre de su hijo es de apellido Romanutti, quien presta servicios en una Comisaría pero no sabe cuál. Finaliza su relato relatando que los Lencina trataban de involucrar a su hija en todas las cosas.-
40. JONATHAN NAZARENO CASALINO, afirmó que la tarde del hecho salieron a caminar con Miguel Lencina, Mirta Chaves y una hermana del declarante; que pasaron por una Comisaría, aclarando que primero iban por la vía; que salieron como a las dos de la tarde; que primero fueron a un kiosco, donde compraron cosas; que Lencina le dijo que si quería jugar al pool en otro lado lo que hicieron y cuando terminaron de jugar al pool tomaron el colectivo cerca del Parque Gazzano y se dirigieron a San Benito; que se bajaron en el cementerio municipal. Que al bajarse, pasearon por atrás del cementerio, aclarando que se bajaron bien donde empieza el cementerio. Caminaron por atrás, luego volvieron, caminaron hasta la punta, donde termina el cementerio Parque de la Paz. Caminaron y se volvieron por la misma calle, su hermana y la Chaves se fueron para la casa, no sabe el horario; que Lencina le pidió a Chaves diez pesos, y le dijo que iban a asaltar una florería que está enfrente al cementerio, a lo que el dicente dijo que no. Refiere que Lencina estaba armado al parecer con un revólver calibre 22, ya que tenía tambor; que era un arma vieja. Sostiene que en un momento de la caminata, cuando iban por las vías Chaves tuvo esa arma en la mano; que Chaves la manejaba bien, aún cuando no efectuó disparos, solo la llevaba. Que cree que el arma estaba cargada, pero no lo puede asegurar; que ni Chaves ni Lencina controlaron si el arma estaba cargada, la cual la llevaba Chaves metida en la ropa en la parte delantera. Que Lencina le dijo a Chaves que se fueran a la casa, y caminaron con el dicente pasando el cementerio "Parque de la Paz", por la comisaría, y se quedaron ahí sentados. Se sentaron en la esquina con Lencina y en un momento de la tarde pasó Fernanda y Lencina le dijo "chau"; que ella no dijo nada. Entonces Lencina dijo "esta me la manoteo"; que ella venía del lado de San Benito. Que no era la primer chica que pasaba por delante de ellos, porque antes pasó una mujer a la que Lencina intentó robarle. En el cementerio Parque de la Paz había gente y quedaron parados cerca; que después de eso vuelven y se sientan en la esquina. Fernanda pasa en dirección al cementerio, pasa bien por la vereda donde estaban. Que pasó un rato y la chica volvió, ahora por la vereda de enfrente. No recuerda haber visto ningún auto estacionado cerca de la esquina. Que Miguel se cruza y la manotea, cruzándola para el lado del alambrado, y la llevó para el campo que estaba ahí, diciéndole que caminara para adelante, apuntándole con el arma y tomándola del cuello. Que Fernanda llevaba unas pocas flores, le parece que eran blancas y rojas; que cruzan el alambrado. Lencina soltó a la chica y la llevaba apuntando con el arma, el dicente iba atrás. Cruzan el campo, lo atraviesan, sosteniendo que era un campo sembrado, con árboles; que la sentó ahí, agregando que había un alambrado y ahí es donde Lencina le dijo al dicente si quería estar con ella; que le contestó que no y que se iba a ir, ante lo cual Lencina le dio $ 10 y le dijo "dale a la loca esto". Que el dicente se fue, se dio vuelta antes de irse para ver que estaban haciendo y no los vio más. No se veía bien. Salió caminando del campo. Que no escuchó disparos. Tampoco escuchó que la nena pidiera auxilio ni a Lencina amenazarla. Que estuvo un ratito en ese monte antes de irse; que Fernanda le pedía que la suelte. Lencina le preguntaba si tenían plata los padres, a lo que le respondió que el padre trabajaba. No recuerda si Fernanda le dijo quién era o si Lencina le preguntó quién era. Tampoco recuerda que la nena haya mencionado a su madre, sí recuerda que habló del padre, que trabajaba, pero no dijo en qué. También le dijo que tenía plata. Es todo lo que escuchó que dijeron, además del tema de que él dijo que iba a pedir el rescate y la iba a soltar, se lo dijo al dicente, cuando la tenía ahí sentada. Que para regresar el declarante cortó campo, y agarró por la calle de tierra. No volvió por donde había ido. Salió por la calle de tierra, cruzó otro campo que había ahí, por el costado, que volvió a la zona del cementerio y de ahí se fue para su casa, caminando solo, que estaba bajando el sol, era de tardecita. Al llegar a su casa, estaban sus dos hermanas, la Chaves, y su mamá estaba por salir. Cristian Torres no estaba, su madre le dijo que se iban a jugar un pool al centro, con su hermana la más grande. Que Torres y Cabrera no estuvieron con el dicente y su tío, no es cierto eso. Estuvieron el dicente y Lencina nada más. Que al volver a su casa, la mujer de su tío le preguntó dónde había quedado él, y el dicente le dijo se quedó por allá nomás, le preguntó si ya volvía y él le dijo que no sabía. Le dio los diez pesos a Chaves, que no le pregunto nada sobre si había debutado o no. Se fue su madre con su hermana más grande; que Cristian Torres no apareció pero ellas dijeron que iban a salir con él. No estaba en la casa de su abuela. Cree que se iban a encontrar con Torres en un pool o algo así. Que a Chaves la vio en su casa, y le dijo que iba a bañarse en la estación; que a eso de las ocho, Chaves y Lencina iban para donde estaba él, tenía que presentarse en la cárcel. Que su abuela le dijo a su abuelo que la chica Fernanda la tenían Miguel, la Chaves y Monzón en la casa de este último, ellos no hablan adelante del dicente. Sostiene que a su abuela le habrán dicho eso. Decían que la tenían ahí en el barrio, donde está Monzón, pero cree que sólo eran chusmeríos del barrio. No sabe como llegó ahí, o quién la llevó. Que cerca de su casa pasan las vías, bastante cerca, también cruza el arroyo. Que no conoce a ninguna persona de apodo "Garfield" o "Gato". No recuerda si la nena llevaba el pelo suelto o atado con algo. Que a la fecha el dicente no ha mantenido experiencia sexual. Recuerda que Fernanda le suplicaba a Lencina, pero este no le hacía caso, recuerda las zapatillas que tenía puestas la nena, que eran blancas y grises, pero no las volvió a ver, no sabe si Lencina las regaló o se las entregó a la mujer. No escuchó en su casa ningún comentario sobre qué pasó con Fernanda. La Chaves se fue a bañar a la estación y nada más. Después de esa noche no volvió a escuchar nada más. Que él pensó que Lencina iba a cobrar lo que tenían los padres y la iba a soltar. Que cuando Lencina la agarró a la chica el dicente se asustó porque la manoteó del cuello. No recuerda que ropas tenía puestas Fernanda ese día. Que cuando Lencina sujetó a Fernanda, esta se quiso zafar, y soltó las flores, que quedaron tiradas, no recuerda cuántas flores eran. Que no es habitual que vaya al cementerio, antes sí iba, pero ahora no, cree que tiene familiares enterrados ahí. Conocía a un hombre que trabajaba allí, pero no recuerda el nombre, pero trabajaba en el predio municipal, tratándose de "un cliente"; que Chaves y Lencina eran cariñosos entre ellos, se abrazaban. Al volver para su casa cortó campo porque no quiso cruzar por donde estuvieron con Lencina, además le quedaba más corto cortar por ahí. Que su padre nunca lo acompañó a declarar con Catena, siempre iba su abuela, y era la que hablaba. Antes del hecho nunca había visto a Raúl Monzón. Que fue al velorio del hermano de Miguel, cuando tenía catorce años más o menos, pero estuvo un rato y no vio a Miguel. Que demoró en volver a su casa una media hora mas o menos en dejar a Lencina y a Fernanda; que no vio a Chaves que se haya ido a bañar a la estación. Que Lencina y Chaves estaban parando en la casa de la abuela del dicente, que queda al lado de la suya. Que la primera vez que vio a Miguel tenía catorce años. Que le habían contado que era una mala persona. Aclara que ni su abuela ni nadie de su familia visitaba a Miguel en la cárcel; que antes de agarrar a Fernanda, Miguel le pidió que se fije si venían autos; que a la primera persona a quien le contó lo que relatara fue a su abuela Ester Torres. Ahí ella dijo que iban a ir a hablar con Catena; que es verdad lo que está diciendo ahora. Que es todo lo que sabe, no hay nada que no se haya animado a contar por miedo. No reconoce las zapatillas que se le exhiben, agregando que eran grises y azules y que las más parecidas son las azules. Finaliza su relato sosteniendo que Lencina la agarró a la chica para sacarle plata a los familiares, no sabía que era Fernanda, pudo haber sido cualquiera.-
41. ALEJANDRA PAMELA CASALINO, manifestó que ese día llegó a la casa de su abuela alrededor de las siete de la tarde porque estuvo todo el día en el parque. Que dejó la cartera y los invitó a algunos familiares a jugar al pool a eso de las 19:15. Al lado del comedor El Portal, en la estación de servicios YPF, estaban Miguel Angel y Mirta Chaves comiendo. Salieron la dicente, su madre y Cristian. Que no vio a Carina Villanueva en esa oportunidad. Desconoce que pasó con su hermano porque estuvo todo el día afuera. A su hermano Jonathan Nazareno no lo vio ni preguntó por él tampoco. Estuvieron 15 o 20 minutos con Lencina y Chaves, los invitaron a ir a jugar al pool y les dijeron que más tarde iban a ir porque tenían cosas que hacer. Que antes de irse fueron con su tío Lencina hasta la estación de servicios y adentro estaban "Tati" Rueda y Barzola, sólo lo saludó a Rueda. Lencina no se saludó con ellos porque quedó en la puerta, del lado de afuera. Después de comprar la gaseosa regresaron y ven que venía el colectivo al cual subieron casi de inmediato, tratándose de un colectivo fuera de línea que manejaba un conocido de ellos. Que eso fue como a las ocho; que no vio pasar en moto a Tati Rueda, sino que lo vio en la estación de servicio. Que Lencina no comentó nada de la salida de la tarde ni Chaves. En cuanto a qué hacían ahí dijeron que estaban descansando y ella les dijo que su abuela estaba preocupada y les preguntó si no iban más tarde por la casa, a lo que le dijeron que si. Que Chaves había ido un par de veces a la casa de su abuela. En cuanto a la relación de ellos dice que era buena, que se acariciaban, se sentaban en la falda, ese día los vio juntos sentados uno al lado del otro. Que fueron a un pool que estaba en las 5 esquinas, los esperaron más de una hora y se fueron a comer una pizza a un lugar frente a la terminal, sobre calle Ramírez, en una esquina. Que allí estuvieron más o menos media hora y comieron una pizza más una cerveza. No tenían celulares, tampoco se comunicaron entre ellos. Que no lo vieron a Raúl Monzón por la zona de la terminal, agregando que el nombrado tampoco frecuentaba la familia. Luego se fueron caminando por la zona de la terminal, Cristian se fue para el lado de las 5 esquinas y ella se quedó con su madre. Que cuando estaba con su madre en la pizzería, pasó un amigo, le hizo señas para que las lleve para la casa y paró, la llevaron a su madre a lo de unos parientes de apellido Cabrera. Con su amigo se fue a tomar otra cerveza y de ahí a su casa. Que no sabría decir qué marca o modelo era el auto de referencia, sí que era de color blanco. Que el dato aportado ante el Fiscal Federal en el sentido que se trataba de un Renault 19 blanco dice que fue aportado por su madre, que como su madre dijo que era ese auto ella dijo que podía ser. No sabe decir quién conducía el auto, aún cuando sabe que el nombre del sujeto es Carlos, pero no sabe el apellido; supuso que era un policía porque tenía una pistola 9 mm que cambiaba siempre de lugar dentro del auto. No tiene ni idea de cuanto anduvo con su amigo, que no habrá sido más de media hora, estuvieron parados charlando también, que fue entre 1 hora y media hora. Posiblemente a las 12 de la noche ya estaba en su casa. No vio a Lencina ni a Mirta Chaves en ningún momento, su abuela le dijo que sentía ruidos detrás de la casa de ellos y como le dio miedo se acostó a dormir, reitera que ella volvió sola y no vio nada. Su amigo la acercó hasta la esquina, dobló un poco y la dejó. Caminó menos de media cuadra. De la puerta de su casa hasta las vías no sabe calcular la distancia, pero que serán como tres cuadras, es campo, no se ve bien. A los ruidos que le dijo su abuela, sintió algunos, pero no les hizo caso porque se quedó acostada, se sentían ruidos de como si se quebrara algún árbol o golpes, como que pisaban. Al otro día fue a ver pero no había nada y si su abuela se enteró de algo no le dijo nada. Que del asunto de Fernanda se enteraba por boca de su abuela, pero solamente lo que ellos querían que se entere. Sabe que su tío había ido esa noche, que le dio un arma a su abuela para que la guarde, no sabe qué tipo ni calibre, supone que su abuela la guardó pero no la vio en ningún momento, lo cual le pareció raro. Que con su hermano charló recién cuando empezó todo el desastre, que empezó la policía a hurgar, ahí de a poco se fue enterando de lo que sabe. Que su hermano cuando hablaba con su mamá o con ella se ponía nervioso. Que fue al velorio de la hermana de Miguel Angel, no recordando la fecha, pero lo vio, estuvo un rato con él, salieron para afuera y allí encontró a una prima de él. A Raúl Monzón lo vio también allí, pero no lo vio hablando con Lencina. Que no recuerda haber visto ningún auto rojo ese día ni días anteriores, no sabe que algún pariente suyo tenga ese auto. El hecho lo comentó con su abuela. Que la dicente sabe bien cómo es su abuela y está segura que si le ofrecen plata va y larga todo. Cuando precisa algo va y lo dice, no le importa nada. Que todo lo que está relatando no lo hace por interés sino para colaborar con la justicia. Que Jonathan Nazareno es su hermano menor, se llevan tres años, no tiene un diálogo con él porque no va casi nunca a la casa porque tiene una mala relación con su padrastro y ellos tampoco van a lo de su abuela. Que a Cristian Torres no lo ve, solo lo vio ese día porque quizá había ido a ver a su padre. Que al "Pelado" Cabrera tampoco lo ve mucho, solo si lo ve lo saluda. Con Cristian nunca más se volvieron a ver, aparte él está demás asustado porque involucran a gente que no tienen nada que ver. Que la declarante ese día no estuvo en el cementerio de San Benito. No tiene amigos ahí, sí tenía un cliente que trabajaba en el cementerio, tiene más o menos 35 o 40 años, rubio y no lo ha vuelto a ver, los encuentros los tenía en el mismo cementerio en una casita donde había herramientas de trabajo y en horarios en que el cementerio estaba abierto. No sabe nada sobre si su hermano iba a debutar sexualmente ese día. Que ese día llegó del parque como a las 19, no se cambió ni nada, dejó la cartera y salió. Que solo estuvieron 15 minutos en la casa. A calle Almafuerte y 777 llegaron más o menos en 10 minutos, allí es donde vio a Lencina y Chaves comiendo unos sandwiches. No sabe decir si fue antes o después de las 19:30. Que estuvo 15 o 20 minutos con ellos. No recuerda a qué hora fueron a la estación. En ese momento salía a joder, no estaba mirando el reloj, calculaba todo más o menos, pero las 19:33 habrá sido cuando estaba con ellos. Que a Mirta Chaves no la vio nerviosa ni asustada en ningún momento. Que en relación a este hecho la declarante depuso un par de veces, pero no recuerda bien dónde o en qué fecha, no sabe decir porqué se encontraban presentes los doctores Franchi y Lanfranqui en su declaración en sede policial, no se ubica bien.-
42. JUAN LUIS CASALINO, expresó que es policía y que a la fecha del hecho se encontraba de guardia en Gilbert, una localidad cercana a Gualeguaychú. Que lo llamó el Jefe de Policía Comisario Geuna, quien le comunicó algo relacionado con su hijo Nazareno, pero previo a ello es su mujer la que le cuenta lo sucedido; que por tal motivo regresó a las 48 horas a Paraná y habló con su hijo, a quien interrogó; que Nazareno le dijo que le habían dado 10 pesos por algo, pero no le expresó qué y que habían ido con su tío Miguel Lencina y una señorita para el lado del cementerio. Que fueron por las vías hasta calle Jorge Newbery. Que del hecho no le contó más nada, porque dijo que fueron a un lugar con la menor y no sabe más nada porque el tío le dijo que se vaya. Que el tío andaba armado, le salía la culata del revolver por delante de la ropa. Que en el grupo iban la señora de Miguel Lencina y su hija Elizabeth. No recuerda si ella le dijo si volvió sola o con Chaves, que el arma no recuerda si la vio en poder de Chaves, sí que Lencina y Chaves estuvieron forcejeando cerca de la vía. Desconoce el motivo por el que forcejearon y no sabe a quien le quedó el arma luego de forcejear. No recuerda haberle dicho a su hijo que se rectifique y no involucre a gente inocente. Vive actualmente con la familia Lencina, que no ha llegado con ellos a nada. Que él mismo inició una investigación que lo llevó a una ciudad cercana a Resistencia, que fue "a dedo" y luego de exhibir fotos de Fernanda y hacer averiguaciones regresó a Paraná; que lo hizo porque se sintió acongojado por la situación. Niega saber de la existencia de algún tipo de red de prostitución y que las mujeres que viven con los Lencina incluidas sus hijas y mujer ejercen la prostitución por cuenta propia, todo lo cual es manejado por Ester Torres, quien las ha iniciado a todas en esto. Que el domicilio de la Sra. Engelberger está sobre calle 765 y Hernandarias, a unos 600 metros de la casa de los Lencina, pasando un arroyo; desconoce que sea posible ver desde allí la calcomanía en un auto que se encuentre en el domicilio de los Lencina. Que desconoce conversación alguna entre su hijo Nazareno y su abuelo Ramón. Rectifica que esa charla se la había comentado él en parte, porque el dicente trataba de sacarle las palabras. De esa charla, no logró sacar un dato que sea positivo. Que desconoce sobre la existencia de un auto rojo que frecuentara la zona de los Lencina, ni antes de este episodio ni en los días posteriores, nunca jamás un auto rojo. Que desconoce la razón por la cual su hijo incriminó a Torres y Cabrera en la cuarta declaración en la cual el dicente no estuvo presente. Que lo acompañó como tres veces al Juzgado Federal. Que toma conocimiento de que incriminó a esas personas por las declaraciones que él hace. Que en ningún momento reprendió a su hijo Nazareno por todo esto para no desmoralizarlo, tratando de no usar palabras fuertes y seguir recopilando los puntos; que su hijo sufría "decaimiento moral". Refiere que la entrevista con el Jefe de Policía fue al otro día de llegar; que llegó el martes a su casa y al otro día se fue a la Jefatura junto a su hijo y que no recuerda si fue al otro día a declarar; que no recuerda si declaró el viernes o lunes de la otra semana; que le pidió autorización al Comisario Catena para ver a Lencina en la quinta, que allí fue solo y lo llevaron los colegas de la División Homicidios. Que se entrevistó con Lencina quien no le dio ningún dato positivo, sosteniendo que él era inocente; que su interés fue de hablar como un ser humano mas, que se estaba jugando su carrera. Que actualmente está pasivo por otra causa que tiene.-
43. DELIA DEL ROSARIO LENCINA, cuñada de la imputada Chaves y prima hermana de Monzón, a quien se le hizo conocer lo dispuesto en el art. 243 C.P.P., manifestando que se iba a abstener de declarar.-
44. CRISTIAN FABIAN TORRES, declaró que esa tarde como a las 14,00 hs. fue a lo de Delia Lencina, donde estuvo como hasta las 19,30 o 20,00 horas, que ya estaba oscuro; que Delia estaba tomando vino, escuchando música, solo estaba el grupo familiar, Mirta Chaves también se encontraba. Que cuando él estaba allí primero llegó Pamela, ignorando de dónde y luego lo hizo Mirta Chaves, que también vio a Nazareno Casalino, creyendo que llegaron juntos, que no habló con éste. Que cuando le preguntaron a Chaves por Miguel contestó que "se quedó con una chichi o con unas locas". Que en un momento dado se fueron con Pamela y Delia a la parada del colectivo ubicada sobre avenida Almafuerte, lugar donde se encontraron con Lencina y Chaves. Que éstos estaban en una esquina del comedor El Portal comiendo un sándwich y tomando una gaseosa. Que él, Pamela y Delia fueron para el centro a un pool en Almafuerte, cerca de las 5 Esquinas, agregando que allí estuvieron esperando a Miguel Lencina ya que lo habían invitado que se acercara; que lo esperaron entre una hora y media dos horas y como no llegó se fueron. Que "Pelado Cabrera" es el primo de su madre, no encontrando explicación al por qué Delia lo involucró a él y a Cabrera, agregando que nunca más lo vio al "Pelado". Que ni Chaves ni Lencina tenían aspecto de estar asustados, si bien estuvieron poco tiempo juntos, estaba oscuro. Que Chaves es una chica tímida. Que a la una y media se separó de las chicas, no recuerda si ellas se fueron en un auto particular o en un remis, no pudo verlo. Refiere que una vez a una de las hermanas de Fernanda, de nombre María Aguirre, él le dio su número de teléfono celular porque tenía necesidad de hacerlo, de comunicarse con la madre para trasmitirle su aliento, creyendo que eso fue antes de que Claudio, el hermano de Miguel Lencina, quisiera involucrarlo en el hecho por comentarios que hizo en la Unidad Penal. Sostiene que la policía de Investigaciones, cuando lo fue a buscar le pegó; que fue golpeado en la entrada de Investigaciones, en calle Laprida, le decían "bajate del auto", le pegaron patadas, una en la cadera. Que hasta allí fue trasladado en una camionetita de las nuevas, le pegaron dentro del vehículo y afuera también, le querían pegar con un palo. Finalmente declaró por el hecho, agregando que hasta le ofrecieron plata, se portaron mal, le decían por ejemplo “hijo de mil puta, vení, cómo la violaste a Fernanda", "vos la mataste, dónde está", hasta hoy le cuesta superar eso. Que no puede referir la fecha en que ocurrió lo narrado, piensa que habrán pasado quince días del hecho, que sólo lo golpearon ése día, lo retiraron como a las seis de la tarde, lo largaron como a las dos y media o tres de la mañana. Que no le quedaron marcas porque las trompadas eran en la cabeza, después el golpe en la cadera, no lo vio ningún médico. Que uno de los que lo golpeaba le dijo que fuera a hacer una denuncia contra la policía, lo cual le produjo miedo. Que conoce a Ester Torres, aún cuando el trato con ella sea mínimo, agregando que no lo quiere a pesar de ser su sobrino, desconoce por qué no lo quiere. Que nunca tuvo trato con los Lencina, no existen para él, pero se crió con la familia Córdoba. Que es posible que Ester Torres lo haya querido incriminar, pero no sabe las razones. Que Miguel Lencina le hacía acordar a su viejo, ya que todo lo hace con golpes; que es un tipo asqueroso, su rostro raro. Lencina era mucho para la Chaves, recordando que Lencina había matado dos personas, era un monstruo, que por más que haya tenido ojos celestes, era un monstruo. Que por la autoridad que tenía, que no se da cuenta. No recuerda si cuando estuvo en Investigaciones se labró algún acta y que podría reconocer a uno o unos de los que le pegaron; que quien lo golpeó fue un pibe jovencito, no sabe si era Jefe de qué cosa, el que le interrogaba era de Buenos Aires, le decía "me comí muchos km. por vos, violador hijo de puta", él lloraba de la bronca; que no le aclararon que podía tener la presencia de un abogado. Que a pesar de los golpes nunca mintió, siempre declaró la verdad.-
45. ESTER TORRES, quien enterada de lo dispuesto en el art. 243 del C.P.P., se abstuvo de prestar declaración testimonial en el debate.-
46. CIPRIANO RAMOS, quien relató que cuando ocurrió el hecho que se investiga él vivía con su hija Mariela Lencina en calle Caraffa. Que se enteró de lo sucedido porque al llegar a la casa de los Lencina el día martes estaba la policía de investigaciones; que sólo vio por fotos a Mirta Chaves. Que al preguntar por la presencia de la policía le contaron que Miguel habia estado en San Benito y que parecía que había secuestrado una piba; que sólo se hablo de eso y el dicente aparte era peón y le dijeron solo eso. Que no recuerda que lo haya ido a buscar Juan Ramón Lencina, que Ramón dijo que estuvo pero eso es mentira. Que el lunes no fue a trabajar porque no tenía barro y como cortador de ladrillos no tenía con que trabajar. Que vio a Miguel Lencina en el velorio de su hija. El horno de ladrillos no estaba prendido ese día porque ya estaba quemado y para vender el producido desde hacía 30 días. Que en la zona hay otros hornos de ladrillos por la calle Caputo más o menos a 3.000 o 4.000 metros de la casa de los Lencina y son todos de propiedad de la familia Sigura, al igual que otros que se encuentran por la ruta que va a Crespo, no recordando si había alguno prendido. Que no ha visto en casa de los Lencina concurrir ningún auto rojo y que Monzón frecuentaba su casa hace muchos años, cuando era chico y que Mariela no le hizo ningún comentario relacionado con este hecho.-
47. ANDREA ELIZABETH CASALINO, manifestó que ese día con su tío Miguel, Mirta y Jonathan se fueron caminando al cementerio municipal de San Benito a visitar la tumba de la hermanita de la madre de la dicente. No recuerda a que hora salieron, si antes o después de comer, pero era de día; primero fueron por la vía hasta llegar a la Comisaría y luego subieron por una calle hasta que llegaron al cementerio; que no recuerda si a San Benito llegaron caminando o en colectivo. Que se encontraron con que la puerta estaba cerrada y entonces siguen caminando por detrás del cementerio para luego cruzar por un campo donde hay un santito, lugar donde Miguel le dio el arma. Que Mirta no llevaba arma. Ante ello, habiendo declarado previamente sobre que el arma la llevaba Chaves, se oraliza su declaración en dicho punto, a lo que responde que puede ser pero no recuerda si Analía llevó el arma. Cuando llegan a la esquina Miguel quería asaltar una florería, diciéndole Mirta que no haga macanas. Que dieron la vuelta porque era más cerca para salir a la calle donde está el Santo; que a ella no le dijeron a que lugar iban sino que solo estaban paseando. Luego pegaron la vuelta por la calle y de nuevo por al lado del cementerio. Que en el trayecto Miguel mencionó el robo como tres veces y después hablaban cosas sin importancia. Refiere que como el arma se le cayó a ella al pasar el portón del cementerio, Miguel se la sacó. Que el arma era un 38 con cinta negra en el cabo. Que sabe que arma es porque su madre le había dicho. Que sabe de armas porque siempre embromaban sobre armas con su hermano, además, su padre es policía. Que esta arma cree que tenía tambor y era negra. En cuanto al día que fueron al cementerio, continúa relatando que Miguel se quedó al lado de un poste de la luz porque quería asaltar la florería. Que la dicente se fue porque Miguel les dio plata a ella y Mirta para que se vayan, que con eso compraron comida en la estación de servicio. Que pararon allí y luego se fueron para la casa. Que ahí, en la casa, estaba Ester y la dicente después de un rato se fue a dormir; que escuchó cuando llegó Cristian Torres. Refiere que su hermano llegó antes de que se haga la nochecita y Miguel como a las 8, que lo vio parado en la puerta de la casa de su abuela con un bolso. Su hermano la jodía a Mirta diciéndole que Miguel se había quedado con una rubia. Que con eso jodían nomás, no dijo más nada. Que Nazareno no le contó a solas nunca nada de la chica, sino que se enteró de lo que dijeron todos. Ante ello se oraliza su declaración oportunamente brindada, y manifiesta que con su hermano no tenían confianza para contarse cosas pero le contó que la agarró del cuello, de que rompió las flores que llevaba. Que en la casa se comentaba que Miguel había secuestrado una chica pero no se sabía dónde estaba Miguel, que suponían que se había tomado el colectivo. Que nunca vio las zapatillas. Su abuela le dijo que las habían enterrado, pero no le dijo donde. Que en su casa suponían que Miguel había hecho lo mismo que con las otras chicas. Que cuando hablaron del caso Mirta no estaba. Que desde que se separaron en la puerta del cementerio no los vio más hasta esa hora. Que no vio a Miguel discutir con Mirta en ningún momento. Que a Mirta sólo la vio esa vez, mientras que a Miguel sólo dos veces, que sabía que estaba en la cárcel, pero no sabía desde cuándo, decían que desde hace mucho. Que de Miguel a veces se hablaba en su casa, decían que era malo, que su abuela le tenía miedo, que no lo visitaban en la cárcel. Que sabe que en lo de su abuela vive un chico que le dicen "Piojo", de quien decían que era hijo de Miguel. Que Miguel no lo quería, y en una oportunidad la madre de Piojo lo había querido tirar. Que no sabe quién es la madre y que Miguel no lo quería desde que nació. La declarante no estuvo en el velatorio de su tía Andrea. Que luego de encontrar cerrado el cementerio dieron toda la vuelta para volver, calcula que se habrán demorado media hora hasta la YPF porque andaban despacito. Que adentro habrán estado 20 minutos, que de ahí hasta su casa habrán tardado media hora más. Que llegaron con sol. Que desde que llegaron su hermano llegó una hora después y era de día aún. Que cuando llegó Nazareno la vio a Mirta porque cuando llegaron de la YPF se quedaron en el patio, que no se hablaban mucho sino que estaban sentados, también estaba su hermana, la más chica. No recuerda qué hablaban, sí dos o tres palabras. Que su padre el día domingo estaba de guardia en Gualeguaychú; no conoce reunión de su padre con otra persona a raíz de los hechos en los que estuvo relacionado su hermano. Que del tema de las zapatillas hablaban todos, porque su abuela les contaba a todos. Que su abuela contó que Miguel llegó del campo, agarró el bolso y se fue. Que comenzó a ver policías al otro día y que ya la abuela Ester hacía los comentarios. Que supone que su abuela vio venir a Miguel del campo, como a las ocho de la noche, no sabe nada de palas o herramientas. Que ella se acostó, sólo escuchó cuando llegó Cristian y nada más. Que Cristian llegó como a las 7, y se fueron. Que a "Gato" o "Gato Garfield" no lo conoce, tampoco a Raúl Monzón, a quien conoció por la causa.-
48. MARIELA NOEMÍ LENCINA, cuñada de Chaves y prima hermana de Monzón, quien enterada de lo dispuesto en el art. 243 C.P.P., dijo que se iba a abstener de declarar.-
49. JUAN RAMON LENCINA, a quien se le hizo conocer el derecho de abstención respecto a Chaves, conforme lo dispuesto en el art. 243 del C.P.P., no así en relación a Monzón, manifestando que se iba a abstener por la primera. El testigo refirió que el sábado Miguel Angel y Chaves pidieron permiso para quedarse, al otro día se levantaron todos temprano como es costumbre. A la tarde se fue al cementerio y desde ese momento no los vio más. De lo sucedido se enteró al otro día, a las 4 de la mañana cuando estaba la policía con el allanamiento. Que el día lunes como las 8 o 9 de la mañana fue a la casa de Mariela a decirle a Ramos que no fuera a trabajar porque había mucha policía y no sabía que pasaba. Que no lo encontró en la casa, por lo que su hija le dijo donde estaba y fue a buscarlo. Que la preocupación era porque no sabía que pasaba. Sostiene que en ese momento no andaba bien, porque mes y medio antes había fallecido una hija. Que puede ser que haya trabajado para esa fecha en los hornos de Sigura, los que están lejos de su casa, más o menos 2 o 3 mil metros. Que era la primera vez iba Chaves a la casa, haciéndolo sin sus hijos, a quienes conoció cuando iba a visitar a Miguel a la cárcel, al igual que su mujer, ya que lo quería mucho a Miguel. Que desconoce todo lo relacionado con un par de zapatillas. Que a Monzón no lo veía mucho, solo cuando tenía alguna desgracia nada más. No sabe en qué se movilizaba y tampoco nada de la relación entre Miguel y Monzón. Que en la casa del dicente hay un hijo de Miguel Angel, que se llama Jonathan Maximiliano y le dicen "Piojito". Que se quedó con ellos porque la madre del chico, de apellido Cabrera, lo dejó desde chico. Que si bien sólo los vio juntos dos veces a Lencina y a su mujer ambos se trataban afectuosamente y enamorados, nunca vio que la golpeara. Que jamás vio en la casa un automóvil de color verde. Que en el allanamiento se enteraron por un policía que Miguel había secuestrado a alguien. Que cuatro o cinco meses después del hecho habló con Nazareno, quien le contó que Miguel se había llevado una piba, pero nada mas. Que él no habla ni con el padre ni con la madre de Nazareno. Tampoco le siguió preguntando porque se dio cuenta de que nadie le iba a dar una respuesta buena. Que de las zapatillas se enteró por la televisión, nadie le dijo nada. Niega que su familia esté relacionada con alguna red de prostitución, sabiendo que dos mujeres de su casa ejercen la prostitución, pero no sabe si lo hacen por su cuenta. Que su relación con Casalino es buena. Que se enteró que Casalino fue al Chaco, por lo que se dijo. Que jamás vio a Miguel Lencina manejar autos.-
50. JUAN CARLOS TRONCOSO, manifestó que estaba trabajando ese domingo en un comedor comunitario, ayudando a Juan Scetta, bien frente a la casa de Monzón, y lo vio salir a las dos y media, tres. Después no lo vio más. A Monzón lo conocía del barrio, de jugar al fútbol, lo conocía por intermedio de Juan Scetta, pero trato no tenía, porque no es del barrio. Lo vio a las dos y media tres de la tarde, salió con un muchacho que le dicen Polaco, cree que el apellido es Alen, salieron en moto, calcula que la moto era del polaco; éste apareció a buscarlo y después salieron los dos. Recuerda esto porque estaba presente. Estaba comiendo un asado, justo el día que jugaban Argentina y Brasil. Después lo citaron del juzgado federal, él no sabía por qué era, y ahí contó lo que sabía. No sabe si Monzón tenía auto, pero había un auto estacionado, un Dodge color amarillo de un vecino, le dicen Cacho pero no recuerda el apellido. El auto estaba bien enfrente de la casa de él, para el costado. De frente a la casa de él, pero un poco más adelante, en la calle. No vio que se moviera el auto ese día. A los dos o tres días fué y vio nuevamente ese auto, en el mismo lugar. Estuvo hasta las diez, once de la noche, pero no ahí en el lugar, sino en la casa de Juan Scetta, terminaron de trabajar y se fueron para allá. Cuando salió vio el auto, estaba ahí. Según el dueño, el auto no andaba, el dueño estaba con él. Dejó de trabajar antes de las cinco de la tarde, y después se fué para lo de Scetta. Entre las cinco y las diez de la noche no salió en ningún momento de la casa de Scetta.-
51. JUAN ANIBAL SCETTA, refirió que tarde se fueron a trabajar. La casa de Monzón queda enfrente del terreno donde estaban trabajando, él les prestaba un alargue para enchufar, para poder trabajar. Esa mañana él estaba durmiendo y la señora de él les pasó el cable. Que siguieron trabajando, pararon para hacer un churrasco, para comer, y en eso llega un muchacho Alen, se bajó en la casa de él, y al rato salieron, entre las dos y las tres, lo llamaron, les dijo que ya volvía, y salieron nomás. Recién estaban levantando paredes, no había nada. No lo volvió a ver, porque a las cinco se fueron a su casa a ver el partido de Argentina-Brasil. Monzón era amigo de Alen. Monzón manejaba el auto de “Cacho” Ferreyra, y a veces también lo manejaba el testigo, que lo usaba para hacer mandados, porque eran amigos. En ese tiempo el auto hacía como quince días no andaba, cada vez que iban a trabajar el auto estaba ahí, Cacho le dijo que se había prendido fuego o algo así. Ahí estuvieron hasta las cinco, de ahí se fueron a su casa a mirar el partido, con Troncoso y Ferreyra, Troncoso se fué antes, Ferreyra más tarde. El auto estaba estacionado en la calle. Calcula que ya tenía pasto en las ruedas, sobre calle Yancovich, casi enfrente de la casa de Raúl, en la calle. La Policía vino después, por el tema de la piba. Cerca de la casa de Monzón buscaban. No sabe si Monzón sabe leer y escribir; que el "polaco"llegó como a las 14,30 hs, y a los quince o veinte minutos se fueron. Agrega que "Cacho" le dijo que el auto se había prendido fuego.-
52. RUBEN DARIO MONZON, recordó haber visto a Miguel Lencina el día que falleció la hermana de él, Andrea, lo saludó y estuvo un ratito. Ahí le comentó que se había casado. Su hermano suele manejar un Dodge 1500 amarillo que es de "Cacho" Ferreira, que no tenía chapa patente; al principio tenía, pero la casa del señor Ferreyra tenía una subida muy pronunciada, y cuando subía raspaba. En una oportunidad se salió la patente de ahí. Como todo lo que se salía del auto Ferreyra lo echaba al baúl. A la patente lo vio hace mucho tiempo. Asegura haber sido detenido por esta causa, o por lo menos fue conducido en una Trafic blanca hasta Investigaciones, donde le preguntaron por Fernanda Aguirre, que fue maltratado. Allí lo vio a su hermano, lo trajeron a los empujones, todo desaliñado, la cara morada, despeinado, y ahí le contó que le estaban pegando. Conoce la existencia de un hueco en la casa de su hermano Raúl, lo hicieron ambos cuando María Rosa se fué y abandonó a sus hijos, cosa que era habitual. Los chicos habían quedado solos, tampoco es un hueco, es una abertura para agrandar y poner una puerta, como la puerta era fácil de abrir, la idea era poner una puerta para que estuvieran los chicos más en contacto y pudieran vigilarlos, porque estaban mucho tiempo solos. Pero después que se llevaron los chicos a Villaguay, decidieron cerrarlo porque ya no tenía sentido. Añadió que su hermano no manejaba una coupé fuego; quien tenía un auto así era el abuelo de la esposa de su hermano (de apellido LEMOS), automóvil que a veces lo manejaba un hijo de aquél, cuyo nombre no sabe.-
53. MARIANELA ROMINA GONZALEZ, expresó que lo que recuerda es que ese día estaba durmiendo, a la madrugada, llegó Monzón, con Lencina y Chávez, entraron, los invitó a tomar mate, les cebó mate. Era madrugada, no puede precisar la hora, ahora no lo recuerda porque ya pasó mucho tiempo. Charlaron como se conocieron con Monzón, como se habían conocido ellos, después Monzón y Lencina se pusieron a jugar a la bolita con el hijo de Raúl, después llegó el remis, los volvió a buscar y los retiró. A la casa llegaron en un taxi, los llevó Jozami. Asegura que ellasalió a atenderlos, abrió la puerta y los vio a ellos parados, y el taxi que ya se iba. Le tocaron timbre. Vio a Jozami que los había llevado. Se quedó en la puerta y los hizo pasar. A Lencina no lo vio a hablar con nadie, y no vio a nadie cerca. No recuerda cuanto tiempo estuvieron en su casa, pero ella calentó dos pavas de agua. No sabe si andaban con plata. Monzón le comentó que fueron a su casa a esa hora, porque habían perdido el colectivo, incluso Monzón les ofreció tomar mate en su trabajo, y Lencina le dijo que no, que mejor fueran a la casa, además quería conocer a su hija. En ningún momento vio que alguien exhibiese armas dentro de su casa.Reconoce que hicieron un hueco o abertura en la pared de su casa, porque los chicos de María Rosa estaban en la casa solos, para tenerlos cerca y darles de comer. Tiene presente que esa tarde del 25 de Julio Monzón durmió todo el día, se levantó después del mediodía, ella estaba atendiendo el negocio, había gente trabajando enfrente porque estaban haciendo un comedor, al rato que se levantó Monzón llegó Alen para que le hiciera una instalación eléctrica porque recién se había mudado, y a la tardecita, tipo siete u ocho lo volvió a traer. Monzón no utilizó el vehículo porque estaba roto desde hacía dos semanas.-
54. MARIA DEL CARMEN ROSSET, declaró que ese domingo a la tarde la dicente se sentó en la vereda a tomar mate, como siempre, vio a Raúl pasar por la vereda, en su casa también. A las 9 de la noche lo volvió a ver porque fué a su kiosco, a comprar una gaseosa. No lo vio salir con alguien. Estuvo a las 3 de la tarde tomando mate, no estuvo hasta las 9 tomando mate, entró a su casa, hizo cosas, antes de entrar vio que llegó Alen, en la moto. No vio si se fué con Alen o no. No se enteró que Lencina y Chávez estuvieron en la casa de MOnzón. Sabía de la existencia de un huecoo abertura en la casa de Monzón, porque su marido ayudó a hacerlo. Lo hicieron porque los chicos estaban solos; no recuerda para que fecha lo hicieron.-
55. HECTOR JAIME, refirió acordarse que cuando se levantó fue a trabajar con el grupo para levantar el salón, Monzón se presentó en el grupo y a eso de las 11 se retiró con este muchacho "Polaco". Estaba ahí en el grupo con el testigo. Después Monzón se fue a la casa y mandó a pedir un cigarrillo, pero en el grupo no tenía nadie, y salió en la moto. Después no lo vieron regresar, sino que recién lo vio el día lunes cuando salía del trabajo a eso de las 14:00.-
56. RUBEN OSCAR FERREYRA, expresó que ese domingo estuvieron trabajando en la construcción de un salón para darle de comer a los chicos del barrio. Estaban Juan Scetta, Jaime, Juan Carlos Troncoso y no recuerda quien más, pero había otras personas. Se reunieron por la mañana, hasta las 17 hs. Aproximadamente. Que la obra queda enfrente a la vivienda de Monzón, a quien vio ese día alrededor de las 3 o 4 de la tarde, que salió y se fue en moto con un muchacho que conoce como "Polaco", no lo vio antes ese día y tampoco lo vio regresar. Que cuando se retiraron se fue con Juan y Troncoso a ver el partido a la casa de Juan. En relación al automóvil dijo que en algunas oportunidades se lo ha prestado a Monzón, en 3 o 5 oportunidades, para ir a la casa de los suegros y hasta el Gigante, porque tenía un kiosco y compraba mercadería allí. En los días previos a este hecho, cree que se lo prestó un lunes o martes. Que en esos días el testigo fue hasta el Bingo en calle Gualeguaychú, y se encontró con su prima Cecilia De Paola, y cuando iban en el auto se produjo como una llama de fuego en el motor. Que después a Raúl también se le quedó el auto por calle Alsina, que lo remolcó un amigo de Raúl, que es remisero y quedó en la puerta de la casa de Monzón. Que el Dodge se paraba a cada rato y tenía problemas en el distribuidor. Que no tiene otro vehículo. Tiene garage pero no lo guardó porque estaba pensando en cambiarlo. Ese auto tenía chapa patente pero no estaba colocada, porque en una oportunidad se salió y la colocó en el baúl. Se salió la de atrás y la de adelante se había perdido. En cuanto a defectos en una de sus puertas, dijo que una vez lo había cordoneado y un chapista amigo se lo arregló. Aclaró que el auto sólo arrancaba con llave, y la llave la guardaba él. Tenía una rueda desinflada, la trasera izquierda. Reconoció haber visto un hueco o boquete en la casa de Monzón, más o menos en ésa época, parecía un ovalo, arrancaba en el suelo y pasaba una persona. No recuerda cuando lo vio por primera vez, pero sí que fue antes de la desaparición de Fernanda. No le encontró explicación a ese hueco y no recuerda haber preguntado.-
57. CECILIA ESTHER DE PAOLA, corroboró la versión de su primo Ferreira, afirmando que un día venía del centro caminando por calle Echagüe, estaba él con su señora y la llevaron en el auto, recordando que se produjo como un incendio en el motor, paró el conductor de otro vehículo y lo apagaron. Agregó que el auto se paraba a cada rato, hubo un momento que él le echaba nafta y una de las veces que lo hizo se prendió todo fuego. Que ella se bajó del auto porque se asustó mucho con el fuego. No sabe si se quemó algo o no. Al fuego lo apagó el hombre que paró a ayudar, porque los vio asustados.-
58. JOEL ESTEBAN MANTAY, expresó que se enteró en la televisión de lo de Fernanda, no tiene presente el día en que sucedió, no escucho hablar de que estuviera LENCINA (conoce a varios de ellos). Es hermano de Antonio German Mantay, también sabe que declaró, que la policía no le hizo preguntas en aquella época. Los domingos no va a acomodar autos, solamente de día.-
59. ADRIAN RUBEN DOMINGO ALEN, declaró haberse cambiado de barrio el día 24, y el 25 a la mañana se levantó y a la tarde lo fui a buscar a Monzón para arreglar el equipo de musica y arreglar unos focos, estuvieron un rato escuchando musica, charlando, lo llevó a la casa 19:30 aproximadamente. Cuando lo buscó habia gente trabajando, estaban haciendo un comedor comunitario o algo así, la casa estaba casi enfrente. No recuerda que se haya cruzado, solo fue y lo dejo en casa. El testigo ratifica sus declaraciones de la etapa instructoria, cuyas partes pertinentes fueron oralizadas, en las que relató que Monzón estuvo en su casa -calles Ernesto Clark y Giorda casa nº 7 de Paraná- el domingo 25/07/04 aproximadamente desde las 15 hasta las 18,30 ó 19 hs., aún no había oscurecido. Que el declarante lo fue a buscar en una moto Zanella 125 cc. para que le instale un equipo de música y unos portalámparas en su casa. Que cuando llegó a lo de Monzón eran como las 14hs. y éste estaba durmiendo así que lo esperó. Que ese día, después que lo dejó en su casa, no lo volvió a ver. Afirmó que antes vivía en Barrio Belgrano y el 24/07/04 se cambió al Barrio Paraná XVI, por eso el 25/07/04 fue como a las 14,30 hs. a buscar a Raúl Monzón, lo llevó y estuvieron como hasta las 18 hs. en que lo volvió a llevar hasta su domicilio. Otro día, no recordando la fecha, fue a la casa de Monzón y él le comenta que se había ahorcado su primo Miguel Lencina y le pide que lo lleve hasta el velatorio, por lo que lo acercó en su moto Zanella 125 gris oscura hasta el Cementerio Municipal donde lo velaban, se quedó un rato y luego se fue, quedando Raúl en el velorio. Que cuando iba a la casa de Monzón, donde éste atendía un kiosco ha visto que anotaba en un cuaderno donde registraba lo que vendía y el precio de lo que compraban. Monzón tiene el kiosco, además hace changas en la Terminal, y pasa música en cumpleaños y casamientos. Dice que nunca lo vio con armas. Monzón tenía un celular Motorola grande, era de la mujer, no sabe el número, supo que Marianela le prestó ese celular a un taxista conocido de Raúl. Un día aproximadamente una semana después del hecho de Fernanda Aguirre, acompañó a la mujer de Monzón hasta la casa del taxista Jozami a buscar el celular, pero no lo encontraron ni en su casa ni en la casa de los padres de Jozami. Afirma que Monzón manejaba un Dodge amarillo que le prestaba un vecino y además una vez lo vio manejar un remis blanco con el que fue con su esposa a su casa del barrio Paraná XVI a preguntarle por un abogado. Dice que Monzón siempre se manejaba con su cuñado que le dicen "Gato", quien manejaba un remis color bordó. Relata que cuando Monzón estaba preso él llevó a su esposa Marianela hasta el estudio del abogado en la moto, que ella le comentó que Miguel Lencina había estado en su casa, con su esposa, el día del secuestro de Fernanda Aguirre.-
60. ROBERTO CARLOS ALVAREZ, recordó que manejaba un remis para la época del hecho, de la empresa "San Cayetano", un Fiat uno bordó. No recuerda haber transportado a Monzón, porque pasó mucho tiempo. A Lencina lo vio una sola vez en el velorio de la hermana. A Chaves no la conoció, tampoco llevó en el remis a Lencina. Que frecuentaba la casa de Monzón, entraba a la casa y a la de María Rosa, que era la misma, la puerta estaba al costado. De comunicación interna entre las dos casas, refiere que había un boquete, un agujero en la pared. Le pareció que estaba en la cocina de María Rosa, cree que daba al baño de la casa de Monzón. No vio cuando lo abrieron. Conoció la casa sin el boquete, no tiene idea de cuando lo abrieron. Estuvo poco tiempo abierto, tampoco le explicaron porque lo abrieron y no preguntó. Estaba el agujero ahí, pero no preguntó.-
61. ALEJANDRA PAOLA MONZON, declaró que vive a tres casas de la casa de Raúl Monzón, y que está en pareja con Alvarez. No sabe si Monzón tenía o no celular, ni tampoco su señora. Que no sabe si existía un hueco entre la casa que ocupa su hermano y la casa de María Rosa Monzón.-
62. MABEL QUINTEROS, dijo que conoce a Chaves desde hace varios años, la testigo le cuidaba el nene más grande para que ella pueda trabajar. Lo dejaba en su casa y se iba a trabajar. A Lencina lo conoció una vez que Mirta fue a su casa a saludarla, y allí le presentó al marido, pero fueron unos instantes. En tal oportunidad los notó bien como pareja, dos personas normales, ella saludó y se lo presentó. Pero Chaves nunca le contó de su vida en común con Lencina, tampoco supo si convivieron ni le comentó nada del trato que tenia para con él.-
63. LUIS RODOLFO DE AGUIRRE, abogado, relató que asumió la defensa de Chaves porque recibió un llamado telefónico a su estudio, donde le hablaba una voz femenina, para que se entreviste con Mirta Chaves. Que vino, se presentó y firmó el poder en el Juzgado Federal. La carta a la que aludió en el video, la recibió después. Estuvo con Gretel Fernandez pues la conocía por un problema de drogas. No se enteró que Chaves estuviese en una celda de aislamiento, él la pedía y se la traían a un escritorio. Que le preguntó a Chaves si queria hablar con él, le contestó que sí, le preguntó si estaba dispuesta a declarar, también le dijo que sí, certificaron el poder allí mismo en el Juzgado Federal y habló con el Fiscal. Afirmó no haber recibido un solo peso de parte de Mirta Chaves, diciendo que son lujos que él se puede dar a los 63 años. Aclaró que nunca identificó a la persona que lo llamó. Le dijo a Chaves que venía de Santa Fe, inclusive ella lo llamó por teléfono a su estudio y a su casa, tenía su tarjeta, y las veces que ella llamó, él vino a Paraná, ademas se comunicaba diariamente con el Tribunal Federal para ver si había o no audiencia y si tenía que venir. Añadió que desconoce que fue de la vida de Gretel Fernandez, aunque se enteró por los medios que se habría suicidado. No cree que Gretel Fernandez haya hostigado a Mirta Chaves, ésta fue a declarar sin ningún tipo de impedimento. Al contrario, ambas tenían buena relación, pero no sabe si eran confidentes. Niega que Chaves haya estado en situación de indefensión procesal, él estuvo siempre presente en sus indagatorias, al igual que el Fiscal y la sumariante. Tampoco cree que haya habido factores externos de presión, ella declaraba con total libertad, y no vio connotación política alguna.-
64. En el careo entre CHAVES y de AGUIRRE, la primera manifestó que de haber seguido absteniéndose, no estaría tan involucrada como ahora lo está; se refiere a que al haber declarado, se hundió más, reconociendo que en el Juzgado siempre le hacían conocer sus derechos, y ella aceptaba declarar, pero por consejo de su abogado, quien le decía que así le reducirían la condena. Admite haber llamado a De Aguirre a su casa y a su estudio, éste le había dado su tarjeta y además concurría los sábados al penal. El Dr. de Aguirre aclara que durante la semana estuvo presente en los actos procesales, mientras que los días sábados iba a visitarla al Penal. Chaves dice no recordar como fue el tema de cambiar de abogado, pero se sorprendió cuando se enteró que de Aguirre no era el abogado que le iban a mandar de Santa Fe. No recordó cuanto tiempo fue defensor, cree que meses. No tenía mucha comunicación. Por su parte, de Aguirre dijo que él renunció porque Mirta Chaves designó a la Dra. Lanfranqui, que se la habían puesto los Lencina, y a él no le gusta hacer defensas conjuntas.-
65. CARINA CECILIA GONZALVE DE ACEVEDO, refirió que las entrevistas fueron hace años atrás, hay cosas que se le han olvidado. Llevan a los niños a Villaguay quienes le comienzan a decir cosas a los operadores, la llaman y el equipo directivo avisa al Defensor, el Juez de Instrucción le ordena la entrevista. Tuvo la entrevista por separado, menos con el chiquito. En realidad con Malvina hubo mucha resistencia, fueron varios momentos, a las niñas las trataban con mucho cuidado, tenían necesidad de hablar, lo hacian con los operadores. Hace poco estaban en el hogar al momento de las entrevistas, no sabe si llegaron con la mamá. Aclaró que las niñas tenían acceso a la televisión, veían las noticias. Ellas decían "la nena" por Fernanda. Cuando ellas llegaron, hablaron con los operadores, veían la foto de Fernanda y recordaban. Una vez Norma vio la foto de Fernanda y hablaron con una operadora, pero la noche en que llegan ya comentaron algo a los operadores. Malvina comienza a hablar y dice esas cosas, respecto al chico al que le habian pagado. De la entrevista con Norma, tiene presente que ella habia visto la foto de Fernanda, la había visto en la casa, fue como más espontáneo el testimonio de ella. Como que había estado "esa nena", decía "la nena", como que había pasado algo en la casa. Norma no dijo la palabra "violada", sino que dijo "le hicieron la mala palabra". También hizo referencia a que se hallaría en Ibicuy. La impresión fue por la espontaneidad que manifestaba Norma, no es su estilo trabajar con chicos de esta manera, cometió errores seguramente, pero Norma era muy espontánea, todo la parte gestual, hablaba más. No recuerda que los chicos hayan hablado de un hueco o boquete, sí con quienes vivían, que eran sus abuelos, muchos tíos y su mamá. Después se dió cuenta, cuando conoció el barrio, porque ellos hablaban de una forma de vida muy cercana, una casa al lado de la otra, viviendo muchos tíos y tías juntos.-
66. SERGIO EDGARDO CUATRIN, dijo que sabe que la Policía Federal tiene personal que además de conocimientos de mecánica están capacitados para hacer el trabajo que le encomendaron respecto al Dodge 1.500. Cree que en la Policía de Entre Ríos no hay personas con esta preparación. Que él era el mecánico encargado de practicar el examen del estado general de los vehículos, además era el de menor antigüedad. No recuerda si dentro del habitáculo del Dodge 1.500 había un bidón de nafta, sí que estaba a la intemperie. No recuerda el estado de las cubiertas, y no siguió la conexión desde abajo del tanque hasta el chasis. No recuerda si tenía patente. No diría que el automóvil estaba todo descascarado, estaba sí rayado. Explicó que si se produjera algún tipo de fuego en el motor quedaría como secuela en la tapa de válvula la pintura media quemada, aglobada por la temperatura. Si fuera llama contínua marcaría -por ejemplo- la pintura del capot. Si se tratara sólo de fuego en el carburador por una contraexplosión, por su experiencia, afirmó que no dejaría ninguna secuela. Que no puede establecer cuanto tiempo le llevaría poner en marcha ese auto, ya que en ese momento, a esa hora y en ese lugar no lo hubiera podido hacer. Que para realizar el examen del vehículo tuvo que alumbrarse con un reflector, porque se hizo de noche. Que ratificó el informe técnico mecánico de fs. 2.534, practicado el 01/09/04, dando explicaciones al respecto, pero aclara que la conclusión de que estuvo en funcionamiento hace aproximadamente 30 días es relativa, porque podrían haber sido 45 días o más. Reiteró que él no estaba capacitado para determinar tal cosa, y que fue la primera y última vez que debió realizar un informe de esa naturaleza.-
67. MARIA DEL CARMEN BARRETO, quien manifestó que le tomaron una declaración en la Comisaría de San Benito, estaba en su casa y llegó un policía en moto, después llegó un Renault 12, porque lo habían citado a su hijo, Cristian Fabián Torres. Que le comentó al policía que ella había visto a Miguel Angel Lencina en el cementerio, que le parecía haberlo visto, entonces el policía le dijo si quería hacer esa declaración en la Comisaría. Que su hermana Ana María Hernández le había dicho que tuviera cuidado porque andaba Miguel Angel Lencina; que le tienen temor a esa familia porque le hicieron mucho daño. Que a Lencina le pareció haberlo visto en un banco de adentro del cementerio de San Benito, no recuerda el día, pero unos días antes que secuestraran a Fernanda Aguirre. Después que hizo esa declaración volvió al cementerio de San Benito, y otra vez vio a esta persona, que el rasgo eran parecidos a Lencina, pero ahí se dio cuenta que no era él. Que respecto de su hijo, Cristian Torres no sabe mucho, porque cuando ella se juntó con Córdoba nunca la aceptó ese hijo.-
68. RAUL ESTEBAN BENATAR, dijo que relacionó que después que pasó el hecho escuchó que había un chevi azul, sospechoso, que alguien había declarado haber visto, y recordó que antes del secuestro de ésta chica, el dicente integraba la cooperadora de la escuela 18, estaba arreglando los techos, y recordó haber visto un chevi color azul, varias veces, estacionado en inmediaciones de la escuela, de mañana; una vez le llamó la atención porque no era un horario de entrada o salida de los chicos, eran las 9 de la mañana, puso atención y el hombre que andaba en el auto no estaba haciendo nada, estaba como mirando algo. Las veces que lo vio no vio que viniera alguien al auto, un par de veces lo vio afuera del vehículo, sentado, y le pareció raro. No conoce a ese hombre. y cuando preguntó le dijeron que enfrente a la base aérea había un vehículo así. Agrega que un día pasó en colectivo y vio al auto, enfrente a la base aérea. Pasó más cerca entonces, y era el mismo que había visto. Según comentarios de unos conocidos era de un señor Góngora el Chevi azul.- Comenta que charlando con el cuñado de Fernanda, Alvarez el que tiene el desarmadero, que habían tenido problemas con ésta gente. Que ellos habían construído la florería y éstas personas se la habían destruído dos o tres veces. Más precisamente andaban éste hombre Lencina en un peugeot 504 por San Benito, cuando tiraron la florería abajo. Agrega que él le aclaró al Fiscal que era un comentario.-
3) Acto seguido, se introdujeron por lectura la debate las declaraciones testimoniales de:
1. PEDRO ALBERTO KAPP, de fs. 778, quien dice haber visto como a las 22,15 cuando una pareja que venía caminando por la vía de sur a norte, llegan al puente y se agachan como juntando algo para luego seguir caminando por la vía hacia el sur. Ambos eran de contextura física delgada, la chica vestía un pantalón de jean color claro, llevaba una bolsa de nylon y era más baja que el muchacho –quien aparentaba medir 1,70 a 1,75 mts.-.-
2. SEBASTIÁN PABLO DANIEL CANCIO, cuñado de Julio Aguirre, de fs. 43, 276/277 y 581/vta., quien trabaja como florista frente al Parque de la Paz. Que aproximadamente a las 14 hs. ve a Fernanda con un ramo de flores en la mano caminando de este a oeste por calle Federación. Que el día del hecho no hubo mucha concurrencia de gente a los cementerios. Que reconoce que participó de rastrillajes en la camioneta Ford F100 que la Sra. Godoy le prestó a Bressan y no reconoció los claveles secuestrados que fueron encontrados en el campo.-
3. VIOLETA INES GODOY, dueña de una verdulería en calle Friuli de San Benito y vecina de los Aguirre, de fs. 270/271, quien dice que prestó su camioneta Ford F-100 amarilla a José Bressan y Sebastián Cancio para que colaboren con los rastrillajes y que el 29/07/04 escuchó comentarios en el sentido de que algunos vecinos de San Benito colocarían claveles y velas en el campo donde iban a hacer rastrillajes, a modo de brujería para que aparezca Fernanda. Luego se enteró de que ese día se secuestraron unas flores, velas y otras cosas en los rastrillajes.-
4. MARIANA ESTELA RIVAS, de fs. 284/286 y 358/vta., quien refiere que el día 29/07/04 fue a su casa su amigo Exequiel Omar Villanueva, de 18 años, vive atrás de la fábrica Johnson Acero y es hermano de Carina Villanueva, esposa de Claudio "Jorobado" Lencina. Que Ezequiel estaba nervioso y le comentó que para él, en el hecho del secuestro de Fernanda Aguirre, estaba implicada su hermana Carina y Miguel Lencina.-
5. OMAR EZEQUIEL RICARDO VILLANUEVA, de fs. 354/vta., quien reconoce que le comentó a Rivas que sospechaba de Miguel Ángel Lencina, en base a versiones periodísticas y por los allanamientos que se realizaron. Que su hermana Carina ejerce la prostitución en la zona del Puente de Hierro y por eso también pensó que ella podría estar involucrada, pero la misma le juró que era ajena al hecho. En la declaración testimonial ampliatoria de fs. 586, agrega que escuchó a su hermana decir que Miguel Ángel Lencina se hallaba en Paraná desde el día viernes 23/07/04.-
6. VICTOR OMAR SEGOVIA, de fs. 601/602 y 1.015, quien manifiesta que tiene un negocio de venta de flores en calle San Martín a metros de la esquina con Federación, de San Benito. Que el domingo 25/07/04 se retiró de su local como a las 15 hs. quedando en el mismo su hijo Eloy Gabriel y su empleado Eduardo Ledesma. Que Ledesma le comentó que no recordaba que una mujer le hubiera pedido una pinza para arreglar una moto el día 25/07/04 a la tarde.-
7. ELOY GABRIEL SEGOVIA, de fs. 1.014/vta., quien trabaja en la florería de su padre. Que el 25/07/04 estuvo en la florería desde las 15 hasta las 17, luego fue a mirar el partido. Durante su presencia no vino ninguna mujer a pedir auxilio ni herramientas. Después de conocido el hecho Ledesma le contó que a la tarde de ese día, en varias oportunidades, vio en la esquina de Federación y San Martín a un hombre y un niño. El declarante no vio nada porque siempre estuvo adentro del local que tiene su frente hacia el lado de la comisaría; pero Ledesma sí los vio porque salió a hacer trámites varias veces.-
8. FLAVIA VANESA BUSS, empleada del kiosco de la estación de servicios de Av. Almafuerte al 4.500, de fs. 972/vta., quien refiere que trabajó el 25/07/04 de 14 a 22 hs.; que en el negocio ingresó una joven de la familia Lencina que le dicen "Choco", quien se hallaba junto a un cliente ya que se dedica a la prostitución; que consumieron una gaseosa "Sprite" chica y luego se fueron.-
9. CLAUDIO ANIBAL MELGAREJO, concubino de María Laura Monzón, de fs. 977/vta. y 3749/vta., quien manifiesta que ésta le comentó que el 25/07/04 a la noche que Lencina tenía un fajo de billetes con los que pagó una comida y compró varias cosas. También le contó que Lencina anduvo en un Ford Taunus viejo, amarillo, con una calcomanía atrás en forma de tira, que está estacionado en calle 664 del barrio La Delfina, frente a la casa de la familia Monzón y tiene un neumático delantero pinchado.-
10. HORACIO RODRIGO LUCIANI, de fs. 1.175/vta., 4.520/4.521 y 4.582/vta., quien declara que es taxista y trabaja en la Terminal de ómnibus. El 25/07/04 fue a trabajar como a las 20 hs. a la parada de calle Ruiz Moreno y Alsina. Que una noche cuando estaba en la parada de la Terminal junto a Hernán Jozami y otros taxistas llega Raúl Monzón conduciendo un Dodge 1500 amarillo viejo, acompañado de su primo Miguel Lencina, que Monzón atropella con el auto, como jugando, a un hombre que conocen como "Coca". Que Monzón con este primo habían estado en el velatorio de la hermana de éste, no recuerda la fecha pero eran como las 3 hs.. Que en algunas oportunidades vio a Monzón con un celular de los grandes pero no sabe el número. Niega haberle dado alguna vez un arma a Monzón y sostiene que él nunca tuvo armas ni las tiene. Que supo que Lencina estuvo en el velatorio de su hermana porque a los días de haberlos visto juntos, Monzón le dijo que el que estaba con él esa noche era su primo Miguel y que había estado en el velatorio de su hermana Andrea. Que como tres meses antes del secuestro vio a Monzón con un celular Motorola de los viejos pero que no sabe el número. Que nunca prestó su auto Fiat Palio blanco a Monzón a quien siempre vio en un Dodge amarillo. No recuerda si vio a Monzón la noche del 25 al 26 de julio en la Terminal, ni a María Rosa Monzón, pero ella siempre anda ahí porque trabaja de prostituta. Que para esa época los que trabajaban de taxistas en la parada de la Terminal, sobre calle Ruiz Moreno eran él, Cabrera y Jozami. Después Jozami dejó de ir.-
11. HUGO GABRIEL VILLANUEVA, de fs. 4.586/vta., taxista con parada en la Terminal sobre calle Ruiz Moreno. Que no recuerda haber presenciado cuando Monzón, junto a Lencina, en un Dodge amarillo embistieran en la Terminal a Ulises "Coca" Pérez. Que conoce a Monzón por haber tomado mate con él en varias oportunidades en la parada de taxi. No tiene conocimiento de que Monzón tuviera armas o hablara de ese tema. Que generalmente Monzón viajaba con Jozami que casi siempre lo llevaba a la casa. No sabe si Monzón sabe leer y escribir y dice que nunca lo vio con celular. Que de noche se turna con su hermano para manejar el taxi, no recuerda haber estado la madrugada del 26/07/04 además para esa época tenía el auto roto.-
12. ROBERTO AMERICO CABRERA, de fs. 2.253/2.254, taxista, quien dice que el 25/07/04 trabajó como siempre de 20 a 8. A las 3 ó 4 del día 26/07/04 María Monzón le pidió la llevara hasta su casa en Barrio La Pasarela, al lado de la casa de su hermano Raúl Monzón, a quien conoce porque trabaja como colaborador de taxis en la Terminal de ómnibus. Cree no haber visto ningún vehículo parado en la casa de Raúl Monzón cuando la llevó a María. Una vez lo vio a Raúl manejando un Dodge color claro. Que en la Terminal Monzón se relacionaba con Hernán Jozami que es taxista. No recuerda haberlos visto el 25/07/04 a la noche. Desde hace años Jozami trabajaba como taxista en la Terminal, pero desde la detención de Monzón dejó de trabajar. A fs. 4.070/4.072 amplía su declaración. Recuerda que el 25/07/04 vio a Monzón en la Terminal. Esa noche el dicente trabajó como hasta las 24,00 hs. en la Terminal y luego se fue, hasta esa hora Monzón estaba en la Terminal. Regresó a las 3,30 hs. aproximadamente y la parada estaba vacía, no estaban ni Monzón ni Jozami. Como a las 4 hs. llegaron todos los taxis del turno mañana. Jozami no estaba en la parada cuando el dicente se fue porque había tomado viaje antes. Monzón en la Terminal estaba con un hermano y con Jozami, además en la parada de taxi se encontraba un muchacho que lava autos. Reitera que cuando la deja a María Rosa Monzón en su domicilio cree no haber visto ningún automóvil parado en cercanías de la casa de Monzón. Que ha visto en algunas oportunidades a Monzón conduciendo un Dodge color claro. A fs. 4.583/4.584, refiere que no presenció el momento en que Monzón chocara con el auto Dodge a "Coca" Pérez el 27/06/04 en la Terminal, ni tampoco escuchó comentarios. Que en la parada Monzón siempre estaba con Jozami y cuando Monzón iba con la esposa se juntaban a charlar en el auto de Jozami o en el Dodge de Monzón. No sabe si Monzón sabe leer y escribir, ni si tenía celular. Que el 25/07/04 aproximadamente a las 23,45 a 24 hs. vio a Raúl Monzón junto a su hermano menor y a Jozami tomando mate en la parada.-
13. CRISTIAN HUGO RUFINER, de fs. 4.073/4.074 y 4.597/vta., taxista, quien expresa que el 26/07/04 trabajó desde las 4 hs. hasta el mediodía. Que no recuerda haber visto autos, ni recuerda haber visto a Raúl Monzón el 26/07/04 cuando ingresó a la parada, pero afirma que Monzón solía ir porque era amigo de Hernán Jozami. Nunca vio a Monzón manejando vehículos. Monzón sólo se juntaba a hablar con Jozami. Que no presenció el supuesto incidente protagonizado por Monzón quien junto a Lencina en un Dodge amarillo embistieran levemente a "Coca" Pérez el día del fallecimiento de Andrea Lencina (27/6/04). Que las veces que vio a Monzón en la Terminal, estaba tomando mate con Jozami. Desconoce si Monzón sabe leer y escribir. Nunca vio a Monzón manejando un taxi de la parada. No trabaja los días domingo.-
14. MIGUEL ANGEL PEREZ, alias "Coca", de fs. 4.587/vta., que manifiesta que no recuerda haber sido embestido por un Dodge color cremita o amarillo en la Terminal de ómnibus. Que suele ir a la Terminal a charlar con los remiseros que tienen parada sobre Avda. Ramírez. Que no conoce a Monzón ni a Lencina.-
15. NANCY MONZON, personal del Hogar de Niños de Villaguay, de fs. 2.829/vta., quien declara el 8/09/04 y dice que el domingo último llevó a 5 niños a una plaza distante a 4 cuadras del instituto, en el grupo se hallaban Norma Monzón y Miguel Monzón. Que antes de las 17 hs. conducía a los niños de vuelta al instituto cuando en una de las vidrieras se hallaba pegada la foto de Fernanda Aguirre y una de las niñas, Andrea, manifestó "Esa nena está desaparecida, a esa nena la están buscando en la casa". La dicente solo se limitó a escuchar dado que tiene prohibido indagar a los niños. La nena continuó con el comentario de Fernanda y repentinamente Norma Monzón le dice "Esa nena estuvo en mi casa y mis dos tíos (dio un nombre con una "R" y otro que no recuerda) le hicieron malas palabras". La dicente intentó desviar la conversación pero otro niño le dijo que mentía y Norma enojada le respondió "sí, es verdad, yo la ví y mis tíos le hicieron malas palabras y después se la llevaron". Como se acercó la directora los niños no volvieron a hablar sobre el tema. Una vez en el instituto le hizo saber a la Directora sobre lo ocurrido.-
16. Las actas de las audiencias en la que prestaron declaración, mediante el sistema de Cámara Gesell, las menores MALVINA SOLEDAD, NORMA y GABRIELA ROXANA MONZON, a fs. 5.511/5.512, y nuevamente MALVINA y NORMA MONZON, a fs. 5.591, actos filmados y grabados, obrando a fs. 5.886/5.906 vta. la desgrabación de los casetes por el perito del S.T.J. Lic. Antonio Vitali.-
17. RAMON MARTIN ACOSTA, de fs. 2.031/2.032, quien dice que vive en Barrio Jauretche junto a la familia Silva. Que 25/07/04 a la noche, como a las 20 ó 21 hs., cuando estaba en lo de Silva fue Eli Lencina, a visitarlo y se quedó como hasta las 7 u 8 hs. del día siguiente. Que Eli lo visita porque en diciembre comenzaron una relación.-
18. SILVIA ROSANA COMAS, esposa de Ferreyra, vecinos de Raúl Monzón, de fs. 2.426/2.427, quien dice que tienen un Dodge 1500 cuyo dominio termina en "586" color ocre claro. Que el 18/07/04 se prendió fuego el motor. El 20/07/04 su esposo le prestó ese rodado a Monzón, quien también tuvo inconvenientes mecánicos y quedó estacionado a 20 mts. aproximadamente del "Club Quique" en calle Alsina casi Villaguay. El 21/07/04 el auto estaba estacionado ahí y no se movio hasta que posteriormente fue remolcado por un remis de la empresa "San Cayetano" y quedó frente a la casa de Monzón. El 25/07/04 a las 15,15 hs. ella junto a Ana María Etchart fueron al comedor comunitario ubicado frente a lo de Monzón. Estuvieron 15 ó 20 minutos y se fueron. Frente al comedor estaba estacionado su vehículo y en la puerta del domicilio vio a la esposa de Monzón, Romina Marianela González, pero no a Raúl porque le dijeron que estaba durmiendo. Sabe que Monzón tiene un pequeño almacén en su casa, también hace "changas" de remisero y cuando no las consigue abre puertas de taxis en la Terminal. Que María Rosa Monzón tiene problemas psicológicos, ejerce la prostitución y es analfabeta.-
19. ANA MARIA ETCHART, de fs. 2.490/vta., quien expresa que el 25/07/04 a la mañana fue a estudiar a la casa de Silvia Comas, estuvieron como hasta las 14,30 ó 15 hs.. Que luego fueron a la vuelta de la casa de Silvia donde estaban construyendo el comedor comunitario. Que estuvieron aproximadamente 15 minutos y volvieron a la casa. En ese lapso, vio el auto de Silvia y su esposo, Dodge 1500 color cremita. La semana anterior Silvia le comentó que el auto se había roto, se había prendido fuego y había quedado parado en calle Alsina, cerca del club Quique. Conoce a Raúl Monzón de vista, el día 25/07/04 no lo vio, solo vio a su esposa Marianela.-
20. MARCOS MAXIMILIANO GODOY, de fs. 3.377/3.378, quien refiere que le vendió a Fernanda Aguirre un par de zapatillas, en su local comercial dedicado a la venta de calzado deportivo ubicado en Av. Friuli Nº 1159 de San Benito. Que a fines de junio Fernanda compró un par de zapatillas "Nike", réplica de las originales. Eran azules con el logotipo de la marca en color naranja. Las describe en detalle. Lo recuerda porque no tenían salida comercial. Exhibidas que le fueron las zapatillas secuestradas, las reconoce como las que le vendió a Fernanda.-
21. HORACIO RUBEN GOMEZ, Jefe de guardia del Escuadrón Núcleo de Gendarmería Nacional, de fs. 3.496/vta., quien declara que durante sus guardias no vio al detenido Monzón leer diarios o revistas, lo que además tenía prohibido, pero que observó que en una oportunidad le fue entregado un oficio o resolución judicial que miró varias veces con fijeza, lo que hacía presumir que lo estaba leyendo.-
22. JOSE ARAN ROJAS, gendarme, de fs. 3494/vta., quien dice haber observado a Monzón hojeando revistas y diarios "Olé".-
23. GABRIELA ROXANA MONZON, alias "La china", sobrina de Raúl Monzón, de fs. 3.636, quien dice su tío vive al lado de su casa. Que tiene trato con las hijas de Mariela Lencina y conoce a la tía de su papá, Ester Lencina, a quien le dice tía "Negra". Que la vio por última vez después de la segunda detención de Monzón porque la encontró en un kiosco a media cuadra de su casa, estaba acompañada del su nieto apodado "Piojo". Que la dicente le comentó que había escuchado que la esposa del tío Raúl, le comentaba a su papá, que Malvina había declarado que Marianela y Raúl discutieron por un arma. No la volvió a ver a Ester, no conoce a los hijos de Delia Lencina.-
24. MIGUEL ANGEL SEGOVIA, vecino de Raúl Monzón, de fs.3711/vta., quien manifiesta que no recuerda haberle confeccionado una nota para presentar en alguna repartición pública (tal como lo afirmara Monzón en su indagatoria). Desconoce si Monzón sabe leer y escribir.-
25. DAMIAN DARIO BEJARANO, de fs. 4.061/vta, quien afirma que en diciembre de 2003 compró un celular Motorola Tango cuyo Nº era (0343) 155-436546 y que se lo entregó a su pareja Gabriela Ayala -que vive frente a la casa de Raúl Monzón- quien a fines de marzo de 2004 lo vendió.-
26. GABRIELA ADRIANA AYALA, concubina de Bejarano, de fs. 4.124/4.125, quien declara que ese celular que le regaló Bejarano, del que no recuerda el número, se lo vendió como al mes de recibirlo a un vecino llamado "Carlitos" Monzón, hermano del imputado Monzón.-
27. CARLOS RUBEN POLONI, de fs. 3.975/3.976, quien afirma que en diciembre de 2003 se presentó a su casa la esposa de Raúl Monzón llamada Marianela pidiendo trabajo de doméstica. Trabajó hasta mayo de 2004. Que en muchas oportunidades vio a Raúl Monzón manejando un Dodge 1500 color claro. A los tres meses de trabajar Marianela le comentó que tenía un celular, él la llamó al mismo varias veces. El 24/07/04 tuvo un cumpleaños de 15 años de una sobrina y el domingo y lunes su esposa estuvo descompuesta y decidieron llamar a Marianela para limpiar la casa, ella fue el 26 y el 27/07/04 y este último día su marido la pasó a buscar muy apurado, ella se fue casi sin trabajar porque estuvo solo 15 ó 20 minutos. Monzón la pasó a buscar en auto. Uno o dos días después del 27/07/04 Marianela se presentó en su domicilio y le dijo que tenía un arma para vender, sacando de su cartera una pistola cal. 22 con cargador con balas. En su familia habían hablado de la posibilidad de adquirir un arma porque habían sido víctimas de varios hechos delictivos, supone que eso fue escuchado por Marianela. Se dirigieron a la puerta donde estaba Monzón, quien le explicó las cualidades del arma y le dijo que valía $100, el testigo no la compró, Marianela y Monzón se fueron y no volvieron más por su casa. A su criterio Monzón sabía leer y escribir porque tenía conocimiento de electrónica, hacia servicio de disc-jockey y le parece extraño que hiciera esas cosas sin saber leer. Además él una vez quiso ampliar un local y Monzón le hizo un croquis ilustrativo de la obra y cree que tenía algunas referencias escritas.-
28. CARLOS HORACIO CHAS y HUGO NORBERTO FRANCO, choferes de la empresa San José, de fs. 4.531 y 4.532 vta., quienes declaran en similares términos que esa empresa realiza viaje de Paraná a Concepción del Uruguay saliendo a las 5,15 hs. y arribando a las 10 hs., todos los días menos los sábados. Que reconocen haber escrito la planilla de viajes de fs. 4.404. El valor del pasaje es de $21. No conocen a Lencina, solo vieron su foto en el diario y no recuerdan si viajó.-
29. RICARDO SEBASTIÁN IGLESIAS, oficial del servicio penitenciario de C. del Uruguay, de fs. 4.425/4.426, quien manifeiesta que el 26/07/04 tomó el colectivo de la empresa "San José" de Paraná a C. del Uruguay, salió a las 5,30 y llegó a las 10,15hs. No recuerda haber visto en el colectivo a Lencina y Chaves.-
30. SUSANA BEATRIZ LEMOS, madre de Marianela Romina González, de fs. 4.410/4.412 y 4517/4518, quien dice que Monzón en varias oportunidades ha golpeado a su hija, la ha mandado a prostituirse y su hija le tiene miedo. Que ha visto a Monzón en varias oportunidades manejando un Dodge 1500 amarillo que es de un vecino de apellido Ferreira, también Monzón decía que a veces manejaba un taxi de un tal "Turco" que trabaja en la Terminal. Que Raúl tenía un celular Nº 155-435546, que unos días después del secuestro de Fernanda Aguirre se lo prestó a un amigo y éste no se lo devolvió y por eso ella le prestó su celular a su hija que es el Nº 155-125720. Que el día antes que detuvieran a Monzón este fue a la casa de su hermana Patricia Monzón, que vive al lado del Corralón Municipal. Decían que iban a vivir con Patricia unos días porque luego se iban a La Paz donde un gendarme le iba a dar un campo para cuidar, lo cual le llamó la atención. Recuerda también que unos días después del secuestro fue a la casa de Monzón y le llamó la atención un agujero que había en la pared y conectaba a la casa de la hermana de Raúl, después lo taparon con revoque. Que desconoce si Monzón sabe leer, y si tenía armas.-
31. AURORA QUIÑENAO, de fs. 4.415/4.417, quien vive en Concepción del Uruguay y es madre de Mario Leiva, alias "Monito", declara que conoce a Chaves con el apodo de "Nani" porque su hijo era amigo de Lencina. Que alojó en varias oportunidades a Chaves en su domicilio durante los últimos cuatro años. El 26/07/04 alojó a Chaves y Lencina, vinieron como a las 21, se acostaron como a las 23. Ambos dijeron que venían de Santa Fe. Que al otro día salieron como a las 8 hs. y más tarde volvieron y Lencina le mostró una campera que se había comprado, le llamó la atención porque era una campera buena y la pareja era humilde. Se fueron como a las 13,15 hs. porque Lencina tenía que presentarse en el penal. El jueves 29/07/04 Chaves volvió a su casa como a las 6 hs. con su hija de dos años y le dijo que la habían llamado del penal en forma urgente y que no sabía el motivo. Dejó la nena y fue al penal como a las 8,30 hs. y no volvió. Que el sábado siguiente, fue el abuelo de la nena a buscarla y le dijo que Chaves estaba presa.-
32. MARIO FABIAN LEIVA (alias "Monito"), de fs. 4.418/4.420, quien declara que es amigo de Lencina desde 1999, por haberlo conocido en el penal. Que recuperó la libertad en julio/04. Tuvo nuevamente contacto con Lencina el 26/07/04 cuando éste fue a su casa con su esposa Analía y se quedaron hasta el 27/07/04 yéndose como a las 13 hs. en un remis dado que Lencina tenía que presentarse en el penal. Dijeron que llegaban de Paraná. Que el jueves de esa semana vuelve Analía como a las 7 hs. con Aylen les dejó la nena y no volvió más a buscarla. El martes 27/07/04 Lencina y Analía fueron al centro y compraron una campera en un negocio denominado "Marianela".-
33. CARLOS RAMON VERGARA, de fs. 5.323/5.325, colectivero de la línea "E" de "Transporte Urquiza", quien el 25/07/04 realizó el recorrido hasta San Benito y hasta La Loma, siempre tanto ida como vuelta por calle Almafuerte. Tomó el servicio a las 11,15 hs. y lo terminó a las 20,07 hs. en La Loma. Conoce a la "Choco" y a Delia como "las Lencina", las conoce de vista porque son pasajeras. Que un día que iba fuera de línea ellas lo atajaron junto con un muchacho que tenía colita y gorra, en la parada frente a la estación de servicio, al lado del comedor " El Portal" y le pidieron como gauchada que los lleve hasta las cinco esquinas. Que accedió y los llevó hasta Marangunich y Almafuerte. Que no sabe si fue el domingo 25/07/04 pero sí recuerda que ese día cortó el servicio a las 20,07 hs. por lo que entonces, si fue ese día, las levantó a las 20,12 hs. aproximadamente. Que en la parada los vio a ellos solos y no advirtió nada anormal. Que fue una sola vez que las llevó así de gauchada. Una vez que ellos descendieron del colectivo siguieron a pie en dirección a las 5 esquinas. Que durante el trayecto no hablaron y no recuerda como estaban vestidos.-
34. MARINA MARCELA ROCHI, domiciliada en Londero y Hernandarias, de fs. 5.776/5.778, quien dice el 25/07/04 vio como a las 21 ó 21,30 hs. cerca de su casa un vehículo color oscuro, no había luz. Se paró sobre calle Bonell, pasó el foco que está en Bonell y calle 796 y se paró en el oscuro una cuadra antes de Hernandarias. Después sintió que arrancó, no puede precisar el tiempo que estuvo detenido. En su casa estaba ella y su mamá. El auto pasó la esquina de su casa, dio la vuelta y quedó mirando para Almafuerte, después sintió que arrancó, se fue para Almafuerte por el ruido. El auto no hacía mucho ruido, era serenito, parecía nuevo. Cuando lo vio por primera vez estaba adentro de la casa, cuando escuchó el ruido abrió el ventiluz y miró. El vidrio de atrás era inclinado, colincho, podría ser un Renault 11 o una cupé fuego o similar, no tenía baúl. Ni antes ni después de esa ocasión vio a ese auto pasar por su domicilio y está segura que lo vio el 25/07/04 porque al otro día cuando estaba trabajando su mamá la llamó para contarle el operativo policial en el barrio. Exhibidas las fotos del Dodge 1500 de fs. 2.059/2.061, afirma que nunca lo vio en la zona. Que a fs. 6.184/vta. reconoce al vehículo N° 3, siendo este el Renault Fuego -fs. 6.171- por el vidrio trasero y por el plástico negro que tiene abajo del mismo. Que ese día venía ella para su casa y cruza a Miguel Lencina, Eli y otras dos personas más que no puede identificar. A Miguel y Eli los pudo ver porque justo pasaban por debajo de un foco. Cuando llega a su casa se fijó en la hora y eran las ocho menos cuarto de la noche. Cuando ve el auto ya había pasado como una hora o un poco más desde que había llegado a su casa. Que el auto no tenía ninguna luz prendida.-
35. ZAIDA ESCOBAR, concubina de Rogelio Lemos, de fs. 5.851/5.857, quien declara que Monzón es el esposo de una nieta de su concubino Lemos. La cupé fuego roja secuestrada es de Rogelio y de ella, la compraron hace como dos años y medio. Que para la época del secuestro de Fernanda Aguirre, el 25/07/04, a la cupé la tenía Rogelio, que estaba viviendo en la casa de su hijo Marcelo Lemos, cerca de la casa de Monzón. Que era común que Rogelio prestara el auto, se lo prestaba siempre a su hijo Marcelo y a otras personas más. Que sabe que Marcelo y Raúl Monzón se frecuentan porque el primero es tío de la mujer de Monzón y además porque se lo han comentado Rogelio y Marcelo. Que su concubino le comentó que a la piba la tuvieron en las Piedras y en la zona del autódromo en unos ranchitos que están por ahí. Que ella le preguntó cómo sabía pero él lo único que decía es "yo sé" y nada más. Que Rogelio ahora niega haberle prestado el auto a Monzón, pero antes le había dicho que se lo había prestado más o menos para julio o agosto de 2004. Cuando Monzón quedó implicado en la causa le comenzó a preguntar si no le había prestado el auto a Monzón y él se lo negaba. Que el auto andaba bien y se rompió el carter en esa época, fue esos días en que la chica desapareció.-
36. ARMANDO ANTONIO ROMERO, mecánico, domiciliado en Sauce Montrull, de fs. 5.869/5.871, en cuyo taller fue secuestrada la Cupé Fuego. Afirma que ese vehículo tuvo un percance el día 16/12/04 a las 18 hs. aproximadamente a unos 100 mts. de su taller y por eso fueron a auxiliarlo, el auto era de Rogelio Lemos que le dejó el Tel. Nº 439-9893 y celular 155-388585.-
37. ROGELIO LEMOS, de fs. 5.872/5.878, quien conoce a Monzón porque está juntado con su nieta Marianela González. Que en el mes de julio de 2004 estaba trabajando en la casa de Chaparro, en Pucará y Provincias Unidas, y dormía en el domicilio de su hijo Marcelo, a tres cuadras de la casa de Monzón, sobre la misma calle. Que es dueño del Renault Fuego secuestrado desde principios del año 2004. Que acostumbraba a prestar ese auto a su hijo Marcelo, a la Sra. de Chaparro y a Chaparro. Nunca le prestó el auto a Raúl Monzón. Niega que tuviera teléfono celular en julio de 2004, que antes tuvo uno pero lo perdió y no recuerda su numeración ni tampoco estaba a su nombre y actualmente tiene uno Nº 155-438585. Que convive con Zaida Escobar y niega haberle realizado algún comentario respecto a que Fernanda Aguirre había estado en la zona de la Pasarela.-
38. ANDREA VANESA GUALTIERI, sobrina de Lencina, de fs. 6.002/6.006, quien afirma que el día 26/07/04 su abuelo Juan Ramón Lencina concurrió a su domicilio aproximadamente a las seis de la mañana, era muy temprano, ella junto a su mamá y sus hermanas estaban durmiendo y su abuelo golpeó fuerte la puerta del fondo, su madre asustada abrió por lo que Ramón fue hasta el dormitorio y le dijo a su madre que prepare el mate, estaba cansado porque había ido en una bicicleta. Ramón dijo que supuestamente Miguel se había mandado una macana, que supuestamente mató a alguien, porque estaba lleno de policías de Homicidios en su casa. Que Ramón preguntó por "Monchito" refiriéndose a Cipriano Ramos pero su mamá le dijo que ya había salido para la casa de Ester. Que al escuchar esto Ramón dijo que iba a alcanzarlo para que se vuelva. También dijo que si llegaba la policía preguntado si Miguel había andado por la casa digan que no. Agrega luego que aproximadamente una semana antes de su declaración (formalizada el 4/8/05) Ramón fue a su casa y preguntó si su mamá había declarado y que si le preguntaban si el día posterior del secuestro él había ido a su casa que dijera que no. Que para el mes de julio de 2004 Cipriano Ramos vivía en su casa pero que actualmente vive al lado de la casa de Ramón y Ester. Que habló del secuestro con Jonathan Nazareno Casalino, no recordando si fue a fines de 2004 o principios de 2005, que fue en una oportunidad que Nazareno fue con la abuela Ester a su casa y en un descuido de Ester, porque ella no lo deja hablar con nadie, le contó que él y Miguel la habían violado a la chica y que la habían dejado atada a un árbol. Que la chica iba pasando y Miguel le dijo "esa te gusta" y Nazareno dijo que estaba linda, que Miguel la agarró, le tapó la boca y la llevó para un campo. Que primero la violó él y después Miguel quien luego la ató a un árbol y le dijo a Nazareno que se vaya a la casa a llevar cree que $10 a la Chaves, diciéndole "llevale esto a la loca", quedando supuestamente Miguel en el lugar. Eso fue todo lo que le contó Nazareno y además le dijo que la abuela no lo dejaba declarar eso en la policía. Aclara que en ese momento estaba también su hermana Irma Natalia, de 11 años, y que Nazareno también contó que la chica llevaba una flores, que Nazareno decía que no sabía que había pasado con la chica, pero dijo "si la agarró Miguel está muerta". Que no cree que Nazareno mienta y que le dijo que estaba arrepentido, que además Nazareno le pidió que no cuente nada de ésto. También le dijo que había ocurrido en un campito y que supuestamente tuvieron que pasar un alambre tejido. Que al darse cuenta su abuela de que la declarante y Nazareno estaban solos hablando se enojó y se lo llevó. Que luego su abuela Ester comenzó a regalarle cosas a la declarante y le decía que si le preguntaban algo de esta causa que conteste que no sabía nada y que si le preguntaban por el auto en que habían llevado a la chica que diga que era el Dodge 1500 amarillito de Monzón, eso se lo dijo un día que estaban mirando las noticias por TV y hablaban del Dodge. También Ester decía que cómo Monzón tuvo cara para ir al velorio después de lo que hicieron con Miguel, que Raúl lo acusó a Miguel pero fueron los dos. Que esto es ocurrencia de su abuela Ester, quien es muy astuta y mentirosa y sólo va a decir lo que le conviene.-
39. JORGE MARCELO LEMOS, de fs. 6.231/6.236, quien manifiesta que Monzón está juntado con su sobrina Marianela González, quienes viven a dos cuadras y media de su casa. Que su padre Rogelio Lemos vivía en la casa del declarante cuando se produjo el secuestro. En pocas ocasiones uso la Cupé Fuego de su padre. Que su padre mientras estuvo viviendo en su casa nunca le prestó el auto a Monzón. El domingo del secuestro estuvo en su casa, lo recuerda bien porque fue la última vez que comió asado con su padre. Que no fue Monzón ni su esposa esa tarde a buscarlo. Que tiene conocimiento que Monzón andaba en un Dodge amarillo. Recuerda que el julio de 2004 lo tenía estacionado en la puerta porque tenía una rueda en llanta, lo recuerda porque en esos días le pidió un inflador. Que su número de celular es 156233481 marca AUDIVOX. No sabe si Monzón tenía celular.-
40. AMINA BELKYS DRAKE, de fs. 6.245/6.248, quien declara que crió a Analía Chaves desde los dos años de edad hasta los catorce aproximadamente que se fue a vivir con sus padres a Gualeguay. Que a los quince años quedó embarazada de un chico de Gualeguay, por lo que vuelve a San Martín de las Escobas. Ahí se puso de novio con Diego Castro con quien también tuvo un hijo. Después de eso conoció a Lencina en Gualeguay, cuando acompañó a su prima a visitar a su novio que estaba preso. Que se casaron en la cárcel y tuvieron un hijo, reconociendo Lencina los otros dos de los cuales no era el padre biológico. Que no le avisó del casamiento. Que con Chaves tenía un pacto tácito de no hablar de Lencina, porque a la declarante no le gustaba esa relación, por eso nunca lo dejó entrar en su casa. Que Chaves le manifestó que Lencina estaba preso porque estaba pagando por una violación y muerte que había cometido su hermano, que le decían “Jorobado”. Que viajaba muy seguido a visitar a Lencina. El día después del hecho, llegó a San Martín con sus hijos. Al rato la llama Lencina, Chaves no estaba, lo atiende la testigo, Lencina le dice que quería hablar con Analía que necesitaba que vuelva inmediatamente, ya que había ocurrido algo importante, que llega Chaves a quien le pasa el llamado. Luego de eso Chaves se fue con la más chiquita, dejándole a su cuidado los dos más grandes. Que su amiga Georgina la acompañó al colectivo. Esa fue la última vez que la vio. Que no sabe a que se refieren los términos de conversación entre Chaves y Mabel que surgen de la intervención telefónica de fecha 05/09/04 obrante a fs. 3.995/vta..-
41. JOSE LUIS MONDRAGÓN -fs. 248/vta.-, JULIO RAMON AGUIRRE –fs. 272/273-, WALTER EZEQUIEL FERNÁNDEZ –fs. 274/275-, SEBASTIÁN PABLO DANIEL CANCIO –fs. 276/277-, JUAN CARLOS CABRERA –fs. 1.114-, MARIANO MIGUEL RODRÍGUEZ - fs. 2.501/2.503 y 5.557/5.560-, ANGEL ITURRIA -fs. 2.423/2.424-, ANGEL FRANCISCO RIVERO –fs. 2.893/vta, MARIA DE LOS ANGELES GIMÉNEZ -fs. 2.906/2.908 y 5.473/5.476-, YANY BERTA –fs. 3.470/vta.-, RICARDO ALBERTO SALVADOR –fs. 3.804/3.805-, HECTOR NORBERTO CENTURIÓN –fs. 4.019-, JUAN MIGUEL OMAR –fs. 4.022-, LUIS ALBERTO GIMÉNEZ –fs. 4.892/vta. y 5.638/5.639-, HECTOR RAMON PIZARRO -fs. 4.568/4.569-, JUANA BEATRIZ QUINTEROS –fs. 5.550/5.555-, MARIA ESTELA LENCINA -fs. 5.634/5.635-, JORGE OMAR VILLAGRA –fs. 5.718/5.721-, MARTÍN SALVADOR SAAVEDRA -fs. 5.845/5.850-, HECTOR OSCAR ANIBAL FERNÁNDEZ -fs. 5.957/5.959-, ELIDA FLEITAS -fs. 6.203/6.204-, PETRONA ESPERANZA LIBERATORI -fs. 6.205/6.206-, RAUL EDUARDO MORAN -fs. 6.213/6.214- y CLAUDIO JAVIER LENCINA -fs. 6.272/6.276-, prestaron también declaración testimonial en la causa, sin aportar datos de significación para el esclarecimiento del hecho.-
42. La declaración policial de JORGE GUSTAVO SIMI, medio hermano del imputado Monzón -de fs. 2.033/2.035- resulta inadmisible por cuanto no ha sido ratificada judicialmente, sin perjuicio de señalar que no se le hicieron conocer las previsiones del art. 242 del C.P.P..-
43. La testimonial de CARLOS ALBERTO MONZON, hermano de Raúl Oscar Monzón, de fs. 3.793/3.795, no puede valorarse porque tiene prohibido declarar en contra del imputado, de conformidad al art. 242 del C.P.P..-
4) Seguidamente se introdujeron por lectura los siguientes careos:
1. Entre los testigos ANDREA VANESA GUALTIERI y JUAN RAMON LENCINA, practicado a fs. 6.007/6.010, en donde la primera se mantiene en sus dichos, reconociendo Lencina que el día 26 de julio de 2004 fue a la casa de Mariela Lencina a decirle a Ramos que no aparezca por la casa porque estaba llena de policías de Homicidios, porque supuestamente Miguel se había mandado una macana. A Cipriano Ramos lo encontró en el camino, le comenta lo que había pasado por lo que Ramos se vuelve. Que luego se vuelve a su casa en una bicicleta vieja.-
2. Entre los imputados MONZON y CHAVES, a fs. 3.541/3.542 vta, expresando Chaves que se mantiene en sus dichos respecto a que Monzón y su esposo hablaron de armas, más exactamente de un "dos punto dos", un "tres punto ocho" y una "nueve", del mismo modo ratifica que Miguel Ángel Lencina le entregó a Raúl Oscar Monzón $100 y que escuchó la conversación a que aludiera cuando pasó al baño del domicilio de Monzón. Por su parte, Monzón ratifica sus dichos en cuanto desconoce conversaciones con su primo Miguel Ángel Lencina respecto a armas, como así también que éste le entregara $100. De igual modo asegura que Chaves estuvo en todo momento sentada a la mesa de su hogar hasta que se dirigieron a la estación Terminal de ómnibus. Ambos ratifican su postura en la audiencia. Chaves deja sentado que se dirigió al baño y desde allí escuchó el tenor de la conversación entre Lencina y Monzón. Sostiene que el baño tenía inodoro pero no bidet ni lavatorio ni canillas, no recuerda si estaba revocado. Recuerda que para limpiar el inodoro le pidió a la mujer de Monzón que le alcanzara un balde el que fue llenado en un lavadero próximo al baño. Sostiene también Chaves que recibió una carta de quien supuso era Monzón, en la cual le hacía saber que se hallaba “torturado y golpeado, que no iba a aguantar golpes y tortura como Miguel y que la destruyera luego de leerla" por eso la destruyó y le envió otra en contestación pues se encontraba "presionada" ya que su defensor, el Dr. Ferrari, no quería hacerla declarar, no le daba seguridad y no recibía visitas de familiares. Respecto a la mención de "3.8" en la carta que envió a Monzón dice que lo hizo por el tenor de la conversación que este mantuviera con su esposo y por haberle visto en la cintura a Miguel un arma, dejando constancia que esa arma la vio cuando fue al baño y no vio que Monzón se la entregara a su marido. Respecto a la carta de Monzón dice que ella estaba durmiendo en su celda y al despertar la encontró en el suelo.-
5) A su turno, se incorporaron por lectura al debate las siguientes actas y documentales:
1. El parte policial de la Comisaría de San Benito de fs. 9/vta., que inicia las actuaciones, informando que a las 23,50 hs. del día 25 de julio de 2004, se presenta Julio Domingo Aguirre, D.N.I. 13.877.937, poniendo en conocimiento que a las 16 hs. ve por última vez a su hija Fernanda Isabella Aguirre de 13 años de edad, quien se dirigía desde la Florería de su propiedad, sita frente al Parque de la Paz, hasta su domicilio sito en calle H. Irigoyen 1242 de San Benito, pero la misma no llegó a su destino. Señala que aproximadamente a las 19,15 recibe una llamada a su teléfono 4973342, la que es atendida por su esposa y una voz femenina que tartamudeaba le dice, “no se preocupe, la nena está bien, pero la secuestramos, debe pagar dos mil pesos, dejarlos en el puente de fierro”, aclarando cuando se le preguntó “el puente que está en Almafuerte”, además le indican que no avise a la policía y señala “de alguna forma va a aparecer”, y que iba a volver a llamar una hora después. A las 20,20 hs. reciben un segundo llamado, en el que preguntan por la Sra. Cabrol, a lo que el denunciante contesta que es el esposo y señala “ya voy enseguida, ya tengo el dinero, voy para allá con mi yerno”, contestándole la voz femenina "no llame a la policía o se la vamos a devolver en pedacitos". El Sr. Aguirre se dirige al lugar convenido en un automóvil Ford Ka blanco acompañado de Adrián Schonfeld, llegan al puente cerca de las 21 hs. dejando el vehículo en la subida de un galpón, camina unos 50 mts. en dirección este-oeste y una mujer joven, morocha de aproximadamente 1,60 mts. que vestía jean y campera le dice "deje el dinero arriba del puente" continuando su marcha en sentido oeste-este ingresando a una calle lateral. A continuación deja el dinero adonde le había indicado y permaneció en su vehículo hasta las 22,50 hs., no observando nada que llamara su atención por lo que regresa a su domicilio y allí toma conocimiento de que había existido un tercer llamado telefónico, aproximadamente a las 20,45 hs., recibido por su hija María Emilia Aguirre donde también una voz femenina le dijo "dígale a su esposo que deje la bolsa y después vemos que hacemos con la nena".-
2. La denuncia formulada por Julio Domingo Aguirre, de fs. 12/vta..-
3. El identikit de fs. 203, confeccionado en dependencias de la Policía Federal, en base a los datos aportados por Julio Domingo Aguirre a fs. 202/vta. de la mujer que vio en Av. Almafuerte.-
4. El croquis confeccionado por Aguirre, de fs. 257.-
5. El acta de inspección judicial y croquis de la zona donde se halla ubicada la florería, frente al Parque de la Paz, de la ciudad de San Benito, hasta la vivienda de la menor, de fs. 10/11, y las fotografías de la zona, de fs. 83/88.-
6. El acta de inspección judicial y croquis de la zona próxima al puente de hierro ubicado sobre Av. Almafuerte, de fs. 13/14, y las fotografías de este lugar, de fs. 74/82 y 88.-
7. El acta de inspección ocular, realizada por el Sr. Fiscal Federal en la zona del Puente de Hierro y la Granja “Shop” y también en la zona de los cementerios de San Benito donde se deja constancia de todos los puestos de flores existentes en el lugar y de la zona de intersección de calles Federación y San Martín, de San Benito, de fs. 570/571.-
8. El acta de allanamiento llevado a cabo el 26/07/04 a las 10,45 hs. en el domicilio de la familia Lencina, sito en calle Hernandarias al final, donde consta la existencia de tres construcciones y un galpón de chapas, de fs. 37/39 vta., que arroja resultado negativo.-
9. El acta de nuevo allanamiento realizado el 11/08/04 en el predio de calle Hernandarias al final, de fs. 1.083/vta., en donde revisan hornos, se secuestra un anillo de metal plateado, el que exhibido que fuera a María Emilia Aguirre, Adriana Aguirre y María Inés Cabrol -a fs. 1.086, 1.088 y 1.159- no lo reconocieron.-
10. El informe del cuerpo de policía montada y canes respecto al recorrido de rastreo del can "Jack" entre las 3,30 y las 4,30 hs. del día 26/07/04, de fs. 66. En el primer trayecto, realizado en la zona de la florería de la familia Aguirre, tomó el animal desde ésta hasta calle San Martín y desde ésta aproximadamente 30 metros hacia el norte hasta la florería allí ubicada. El segundo trayecto de rastreo se realizó en la zona de calle Hernandarias. Se ubicó al animal en los dos extremos de la cuadra y en ambos casos el animal llegó hasta la vivienda de lo que se indica sería la casa de la familia Casalino y Lencina.-
11. Los croquis de los recorridos de rastreo, de fs. 67, surgiendo del croquis de fs. 5.663 que el primer croquis e informe tienen alterada la indicación del nombre de las familias, porque donde dice “Casalino” corresponde a la vivienda de “Lencina” y viceversa.-
12. El acta de rastrillaje realizado en los terrenos ubicados detrás del domicilio de Ester Torres, de fs. 2.979, con resultado negativo.-
13. El acta de un tercer allanamiento practicado el 18/08/04 en el domicilio de Ester Torres, de fs. 1.623/1.626 vta., en el que interviene la Dirección canes, indicándose que el animal toma el rastro de Fernanda 25 mts. antes de ingresar y finaliza en el interior de la vivienda. La inspección en el interior de la finca arroja resultados negativos. Se remueven los pisos y contrapisos que habían sido realizados aparentemente 14 días antes, tarea que arrojó resultados negativos.-
14. El listado remitido por la SIDE correspondiente a los llamados telefónicos entrantes y salientes a la línea 0343-4973342 (teléfono de familia Aguirre ubicado en calle Irigoyen Nº 1.242 de San Benito, tal como surge del informe de fs. 166) desde el día 21/07/04 hasta el 25/07/04, de fs. 155/156 y 166/168, surgiendo del mismo las llamadas extorsivas recibidas el 25/07/04 a las 19,33:35; 20,30:59 y 20,37:24 hs., originadas en el abonado Nº 0343-4363376.-
15. El listado remitido por la SIDE de llamadas entrantes y salientes del abonado Nº 0343-4363376 situado en el frente del negocio denominado "Granja Shop", sito en calle Almafuerte Nº 4.021, de fs. 346, que complementa el informe anterior. Las mismas constancias se agregan a fs. 1.479/1.483 y 1.500/1.504.-
16. El listado indicando los titulares de los números telefónicos que efectuaron llamados al teléfono de la familia Aguirre el día 25/07/04, de fs. 477/478, del que surge que los llamados extorsivos fueron realizados desde el teléfono Nº 0343-4363376 que está instalado en la Granja poli-rubro de calle Almafuerte, a nombre de Juan Iturbide.-
17. El listado telefónico agregado a fs. 176 y 1.508, del que se desprende que la llamada recibida en el teléfono de la familia Aguirre, el día 26/07/04 a las 1,24:56 hs., fue realizada desde el abonado (0343)431-9731.-
18. Los informes -que complementan la información anterior- de fs. 698/711, 716/728 y 1.487/1.493, donde consta el listado llamadas telefónicas del abonado Nº (0343)431-9731, teléfono público ubicado en la Estación Terminal de Ómnibus de Paraná. La realizada a la 1,24:56 hs. del 26/07/04, tiene como destinatario el Nº (0343)497-3342 de la familia Aguirre. La comunicación duró 15 segundos (se repite listado a fs. 3.304).-
19. El informe de la Dirección de Observaciones Judiciales, de fs. 5.392, del que surge que el número de abonado (0343)436-3376 corresponde a un teléfono semipúblico a nombre de Pamela Iturbide, enclavado en Av. Almafuerte nº 4021 de Paraná; y que el abonado (0343) 431-9731 corresponde a un teléfono público enclavado en Av. Ramírez Nº 2300 (Nueva Terminal de ómnibus) de esta ciudad.-
20. Los reconocimientos en ruedas de personas practicados a fs. 223/228, por parte de los testigos Julio Aguirre, Andrés Ledesma Bellmann y Ernesto Isaías Ehrlich, respecto a mujeres de la familia Lencina, en ruedas integradas por Alejandra Pamela Casalino, Delia del Rosario Lencina y Andrea Elizabeth Casalino, quienes no fueron reconocidas.-
21. El reconocimiento en rueda de personas en el que interviene como testigo Ledesma Bellmann, a fs. 410/vta., quien reconoce por la contextura física a Mirta Analía Chaves como semejante a la mujer que fue el 25/07/04 a su lugar de trabajo y luego habló por teléfono.-
22. El reconocimiento en rueda de personas por parte de Ledesma Bellmann, a fs. 417/418, en el que reconoce con certeza a Miguel Ángel Lencina, como el hombre que el 25/07/04 entre las 19 y 19,30 junto con una mujer fueron a la Granja Shop y luego ella efectuó un llamado telefónico.-
23. El reconocimiento en rueda de personas practicado por Julio Domingo Aguirre, a fs. 411/vta., quien no reconoce entre las integrantes a Chaves como la mujer que le indicara que debía dejar el dinero en el puente de hierro la noche del 25/07/04.-
24. Los reconocimientos en rueda de personas en los que interviene como testigo Carina Andrea Villanueva, a fs. 419/420 y 423/424, quien reconoce a Miguel Ángel Lencina como la persona que vio junto a su mujer en distintas secuencias del día 25/07/04, y a Mirta Analía Chaves como la mujer de Lencina, respectivamente.-
25. Los reconocimientos en rueda practicados por el testigo Cristian Fabián Torres, a fs. 421/422 y 425/vta., en donde reconoce a Lencina y a Chaves.-
26. Las tomas fotográficas de los reconocimientos en rueda de personas pre-mencionados, de fs. 439/465.-
27. Las actas de los allanamientos realizados en las fincas de Raúl Oscar Monzón de fs. 1.320/1.323, y de María Rosa Monzón de fs. 1.318/1.319, en donde se dejó constancia de la existencia de una abertura en la pared recientemente tapada. Se tomaron fotos las que se agregan a fs. 1628/1631 y otras fs. 2.049/2.050 donde se visualiza el hueco revocado.-
28. Los reconocimientos en rueda de personas practicados por el testigo VICTOR HUGO MARTINEZ, quien reconoce en rueda de personas a la imputada Chaves, a fs. 649/650, dice que lleva las mismas ropas que vestía cuando la vio en la Terminal (jean azul gastados y suéter rayado blanco y rosado); y a Miguel Ángel Lencina, a fs. 651/652.-
29. El acta de allanamiento de la finca sita en calles 13 de Oeste y Estrada, de Concepción del Uruguay, ocupada por Roberto Carlos Altamirano, y de secuestro del automóvil Ford Taunus verde, de fs. 1.290/1.293, en donde se levantan 3 elementos pilosos del asiento trasero. Sobre los elementos encontrados en ese rodado -pilosos y vegetales- se realizó pericia química (Nº 025/0903), arrojando resultados negativos a fs. 1.860/1.862.-
30. El reconocimiento en galería fotográfica practicado por Eduardo Daniel Ledesma, quien reconoce la foto Nº 8 que es la que corresponde a Miguel Ángel Lencina, aclarando que le ve más corto el pelo y que era el que junto a un menor estaban ese domingo en la esquina de la florería.-
31. El reconocimiento en rueda de personas por parte de Eduardo Daniel Ledesma, de fs. 655/656, en donde reconoce a Lencina como el que viera el 25/07/04 en la esquina de Federación y San Martín de San Benito en 4 oportunidades entre las 14,30 y las 15,30 hs., aclarando que le ve el cabello más corto.-
32. El relevamiento planimétrico confeccionado por el Sub-oficial Ricardo Hugo Bocedi, donde se indica posible trayecto tomado por Lencina y Casalino según dichos de éste, de fs. 690.-
33. El reconocimiento en rueda de personas por parte del testigo Sebastián Andrés González Nader, a fs. 801/802, quien reconoce a Lencina, pero no con total seguridad.-
34. Los reconocimientos en rueda practicados por Marisa Fabiana Ortiz, a fs. 663/664, quien reconoce a Lencina, destacando que le ve el pelo más corto y a Chaves, diciendo que es la mujer que ingresó primero con el hombre, no observa en ella ninguna diferencia.-
35. El acta de secuestro de efectos de Miguel Ángel Lencina, de fs. 745/746, realizado el 04/08/04 en División Homicidios. Entre los que se destacan: un jean azul, un buzo azul con capucha, un bolso bordó de gran tamaño que en uno de los bolsillos tiene tres dientes humanos. Los cordones, pelos y dientes se reservan en sobre aparte a fs. 749vta. El correspondiente informe químico (Pe 020/824) se agrega a fs. 954/955, del que surge que de los cordones se levantaron 3 elementos pilosos de origen humano (pestaña con bulbo, pelo largo sin bulbo, pelo corto sin bulbo) que comparten características con los encontrados en carta firmada por Lencina que tiene mechón de pelos en su interior (cabellos sin bulbo). Los 3 dientes son aparentemente humanos con caries.-
36. El acta de secuestro de las pertenencias de Mirta Analía Chaves, de fs. 747/748, que se llevó a cabo el 04/08/04 en División Homicidios. Se destacan: un billete de $100, dos monedas de $1, una moneda de $0,50, cuatro monedas de $0,25, seis monedas de $0,10 y una cartera de jean azul oscuro. Fueron recibidos de la imputada Chaves el día 31/07/04 cuando resultó detenida.-
37. El mapa de referencia del lugar del hecho, comprendiendo la ubicación del campo del testigo Tórtul, de fs. 901.-
38. Las copias de las cartas encontradas entre las ropas de Miguel A. Lencina cuando fallece, remitidas por la coimputada Chaves, fechadas los días 2 y el 5 de agosto de 2004, de fs. 893/897. Las mismas son peritadas a fs. 1642, 1934/vta. y 5.652/5.660, concluyéndose que fueron escritas de puño y letra por la imputada Chaves.-
39. La copia de la carta enviada por Miguel Ángel Lencina a Mirta Analía Chaves, obrante a fs. 927/vta., entregada por ésta cuando se requisa su celda en U.P. Nº 6, a fs. 930/vta..-
40. El acta del secuestro de 3 tallos cortos, 3 tallos de helecho, 12 pétalos blancos de claveles, más adelante 4 pétalos rojos y 5 elementos pilosos enganchados en una rama, encontrados el 29/07/04 en el campo perteneciente a Tórtul, en Ruta 12 a 3500 m. del empalme con calle Newbery, de fs. 944/vta..-
41. La autopsia del cadáver de Lencina, de fs. 947/950.-
42. El testimonio de defunción de Lencina, de fs. 1.060.-
43. El reconocimiento en rueda de personas integradas por José Luis Rueda y Germán Bartola, por parte de Flavia Vanesa Buss y Andrés Oscar Molina, de fs. 5.614/5.616, a los efectos de determinar si Barzola o Rueda fueron quienes entraron con Pamela Casalino ("Choco") al bar de la Estación de servicios. Que no reconocen a ninguno como el que en esa ocasión acompañaba a "Choco", pero Molina señala a Rueda como una de las personas que estaba dentro de la estación y que cuando la "Choco" se retiraba de la Estación habló con ella.-
44. El acta de allanamiento de la vivienda de Monzón, el 25/09/04, a los efectos de corroborar los dichos del testigo Melgarejo, oportunidad en que se realizó la excavación de un pozo en el patio que está al costado de la vivienda, el que arrojó resultado negativo. Se constató que había un ropero y una cama cucheta de caño negro, exhibiendo la concubina de Monzón un remito del negocio "La Feria del mueble" de fecha 29/03/04 en la que figuran esos muebles. Fotos agregadas a fs. 3.961/3.967.-
45. Los allanamientos de los domicilios de Prospera Isabel Castro y de Amina Drake, en San Martín de las Escobas, de fs. 1.042/1.048 vta., los que arrojaron resultado negativo.-
46. El parte policial del 28/07/04, de fs. 1.097, donde se informa respecto a las circunstancias en que se produce el hallazgo de una "colita" de cabello y de una medallita; el acta de inspección y croquis del lugar donde se encontraron, de fs. 1.098/1.099; y el acta de secuestro de tales efectos, de fs. 1.100/vta..-
47. El reconocimiento de la “colita” para el cabello, por parte de María Emilia Aguirre a fs. 1.086/1.087 y Adriana Alejandra Aguirre a fs. 1.088/vta..-
48. El informe actuarial de fs. 1.131, de fecha 12/08/04, haciendo saber que el automóvil Dodge 1500 se hallaría adentro de una cochera ubicada en una finca sita en calle Rubén Alday y Atilio Yancovich, que sería propiedad de Rubén Ferreyra.-
49. El acta de allanamiento de la vivienda de Ferreira y de secuestro del automóvil Dodge 1500 amarillo, de fs. 1.229/1.233, del que se agregan 12 fotografías a fs. 2.059/2.061. El vehículo al momento del secuestro, tenía la rueda delantera izquierda pinchada, carecía de las chapas patentes, no tenía mica derecha trasera ni óptica izquierda trasera, tenía rota la óptica delantera izquierda, faltaba mica de luz de giro delantero derecho y en el baúl tenía rueda de auxilio pinchada.-
50. El informe químico PE 022/860 realizado sobre la ‘colita’ de cabello y sobre el automóvil Dodge 1500, de fs. 1241. En la ‘colita’ no se detectó la presencia de cabellos, y del Dodge 1500 se levantaron: a) del habitáculo: elementos pilosos, 6 colillas de cigarrillo y un trozo de papel escrito "156.986.931 Alejandra". b) del baúl: elementos pilosos. Ninguno de los elementos recogidos en el auto comparten ninguna características con los del informe químico PE 020/824 (fs. 954/955). No había elementos pilosos testigos de Fernanda Aguirre por lo que no se pudo cotejar.-
51. El acta del relevamiento de rastros con canes realizado el 25/08/04, de fs. 2.252/vta., en interior y exterior de Dodge 1500 secuestrado, utilizando prendas de Fernanda Aguirre y de Miguel A. Lencina, que arrojó resultado negativo.-
52. El informe técnico mecánico sobre el Dodge 1500 secuestrado, de fs. 2.534, practicado el 01/09/04, del que surge que el motor estaba en perfecto estado, que no tenía batería, no presentaba signos de haber sufrido incendio en motor, y estuvo en funcionamiento hace aproximadamente 30 días.-
53. El informe químico PE 024/881, de fs. 1.598, realizado sobre elementos pilosos y un diente entregados por María Inés Cabrol. En elementos pilosos se observan caracteres de tres tipos de cabellos. Cotejados con los descriptos en el informe químico PE 020/824 y PE 022/860 no se encontraron características comunes.-
54. El acta de secuestro en la requisa que se llevara a cabo en la Unidad Penal Nº 6, agregada a fs. 1.642, de una carta donde se nombra a Monzón, al Dr. Ferrari, a La Flaca, Lencina, Jorobado, Miguel, Carina, la que fue hallada en la celda ocupada por la interna Gretel Cecilia Fernández, contigua a la que ocupara Chaves (cfr. acta de requisa de fs. 1637).-
55. La pericia caligráfica de fs. 1.648/1.655, comparativa de la grafía de esta carta, con la de las dos cartas atribuidas a Chaves y que fueron secuestradas en poder de Lencina, se concluye que todas fueron confeccionadas por la misma mano escritora (en el mismo sentido, concluye la pericia de fs. 5.652/5.660). A fs. 1.658 obra transcripto el contenido de esta carta (cuya copia luce a fs. 1.654): "Monzón, te escribo, para decirte que te quedes tranquilo, en mi declaración no menciones que fuimos a tu casa solo que Miguel y yo; estuvimos en la Terminal y nos fuimos a centro a la peatonal- y a comer(eso a mi avogado)es(Ferrari), No declare yo ante nadie ni Fiscal, ni Juez. Vos defendete; porque Miguel te re apreciaba!. Destruila la carta por favor. La flaca, yo no te conozco, ni vos a mi. PD, La que te acuso fue la Carina la mujer del jorobado L. porque en mi reconocimiento dijo que yo y Miguel nos vio en la Terminal y en el centro".-
56. El acta de secuestro de fs. 1.934/vta., practicado en la Unidad Penal Nº 6, de un atado de cigarrillos vació marca CJ y una carta en hoja de papel blanco manuscrita con tinta azul, aparentemente remitida por la nombrada a Monzón, como consecuencia de la orden de interceptar la correspondencia de Chaves (fs. 1.656/vta., 1.756/1.757 y 1.926). El contenido de dicha carta obra transcripto en el informe actuarial de fs. 1.936 ("Monzón, Recibi tu carta, bueno perdón por el mal momento. El otro te referí al pago de 3.8. A eso No? Vos no me llevaste ni a mi ni a Miguel en el remis - Menos a la nena. Defendete lo más que puedas ojo voy a estar bien. Vos tenes una familia que cuidar mucho. Lo único que sabemos de este tema somos vos, yo, Miguel y una chica del penal. Vamos a tratar de estar comunicado. Sabés quien te denunció? Contestame. Destuila la carta. (en el reverso) La Flaca").-
57. La pericia caligráfica realizada sobre esta misiva a fs. 1.946/1.950, comparativa con las grafías de las cartas atribuidas a la imputada Chaves (conforme pericial caligráfica de fs. 1648/1655), que se encuentran incorporadas a la causa que tramita ante el Juzgado de Instrucción Nº 1 a raíz de la muerte de Lencina; concluye que todas fueron confeccionadas por una misma mano escritora. En en igual sentido, las conclusiones de la pericia de fs. 5.652/5.660.-
58. El secuestro que luce a fs. 1.971 del casete de la entrevista entre la Psicóloga Carina Cecilia Gonzalve De Acevedo y la menor Malvina Soledad Straube Monzón, con presencia del Defensor de Pobres y Menores de Villaguay.-
59. El informe de la Directora del Hogar de Niños de Villaguay, de fs. 3.063, respecto a que los menores Malvina Soledad Straube Monzón (11 años) Norma Beatriz Monzón (9 años) y Emanuel Enrique González (5 años), ingresaron a dicha institución el 13 de agosto de 2004 y desde su ingreso no han recibido visitas de su madre María Rosa Monzón.-
60. El informe de procedimiento de la Asociación Civil Escuela Canina de Catástrofe, de fs. 1.952/1.961, iniciadas el 04/08/04. A fs. 2.196/2.197 obra nuevo informe, de fecha 27/08/04. Se rastrea el dormitorio de la menor y otras dependencias de la casa, luego se trasladan al cementerio privado iniciando la tarea sobre una zona del mismo. Este informe se complementa con el actuarial de fs. 2.231, que hace saber que los perros marcaron con insistencia las tumbas 927 sector B y 441 sector E del cementerio privado "Parque de la Paz". Se ordenaron allanamientos con motivo de estos informes, con resultado negativo. El informe de la escuela de canes de fs. 2.241/2.242, del que surge también que se excavó la tumba E-441, y se recorrió el cementerio parroquial de San Benito, con resultados negativos. A fs. 2.352/2.353 luce acta de secuestro e informe, en fecha 06/08/04, de tareas de la Escuela Canina en una tapera ubicada en Bajada de La Celina, Villa Urquiza. Se secuestró del interior de un aljibe, un plástico negro de aproximadamente 2m. por 1 m. con cintas plásticas pegadas en algunos sectores. A 10 mts., aproximadamente, se encontró un trozo de cinta de algodón de 60cm. por 4cm., con manchas de sangre. El informe químico (Nº 156/0853), a fs. 2.355/vta., determinó que el trozo de plástico no contenía manchas de sangre, pero sí los trozos de algodón blanco, dicha sangre sería humana, de grupo "A". Se levantan elementos pilosos de esos trozos de tela.-
61. El informe de la División Homicidios de fs. 2.045/2.046, del que surge que en la Estación de servicios de Almafuerte, hay dos cabinas telefónicas con los Nº 426-9020 y 426-0428. Se anexa el registro de llamadas efectuadas de dichas cabinas el día 25/07/04 entre las 17 y las 24 hs. (la titularidad de algunos de esos abonados obran en el informe de fs. 2080). Respecto a los hornos de ladrillos encendidos el día 25/07/04 entre las 16 y las 24 hs. se entrevistaron con Sigura, Córdoba y Ramón Lencina, quienes no pudieron dar precisiones ya que continuamente los tienen prendidos.-
62. El acta de inspección judicial y croquis del lugar, de fs. 2.073/2.075, indicando el recorrido desde la intersección de calles Federación y San Martín hasta una calle sin salida lindante a un campo.-
63. El informe del Comisario Cristian Castiglionis -Subdirector de Criminalística-, de fecha 26/08/04, respecto al hallazgo, por parte de unos turistas, de un trozo de papel en Termas de Río Hondo (Santiago del Estero) con la leyenda "SOS Ayudenme. Por favor. Estoy secuestrada. Fernanda. Entre Rios" en el reverso y, en el anverso la propaganda de una rotisería "Dani" de calle Chacabuco Nº 215 de Tucumán. A fs. 2.262/2.302 se agregan actuaciones elevadas por comisaría de Termas de Río Hondo respecto a las circunstancias del hallazgo de dicha calcomanía, averiguaciones en hoteles de la zona, allanamientos en whiskerías y otras propiedades y rastrillajes en dicha localidad, medidas que arrojaron resultados negativos. A fs. 2.674/2.719 obran actuaciones remitidas por el Juzgado de Instrucción de Termas de Río Hondo. Se agregan a fs. 2.649/2.656, informe de tareas de inteligencia llevadas a cabo en la zona. A fs. 4.246/4.341 obran diligencias remitidas por el Juzgado de Instrucción de Termas de Río Hondo (Santiago del Estero) respecto a numerosas tareas investigativas llevadas a cabo en esa ciudad, con resultado negativo.-
64. La pericia caligráfica realizada por el Sub-Comisario Ángel Iturria, de la Dirección de Criminalística de la Policía de Entre Ríos, de fs. 2.336/2.341, que concluye que las grafías insertas en el dorso de la tarjeta de la "Rotisería Dani" pertenecen al patrimonio escritural de Fernanda Isabella Aguirre. . Dicho informe se complementa con las fotografías que se agregan a fs. 2562.-
65. La pericia caligráfica practicada por el Cuerpo de Peritos Calígrafos Oficiales de la Justicia Nacional, de fs. 2.590/2.607, en la que se concluye que las grafías insertas en el dorso de la tarjeta de la "Rotisería Dani" no se corresponden con el patrimonio escritural de quien trazara los elementos base de cotejo obrantes en el cuaderno y la carpeta a nombre de Fernanda Isabella Aguirre.-
66. La pericia caligráfica realizada por la Dirección de Policía Científica de Gendarmería Nacional, con la participación de los peritos María Inés Litardo Gioja de Latour y Gastón Federico Latour ofrecidos por la parte querellante. A fs. 3.387/3.396 los peritos de Gendarmería Nacional concluyen que las grafías insertas al dorso de la publicidad de "Rotisería Dani" no se corresponden con el patrimonio escritural de Fernanda Isabella Aguirre reflejado en la carpeta y cuaderno aportados como base de cotejo. Los peritos de parte disienten con ese resultado presentando conclusión por separado a fs. 3.397/3.417, sosteniendo que el texto del manuscrito tiene un común origen gráfico con los indubitados ofrecidos. El elemento se vuelve a peritar conjuntamente con otra anotación hallada con posterioridad en Termas de Río Hondo.-
67. El informe de rastrillajes llevados a cabo en Concepción del Uruguay, de fs. 2.245/2.247, con resultados negativos.-
68. El acta de secuestro de un par de suelas de zapatillas de color gris, de fs. 2.433/2.434, realizado el día 18/08/04 en calle Hernandarias al final, en las proximidades de la vivienda de Casalino, que no fueron reconocidas por Julio D. Aguirre a fs. 2.846/2.847.-
69. El informe de la División Homicidios respecto a los rastrillajes realizados en el campo de Héctor Horacio Tórtul sito en ruta 12, km.13½ de San Benito y en el campo de Segura comprendido entre calles Tibiletti y Miguel David de la misma localidad, de fs. 2.494, con resultado negativo.-
70. El informe de la misma División, de fs. 2.496, sobre una nueva inspección debajo del puente del arroyo Las Tunas, por calle Churruarín a 100m. de Guido Marizza, no localizándose nada de interés para la causa, agregándose croquis a fs. 2.495.-
71. El croquis que ilustra sobre las principales zonas que fueron rastrilladas, de fs. 2.553, junto con las demás que se informan a fs. 2.554. En igual sentido informa la División Antisecuestro de la Policía Federal Argentina a fs. 2.581-.
72. Las actas agregadas a fs. 2.557/2.560, de las que surge que los internos de la UP Nº 4 que compartían el pabellón con Lencina sostienen no haber escuchado ningún comentario relacionado con el hecho que se investiga.-
73. El fax remitido por la Policía de Santa Fe, de fs. 2.730, informando que el 4/09/04 María Rosa Aressi, encontró en la plaza Pueyrredón, en Av. Gálvez y Sarmiento, de Santa Fe, un envase plástico conteniendo 6 papeles, tres de ellos con la leyenda en manuscrito "S.O.S. soy Fernanda ayuda" y los restantes "S.O.S. Fernanda ayúdenme", los que se secuestran formalmente a fs. 2.779.-
74. La pericia caligráfica practicada concluyó que no pertenece al patrimonio escritural de Fernanda Aguirre.-
75. El listado de visitas que recibió Monzón entre el 14 de agosto y el 7 de septiembre de 2004, de fs. 2.800/2.801.-
76. Las 6 fotografías tomadas en fecha 26/08/04 en una casa de calle Pronunciamiento, elevadas por la Dirección de Criminalística, donde se visualiza en un mueble y un equipo de música escrita sobre el polvo, la palabra S.O.S., agregadas a fs. 2.873/2.875.-
77. La remisión de 13 casetes correspondientes a la intervención del abonado 0343-5117631, de Alejandra Pamela Casalino, remitidos por la Dirección de Observaciones Judiciales, a fs. 2.929/2.930.-
78. El acta del lugar que Chaves indica como la finca de Mirta, alias "Pelusa", de fs. 3.156, con resultado negativo.-
79. Las actas de fs. 3.187/3.190 y 3.195/3.199, ilustradas con fotos, por la cual María Inés Cabrol reconoce zapatillas (provistas por el propietario del negocio que vendió las zapatillas a Fernanda) similares a las que vestía Fernanda el día de la desaparición, marcando las diferencias que observa.-
80. El acta de secuestro de las zapatillas con la inscripción "NIKE", color azul con detalles blancos y naranjas Nº 9, que voluntariamente entrega Víctor Araya (novio de Georgina Díaz) en su domicilio de Cañada Roskín, de fs. 3.217/vta..-
81. El reconocimiento practicado por María Inés Cabrol sobre las zapatillas secuestradas, a fs. 3.221, señalando que son las que tenía puestas su hija el día del secuestro. Que está segura de que son las mismas porque a la del pie derecho le falta una de las tiritas por donde pasan los cordones.-
82. El reconocimiento de las zapatillas realizado por Adriana Alejandra Aguirre, a fs. 3.222, quien primero sostiene que no son de su hermana por las diferencias que especifica, y luego indica que no sabe si son las zapatillas de Fernanda.-
83. El informe socio-ambiental de las familias Lencina-Casalino y Torres-Lencina, de fs. 3.474/3.477.-
84. El informe social de los menores Lencina-Casalino, de fs. 3.674/3.675.-
85. El testimonio de nacimiento de Gabriela Roxana Monzón, alias "La china", hija de Rubén Darío Monzón, de fs. 3.527.-
86. Los testimonios de la sentencia, de Febrero de 1.995, por la cual Lencina fue condenado a 20 años de prisión por homicidio reiterado (dos hechos), de fs. 3.554/3.578. De la lectura de dicha pieza surge que Lencina les sacó ropas y calzados a sus víctimas.-
87. El informe de la U.P. Nº 4 de Concepción del Uruguay, de fs. 3.655, del que surge que en el pabellón donde se alojara Lencina se alojaba también un interno apodado "Negro" cuyo nombre es Juan Osvaldo Viana, quien obtuvo libertad condicional el 06/08/04. No existe un interno apodado "Corcho" en ese pabellón.-
88. El informe elevado por la División Homicidios de fs. 3.738, respecto a averiguaciones llevadas a cabo en la U.P. Nº 4 a fin de recabar datos sobre las vinculaciones de Lencina, del que surge que el interno Stoup dice que Lencina comentaba que necesitaba $ 2.000 para problemas de salud de su mujer, y le llamó la atención que unos días antes de que fuera detenido por el caso Fernanda, se hizo cortar el pelo con otros internos. Viana que compartió el pabellón con Lencina, dice que lo visitaba un tal "Nene" Ventos.-
89. El informe de la División Homicidios de fs. 3.799, en el que consta que el cuñado de Raúl Monzón apodado “Gato” o “Garfield” se llama Roberto Carlos Alvarez, es remisero, se domicilia en Barrio La Delfina Cortada 664 y Arturo Yancovich, trabajó primeramente en la remisera "Supremo" y luego cambió a la remisera "San Cayetano" donde era chofer del interno 43, Fiat Uno color bordó, dominio APP-420, propiedad de Ricardo Alberto Salvador. A la fecha del informe (27/09/04) Alvarez no trabajaba más como chofer porque fue despedido por el propietario del rodado, por motivos que se desconocen.-
90. El informe de la División Homicidios respecto a tareas de inteligencia relacionadas con Carlos Roberto Alvarez, de fs. 4.856, en donde se averiguó que en julio de 2004 trabajaba en la empresa de "San Cayetano" manejando el interno 43, Fiat Uno color bordó, de propiedad de Salvador, destacando que tal rodado habría salido de circulación por desperfectos mecánicos el día 24/07/04 y comenzó nuevamente a trabajar el 29/07/04. Que Alvarez luego fue despedido y actualmente estaría trabajando en la empresa "Supremo", conduciendo un Renault 19 blanco, dominio CVZ-463, propiedad de Roberto Américo Cabrera. El propietario de la Rotisería 212, sita en Av. Ramírez Nº 1883, Giménez, dijo que el día 25/07/04 como a las 23 hs. Alvarez fue a comprar una pizza conduciendo un vehículo del que no recordaba características pero que iban otras personas en el interior, le pareció ver mujeres. Que Alvarez tuvo una causa en el Juzgado Instrucción 6 por haber transportado en un remis junto a otras personas, un cadáver desde el lugar donde había muerto a una zona aledaña como tratando de esconderlo. Los testimonios referentes a esta última causa fueron agregados a fs. 4.893/4.919.-
91. El informe de la División Homicidios de fs. 5.345/5.355, elevando las constancias relacionadas con el procedimiento en la empresa "San Cayetano" respecto a los movimientos de los móviles Nº 42 y 43, surgiendo que el último no trabajó desde el 24 al 28/07/04; que los datos fueron extraídos del sistema informático de la mencionada empresa; que el sistema deja registrada fecha y hora de los movimientos de los móviles, que esos valores ingresados son asignados automáticamente sin intervención del operador, los datos que se cargan son origen, kilómetros, tarifa y móvil, no fecha y hora, los datos no admiten modificaciones. Se agrega planilla de movimientos del móvil 43 desde el 23 al 30/07/04, el propietario Roberto Salvador también tiene el interno 42 (Renault 9 blanco dominio AMP-820), del que se agrega planilla de movimientos desde el 24 al 26/07/04.-
92. El listado de llamadas del teléfono celular Nº (0343)155-436546 entre el 25 y el 27/07/04 registrado a nombre de Damián Darío Bejarano, de fs. 3.821/3.823 y 3.868/3.870. Las llamadas que según registro se hicieron desde ese celular los días 26 y 27 lo fueron al nº 435-3910 que corresponde a Carlos Poloni, Av. de las Américas 2.000.-
93. El informe policial de que Monzón concurrió a la Escuela en Bovril durante los años 1982/1983/1984, de fs. 3.838 vta..-
94. Las constancias de notas escolares de Monzón, de fs. 3.842/3.846.-
95. El informe policial en que consta que Andrea Lorena Lencina falleció el 27/06/04 y se encuentra sepultada en un nicho del Cementerio Municipal, de fs. 3.949/vta..-
96. Los informes de la División Homicidios sobre nuevos rastrillajes el 12/10/04 en la zona aledaña a la casa de la familia Lencina y en los campos de Tortul, con resultado negativo, de fs. 4.185/4.187, y en la zona de campos aledaños al Cementerio Municipal de San Benito, localizándose una casa abandonada tipo tapera y cerca de la misma un pozo de agua -que los bomberos revisaron con resultado negativo- y a unos metros un árbol con dos ataduras (una de alambre y otra de cable), de fs. 4.218/vta..-
97. El listado de salidas de ómnibus entre las 23 hs. del día 25/07/04 y las 6 hs. del día siguiente, entre los que figura la salida un coche de la empresa "San José" a las 5,15 hs. con destino a Concepción del Uruguay, de fs. 3.438/3.441.-
98. El informe de la empresa "San José" de fs. 4.408/4.409, del que surge que el servicio de colectivo prestado entre Paraná y Concepción del Uruguay el 26/07/04, a las 5,15 hs., lo realizó el interno Nº 65, conducido por los choferes Carlos Horacio Chas y Hugo Norberto Franco.-
99. El informe de Movicom respecto a la titularidad de la línea 155-125720, de fs. 4.380/4.381, que se registra a nombre de Susana Beatriz Lemos, con domicilio en Los Chingolos Nº 2583 de Paraná.-
100. Las constancias de las diligencias llevadas a cabo en San Miguel de Tucumán, a raíz de la declaración de Virginia S. Sotelo, de fs. 4.429/4.485, quien dice que Fernanda Aguirre pasó por la puerta de su casa pidiendo ayuda.-
101. El acta de extracción de sangre a Julio Aguirre y María Inés Cabrol, por el Servicio de Genética Forense, de fs. 2.834, para la realización de prueba de ADN.-
102. Las actas del levantamiento de 13 muestras de hisopados obtenidas de las uñas de los imputados Lencina (7 hisopados) y Chaves (6 hisopados) para efectuar estudio de ADN, de fs. 677/678.-
103. La pericia de ADN sobre el diente aportado por los padres de Fernanda y sobre hisopados levantados en manos de Chaves y Lencina, de fs. 4.734/4.749. Como material indubitable para el cotejo se tomaron las muestras de sangre de Julio Aguirre y de María Inés Cabrol. Se determinó que el diente pertenece a una persona de sexo femenino que, en un 99,999999% sería hija de la pareja Aguirre-Cabrol. El material genético levantado en el hisopado de uñas de los dos imputados (Chaves-Lencina) no coincide con el obtenido en el diente.-
104. El informe elaborado por el laboratorio del PRICAI (Primer Centro Argentino de Inmunogenética de la Fundación Favaloro), remitido por el cuerpo Médico forense de la Justicia Nacional, respecto a estudios de ADN, sobre diente, evidencias (hisopados manos de Lencina y Chaves) y sangre de padres de Fernanda, de fs. 5.276/5.292 Se determinó que el patrón genético presente en el diente (que la madre aportara como de Fernanda) no se encuentra presente en ninguna de las evidencias y además que ese diente pertenece a una persona que no puede ser excluida del vínculo biológico de Aguirre-Cabrol, con un índice de paternidad de la pareja del 99,999999999999%.-
105. Las fotocopias certificadas del legajo del Servicio Penitenciario pertenecientes a Miguel Ángel Lencina, de fs. 4.752/4.754, donde consta que el nombrado gozó de salidas socio familiares desde las 06 hs. del día 23/07/04 hasta las 14 hs. del día 27/07/04.-
106. El informe de la División Homicidios de fs. 4.759, de fecha 8/11/04, sobre una inspección en un pozo sin brocal ubicado en calle 777, en donde se localizó un félido en estado de descomposición, una rama que tenía aparentes restos de piel, elementos pilosos y larvas. El informe químico de la Dirección de Criminalística de fs. 4.816 determinó que los pelos son de origen animal. Para el estudio de larvas se remiten las mismas al Museo Argentino de Ciencias Naturales, que concluye que nada indica que las larvas sean de un cuerpo humano y que los restos de felino pueden ser suficientes para explicar la presencia de dichas larvas -cfr. fs. 5.058 e informe de fs. 5.130-.-
107. La historia clínica de Mirta Analía Chaves, de fs. 4.823/4.836.-
108. Las constancias de las tareas de control de todos los pozos de agua ubicados en las zonas rastrilladas, agregándose las actas de esas inspecciones y el relevamiento planimétrico de los pozos, de fs. 4.982/5.048. El informe final de esta tarea se agrega a fs. 5.049/5.051 y las fotografías ilustrativas a fs. 5.194/5.208.-
109. El informe de la División Homicidios obrante a fs. 4.963, de fecha 14/12/04, del que surge que los vecinos de la zona de Avda. Almafuerte al 4.000 (próxima al puente de hierro) manifestaron no recordar haber visto el automóvil Dodge 1500, color beige, que habría utilizado Raúl Monzón, ni uno de similares características en fecha 25/07/04 desde las 17 hs. en adelante.-
110. Las fotografías de la gomería de la Sra. Kolmman de fs. 5.330/5.334, donde se visualizan las luminarias que existen en el lugar, y la visión que existe desde el interior de la finca hacia la calle a través de las aberturas.-
111. El informe remitido por “J&H Distribuciones”, de fs. 5.356/5.357, en el que consta que ninguno de los fleteros ha sido visto movilizándose en un automóvil Dodge 1500 amarillo descascarado.-
112. Las actuaciones remitidas por el Juzgado del Crimen de Termas de Río Hondo (Santiago del Estero) por hallazgo de manuscrito relacionado con un supuesto pedido de auxilio de Fernanda Aguirre, de fs. 5.077/5.095. El 7/12/04 en Villa Balnearia, Sara Vanesa Lescano, encontró dentro de una botella plástica que flotaba en el Río Dulce, un papel con un pedido de auxilio supuestamente firmado por Fernanda.-
113. La pericia caligráfica practicada por Iturria de la Dirección de Criminalística de la policía local, que concluye que las grafías insertas en ese papel fueron realizadas por Fernanda Aguirre, cfr. fs. 5.137/5.149.-
114. La pericia caligráfica practicada por Carlos Rodolfo Orzuza, perito del S.T.J., de fs. 5.387/5.391 vta., de la surge que no se observaron elementos gráficos de coincidencia entre el reverso del sticker con pedido de auxilio y el manuscrito secuestrado el 8/12/04 y que, en su opinión, las grafías realizadas en este último manuscrito no se corresponden con el patrimonio escritural de Fernanda Aguirre, luego de haber cotejado esos manuscritos con la carpeta y cuaderno suministrados por la madre de la menor, cfr. fs. 5.212/5.224.-
115. La pericia caligráfica realizada por el perito dependiente de la Dirección de Policía Científica de Gendarmería Nacional, de fs. 5.309/5.319, quien concluye que las grafías del trozo de papel no corresponden al patrimonio escritural que refleja la menor Fernanda Aguirre en la carpeta y cuaderno aportados como base de cotejo, y que las grafías insertas en la nota secuestrada el 8/12/04 no se corresponden con el patrimonio escritural que refleja el sticker de "Rotisería Dani".-
116. La pericia caligráfica realizada por Carlos Rodolfo Orzuza, de fs. 5.387/5.391 vta., en donde concluye que las grafías de los 6 manuscritos secuestrados en Plaza Pueyrredón, de Santa Fe, no se corresponden con el patrimonio escritural de quien realizara los elementos de cotejo obrantes en la carpeta y cuaderno a nombre de Fernanda Aguirre, ni tampoco con los manuscritos del sticker "Rotisería Dani", ni con el manuscrito obrante en el trozo de papel secuestrado el 8/12/04. Respecto a la escritura estampada sobre un mueble de una vivienda de calle Pronunciamiento, que se visualiza en fotos, señala que no puede peritarse por no tener la evidencia en original.-
117. El informe de personal de la División Homicidios sobre las tareas de inteligencia e investigación efectuadas en Termas de Río Hondo donde fue encontrada la botella, agregado a fs. 5.174/5.176, el que se ilustra con croquis y fotografías del lugar, a fs. 5.177/5.188.-
118. El informe policial de fs. 5.264, en el que consta que el chofer del colectivo al que ascendieron Alejandra "Choco" Casalino, Delia Lencina y Cristian Torres, sería Carlos Ramón Vergara. A fs. 5.273/5.274 la empresa "Transporte Urquiza" informa y remite planilla de recorrido de colectivos realizado por el chofer Vergara el día 25/07/04 en la línea "E".-
119. El informe de la empresa Multicanal de fs. 5.295, del que surge que el 25/07/04 fue emitido el partido de fútbol Argentina-Brasil por la señal de cable TC Sport a las 17 hs..-
120. El listado de llamadas salientes el 25/07/04 en teléfonos públicos de San Benito, de fs. 5.412/5.425.-
121. El listado de las pericias realizadas por la Dirección de Criminalística, de fs. 5.429, y la Sección Fotografía adjunta relevamientos planimétricos, a fs. 5.430/5.432.-
122. El acta de apertura de sobres con las declaraciones de los testigos que depusieron bajo reserva de identidad, de fs. 5.442/5.444, las que son agregadas a fs. 5.445/5.493.-
123. Las fotografías remitidas por la Dirección de Criminalística, de fs. 5.517/5.531.-
124. El acta de levantamiento de muestras por parte del Lic. Polischuk, de fs. 5.533/5.535 vta, que se ilustra con planimetría de fs. 5.536/5.540.-
125. Los resultados del informe pericial de Geología Forense llevado a cabo por el Lic. Guillermo Polischuk, de fs. 5.724/5.729. La pericia consistió en un análisis comparativo entre las muestras térreas levantadas en distintos lugares (esquina de San Benito donde se presume fue secuestrada la víctima, alambrado ubicado a 50 mts. de ese lugar, zona del árbol donde se presume permaneció la víctima, terreno que limita con el fondo de la propiedad de la familia Lencina, calle del frente de la propiedad de la familia Lencina, calle trasera de la propiedad de la familia Monzón y calle del frente de propiedad de la familia Monzón) con las recogidas del Dodge 1500 secuestrado (se levantaron en la alfombra del conductor y pedalera, en alfombra del acompañante, en las dos alfombras traseras, en el baúl y en los guardabarros), las que arrojaron resultado negativo. Se aclara que un resultado negativo no demuestra la no concurrencia de un individuo o un vehículo al lugar del hecho, solo determina que no hay material adherido de valor pericial que lo demuestre.-
126. El informe del Servicio Meteorológico Nacional, de fs. 5.544/5.545, del que surge que no hubo precipitaciones los días 25 y 26 de julio de 2004, habiendo llovido los días 24 (5mm) y 27/04/06 (3mmm). El Observatorio Naval Argentino informó a fs. 5588 que en esta ciudad el día 25/07/04 el sol salió a las 7hs.55m. y se puso a las 18hs.22m., según hora oficial.-
127. El informe del Secretario de la Unidad Fiscal Móvil Antisecuestro, Dr. Horacio García, de fs. 5.546, del que surge que en la intersección de Av. Jorge Newbery y Ruta Pcia. Nº 12 existe una estación de servicios YPF que se denomina "El Empalme SRL", donde existen dos cabinas de teléfono público cuyos abonados son: 0343-4362713 y 0343-4269085 y, en la parte exterior otra cabina cuyo abonado es 0343-4362998.-
128. El relevamiento planimétrico elevado por la Dirección de Criminalística, de fs. 5.604, ilustrando respecto de la zona del velódromo donde se localizaron restos óseos en fecha 17/09/04.-
129. El informe del Médico forense Dr. Luis Moyano, de fs. 5.662, del que surge que los restos óseos que fueron encontrados el día 17/09/04 correspondían a animales, salvo dos con signos de haber sido quemados que podrían corresponder al conducto auditivo externo, junto a parte de la apófisis mastoidea de un hueso temporal, y dos fragmentos que también podrían corresponder a metatarsianos, presumiblemente de origen humano, los que son remitidos al servicio de Genética Forense para su estudio.-
130. El acta de extracción de muestra de sangre del imputado Monzón, pare realizar prueba de ADN, de fs. 5.360.-
131. El acta del registro del automóvil Dodge 1500 secuestrado, por parte del titular del Servicio de Genética Forense, Bioquímico Gustavo Martínez, de fs. 5.643/5.644. Se obtuvieron dos hisopados del asiento trasero, lado derecho, acompañante del rodado, se encontró un cabello en el baúl que fue preservado en sobre y luego otro de color oscuro que también fue preservado y se localizan adheridos a un trozo de madera cuatro cabellos que fueron ensobrados. Se levanta también una colilla de cigarrillo en el baúl del rodado y del zócalo trasero izquierdo detrás del conductor tres elementos pilosos, del zócalo entre la puerta y asiento trasero detrás del asiento del conductor tres elementos pilosos más.-
132. La pericia genética de fs. 5.766/5.773 vta., para comparar los patrones obtenidos de las muestras de sangre de Lencina y de Monzón con las evidencias levantadas del Dodge 1500 y pelos, cordones y dientes secuestrados entre las pertenencias de Lencina, como también otros efectos que fueron oportunamente secuestrados, arribando a la conclusión de que dos de las colillas de cigarrillos presentan compatibilidad con la muestra de sangre extraída a Monzón.-
133. La pericia caligráfica realizada por el perito del S.T.J. Carlos Orzuza, de fs. 5.652/5.660, para determinar si las dos misivas secuestradas en autos (fs. 1.642 y 1934/vta.) fueron confeccionadas de puño y letra por la imputada Chaves y también las secuestradas en la causa "Lencina, Miguel -su muerte" (del Juzgado de Instrucción Nº 1, que fueron remitidas por oficio que luce a fs. 5.590, siendo una fechada el 2/8/04 y la otra el 5/8/04. A tal efecto fue realizado cuerpo de escritura por Chaves, agregado a fs. 5.565/5.569. La pericia concluye que las dos misivas secuestradas en autos dirigidas a Monzón, pertenecen a la mano escritora de Mirta Analía Chaves y que las dos cartas secuestradas en la causa caratulada "Lencina Miguel- Su muerte" (son las dirigidas a Miguel Lencina) se corresponden también con el patrimonio escritural de Chaves.-
134. El informe de la División Homicidios de fs. 5.664, haciendo saber de la existencia de un pozo tapado con basura, que se encontraría aproximadamente a 150 m. del domicilio de los Lencina, ilustrándose el lugar con el croquis de fs. 5.663, cuya búsqueda en dicho pozo arrojó resultado negativo -fs. 5.695/5.708-. Se agregan fotografías del procedimiento a fs. 5.780/5.791.-
135. El informe de la División Homicidios de fs. 5.681, respecto a la búsqueda en un pozo de agua existente aproximadamente a 100 m. del Cementerio Parroquial de San Benito, cuyas constancias de diligenciamiento obran agregadas a fs. 5.709/5.712, con resultado negativo.-
136. El acta de allanamiento y requisa de la vivienda de Claudio Javier Monzón, hermano de Raúl Monzón, que se agrega a fs. 5.755/5.760, en donde se practicó el secuestro de una sábana, una funda de almohada, un almohadón, una almohada, cuatro cubrecamas, un colchón, un trozo de goma espuma y un mantel, todos por tener manchas, también un cuchillo con manchas y elementos pilosos extraídos de los colchones.-
137. El informe químico de la Dirección de Criminalística, de fs. 5.804, del que surge que las manchas ubicadas en la pared de la vivienda no contienen sangre. Se ilustra el lugar con las placas fotográficas de fs. 5.806/5.823 y el relevamiento planimétrico de fs. 5.824 y 5.940/5.941.-
138. La pericia genética ampliatoria (resultados parciales), practicada sobre diversos elementos secuestrados en la vivienda de Claudio Javier Monzón, de fs. 6.124/6.128, constando que sobre la evidencia A-497-58 (mancha en sábana blanca con flores de la zona central) se observan resultados en 11 de los 12 sistemas polimórficos investigados, los que no son compatibles con los observados de las evidencias oportunamente analizadas.-
139. El informe de la División Homicidios de fs. 5.801, respecto a la búsqueda de información de personas que pudieran haber visto un automóvil Renault 11 o cupé fuego o similar, tomándose conocimiento que en la zona del barrio La Delfina por calle 664, se habría visto tiempo atrás una cupé color roja que habría sido conducida por Rogelio Lemos y que ese rodado actualmente se encontraría en el taller mecánico del Sr. Romero ubicado en Sauce Montrull, corroborándose que en dicho taller estaba una Cupé Fuego GTX patente H 0072440 color roja, siendo el dueño del auto Rogelio Lemos.-
140. El acta de allanamiento y secuestro practicado el 23/5/05 del automóvil Cupé Fuego, de propiedad de Rogelio Lemos, de fs. 5.827/5.828. Se agregan fotografías del rodado a fs. 5.829/5.831.-
141. El acta de inspección ocular de la Cupé Fuego secuestrada para levantar evidencias que se pudieran encontrar, de fs. 5.840/5.841 vta., secuestrándose elementos pilosos y tierra a fs. 5.907/vta.. Se agregan placas fotográficas a fs. 5.909/5.912.-
142. El informe químico Nº Pe-014/0501 de fs. 5.859/5.867, realizado por la Dirección de Criminalística respecto al cotejo morfológico -mediante técnica de observación en microscopio- de los elementos pilosos secuestrados el 24/05/04 del interior del automóvil Renault Fuego GTX con todos los obrantes en el Departamento de Genética Forense (que son los informados a fs. 5794/5) y con los elementos pilosos depositados en Criminalística conforme informe químico Pe 024/881 (son los elementos pilosos aparentemente pertenecientes a Fernanda Aguirre, extraídos de un peine o cepillo entregado por su madre). Se llegó a la conclusión que de todos los elementos pilosos observados, se encontró cierta semejanza entre los elementos pilosos pertenecientes aparentemente a Fernanda Isabella Aguirre y los elementos pilosos rotulados con Nº 2 y Nº 3 del Renault Fuego, aclarando que sólo la prueba de ADN puede asegurar correspondencia.-
143. El informe de la Universidad de Buenos Aires, de fs. 6.046, del estudio de ADN mitocondrial comparativo sobre cinco elementos pilosos (tres levantados de un peine supuestamente perteneciente a la víctima y dos levantados del automóvil secuestrado) y de las manchas de sangre obrantes en la sábana aportada por la madre de la víctima, en donde se concluye que: a) se adjunta la secuencia de la Región Hipervariable I del D-Lopp mitocondrial obtenida a partir de la muestra “sábana con mancha de sangre”; b) en las restantes muestras no se ha hallado material genético analizaba.-
144. Los informes telefónicos y desgrabación de escuchas telefónicas, de fs. 1.872/1.924, 2.115/2.195, 2.362/2.365, 2.387/2.389, 2.512/2.532, 3.231/3.351, 3.503/3.505, 3.992/4.007 y 4.637/4.658; el informe de intervenciones de llamadas telefónicas de la U.P. Nº 6, de fs. 3.013; el listado de llamadas entrantes y salientes correspondientes al Nº (0343)154-052928 de titularidad de María Emilia Aguirre, de fs. 3.275/3.276; el listado de llamadas del Nº (0343) 497-5002 de titularidad de Adela Schonfeld, de fs. 3.277/3.279; el listado de llamadas del Nº (0343) 511-7631 perteneciente a Alejandra Pamela Casalino, de fs. 3.280/82; y el listado de llamadas entrantes y salientes del Nº 497-3342 (familia Aguirre) del 20 al 28/07/04, de fs. 3.327/3.337.-
145. El informe del entrecruzamiento de llamadas telefónicas realizada por la División Antisecuestro de Policía Federal en base a los listados obrantes en la causa, que se agrega a fs. 5.068/5.072, no logrando individualizar ningún tipo de contacto entre los diferentes abonados.-
146. El informe conteniendo VAIC (Vínculos por Análisis Informático de las Comunicaciones), llevado a cabo por la Unidad Especial de Investigación del Crimen Organizado, de fs. 5.922/5.933, volcado en un CD que se reserva en Secretaría, confeccionado sobre un total de 75.127 comunicaciones, el que se actualiza en base a nuevos números telefónicos remitidos por la División Homicidios a fs. 5.945, elevando CD conteniendo VAIC con un total de 75.203 comunicaciones, que se agrega a fs. 5.947. A fs. 6.030/60 se agrega el informe de la Dirección General de Investigaciones de Delitos Complejos relacionado con el vínculo por Análisis Informático de las Comunicaciones, adjuntando un CD con la información donde se encuentra el V.A.I.C. confeccionado el cual contiene la cantidad de 78.748 registros de comunicaciones, no arrojando su lectura elementos de interés para la causa.-
147. El informe químico Nº Pe-015/0552 de la Dirección de Criminalística que obra a fs. 5.943, respecto al cotejo morfológico de los elementos pilosos obrantes en esa Dirección, en particular los levantados en el interior del automóvil Renault Fuego GTX que no fueron remitidos para ADN, con los elementos pilosos extraídos del cadáver de Lencina, en donde se concluye que no se encontró correspondencia entre los elementos pilosos pertenecientes a Lencina y los ya descriptos en el informe químico Nº Pe-014/0501.-
148. El informe pericial del Sub Comisario Lic. Polischuk, dependiente de la Dirección General de Policía Científica de la Provincia de Buenos Aires, agregado a fs. 6.216/6.219, sobre el estudio comparativo de los resultados obtenidos de las muestras levantadas de los distintos lugares de San Benito y Paraná, con las del vehículo Renault Fuego secuestrado, el que arroja resultado negativo.-
149. El acta de inspección ocular labrada con motivo de la búsqueda en dos pozos semitapados, que se ubican en la zona del velódromo, en calle Tibiletti y una cortada, agregada a fs. 5.971/5.972 vta., con resultados negativos.-
150. Las 6 tomas digitales (de los claveles secuestrados) junto con relevamiento planimétrico elevados por la Dirección de Criminalística, de fs. 5.982/5.983.-
151. Las tomas fotográficas de fs. 6.017/6.023, obtenidas en el lugar de la excavación realizada en fecha 22 y 23 de julio del año 2005, en cuatro pozos ubicados en la zona de calle Londero y Hernandarias y adyacencias.-
152. Las actas de inspección judicial y secuestro, de fs. 6.052/57, mediante las cuales se procedió a la colocación y levantamiento de las gasas, con huellas olorosas, a fin de ser peritadas por el can adiestrado al efecto, en el automóvil Dodge 1500 y en el automóvil Renault modelo Fuego GTX 2 litros; las actas de inspección judicial y secuestro de fs. 6.060/6.063, labradas en el domicilio que habitaba Fernanda Aguirre; las actas de allanamiento y secuestro de prendas y levantamiento de huellas olorosas, practicado en la finca de Raúl Monzón, sita en calle 664 de esta ciudad, agregada a fs. 6.067/69; el acta de allanamiento y secuestro practicado en la finca de calle 664 s/n, domicilio habitado por Claudio Monzón, de fs. 6.071/6.073, lugar donde se procede al secuestro de elementos del mencionado y al levantamiento de huellas olorosas; y las actas de allanamiento y de secuestro en los domicilios de María Rosa Monzón –fs. 6.075/6.077-, Delia Lencina –fs. 6.079/6.081-, y Ester Torres -fs. 6.083/6.085-. A fs. 6.131/6.152 obran las fotografías tomadas en el momento del levantamiento de las muestras. A fs. 6.087/6.089 se agregan actas de allanamiento y secuestro formalizado en la Unidad Penal N° 6 de Paraná, en la celda ocupada por la imputada Chaves, procediéndose al secuestro de prendas de vestir y levantamiento de huellas olorosas de la mencionada. Placas fotográficas a fs. 6.152/6.165.-
153. La pericia odorológica sobre los elementos secuestrados concluye a fs. 6.109/6.116, que: a) El can identifica olfatoriamente por comparación, moléculas de descamación pertenecientes a Fernanda Aguirre extraídas del asiento trasero del vehículo Dodge 1500, como así también las extraídas del vehículo Cupé Fuego, baúl lado derecho; b) El can no identifica olfatoriamente por comparación moléculas de descamación pertenecientes a Lencina, extraídas del Dodge asiento trasero y asiento acompañante delantero. Sí identifica moléculas del mencionado extraídas del vehículo Coupe Fuego asiento trasero y delantero del conductor; c) El can identifica olfatoriamente por comparación moléculas de descamación pertenecientes a Monzón en el vehículo Renault Fuego asiento trasero y delantero conductor; y d) El can no identifica olfatoriamente por comparación moléculas de descamación pertenecientes a Chaves, en el vehículo Renault Fuego asiento trasero y delantero conductor, sí identifica en el vehículo Dodge asiento trasero, asiento delantero acompañante.-
154. El itinerario que habrían realizado Miguel Lencina y Mirta Chaves el día 25/07/04, elaborado por el Perito del S.T.J., Ricardo Bocedi, de fs. 6.325/6.328.-
155. El examen médico-forense de Chaves, de fs. 592, indicando que es psíquicamente normal, siendo capaz de comprender la criminalidad de sus actos y de dirigir sus acciones en los delitos que se le imputan. En el mismo sentido, dictaminó el Sr. Médico Forense en relación con Miguel Ángel Lencina a fs. 593.-
156. El informe psicológico y psiquiátrico realizado a la imputada Chaves, por el equipo técnico del Juzgado de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de esta ciudad, integrado por el Lic. en Psicología Roberto Luis Sturla y el Médico psiquiatra Guillermo Gabriel Masón, agregado a fs. 5.883/5.885. Se concluye, respecto a su perfil de personalidad que la examinada posee un perfil de personalidad, de acuerdo al DSM IV, compatible con el Trastorno Límite de personalidad. No se observó ni corroboró tendencia a la mendacidad, no habiéndose evidenciado dudas, titubeos, incongruencias, incoherencias ni tics. Respecto a la influencia que ejercía sobre ella Miguel Lencina, sostienen que, por las características de personalidad de la examinada, es probable, que pueda ser víctima de manipulación y de influencia por parte de terceros.-
157. El informe del R.N.R. de la imputada Chaves, de fs. 1.168/1.169.-
158. El informe Médico forense del imputado Monzón, de fs. 1.419/vta..-
159. El informe del R.N.R. del imputado Monzón, de fs. 2.986/2.988.-
160. El informe pericial Nº 6.989, practicado por el perito del S.T.J.E.R., Carlos R. Orzuza, del que surge que “la firma en el acta de denuncia obrante a fs. 12/vta. pertenece al patrimonio escritural de Julio Domingo Aguirre, es decir es auténtica”.-
161. El informe de la Unidad Penal Nº 6, de Paraná, Servicio Penitenciario de Entre Ríos, de fecha 21/11/07, del que se desprende que desde el ingreso de la interna Chaves a esa Unidad Penal, en fecha 31/7/04, la misma fue alojada en la Celda Nº 1 del Sector de aislamiento, hasta el 15/11/04, en que fue alojada en el pabellón Nº 3; que la celda Nº 1 no la compartió con ninguna detenida; que entre el 8/8/04 y el 14/10/04 la ex – interna Gretel Cecilia Raquel Fernández fue alojada en la celda Nº 2 de aislamiento; que entre el 16 al 18/10/04 fue alojada en la celda Nº 2 de aislamiento la ex interna María Eugenia Morinigo; que entre 30/10/04 y el 1/11/04 son alojadas en la celda Nº 2 de aislamiento las ex internas Xiomara Janet Rebosio y Romina Araceli Quiroga; y que el 1/11/04 la ex interna Fernández es alojada nuevamente en la celda de aislamiento.-
162. El informe pericial Nº 6.997, practicado por el perito del S.T.J.E.R., Carlos R. Orzuza, del que surge que “las palabras y números obrantes en el croquis de fs. 257, corresponde al patrimonio escritural de Julio Domingo Aguirre”.-
163. El parte policial de fecha 29/11/07, elevando el disco compacto en formato DVD, que contiene una copia del videotape del programa “De igual a igual”, transmitido el 21/11/07, por el canal Cablevideo Santo Tome, provincia de Santa Fe, y que fuera entregado por el citado canal.-
164. El informe de la Unidad Penal Nº 6, de fecha 27/11/07, del que surge que la ex interna Gretel Cecilia Raquel Fernández ingresó por orden del Juzgado de Instrucción Nº 2 de Concepción del Uruguay y egresó por el Juzgado de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Gualeguaychú.-
165. Las actuaciones elevadas por la Jefatura Departamental Uruguay, de fecha 29/11/07, informando que Gretel Cecilia Raquel Fernández falleció el 3/6/07 en Rosario, provincia de Santa Fe, adjuntando el certificado y constancias pertinentes.-
166. Los autos caratulados “Straube, Malvina Soledad; Monzón, Norma B. y Otro s/Ley 26.061”, que tramita por ante el Juzgado de Familia y Menores Nº 2, Sec. Nº 2.-
6) A su turno, en el momento de la discusión final, las partes acusadoras privadas y públicas formularon los correspondientes alegatos, acusando a Chaves y a Monzón y solicitando penas. Así, el Dr. Julio Federik, letrado apoderado de la parte querellante, se pronunció en primer lugar enunciando los motivos que tuvieron las numerosas fuerzas de seguridad desplegadas en el caso, por la desaparición de Fernanda Aguirre, y explicando que todas las autoridades que se pusieron a disposición de sus representados, manifestando que allí es donde fracasa la “teoría de la confabulación” esgrimida por la defensa, que estimó era una “canallada”, respecto de la cual se había encargado de demostrar que no era así. En su alocución expresó que todo juicio era un teorema y que la tarea de la sentencia debía consistir en el armado de la plataforma fáctica, a lo que contribuyó el juicio oral, porque muchas hipótesis quedaron desvirtuadas gracias a la inmediatez del mismo y el contacto directo con los testigos. Indicó que en un hecho de estas características es difícil encontrar prueba, y recordó la causa “ Marcos”, y el valor de la prueba documental, destacando que el método de la sana crítica es el que obliga a utilizar la inteligencia para reconstruir, y por ello se pudo saber lo que pasó antes del secuestro, y reconstruyó el episodio a partir de la testimonial de Casalino, el tiempo y modo en que Lencina y Casalino quedan solos y se separan de Chaves, poniendo el acento sobre el hecho de que fuera la propia Chaves la que llevara el dinero- ya que Lencina le pide los $10 para hacer “debutar” a Casalino. En ese mismo orden, señaló como fue que la capturan a Fernanda Aguirre, y que es lo que ésta podía hacer para defenderse: decirles que sus padres tenían plata, que no la mataran, ante la amenaza con un arma, que dio por sentado estaba en manos de Lencina, conforme los dichos de los testigos que valoró. ; hipotetizó sobre el mandado a Casalino que hablara con Chaves para que contacte a Monzón, y que para ello le dio el dinero, ya que era su hombre de confianza, y sobre el que sabía, disponía de un auto. También indicó cuales eran los motivos del porque, a su juicio, Lencina no la mata allí a Fernanda, y se la lleva cruzando campos; detalló la hora en que llegaron a la casa de los Lencina, y como todos “despejan el área”, ya que el perro de la policía llegó allí buscando el rastro de Fernanda a las 4 de la mañana, dijo; luego de atarla, cosa que dedujo del bolso con cordeles que portaba Lencina, hacen el primer llamado extorsivo. Explicó qué era lo que hicieron luego la pareja Chaves y Lencina, y cuando hacen el segundo llamado; que están verificados en autos tanto los llamados como la entrega de dinero; las razones por las cuales aparece Monzón en el episodio, - porque las que llevaron a forzar a Fernanda a ir a lo de la familia Lencina ya habían desaparecido- y dio por sentado como fue que Lencina y Monzón arreglaron lo del auto, le dio importancia a la testigo de la gomería, y al testigo sereno, que los ve cuando paran en lo de Colman. También dio por acreditado que se usó el auto de Monzón para trasladar a Fernanda, y que la misma Chaves se encontró con Aguirre, con quien tuvo un breve diálogo, ya en el puente de hierro; también señaló porqué se fueron luego a la Terminal y no a lo de Monzón, y es allí, en la Terminal, donde hacen la cuarta llamada. Hizo consideraciones sobre el valor de la confesión, y el sistema de la sana crítica, como así también, del valor de la prueba científica, y el valor de la prueba indirecta. Dio por desacreditado el descargo que formulara Monzón, y le otorgó un especial valor a las cartas que Chaves le quiso enviar y a su contenido. Para concluir la participación de Monzón, valoró el testimonio de la psicóloga, la prueba odorológica, la existencia del boquete en su casa, y señaló que Chaves, al verse desprotegida, tiró unos naipes de verdad, y algunos de mentira: que el relato de la misma solo pudo saberlo alguien que lo ha vivido, y que Chaves escuchó que Lencina le diera cien pesos a Monzón. Remarcó la credibilidad de los testigos Colman, y la conducta posterior al hecho desplegada por Monzón, que a su entender terminaba de involucrarlo, y concluyó señalando la importancia de la prueba indiciaria que no es el hecho solo, sino lo que intelectiva, crítica y racionalmente se destaca del hecho.-
El restante letrado apoderado de la parte querellante, Dr. Leandro Ríos, por su parte, inició su alegato resaltando que lo único que sabía hacer era argumentar con razonamientos sistemáticos y usar la lógica jurídica, que evita dos cosas: arbitrariedad e improvisación. En ese orden, prosiguió señalando que Chaves consumó el hecho comunicando el mensaje extorsivo, que era una tarea importante en el reparto que supone el delito de secuestro extorsivo: Chaves, dijo, no sólo ayudó sino que tomó las riendas del suceso. Destacó e indicó expresamente cuales eran las razones por las cuales no podía desconocer Chaves que Fernanda era menor de edad, y la prueba que así lo acreditaba, y que la agravante era perfectamente conocida por la encartada. Argumentó extensamente sobre la imposibilidad de encontrarnos con el miedo insuperable que alude Chaves, respecto de quien también indicó que tiraba una verdad y una mentira cada vez que declaraba, dando razones. Descartó la coacción en la que dice haber estado sumida Cháves, y resaltó la buena relación matrimonial del binomio Chaves- Lencina, la que entendió era normal, por la que le resultaba difícil creer en la amenaza realizada en su descargo por la imputada. La coacción la descartó por once argumentos que detalló, citando copiosa doctrina, y que comprendía, sentaban no sólo la no existencia de amenazas por parte de Lencina a Chaves, sino su participación en el hecho. Consideró la participación de Monzón, además, sobre cinco argumentos basales, y finalmente solicitó, dando razones sobre la fundamentación de la determinación de la pena, cuyo techo es la culpabilidad de autor, dijo, se declarara a Chaves coautora y se le aplicara una pena que va desde los 18 años y seis meses a veinte años, y se lo declarara a Monzón, partícipe primario del delito de secuestro extorsivo agravado por la minoría de la víctima y se le aplicara una pena que se determinara en un submarco desde los 14 años a los 18.-
Al momento de formular la acusación, la Fiscalía de Cámara coincidió en el pormenorizado relato que realizara la querella al que se adhirió, señalando y acentuando las razones por las cuales entendía que Chaves no habría obrado coaccionada, indicando que sostendría la acusación que formulara el agente fiscal en la requisitoria de elevación a juicio. Entendió que conforme la prueba testimonial y documental que valoró, en especial las cartas del puño de Chaves estaba acreditada la materialidad del hecho y la coautoría de Chaves, que también había quedado demostrada; dio extensas razones por las cuales no la consideraba que habría actuado en el caso bajo coacción, amenaza, ni consideró que estuviera acreditado que fuera una mujer golpeada o sojuzgada por su marido, y solicitó se le aplicara una pena de 20 años de prisión más accesorias legales; en cuanto a Monzón, entendió que debía declarárselo partícipe secundario de secuestro extorsivo, y se le debía aplicar una pena de once años de prisión más accesorias legales.-
En el alegato defensivo, la defensa técnica de la imputada Mirtha Chaves, a cargo de los letrados Nora Lanfranqui y Humberto Franchi, indicaron en primer lugar que adherían a lo solicitado por la fiscalía, pues la querella excedió, a su entender, el límite de la acusación que era la requisitoria fiscal. Plantearon la validez de la denuncia, pues Julio Aguirre reconoció en audiencia que él no la había firmado; que Erlich varió su testimonio, y destacaron la increíble e insólita visita que el gobernador le hiciera a su defendida en la celda que ocupaba; indicaron las razones por las cuales consideraban que Chaves no había entendido nunca que se trataba de una menor de edad, y la coacción, el miedo y la amenaza en la que había obrado su defendida, a instancias de su marido. También resaltaron quien era Lencina, sus características, y sostuvieron la última declaración indagatoria de Chaves, dando detalles de porque era creíble. Señalaron además el estado de indefensión en que el habría estado Chaves durante todo el proceso, la particular situación en la que el abogado Deaguirre llega a defenderla, y la personalidad de la encartada, que quedó de manifestó con la prueba que obra en el expediente. La Dra. Lanfranqui, por su parte, indicó que no podía ser condenada como coautora porque ello no era una figura que existiera en el código penal, y que su defendida nunca tuvo el dominio del hecho ni las riendas del suceso; que nunca hizo un acuerdo de división de funciones y destacó su carácter sumiso y sometido a un marido violento, al que describió como psicópata; concluyó pidiendo que se incluyera a su defendida en el art. 34 inc. 2 y 3, entendiendo debía ser exculpada por su intervención, destacando además la vis compulsiva en la que se vio inmersa. En forma subsidiaria, solicitó se le aplicara el art. 4 del C.P.P., que no se aplicara la agravante en el caso de ser condenada, porque estimó quedó descartado el conocimiento de Chaves de la minoría de la víctima y por último, solicitó no se tomara la sumatoria de indicios como prueba, y en subsidio se le aplicara el beneficio del art. 41 ter. del C.P..-
Finalmente, la defensa técnica de Monzón, a cargo de los Dres. Pagliotto y Vernengo, solicitaron la absolución de su defendido por entender que no había tenido ninguna participación en el evento, acentuando y destacando las numerosas irregularidades del proceso, la dudosa intervención de las fuerzas de seguridad, la tortura sufrida por el mismo Monzón y su hermano, y destacaron la poca credibilidad de varios testigos, en especial de Colman y el sereno, por lo que resultaba imposible que el auto de Monzón estuviera en el lugar, lo que vieron corroborado además por prueba que señalaba que el mismo no andaba a la época del hecho; destacaron extensamente la infantilidad del razonamiento de la acusación, del “trabajo” de Monzón por cien pesos a Lencina, desacreditando la versión de Chaves en su totalidad.-
7) Ingresando a la valoración de las pruebas reunidas y analizando las posturas de las partes en el debate, adelanto mi conclusión coincidente en lo esencial con los Señores Representantes del Querellante Particular y con el Señor Fiscal de Cámara, en relación a la acusación formulada a la imputada Chaves, no así respecto al encartado Monzón, por las consideraciones que expondré.-
En este extenso proceso se han colectado los elementos probatorios necesarios para arribar a un pronunciamiento condenatorio en contra de Chaves, ya que el suceso histórico que se describe en las acusaciones privada y pública ha quedado demostrado racionalmente por pruebas con aptitud suficiente para hacer madurar en el plano intelectual el pleno convencimiento de la existencia del mismo y de la coautoría de la procesada, comprobándose ambos extremos de forma tal que resultan evidentes.-
Por el contrario, respecto a Monzón, el amplio plexo probatorio mensurado no resulta idóneo para conmover la presunción de inocencia de la que goza toda persona en un estado de derecho, siendo éste un principio de rango constitucional.-
Así, cabe recordar que nuestro sistema de valoración probatoria se enrola en el llamado principio de la "sana crítica racional" o "libre convicción", en el cual el Juez debe efectuar un análisis de las probanzas colectadas sujeto a las reglas de la psicología, la lógica y la experiencia, que le permita arribar a su conclusión en la sentencia, que deberá ser motivada. En este sistema no existen reglas legales predeterminadas como ocurría en el antiguo sistema inquisitorial de la prueba tasada, que dejaba al magistrado muy escaso margen para decidir y le impedía en muchos casos establecer la verdad real, aspiración del proceso penal.-
No obstante, siguiendo a Jorge E. Vazquez Rossi (Curso de Derecho Procesal Penal, Rubinzal- Culzoni, T. II, págs. 229/239), es acertado advertir que "Lo que el proceso penal alcanza es una declaración aproximativa de la verdad convencionalmente aceptable en la medida en que cumple con requisitos normativamente establecidos y a los que dota de plausibilidad jurídica por la invocación explícita de ciertas constancias e implícitas por el convencimiento subjetivo de los juzgadores. Esa reconstrucción efectuada mediante una actividad oficial sujeta a reglas no es una auténtica indagación de la realidad, sino la búsqueda de una plausibilidad social y jurídica. Pero cabe insistir en que esto es todo lo que pueda alcanzar el proceso, una verdad de índole procesal, sujeta a reglas de juego que son en definitiva, garantías...".-
8) En primer lugar, concretando la mensuración del amplio conjunto probatorio en relación a la materialidad del hecho investigado y la coautoría endilgada a Chaves, surge con meridiana claridad la plena acreditación de la sustracción de Fernanda Isabella Aguirre, de 13 años de edad, el día 25 de Julio de 2.004, con la finalidad de cobrar un rescate de $ 2.000, exigido a través de 3 llamados extorsivos realizados a las 19,33, 20,30 y 20,37 horas al teléfono de la familia Aguirre Nº 0343-4973342, cuyo pago fue efectivizado por el padre de la víctima Julio Domingo Aguirre, dejando el dinero después de las 21,00 horas sobre el Puente de Hierro de Avenida Almafuerte, no obstante lo cual aún continúa la retención y ocultamiento de la menor. Estos extremos que surgen del parte policial de fs. 9 se han demostrado con las declaraciones claras, creíbles y contestes de Julio Domingo Aguirre, María Inés Cabrol, María Emilia Aguirre, Adrián Daniel Schonfeld, Ulises Leonidas Alvarez y Ernesto Isaías Erlich, entre otros testigos, y con los informes del listado de las llamadas telefónicas realizadas a dicho teléfono.-
De éstas y otras probanzas se desprende también con total certeza que el rescate fue levantado sobre el Puente de Hierro por una pareja, un hombre y una mujer, alrededor de las 22,00 horas, y que ya al inicio de la investigación -cuando el padre de la víctima fue a dar la “notitia criminis” a la autoridad policial- se mencionó que podría tratarse de integrantes de la familia Lencina, a partir de los dichos de Erlich que constan en la comunicación policial y en sus declaraciones en la Fiscalía Federal. Decía allí el testigo que podría tratarse de una hermana del Jorobado Lencina y un hombre, cuyas características físicas brindaba, aclarando que hizo referencia a la hermana de Lencina porque cuando pasa algo en la zona siempre sospechan de “los Lencina”.-
Esa sospecha inicial fue confirmada durante el desarrollo de la investigación mediante pruebas concretas y objetivas, que lograron determinar la participación coautoral de Lencina –sobreseído por extinción de la acción penal- y su esposa Mirta Analía Chaves.-
Así, reconstruyendo las distintas secuencias desde el inicio de este lamentable hecho, en base a los testimonios prestados en el debate y confirmados por el resto de la prueba cargosa válidamente producida e introducida por lectura, cabe afirmar que está demostrado con los relatos de Jonathan Luis Nazareno Casalino y su hermana Andrea Elizabeth Casalino –de 13 y 12 años de edad respectivamente a la fecha del ílicito-, que en horas del mediodía del 25/7/04 salieron a caminar con su tío Miguel Angel Lencina y Mirta Analía Chaves desde la vivienda de la familia Lencina, tomando por las vías en dirección a Caputo, recorriendo luego distintas calles de la zona –que los menores describen en forma coincidente-, hasta subir a un colectivo que los llevó hasta el cementerio parroquial de San Benito, en donde los cuatro descendieron. Los hermanos Casalino concuerdan en que Lencina llevaba un revolver viejo en la cintura –Jonathan Nazareno dice que le pareció un 22 y su hermana que era un 38 con cinta negra en el cabo- y que en algunos tramos del trayecto el arma fue llevada por Chaves, también en la cintura debajo de la ropa, indicando concretamente que su tío y la esposa “jugaban” con el arma de fuego y que Lencina se la daba a Chaves cuando pasaban por alguna comisaría.-
También ha quedado probado que Lencina intentó entrar al cementerio y, como estaba cerrado, dieron la vuelta caminando en dirección a Avenida Friuli, por la que se dirigieron hacia el centro de San Benito, y al llegar a calle San Martín doblaron hacia calle Federación, doblando nuevamente para pasar por el frente del cementerio Parque de la Paz y del parroquial. Aquí los menores son contestes en que Lencina quería asaltar un puesto de flores, insistiendo con ello en varias oportunidades, pero desistió ante la rotunda negativa de Chaves primero, y de Jonathan Nazareno Casalino después, cuando ambos quedaron solos, una vez que la encartada y Andrea Casalino regresaron a la casa de calle Hernandarias al final, previo dejarle Chaves a Lencina el arma de fuego y los $ 10 que éste le pidió para hacer debutar sexualmente a su sobrino. En este punto Andrea da una versión distinta en el debate, diciendo que fue Lencina quien le dio dinero a Mirta.-
Miguel Angel Lencina y Jonathan Nazareno Casalino se separaron de Chaves y de Andrea en el mismo lugar donde los cuatro habían bajado del colectivo, según se desprende de los dichos de los menores. Por su parte, la encartada y la menor Casalino, luego de detenerse a comer en la estación de servicios ubicada en la ruta 12, volvieron a la vivienda de donde partieron, arribando aproximadamente a las 16,00 horas. Este extremo –la llegada y el horario- de las dos nombradas es confirmado plenamente por el testigo Cristian Fabián Torres, quien además refiere claramente que se encontraban tomando mate con su prima “Eli” Lencina cuando llegó Chaves y Andrea, y al preguntarle a la imputada por Miguel dijo que se había quedado con unas “chichis” o con unas “locas”.-
Ahora bien, los sucesos demostrados hasta aquí han sido reconocidos por Chaves en su indagatoria de fs. 2.916/2.920 y en la prestada en el debate, a excepción de las intenciones que tenía Lencina de asaltar un puesto de flores. La encartada inclusive reconoce en esas indagatorias que Lencina llevaba un revolver –cree- calibre 38.-
A partir del momento en que Lencina y su sobrino quedaron solos es de vital importancia el relato de este último, quien señala que ambos volvieron a la intersección de calles Federación y San Martín, de San Benito, sitio donde se produjo el infortunado encuentro de Lencina con la joven y desprevenida víctima.-
Jonathan Nazareno Casalino relata en la audiencia que antes de que pasara Fernanda, Lencina había intentado interceptar a una chica para robarle pero no logró hacerlo porque había gente, y en su declaración de fs. 2.926/2.927 había mencionado que fueron dos las mujeres que persiguió su tío, una de ellas de unos 20 años que se fue hacia el centro de San Benito y otra que ingresó al cementerio privado.-
Cabe aquí destacar que la adecuada ponderación de estas declaraciones de los menores Casalino es un indicio importante del conocimiento por parte de Mirta Analía Chaves de que Lencina permaneció en San Benito con la intención de llevar a cabo un delito contra la propiedad, porque éste así se lo manifestó delante de sus sobrinos y porque ella antes de irse le entregó el arma.-
Ahora bien, según se desprende del relato de Casalino, avalado por los testigos que referiré, al rato pasó Fernanda Aguirre por el lugar, quien venía caminando por calle San Martín y dobló por Federación, hacia la zona de los cementerios.-
Confirman el paso de la víctima por esa intersección el relato de María Inés Cabrol y su hija María Emilia Aguirre, quienes declaran en forma concordante que Fernanda llegó a la florería cerca de las 2 de la tarde a buscar tres claveles para una vecina, estuvo un rato y se fue caminando nuevamente hacia su casa. La vecina que había encargado las flores es Angela Guadalupe Sosa, quien corrobora lo aseverado, manifestando que eran aproximadamente las 13,30 horas cuando le pidió a Fernanda las flores y, como no tenía en la casa, la nena se ofreció para buscarlas del puesto de su mamá.-
La presencia de Lencina y Casalino ha quedado plenamente acreditada con la declaración testimonial de Eduardo Daniel Ledesma, empleado de la florería de Segovia ubicada sobre calle San Martín, quien relata que cruzó 4 veces caminando por la esquina mencionada y vio en todas las oportunidades a dos sujetos, uno mayor y otro de unos 14 o 15 años –a los que el testigo describe con precisión, señalando que el más grande tenía el cabello negro, tipo melena, a la altura de los hombros-, reconociendo con seguridad a Lencina en galería fotográfica y en la rueda de personas practicada en la Fiscalía Federal de Paraná. El testigo destacó que Lencina se había cortado el pelo, ya que le veía el cabello más corto.-
Sebastián Andrés Gonzalez Nader confirma también que observó a dos personas de sexo masculino en la esquina de Federación y San Martín, afirmando que los vio dos veces, una cuando iba al centro de San Benito desde el puesto de flores de su madre, ubicado frente al cementerio Parque de la Paz, y la otra cuando regresaba. El testigo describió también a estos sujetos –uno mayor y otro joven- y reconoció por fotos a Lencina y en la rueda de personas lo señaló pero “no con total seguridad”. Gonzalez Nader agrega que vio a Fernanda en la segunda oportunidad caminando en dirección a Lencina, unos 100 metros antes de llegar a la esquina. A decir verdad, el relato de este testigo no resulta del todo convincente, o al menos aparece como impreciso.-
A esta altura, debemos retomar el relato de Jonathan Nazareno Casalino, único testigo presencial de la sustracción de Fernanda Aguirre llevada a cabo por su tío Lencina. El menor declaró en la audiencia que vio pasar a Fernanda en dirección al cementerio por la vereda donde ellos estaban y que al rato volvió por la vereda de enfrente, que Lencina le había dicho que la iba a agarrar, se cruzó y la agarró del cuello, pasando al campo que está en diagonal a donde ellos estaban parados, apuntándola con el arma de fuego y obligándola a caminar por un campo sembrado hasta llegar a unos arbustos. Dice Casalino que dentro del campo Lencina soltó a Fernanda y la llevó apuntando con el arma, y que luego de atravesar el sembrado la sentó debajo de un árbol y ahí le preguntó a él “si quería estar con ella”, pero ante su negativa le dio $ 10, diciéndole "dale a la loca esto". Sostiene que Lencina le preguntaba a Fernanda si los padres tenían plata, que la nena le respondió que sí, que el padre trabajaba, pero no recuerda si Fernanda le dijo quién era o si Lencina le preguntó quién era. Agrega que Lencina le dijo a él que iba a pedir el rescate y la iba a soltar.-
No puede soslayarse lo desgarrador que resultó escuchar esta narración de los momentos vividos por Fernanda Aguirre cuando es sustraída con violencia por Lencina, sorprendida en una esquina tranquila de San Benito en forma artera, cuando iba con la inocencia de su edad y de niña de pueblo a cumplir con el encargo de una vecina, y la frustración que significó el hecho de que el menor Casalino no saliera del libreto tantas veces repetido -que pareciera el único autorizado por el entorno familiar-, dejando la sensación de que oculta alguna de las respuestas que buscamos sobre el destino de Fernanda. Sin dudas aquí se pierde el rastro de la víctima cuya búsqueda continúa incesantemente hasta la fecha.-
Ahora bien, el posterior arribo de Jonathan Nazareno Casalino a la vivienda familiar en calle Hernandarias al final, está demostrado con sus propios dichos y los de su hermana Andrea Elizabeth Casalino y Cristian Fabian Torres. Surge de la declaración de Andrea que su hermano llegó antes de la nochecita, aproximadamente una hora después que ella y Mirta Chaves, y que Lencina lo hizo más tarde; que su hermano la “jodía” a Mirta diciéndole que Miguel se había quedado con una rubia. Torres confirma en lo esencial estos relatos. Por su parte, Chaves también reconoce esto en sus indagatorias. A su vez, tanto el menor Casalino como Chaves coinciden en que el primero hizo efectiva la devolución de los $ 10.-
En síntesis, se ha demostrado sin hesitación que la primera etapa de la conducta típica –la sustracción de la menor, privándola de la libertad- fue realizada por Lencina, en circunstancias en que se encontraba acompañado por el menor Casalino.-
Posteriormente, de acuerdo a las propias declaraciones de Cristian Fabian Torres y Alejandra Pamela Casalino, está acreditado que ellos y Delia del Rosario Lencina, (a) Eli, hermana de Miguel Angel Lencina y madre de la segunda, se retiraron aproximadamente entre las 19,00 a 19,30 horas de la casa de Casalino -ubicada al lado de la vivienda de Ester Torres- y se dirigieron hacia Avenida Almafuerte, para ir al centro a jugar al pool.-
Ejerciendo su defensa material Chaves relató que cuando llegó Miguel Angel Lencina a la casa de su madre, a eso de las 19,00 horas, la invitó a ir a comprar algo para comer y se dirigieron hacia un comercio de Avenida Almafuerte.-
Aquí la acción desplegada por Lencina y la imputada se sitúa ya en la despensa “Granja Shop”, dando comienzo a la segunda fase de consumación de este delito permanente, el de las 3 llamadas extorsivas realizadas por Chaves pidiendo el rescate para la liberación de Fernanda Aguirre y el posterior cobro del monto exigido.-
Se ha demostrado cabalmente la efectiva realización de los llamados y en los horarios indicados, con la declaración de un testigo de suma importancia para el esclarecimiento del hecho, Andrés Gabriel Ledesma Bellmann, empleado de Granja Shop, quien declaró por primera vez el 28/7/04 en la causa, aportando que entre las 19,20 y 19,40 horas llegó una pareja al negocio a realizar una compra, él les cobró y la mujer le pidió que le diera monedas para hablar por teléfono. Describe a estas personas, pero con mayor precisión al hombre porque –dice- le prestó atención porque tenía “cara de delincuente”. En los reconocimientos en rueda de personas practicados en la Fiscalía Federal el testigo reconoce a la encartada Chaves como de semejante contextura física a la mujer que habló por teléfono y a Lencina “con certeza”. Ledesma Bellmann refiere en sus declaraciones en la etapa investigativa y lo confirma en el debate que la mujer después de recibir las monedas realizó el primer llamado, desde el teléfono semipúblico ubicado en el frente del local, y que el hombre se encontraba al lado pero no hablaba. En las dos oportunidades que declaró durante la instrucción mencionó que a las 20,30 horas aproximadamente la mujer regresó desde el lado del puente de hierro y habló nuevamente por teléfono, pero esta vez venía sola. En el debate el testigo se rectifica, diciendo que en las dos oportunidades que vio llamar por teléfono a Chaves estaba junto a Lencina.-
Por su parte, las declaraciones de Julio Domingo Aguirre, María Inés Cabrol y María Emilia Aguirre acreditan que cuando las dos últimas regresaron al negocio que atiende el primero, alrededor de las 19,00 horas, preguntaron por Fernanda y no estaba, así que María Ines y su hija fueron hasta la vivienda familiar y ahí tampoco la encontraron. Al rato se produjo el primer llamado extorsivo al teléfono 0343-4973342, a las 19,15 horas aproximadamente, que fue atendido por Cabrol, que escuchó una voz de mujer que le decía “no se preocupe, la nena está bien, pero la secuestramos, debe pagar dos mil pesos, dejarlos en el puente de hierro”, aclarando “el puente de calle Almafuerte”, que no avisara a la policía porque “de alguna forma va a aparecer”, y la llamaría nuevamente en una hora. Después de esto, con la lógica angustia y desesperación que provocó en la familia recibieron el segundo llamado, cerca de las 20,20 horas, que fue atendido por Julio Domingo Aguirre, siendo la voz de una mujer que le preguntó por la Sra. Cabrol, y cuando él dijo que era el esposo y que ya tenía el dinero e iba enseguida a pagar el rescate con su yerno, la mujer le indicó que llevara la plata al puente de hierro, y le advirtió que “no llame a la policía o se la vamos a devolver en pedacitos”. Cuando Aguirre se dirigía a llevar el dinero al puente de Avenida Almafuerte con Adrián Daniel Schonfeld, se recibió en la casa el tercer llamado telefónico que atendió María Emilia Aguirre, en donde nuevamente hablaba una mujer que le indicó “decile a tu esposo que tire la bolsa”, y cuando ella preguntó qué bolsa, manifestó “la bolsa con el dinero y después vemos que hacemos con la nena”. La familia Aguirre nuevamente recibió otro llamado, a la 1,30 aproximadamente del día siguiente, cuando ya Julio Domingo Aguirre había dejado el monto del rescate en el Puente de Hierro y acudido a la Comisaría de San Benito, que esta vez fue atendido por Adriana Aguirre, a quien una mujer le dijo en “tono de burla” –según afirma María Emilia tanto en la instrucción como en el debate, por las referencias de la primera- que ya la habían largado a su hermana, que estaba cerca de la casa, y que estaba llegando. Los yernos de Aguirre, Adrián Daniel Schonfeld, Ulises Leonidas Alvarez y Ernesto Isaías Erlich, confirman en lo esencial estos extremos, ya que los primeros llegaron a la casa ante la noticia del secuestro y Erlich se enteró cuando volvió a dejar su nena.-
Se confirman los relatos de los testigos de la familia Aguirre y de Ledesma Bellmann con los listados de las llamadas entrantes y salientes al telefóno de los Aguirre Nº 0343-4973342 -ubicado en Irigoyen Nº 1.242 de San Benito, informe de fs. 166-, obrantes a fs. 155/156 y 166/168, que acreditan las llamadas extorsivas recibidas el 25/07/04 a las 19,33:35; 20,30:59 y 20,37:24 hs., originadas en el Nº 0343-4363376; el listado de llamadas entrantes y salientes del Nº 0343-4363376, teléfono ubicado en el frente de "Granja Shop", de Almafuerte Nº 4.021, agregado a fs. 346, y el informe de fs. 477/478, del que surge la realización de los llamados extorsivos desde el teléfono Nº 0343-4363376, instalado en la Granja de calle Almafuerte, a nombre de Juan Iturbide. También está probado el cuarto llamado con el listado de fs. 176 y 1.508, del que surge la llamada recibida en el teléfono de Aguirre, el día 26/07/04 a las 1,24:56 hs., realizada desde el Nº 0343-4319731, ubicado en la Terminal de Omnibus.-
Asimismo, está plenamente acreditada la presencia de Lencina y Chaves en las inmediaciones del Puente de Hierro con las declaraciones de Carina Andrea Villanueva, que dice que se encontró con ellos en Almafuerte y calle 777, cerca de Granja Shop, pasadas las 19,30 horas -lo que confirma que fue después de efectuar el primer llamado telefónico-, y caminó con la pareja por Almafuerte hacia el Norte, hasta el comedor El Portal, donde se separaron. En ese lugar estaban Delia Lencina, la hija "Choco" Casalino y Cristian Torres, que escuchó que esperaban el colectivo. La testigo dijo que los vio bien, normales y con una bolsa con pan y fiambre. Agregó que los vio nuevamente antes de llegar al puente cuando ella pasó con un cliente, aproximadamente a las 21 horas, que iban caminando Chaves y detrás Lencina, como para el lado del centro. Más tarde, cuando pasó a la vuelta lo vio a Miguel Angel Lencina sentado en la garita solo, a las 21,45 o 22 horas. Alejandra Pamela Casalino y Cristian Fabian Torres corroboran el encuentro con Lencina y Chaves en el “pilar de las lajas”, a metros de El Portal, a las 20,00 horas aproximadamente, a quienes invitaron a jugar al pool cerca de las 5 esquinas. Expresaron que estuvieron un rato charlando con Lencina y su esposa, tomaron un colectivo fuera de línea que no les cobró y se fueron al pool. Esto lo corrobora el colectivero Carlos Ramón Vergara. La testigo Casalino refirió que cuando estaban en el pilar de lajas, antes de irse fueron con su tío Lencina hasta la estación de servicios y ella saludó adentro a "Tati" Rueda, que también estaba Barzola, pero no lo saludó; que Lencina no se saludó con ellos porque quedó en la puerta, del lado de afuera. Los testigos José Luis Rueda y Germán Darío Barzola son contestes en afirmar que vieron a “Choco” Casalino y que después, cuando pasaron dos veces en la moto por la esquina del pilar de las lajas, había un grupo numeroso, en el que estaban ésta y su madre Delia Lencina.-
En relación a la entrega del dinero, existen pruebas fehacientes y categóricas, como son las declaraciones de Julio Domingo Aguirre y Adrián Daniel Schonfeld, quienes se dirigieron en el Ford K, color blanco, al Puente de Hierro, en donde bajó Aguirre, caminando desde su auto hacia el puente dos veces, hasta que se cruzó, cuando iba por tercera vez en dirección al puente, con una mujer que venía de Norte a Sur y le dijo que dejara la bolsa arriba del puente, y cuando Aguirre le manifestó “pará, pará, yo tengo el dinero, dame la nena”, ella le contestó “yo no tengo nada que ver, me dijeron unos chicos que están en la estación de servicios”, y siguió caminando, pasó al lado del automovil del denunciante, y dobló en la primera calle a la derecha. Aguirre brindó los rasgos fisonómicos que coinciden con los de Chaves, pero no la reconoció en la rueda de personas. Schonfeld corrobora que él se quedó adentro del auto mientras su suegro dejó el rescate y que la mujer pasó al lado del vehículo, pero dice que no pudo verle el rostro.-
Por su parte, con las declaraciones testimoniales concordantes prestadas en el debate y las incorporadas por lectura, se ha probado que Ernesto Isaías Erlich y Ulises Leonidas Alvarez, cada uno por su lado, salieron detrás de Aguirre a la zona del puente. Erlich lo hizo en el remis de Rodrigo Luján Caceres Rochi, quien confirma plenamente la declaración de este testigo, y Alvarez fue con su hermano Juan Manuel Alvarez, que declara en igual sentido. También fueron hacia Avenida Almafuerte “Chiquito” Bressán –vecino de Aguirre- con Sergio Fabian Zatti. Erlich fue a la casa de Antonio Abraham Digiobani –que vive lindando con las vías-, arribando pasadas las 20,30 horas, con quien se dirigió al galpón de José María Valentinuz, al que ingresaron previa autorización de éste, cuyo predio es el más próximo al Puente de Hierro, desde donde Erlich y Digiobani, junto al sereno Pedro Alberto Kapp, presenciaron cuando una pareja levantó el dinero sobre las vías del puente, aproximadamente a las 22,15 horas. Después de esto Erlich avisó por teléfono lo que había visto a Cabrol y personalmente a Aguirre, quien se había estacionado después de pagar el rescate al Norte del puente, lo que confirman Cabrol, Aguirre y Schonfeld. En tanto Erlich presenciaba con Digiobani y Kapp la entrega del dinero, los hermanos Alvarez y Bressán con Zatti, recorrieron en sus respectivos vehículos la zona de Avenida Almafuerte, sin observar nada que pudiera resultar de interés. Todos los testigos son contestes al declarar sobre la intervención de cada uno al acudir en apoyo de Aguirre. A su vez, las actas de inspección, croquis y tomas fotográficas de la zona que rodea al mencionado puente, nos sitúan en el espacio donde se desarrollaron los hechos, confirmando la veracidad de los relatos de estos testigos.-
Cabe aquí señalar que resulta irrelevante a esta altura del proceso y con la abundante prueba cargosa colectada, teniendo en cuenta el calvario que sufre la familia Aguirre, determinar si Julio Domingo Aguirre y Cabrol escucharon de Ernesto Isaías Erlich que la pareja que levantó el dinero era “una Lencina” y un hombre -como dijo Aguirre en la denuncia-, o si “él era Lencina y ella no” -como afirmaron los padres de Fernanda en el debate-. También carece de trascendencia por los mismos motivos, el hecho de que Aguirre desconociera en el plenario la firma de la denuncia y la confección del croquis de fs. 257, ya que las pericias caligráficas realizadas por el perito del S.T.J.E.R., Carlos R. Orzuza, concluyeron que tanto la firma de la denuncia de fs. 12/vta., como las palabras y números obrantes en el croquis indicado, corresponden al patrimonio escritural de Julio Domingo Aguirre. Entiendo que debe atribuirse además la negativa a la condición de semianalfabeto del denunciante y a los nervios que indudablemente le ha provocado desde su posición de víctima declarar en el juicio.-
Lo importante es que los dichos de Erlich, como se ha señalado precedentemente, sirvieron para orientar la pesquisa hacia miembros de la familia Lencina, y evidentemente esta sospecha se confirmó con datos y pruebas objetivas y reales, debiendo descartarse de plano cualquier idea o teoría de un complot.-
A su vez, Mirta Analía Chaves reconoció en sus indagatorias que era ella quien se cruzó con Aguirre y que cobró el rescate con su esposo Lencina, si bien brindando su versión de que actuó coaccionada.-
A partir del cobro de rescate y hasta las 24,00 horas solo se cuenta con la narración de Chaves, que ha cambiado en sus distintas indagatorias. En la primera oportunidad que decidió declarar la prevenida señaló que una vez que levantaron el dinero se fueron hasta el pool en la zona de las 5 esquinas caminando, regresaron en colectivo a la casa de Ester Torres, que cuando estaban ahí apareció un vehículo rojo o bordó, más largo que el que vio debajo del puente –el Ford K de Aguirre-, en el que se conducían dos hombres y al que subió Lencina, quien a los quince minutos volvió silbando y traía un par de zapatillas –que la imputada describió-, una de ellas tenía barro en la punta, Lencina las roció con combustible y las quemó, y a las 24,00 horas se fueron hasta Avenida Almafuerte y tomaron un remis en dirección a la Terminal de Ómnibus. En la indagatoria de fs. 3.016/3.018 vta., Chaves cambió su versión y dijo que se fueron al pool en colectivo, volvieron en un remis rojo o bordó, que los dejó y esperó unos 25 minutos en el comedor El Portal, hasta que buscaron los bolsos de la vivienda de Ester Torres; en relación a las zapatillas mencionó que Lencina salió caminando y regresó como a los 10 minutos del lado del monte, trayendo las zapatillas, que ella supone eran de la “nena”, las roció con combustible y las quemó. Agregó que es mentira lo que dijo en su anterior declaración, respecto a los dos hombres que buscaron a Lencina en el auto rojo o bordó. Respecto a las zapatillas, a fs. 3.151/3.153 vta., declaró que el 29/7/04, antes de viajar desde San Martín de las Escobas a la Unidad Penal para encontrarse con Lencina, le regaló las zapatillas que serían de Fernanda a su amiga Georgina Diaz. A la luz de las contradicciones y evasivas de Chaves, es evidente que este lapso de tiempo -entre las 22,00 y las 24,00 horas- ha sido una etapa crítica en el desarrollo del secuestro.-
Al respecto, Georgina Díaz ratifica que recibió las zapatillas de regalo de Chaves, y a su vez se las dio a su novio Víctor Araya. Estas zapatillas con la inscripción “Nike”, color azul con detalles en blanco y naranja, Nº 9, fueron secuestradas en el domicilio de Víctor Araya, a fs. 3.217/vta., quien las entregó voluntariamente. Las mismas fueron reconocidas por María Inés Cabrol a fs. 3.221, por Marcos Maximiliano Godoy –quien le vendió las zapatillas a la víctima- a fs. 3.377/3.378, y por Georgina Díaz a fs. 6.178/6.180.-
De esta forma se acredita fehacientemente que las zapatillas secuestradas son las que vestía Fernanda Aguirre al momento de ser privada de su libertad por Lencina, aún si se excluyera como prueba el reconocimiento practicado por su madre y objetado por la defensa de Monzón en su alegato.-
A su turno, está probado con las declaraciones de Alejandra Pamela Casalino y Cristian Fabian Torres que Lencina y su esposa no se encontraron con ellos en el pool, ya que los esperaron hasta las 22,00 horas aproximadamente y como no llegaban se fueron a comer a una pizzería de Avenida Ramírez, cerca de la Terminal de Omnibus, hasta las 23,00 o 23,00 horas, y después se separaron.-
Es así que Miguel Angel Lencina y Mirta Analía Chaves aparecieron en la terminal, como a las 24,00 horas del día del hecho, conforme se acredita con la testimonial clara y categórica de Marisa Fabiana Ortiz, moza de la pizzería “Plaza Norte”, ubicada en Remedios de Escalada 1.023, quien expresa que los atendió esa noche, los describe y reconoce a ambos en la rueda de personas en la Fiscalía Federal, a fs. 663/664, destacando que Lencina tiene el cabello más corto. La testigo recuerda la comida y bebida que consumieron, que Lencina se levantó y buscó a una mujer que trabaja de prostituta en la esquina de la terminal, que se la presentó a Chaves, que permanecieron unos 20 o 25 minutos, abonaron con un billete de $ 100, y se retiraron los 3 juntos. Esta prueba encuentra pleno apoyo en la testimonial de María Rosa Monzón, quien es la prima que salió a buscar Lencina, y declaró que pagaron con $ 100 y andaban con mucha plata.-
De aquí se ha comprobado que los tres cruzaron la calle hacia la Terminal de Omnibus –según lo declara María Rosa Monzón y la propia Chaves-, siendo advertida la presencia por el vigilador Víctor Hugo Martínez, alrededor de las 0 a 0,30 horas del día 26/7/04, quien expresa que le llamó la atención la cara del hombre, le pareció un sujeto sospechoso, señalando que tenía una mirada “fiera”, que le “daba miedo”. Dice que les indicó que en el interior de la terminal no se podía consumir alcohol, y por eso salieron a la galería. Les preguntó si tenían pasajes y le dijeron que se iban a Santa Fe, aproximadamente a la 1,00 horas no los vio más. El testigo reconoció en rueda de personas a Lencina y Chaves como a la pareja que vio esa noche junto a la “mujer de la vida”, que conocía de vista porque trabajaba en la zona.-
Si bien Martínez no observó cuando Chaves realizó la cuarta llamada telefónica desde el interior de la terminal, sí la vio María Rosa Monzón, quien manifestó que cuando ella regresó de comprar la petaca, la encartada le dijo ‘para que tengo que hacer una llamada’, que habló del teléfono público de adentro, como a la 1,30 horas. Este llamado está avalado con el correspondiente informe de la SIDE.-
Asimismo, el relato de quien ingresara a la causa como testigo de identidad reservada, Hernán Julio César Jozami, completa el cuadro cargoso al ratificar que la imputada y Lencina estuvieron en la Terminal a la hora en que se efectuó la cuarta llamada. Afirma que los llevó junto con Raúl Oscar Monzón a la casa de este último, a la hora 1,30 aproximadamente, y que los buscó a los tres a las 4,30 porque tenían un colectivo a las 5,00. Dice también que Monzón le comentó que se trataba de su primo y la esposa, y que Lencina andaba con mucha plata.-
Chaves reconoce haber estado en la pizzería con María Rosa Monzón y las demás circunstancias acreditadas, incluyendo la realización del cuarto llamado.-
Por último, ha quedado demostrado con las declaraciones coincidentes de Aurora Quiñenao y de su hijo Mario Fabian Leiva, amigo de Lencina, que éste y Chaves se alojaron en la casa de ellos en Concepción del Uruguay, como lo había hecho la encartada en varias oportunidades desde hacía unos 4 años. Afirman que llegaron el 26/7/04 como a las 21,00 horas y al día siguiente salieron de compras, adquiriendo Lencina una campera buena, y a las 13,15 se retiraron porque éste debía presentarse en el Penal, hecho que acredita indudablemente la posesión de una importante cantidad de dinero. Es fundamental también señalar que ambos testigos refirieron que Chaves regresó a la casa de Quiñenao el 29/7/04, como a las 6 o 7 de la mañana, porque Lencina la había llamado al Penal en forma urgente, y trajo con ella a la nena más chica, que dejó con la dueña de casa. Esto es corroborado por Georgina Díaz. Por su parte, Chaves reconoce y describe las compras realizadas en esa ciudad. Este hecho desvirtúa sin mayores explicaciones el argumento defensivo del miedo a las amenazas de Lencina, como a los imaginarios “Corcho” y “Negro”, ya que Chaves no sólo volvió solícitamente ante el pedido de su esposo, sino que lo hizo acompañada nada menos que de su hija más pequeña, siendo que en su defensa material argumenta que temía por sus hijos, y además dejó a la niña en la casa de un ex – interno de la Unidad Penal amigo de Lencina. Todo ello sin olvidar que gastó con empeño el dinero del rescate y hasta le compró una remera a su amiga Díaz.-
En consecuencia, las pruebas valoradas son idóneas y categóricas para comprobar el aporte de Chaves en la segunda fase del injusto y dentro de la ejecución del mismo, toda vez que ha sido la encargada de realizar los llamados extorsivos y de recoger –junto a Lencina- el monto de $ 2.000 depositado por Aguirre para obtener la liberación de su hija.-
9) Ahora bien, es necesario detenerse en el argumento que ha reiterado Chaves durante este extenso proceso y fundamentalmente en el debate, y sobre el que ha batallado con enjundia su defensa técnica.-
La encartada ha sostenido en sus sucesivas indagatorias que realizó las acciones típicas por encontrarse amenazada por Lencina, y justificó a su vez las modificaciones de sus relatos defensivos por las presiones que sufría.-
Tales alegaciones no pueden tener acogida, atendiendo a las diversas y válidas razones que han expuesto la querella y el Ministerio Público Fiscal, y que he de compartir.-
Chaves ensaya en sus indagatorias el temor a una amenaza concreta de Lencina, quien le habría dicho que la iba a matar a ella y a sus hijos si no hacía lo que le indicaba, y también que debían cuidarse del “Corcho” y el “Negro” porque los vigilaban, y hasta parece otorgarle a Lencina poderes sobrenaturales o una logística digna de un servicio de inteligencia cuando refiere que él sabía que los chicos estaban en Gualeguay y como estaban vestidos.-
Evidentemente esto se da de bruces con la realidad y la lógica, ya que no se explica porque el coaccionador Lencina podía estar a su vez atemorizado o coaccionado por dos personajes desconocidos cuando realizaba una visita casual a su familia, resultando la creación por parte de Chaves de estas figuras amenazadoras una defensa pueril.-
Menos aún resulta creíble el miedo que –dice- Lencina le provocaba, porque -sin perjuicio del perfil psicológico de éste- todas las personas que declararon respecto al trato de la pareja, y que los habían visto juntos en distintos lugares y circunstancias, han destacado que se llevaban bien, estaban normales, enamorados, de buen humor, se abrazaban y besaban, conforme lo describe pormenorizadamente el Señor Fiscal de Cámara en su alegato.-
También lo desvirtúan las cartas secuestradas que recíprocamente se enviaron a sus lugares de detención, las que están plagadas de términos amorosos y en las que Lencina manifiesta la preocupación por sus hijos; como el hecho de irse y permanecer juntos en Concepción del Uruguay, en donde Chaves efectuó varias compras, entre ellas ropa para los chicos, y el inmediato regreso -cuando Lencina se lo pidió- a esa ciudad con la hija más pequeña.-
Otro elemento que desmiente que Chaves se atemorizó porque no conocía al verdadero Lencina, es la anécdota en San Martín de las Escobas con Georgina Díaz, en donde lo detuvo secamente, “Basta, con ella no”, cuando ésta interpretó que Lencina la quería “mandar al más allá". La testigo Marta Lilian Barcos confirma que su hija Georgina Díaz le contó lo sucedido. Además demuestra que Chaves tenía cierta ascendencia sobre Lencina. Lo mismo ocurrió en San Benito cuando no le permitió asaltar un puesto de flores. También desvirtúa el alegado desconocimiento la declaración de la propia Amina Belkys Drake, madre de crianza de Chaves, quien dijo que ésta le contó que Lencina estaba preso porque estaba pagando por una violación y muerte que había cometido su hermano, el “Jorobado”.-
Además, se ha demostrado que Chaves era quien llevaba en algunos pasajes el arma de fuego y el dinero del rescate, que efectuó la cuarta llamada de distracción sola y en tono burlón, y cuando exigía el rescate y al referirse al hecho siempre se expresó en primera persona del plural, “queremos”, “cobramos”, etc., denotando que el injusto le pertenecía.-
En relación a las distintas versiones que brinda en sus indagatorias también Chaves ha buscado siempre una razón para sentirse “presionada”, que conviene enumerar para comprender porqué carecen de asidero. A fs. 2.916/2.920 manifiesta que escribió las cartas a Monzón porque estaba “muy presionada”, se sentía responsable de la detención de éste. A fs. 3.016/3.018 expresa que mintió porque estaba desesperada “nadie cree que no tiene nada que ver con esto”. A fs. 3.383/3.385 dice que la presión a que se refiere es el miedo que les tenía a Lencina y sus allegados, porque sabía que eran muy violentos. En el debate sindica a Gretel Cecilia Fernández como “la loca” que la “presionaba”, buscando una nueva explicación para los cambios de estrategia defensiva, cuando resulta evidente que Chaves ya estaba en conocimiento del fallecimiento meses antes de esta ex – interna, teniendo en cuenta que en días posteriores, como es público y notorio, el Tribunal aún no había pasado a un cuarto intermedio para resolver el pedido de citación efectuado por las defensas en la audiencia y esta noticia ya estaba en las páginas de los periódicos digitales.-
10) Ahora bien, también se impone examinar brevemente si Chaves, como insinúa la defensa y ella parece sugerir en su indagatoria en el debate, estuvo en estado de indefensión o fue engañada por el Dr. Luis Rodolfo de Aguirre, letrado de Santa Fe de enigmático ingreso a la defensa, con quien rompió el silencio que había mantenido en sus dos anteriores indagatorias. Debe apresurarse la respuesta negativa al respecto, ya que es evidente que cuando Chaves declara lo hace para mejorar su situación procesal, a la luz de las pruebas colectadas que ya la vinculaban con fuerza al proceso, pretendiendo seguramente un cambio de calificación de su conducta o la eximisión de su responsabilidad penal por coacción. A su vez, tampoco resulta lógico sostener que estaba en indefensión cuando situó a Monzón en la zona del Puente de Hierro, argumentando en el debate que lo hizo porque estaba hostigada por la interna Gretel Fernández en la Unidad Penal y por los funcionarios policiales que la obligaban a incriminar al coimputado, toda vez que por ese entonces, a partir de la indagatoria de fs. 4.592/4.596 vta., la defensa ya había pasado a la Dra. Lanfranqui, bajo cuya asistencia letrada y del Dr. Franchi continuó declarando en sucesivas indagatorias. Indudablemente el tenor de tales declaraciones obedeció a un nuevo cambio de estrategia defensiva, para así poder invocar la figura del arrepentido, colocando a Monzón en un papel preponderante en el secuestro y por encima de ella, que habría actuado coaccionada.-
11) Asimismo, se advierte sin hesitación la importancia de la inmediatez y oralidad que caracteriza a la etapa del juicio, que permite el contacto del Tribunal y las partes con testigos e imputados, lo cual ha servido para desechar algunas hipótesis investigativas o al menos para que se diluyan por su inconsistencia, como también para descartar abruptamente testimonios notoriamente falaces, que sólo han logrado empañar transitoriamente la búsqueda de la verdad.-
Entre ellas ha perdido asidero casi por completo la posibilidad de que niña secuestrada haya sido víctima de una red de prostitución, toda vez que ninguno de los datos aportados al respecto ha sido corroborado mínimamente, sino que, por el contrario, las pericias practicadas por la Policía Científica de Gendarmería Nacional y el perito del S.T.J.E.R. han demostrado que las notas y esquelas con pedidos de auxilio encontradas en distintos lugares del país no pertenecen al patrimonio escritural de Fernanda Aguirre, siendo probablemente burdas imitaciones “plantadas” o hasta bromas de mal gusto. En este sentido se desprende de las declaraciones del propio entorno de los Lencina que las mujeres de esta familia ejercen la prostitución en beneficio de una precaria organización familiar, bajo las órdenes de Ester Torres, quien las iniciaría desde muy corta edad en el trabajo “de la calle”.-
Asimismo, cabe destacar que el irregular secuestro de la “colita” para el cabello, como el carácter fungible de las flores encontradas en el campo de Tortul –la propia María Inés Cabrol manifestó en el debate que el ramo de flores es imposible de reconocer-, hace que no puedan computarse como pruebas con algún valor indiciario para reconstruir el recorrido que podría haber efectuado Fernanda Aguirre, ya que no puede asegurarse que se trate de los objetos que la víctima tuviera en su poder.-
12) Respecto a la responsabilidad penal de Monzón, como se adelantara, los elementos de prueba no alcanzan el grado de certeza requerido para dictar una sentencia condenatoria.-
Al encartado Monzón se le atribuyen dos conductas –contribuciones- dentro del marco de permanencia del delito atribuido a los coautores, la primera, que consiste en haber favorecido la situación de Lencina y Chaves en el tramo inicial y subsiguiente a la sustracción y ocultamiento de la menor, al brindarles cobijo el 26/07/04, entre la 1,30 y las 4,30 horas aproximadamente, en su casa del Barrio La Delfina, garantizándoles cobertura y alojamiento transitorio hasta que abandonaran la ciudad, evitando el deambular de los imputados por algunas horas; y la segunda, haber interactuado con Lencina y Chaves, contribuyendo a su ejecución en el momento de la sustracción con fines de rescate de la víctima, facilitando a tal efecto un Dodge 1500, color amarillo, en el que fuera trasladada hacia algún lugar, ofreciendo a los coautores aportes consistentes -además del señalado precedentemente- en la facilitación de su vivienda, con el objeto de asegurar el ocultamiento o disposición de la víctima y/o mantener el rescate bajo su guarda, suministrándoles un arma de fuego.-
En la etapa de la discusión final el Dr. Julio Federik realiza un detallado examen cronológico de los sucesos, sosteniendo, en cuanto a Monzón, la existencia de pruebas indirectas e indicios serios en su contra, las que, concatenadas y mensuradas bajo el prisma de la sana crítica racional, permiten fundamentar la acusación y la consiguiente sentencia condenatoria. A criterio del letrado se ha logrado dilucidar el desarrollo de los hechos, qué había pasado con Fernanda Aguirre después que Lencina la sustrajera violentamente en San Benito y cuál había sido la conducta desplegada por el encartado.-
En síntesis, el letrado representante del querellante particular consideró probada la partipación de Monzón en las dos contribuciones que le habían sido imputadas, al igual que lo sostuvo el Señor Fiscal de Cámara, variando los acusadores privado y público en cuanto al grado de partipación de Monzón –primaria, para uno, y secundaria, para el otro-.-
Cabe señalar que el alegato de la querella esboza una hipótesis de los hechos, avalada –a su juicio- por una serie de indicios a los que otorga una entidad cargosa que –entiendo- no es tal, aún realizando una merituación concatenada e integral del conjunto probatorio.-
Es indudable que en gran medida la narración sobre lo acontecido la tarde del desgraciado hecho no supera el terreno de la conjetura, pues se advierte con nitidez –en especial en el caso de algunas afirmaciones- la imposibilidad de alcanzar racionalmente, no solo el grado de certeza, sino inclusive la probabilidad seria y fundada de su ocurrencia.-
En relación a la participación endilgada a Monzón, ha sido en la declaración de la testigo María Rosa Monzón –de fs. 980-, recepcionada en clara violación a lo dispuesto en el art. 242 del C.P.P., donde primero se lo menciona. A partir de allí, el testigo de identidad reservada Hernán Julio Cesar Jozami –a fs. 1.173/1.174 y en otras testimoniales ampliatorias- expresa que el 26/7/04 llevó desde la parada de remises de la terminal hasta su casa a Monzón junto a una pareja, alrededor de la 1,30 horas; que él había estado charlando con el imputado desde las 22,00 horas, cuando llegó solo caminando a la parada donde trabaja abriendo puertas; que vio cuando Monzón se encontró con la pareja, enterándose después que eran Lencina y su mujer; que volvió a buscarlos a las 4,30, como le indicaron, porque debían tomar el colectivo en la terminal; que regresaron los tres pasajeros y después que dejaron a Lencina y Chaves, más tarde, llevó nuevamente a su amigo Monzón hasta su casa; que Monzón le contó que su primo andaba con mucha plata y que había cobrado unos trabajos realizados en la cárcel; que unos días después, enterados del secuestro de Fernanda Aguirre, comentaron que parecía que Lencina tenía que ver en el hecho.-
Este relato lo confirma en lo esencial la concubina de Monzón, Marianela Romina Gonzalez, el propio Monzón en su segunda indagatoria de fs. 4.799/4.802 –después de negarlo en la primera de fs. 3.421/3.425-, y la coimputada Mirta Analía Chaves.-
Así, esta circunstancia está fuera de toda discusión –que Monzón alojó a su primo Lencina y la esposa, coautores de un secuestro extorsivo y que habían cobrado un rescate horas antes, en su vivienda del Barrio La Delfina, entre la 1,30 a 4,30 aproximamente, a quienes encontró en la terminal y con los que se trasladó de ida y vuelta en el remis conducido por Jozami-, quedando por develar, a la luz de las pruebas e indicios colectados, si Monzón realizó esta acción con conocimiento de la comisión del delito por sus parientes.-
En referencia a este interrogante, la querella sostiene, al alegar el Dr. Leandro Ríos, que existen cinco razones que acreditan que Monzón sabía que estaba favoreciendo a los coautores del secuestro al llevarlos a su casa: a) el tenor de las conversaciones sobre armas que relata Chaves y de las que nunca se desdijo, b) la entrega de los $ 100 que declara la coimputada, c) el conocimiento de Monzón de que Lencina andaba con plata, d) la actitud posterior asumida por Monzón, quien trató de deshacerse del celular y lo logró, y e) la actitud apurada de pasar a buscar a su mujer por la casa de Poloni a los dos días del hecho, cuando ya habían detenido a Chaves. El Señor Fiscal de Cámara comparte en lo sustancial estos argumentos.-
Respecto a la otra acción que se atribuye al encartado, el haber aportado su vehículo para trasladar a la víctima desde la casa de Lencina hasta la suya, en donde la retuvo, la acusación privada y pública también han coincidido en su plena acreditación, pero agregando el querellante particular que también se ha demostrado que Fernanda permaneció atada en la vivienda de Monzón hasta que éste regresó acompañado por Lencina y Chaves, y de cuyo lugar la sacó en la cupe Fuego secuestrada en la causa, con destino aún desconocido.-
Las conclusiones de la querella se basan en la valoración que efectúa de los dichos del menor Casalino y Chaves en relación a los $ 10; las declaraciones de Tórtul, Dabin y Garbeza; la constancia de la llegada del perro rastreador de la policía hasta la vivienda de Lencina y el secuestro de cordeles en el bolso de Lencina; el hecho comprobado de que Lencina le sacara las zapatillas a Fernanda; las declaraciones de Kollmann y Romero, y la pericia odorológica sobre los dos vehículos; los dichos de Chaves de que el encuentro en la terminal no fue casual, porque Lencina habló con alguien que lo estaba esperando; las declaraciones de Norma y Malvina Lencina, a través del relato de la psicóloga de Villaguay; el relato del menor Casalino sobre los dichos de la “China” Monzón; el boquete en la casa de Monzón; la declaración del taxista Cabrera, que dijo que a las 3,00 horas el auto Dodge 1.500 no estaba; el comentario de Chaves a Georgina Díaz y su madre, “Monzón ya fue, el auto rojo existió”; las cartas de Chaves a Monzón; el hecho de que Monzón sabía leer; las mentiras de Monzón en su indagatoria; el testimonio de Ruffiner; las declaraciones de Chaves se realizan cuando los Lencina le soltaron la mano; y las testimoniales de Jozami y Poloni. Estas pruebas también dan fundamento al alegato acusatorio del Ministerio Público Fiscal.-
Para analizar en concreto cómo surge la atribución a Monzón de su aporte mediante el traslado de Fernanda Aguirre en el automóvil Dodge 1.500, amarillo, no puede soslayarse la declaración indagatoria prestada por Chaves en la instrucción, a fs. 4.474/4.776, en donde ubica a Monzón en la escena del Puente de Hierro y cuya aparición es casi tan fantasmal e inverosímil como los mentados “Corcho” y “Negro”. Observesé que ninguno de los testigos que estaban en la zona del pilar de las lajas –adonde habría llegado el imputado- vieron a Monzón –“Choco” Casalino, Cristian Torres, José Luis Rueda, Germán Barzola, Carina Villanueva-, y menos aún el grupo de familiares y amigos de los Aguirre que recorrieron incesantemente las inmediaciones a la hora que refiere Chaves –los hermanos Alvarez, Bressán y Zatti-, ni los que se apostaron en el galpón de Valentinuz –Erlich, Digiobani y Kapp, ni el propio Julio Domingo Aguirre y su yerno Schonfeld, que permanecieron estacionados desde las 21,00 horas hasta las 23,30 aproximadamente sobre Avenida Almafuerte y tampoco vieron el paso del citado vehículo, que cabe recordar, según los testigos Kollmann y Romero iba en llanta. Es difícil de aceptar racionalmente que los mencionados vecinos de San Benito, que buscaban afanosamente alguna pista o sospechoso del secuestro en el lugar, no advirtieran el tránsito de un auto en llanta y con varios ocupantes. A su vez, debe destacarse que Chaves sitúa a Monzón hablando con Lencina en la calle lateral del comedor El Portal unos minutos antes de que llegaran “Eli” Lencina, “Choco” Casalino y Torres, y dice que reapareció después que éstos se fueron al pool, pero sin embargo ha quedado claro que los tres nombrados ya estaban en esa esquina cuando Lencina y Chaves llegaron acompañados por Carina Villanueva. Además, de acuerdo al relato de Chaves debería concluirse que era aproximadamente las 20,00 horas cuando vio al encartado Monzón -sin dejar de destacar que en sus anteriores indagatorias la encartada mencionó que lo vio por primera vez en la terminal-, sin embargo Kollmann y Romero indican que observaron el vehículo Dodge 1.500 cerca de las 21,30 horas. Cabe preguntarse qué hizo Monzón una hora y media en la zona con el riesgo que implicaba.-
Esta declaración de Chaves –cuya veracidad desmintió en el debate- obedeció sin dudas a la estrategia defensiva, como he referido, de colocarse en la posición de un arrepentido, con un rol de menor entidad que el desplegado por Monzón. Por este motivo, no resulta verosimil el argumento de que declaró en esa oportunidad presionada por funcionarios policiales.-
Ahora bien, concurren en apoyo de esta versión los testigos Rosa Justina Kollmann y Juan José Romero, quienes declaran en aparente coincidencia sobre la presencia en Avenida Almafuerte del Dodge secuestrado, transitando en llanta en dirección al centro de Paraná. Pero señalo “aparente” porque, apenas se profundiza sobre lo manifestado en el debate y se lo coteja con las testimoniales de la etapa instructoria, surgen más dudas que certezas respecto a la credibilidad de estas declaraciones. Debe resaltarse que la División Homicidios informa a fs. 4.963, el 14/12/04, que los vecinos de la zona de Almafuerte al 4.000, próxima al Puente de Hierro, no recordaban haber visto un Dodge 1.500, de color amarillo, el 25/7/04. No obstante, a fs. 5.056/5.057, en fecha 22/12/04, se presentó espontáneamente en la Fiscalía Federal la Sra. Kollmann, quien dijo que el día del hecho, a las 21,00 horas aproximadamente, arribó a su gomería un automóvil que parecía un Dodge 1.500, descascarado, en el que se conducían tres personas de sexo masculino, y el conductor le preguntó si le podía arreglar la rueda o al menos darle aire para seguir. Agregó que a ese auto lo había visto en varias oportunidades por el lugar y que en algunas de ellas iba Claudio Lencina, antes de caer preso. Aseguró que ninguno se bajó del auto, que el que manejaba iba solo adelante y los otros dos atrás. Expresó que la patente que ve en el interior del baúl cuando le exhiben la foto del auto, “la tiene vista en otras oportunidades, tales como haber pasado por la avenida o haber concurrido a la gomería días antes o después de la desaparición de Fernanda”. Reconoció las fotografías del vehículo. Ahora bien, llamativamente tiempo después, radicada ya la causa en el Juzgado de Instrucción, brindó otra versión completamente distinta sobre la patente, diciendo que tomó la numeración porque era de Santa Fe y los vio raros, “cuando le mostraron las fotos en el Juzgado vio la patente dentro del baúl y la recordó sobre todo porque era de Santa Fe” y, lo que resulta más inverosímil, agregó que “los de atrás no eran dos sino tres y el del medio era más bajito y más chico, a quien le apoyaban la mano en el hombro, uno de cada lado, tomándolo del cuello… Esta tercer persona en el reflejo parecía tener el pelo lacio como atado, pudo haber sido una mujer”. Reiteró que “nadie se bajó del auto”. La sorpresa que provoca esta testigo es aún mayor cuando, al referirse a la chapa patente en la audiencia de debate, dijo que le dio al Oficial Ricle una tabla de madera donde ella había anotado esa noche con tiza el número de patente, y cuando la policía abrió el baúl del auto encontró esa patente. Debemos interrogarnos si no estaremos en presencia de una mitómana o una vecina con ansias de protagonismo, porque resultan inexplicables sus propias contradicciones. Los datos más relevantes que podía aportar -e imposibles de olvidar- eran que había visto una mujer o una nena en el asiento trasero del vehículo y que había anotado la patente del auto, pero, sin embargo, Kollmann no los mencionó en su primera declaración. Ahora bien, pasados casi 5 meses de la desaparición de Fernanda Aguirre y a pesar de la amplia e inmediata difusión de las noticias sobre la participación de Lencina y del pago del rescate en el Puente de Hierro, recién relacionó que podría tratarse de la víctima.-
Similar tratamiento merece la declaración del sereno Romero, que señaló con precisión en la instrucción que salió a observar el paso del Dodge 1.500 porque iba rápido con la rueda trasera pinchada, llamándole la atención porque hacía mucho ruido ya que estaba en llanta; que el auto se detuvo en la parada de colectivo que está frente a la gomería de Kollman, el conductor se bajó, fue hasta el portón, volvió y subió al auto, saliendo rápido, por lo que presumió que no lo atendieron. Pero en el debate aseguró que el automóvil iba a una velocidad de 20 kilómetros, despacio. También dijo, a diferencia de Kollmann, que el conductor bajó, lo vio golpear la puerta de la gomería, no vio salir a la señora; que esta persona estuvo un ratito abajo del auto, no lo atendieron y se fueron en dirección al centro. Aclaró que el vehículo circulaba más despacio de lo normal.-
Pero aún si aceptáramos -vía argüendi- como ciertas las testimoniales referidas, cómo se explica que la circulación del vehículo en llanta no produjera la destrucción de la cubierta y de la misma llanta, teniendo en cuenta la distancia existente entre el Puente de Hierro y el Barrio La Delfina.-
En este sentido es imperioso examinar el informe técnico mecánico practicado por el funcionario policial Sergio Edgardo Cuatrín de fs. 2.534, del que se desprende que no constató daños en las cubiertas y/o llantas, lo que desvirtúa aún más que el Dodge 1.500 haya sido utilizado la noche del secuestro de Fernanda Aguirre.-
Por otra parte, tampoco puede computarse el referido informe mecánico como una prueba de que el 25/7/04 el automóvil estaba en funcionamiento, ya que en el juicio Cuatrín aclaró que no tenía la capacitación necesaria para determinar tal circunstancia y que, si bien consignó en su informe de fecha 1/9/04 que el vehículo estuvo en funcionamiento hacía aproximadamente 30 días, también podrían ser 45 días o más. En base a las explicaciones brindadas por Cuatrín, ni siquiera puede descartarse que se hubiera producido el incendio del motor del Dodge 1.500, porque ha quedado claro en la audiencia, por los dichos de su propietario Rubén Oscar Ferreira, la forma en que sucedió, confirmada por la testigo Cecilia Esther de Paola, quien fue llamada sorpresivamente a comparecer al debate.-
Asimismo, cabe señalar que, de los distintos testigos ofrecidos por la defensa de Monzón, dos de ellos, Ferreira y Juan Aníbal Scetta, afirman categóricamente que el Dodge 1.500 no andaba a la fecha del hecho, que estaba estacionado desde varios días atrás frente a la casa de Monzón, y que esa noche lo vieron en el mismo lugar. Estas testimoniales coincidentes, sin perjuicio de la relación que vincula a Ferreira y Scetta con Monzón, deben valorarse a favor del imputado, para sumar elementos de prueba que descartan el uso del vehículo.-
La declaración del remisero Roberto Américo Cabrera tampoco tiene el alcance que pretenden darle los acusadores, al sostener que el relato de este testigo demuestra que el Dodge 1.500 no estaba frente a la casa de Monzón el 26/7/04, aproximadamente entre las 2,00 y las 3,00 horas, cuando éste fue a llevar a María Rosa Monzón, ya que Cabrera dijo textualmente a fs. 2.253/2.254, que “cree no haber visto ningún vehículo parado en la casa de Raúl Monzón cuando la llevó a María”, y que “reitera que cuando la deja a María Rosa Monzón en su domicilio cree no haber visto ningún automóvil parado en cercanías de la casa de Monzón”. Esto de ninguna manera puede interpretarse como una afirmación de que el auto no estaba, toda vez que el término “cree” admite la posibilidad de que el vehículo estuviera en el lugar, sin que el testigo lo advirtiera o le prestara atención.-
Por último, solo resta analizar la pericia odorológica practicada en la causa -a la cual le ha otorgado la querella en su alegato un valor casi irrefutable-, y el informe de la Dirección de Criminalística sobre un cabello secuestrado en el baúl de la cupe Fuego.-
En relación a la primera, entiendo que la imposibidad de someterla a una contraprueba torna riesgosa su aceptación sin reservas, sobretodo cuando, como ocurre en estas actuaciones, no existen otras probanzas que la avalen. Ninguno de los registros realizados en el Dodge 1.500 ha logrado levantar un solo rastro que incrimine a Monzón, debiendo recordarse al respecto las diligencias llevadas a cabo por la Dirección de Criminalística de la Policía de Entre Ríos –de fs. 1.291-, por el titular del Servicio de Genética Forense del S.T.J.E.R, Dr. Gustavo Martínez -de fs. 5.643/5.644-, por el Lic. Guillermo Polischuk -de fs. 5.724/5.729-, y por el Cuerpo Médico Forense del Poder Judicial de la Nación –de fs. 6.124/6.128-.-
A su vez, cabe preguntarse cómo es posible que el can no identificara olfatoriamente por comparación moléculas de descamación pertenecientes a Lencina, extraídas del Dodge asiento trasero y asiento acompañante delantero, si conforme surge de los dichos de Hernán Jozami y Horacio Rodrigo Luciani, un mes antes del secuestro de Fernanda Aguirre, en horas de la noche, mientras los dos estaban en la parada de la Terminal llegó Raúl Monzón conduciendo el Dodge 1500, acompañado de su primo Miguel Lencina, y habría atropellado con el auto, como jugando, a un hombre conocido como "Coca".-
Respecto al informe de la Dirección de Criminalística del que surge que se encontró cierta semejanza entre los elementos pilosos pertenecientes aparentemente a Fernanda Isabella Aguirre y los elementos pilosos levantados del Renault Fuego, es evidente que tal conclusión no incrimina a Monzón al no haberse probado mínimamente que se hubiera conducido el día del hecho y en las horas posteriores en este vehículo, pero además, porque el material utilizado para el cotejo con las muestras levantadas no es indubitado.-
En definitiva, habiendo analizado los elementos de prueba reunidos en el proceso, mediante las reglas de la lógica, la experiencia y la psicología, no existe certeza de que el automóvil secuestrado en el domicilio de Ferreira haya sido utilizado para trasladar a la víctima, es decir, que el imputado Monzón haya facilitado el vehículo Dodge 1500 color amarillo, para que fuera ingresada y trasladada Fernanda Aguirre hacia algún lugar desconocido.-
Ahora bien, no obstante lo señalado precedentemente, debe analizarse si se han colectado pruebas idóneas para demostrar que la menor víctima estuvo oculta o pasó por la vivienda de Monzón.-
En este sentido la supuesta presencia de Fernanda Aguirre en el domicilio del encartado surgiría de los dichos de sus sobrinas Malvina Soledad Straube Monzón (11 años) y Norma Beatriz Monzón (9 años), hijas de María Rosa Monzón, las que se encontraban internadas, junto a su hermano Emanuel Enrique González (5 años), desde el 13 de agosto de 2.004 en el Hogar de Niños de Villaguay.-
Las pequeñas habrían comentado, de acuerdo a las testimoniales de Nancy Monzón, personal del Hogar de Niños de Villaguay, y la psicóloga Carina Cecilia Gonzalve de Acevedo, que habían visto a Fernanda Aguirre en su casa. Pero adviértase que a fs. 1.997/1.999 Gonzalve de Acevedo dijo que Malvina Soledad Straube Monzón le relató “comentarios” que escuchó de su madre, respecto al secuestro; que un día escuchó por la ventana que su tío Raúl le recriminaba a su mamá porqué le había dado un arma a Lencina y había hablado con la policía, y que Fernanda estaba en Isla del Ibicuy. Después a fs. 2.445/2.446 la psicóloga declara en relación a las entrevistas, refiriendo que la niña le dijo que la noche de la desaparición de Fernanda ella fue con su mamá, su tío Raúl y su primo a comer pizza a la Terminal de Ómnibus, que después su mamá se fue con un cliente y ellos se fueron en el auto amarillo. Agregó que la nena decía que a Fernanda la habían metido por la fuerza en el auto amarillo y la habían llevado a Islas del Ibicuy, y que ella no había visto a Fernanda en su casa. Como se verá aquí no hay una sola mención a que la menor Aguirre haya estado en casa de Monzón, y sí se evidencia la fantasía de una nena que relata sucesos en los que no estuvo, por ejemplo, la concurrencia a comer pizza a la terminal –basta para ello recordar lo declarado por Marisa Fabiana Ortiz-. Inclusive la nena habla de malos tratos por parte de Miguel Angel Lencina y Monzón hacia ella, su mamá y los hermanitos, cuando no ofrece dudas que Lencina hacía diez años que se encontraba privado de su libertad cumpliendo una condena, éste era uno de sus primeros viajes a Paraná y no hay ninguna mención en la causa de que hubiere visitado antes el domicilio de María Rosa Monzón.-
Lo mismo puede decirse de lo relatado por Norma Monzón a la psicóloga Gonzalve de Acevedo, ya que la nena refiere que sus tíos Raúl y Darío habrían violado a Fernanda, que después la llevaron al lugar donde trabaja su mamá, en donde se bailaba, y luego a Islas del Ibicuy. Es impensable que Fernanda Aguirre hubiera sido llevada a un local nocturno donde se baile y no haya un solo dato al respecto, teniendo en cuenta el amplio despliegue policial y familiar realizado en su búsqueda.-
Posteriormente, en las audiencias donde declararon las nenas con el sistema de la Cámara Gesell, se pone de manifiesto que sus relatos estaban influenciados por las noticias de la televisión, que miraron antes y durante su internación, quedando claro que no habían visto a Fernanda en su casa.-
Sin perjuicio de ello, estas declaraciones de las hijas de María Rosa Monzón, por su parentesco con el imputado, deben excluirse como pruebas, por haberse recepcionado en violación a lo dispuesto por el art. 243 del C.P.P..-
En relación a los supuestos dichos de Gabriela Roxana Monzón a que hace referencia Jonathan Nazareno Casalino, la primera refirió en su declaración, de fs. 3.636, que ella le contó a Ester Torres que había escuchado que la mujer de su tío Raúl, le comentaba a su papá, que Malvina había declarado que Marianela y Raúl discutieron por un arma. Agregó que no volvió a ver a Ester Torres, ni conoce a los hijos de Delia Lencina. Es decir, tampoco surge de esta declaración ningún elemento cargoso, ya que desmiente a Casalino.-
A su vez, es necesario destacar que las distintas diligencias practicadas en el domicilio de Monzón y sus hermanos –allanamientos, secuestros, etc.-, a los efectos de localizar elementos de interés para la causa, arrojaron resultado negativo. La excepción podría ser el hallazgo de un hueco o abertura en la pared, cuya constatación resulta sospechosa, fundamentalmente porque fue cerrado unos días después de la desaparición de Fernanda Aguirre, pero no existe ninguna prueba válida que avale que fuera abierto la noche del hecho, ya que la única que menciona tal circunstancia es María Rosa Monzón, hermana del imputado, cuya declaración no puede valorarse en virtud de la prohibición legal del art. 242 del C.P.P.. Pero, sin perjuicio de ello, existen testigos como Rubén Darío Monzón y Rubén Oscar Ferreyra que mencionan que era una comunicación entre ambas viviendas, la de Raúl y María Rosa, fundamentalmente –dice el primero- porque el imputado atendía los hijos de su hermana que los dejaba solos por varios días.-
Así que, desechado el ocultamiento de Fernanda en la vivienda del imputado Monzón, ante la ausencia de pruebas que lo acrediten fehacientemente, la ponderación de la participación atribuida a Monzón debe circunscribirse al hecho demostrado cabalmente en el juicio, conforme señalara “ut-supra”.-
Es decir, solo resta examinar si Raúl Oscar Monzón tenía conocimiento –dolo- al llevar a Lencina y Chaves a su vivienda, de que estaba favoreciendo la situación de los coautores, al alojarlos en forma transitoria y cubrirlos, para evitar que deambularan por la ciudad.-
Aquí debemos retornar al examen de las cinco razones que expuso el Dr. Ríos para demostrar el elemento subjetivo, sin dejar de remarcar que en la imputación de este aporte es donde pusieron mayor énfasis y convencimiento ambas acusaciones.-
De todas ellas considero más relevantes a las enumeradas “ut-supra” como a), c) y d), no así la entrega del dinero –b)- y la actitud posterior de pasar a buscar rápidamente a su concubina por la casa de Poloni, a pesar de reconocer la íntima relación entre todas y la necesidad de una valoración global.-
La supuesta entrega del arma por Monzón a Lencina a cambio del pago de $ 100 solo ha sido manifestado por Chaves, pero negado categóricamente por Monzón y su concubina. En el caso de la entrega del dinero, los dichos de Chaves pierden sustento al no existir el más mínimo elemento de prueba o indicio que lo corrobore, excepto que pudiera acreditarse la entrega del arma, lo que tampoco ocurrió. Las referencias de Jozami y Poloni no alcanzan para avalar tal circunstancia, ya que el primero sólo relató que aproximadamente un mes antes del hecho traído a juicio “Topo” Luciani estuvo en tratativas para darle a Monzón un calibre 38, pero no vio que se lo entregara, y el único aporte de Poloni es que uno o dos días después del 27/07/04 Marianela Gonzalez le quizo vender una pistola calibre 22 con cargador con balas, que tenía en su cartera, y en la puerta de la casa del testigo estaba Monzón, quien le explicó las cualidades del arma y le dijo que valía $100, pero él no la compró. Es evidente que por más forzada que sea la interpretación de estos indicios, es ilógico concluir con certeza que Monzón le vendió un arma de fuego a Lencina la noche que lo recibió en su casa por unas horas.-
El único elemento que sustenta la afirmación de Chaves respecto a la entrega del arma, generando dudas, es el tenor de la segunda carta que enviara a Monzón, relacionada con la primera. No obstante esta misiva es obra de Chaves, no de Monzón, cuya supuesta carta a la coimputada nunca se conoció.-
En cuanto al conocimiento de Monzón sobre el dinero que tenía Lencina, el testigo Jozami es quien lo dice en sus declaraciones, pero también agrega que Monzón le comentó que su primo había cobrado unos trabajos en el Penal. ¿Es razonable que Monzón le contara a Jozami que Lencina tenía mucha plata si él sabía que era el producto de un injusto de suma gravedad?.-
Sí resulta sospechoso o sugestivo, al igual que el contenido de las cartas, la actitud de Monzón de desprenderse de su celular, como lo confirman Jozami y su esposa Paulina Villarroel. Ahora bien, también es cierto que posteriormente Marianela Gonzalez fue a buscarlo, y esta conducta no tiene un sentido unívoco. Pero, tal vez lo más importante para destacar es que, de acuerdo a las testimoniales de Damián Darío Bejarano, Gabriela Adriana Ayala, Carlos Alberto Monzón y Susana Beatriz Lemos, el celular de Raúl Monzón era el Nº 0343-155-435546, y según el listado de fs. 3.821/3.823 y 3.868/3.870, las llamadas registradas desde ese número lo fueron al Nº 4353910, que corresponde a Carlos Poloni. Es decir, los llamados desde ese celular no vinculan a Monzón con el secuestro y la circunstancia de que dejara el teléfono a Jozami pierde relevancia.-
Por último, el haber pasado Monzón a buscar a Marianela Gonzalez apurado por el domicilio de Poloni el 27/7/04 puede resultar llamativo o generar alguna suspicacia, pero no se aprecia como un indicio serio que merezca tratamiento.-
En consecuencia, no se trata de desmenuzar las pruebas y los indicios para quitarles fuerza convictiva en su conjunto, sino de ponderar cuáles de ellos tienen significación y valor probatorio para así relacionarlos y evaluarlos con un criterio racional.-
En este entendimiento la pregunta que se impone es, si resulta posible mediante la valoración de las cartas escritas por Chaves, de la circunstancia de que Monzón supiera que Lencina tenía mucho dinero y de la acción de desprenderse del celular, cotejadas con los dichos de Chaves y la desacreditación de la primera indagatoria de Monzón, construir la certeza sobre el conocimiento del encartado a la realización del tipo objetivo. Es decir, si se permite racionalmente con los indicios que he mencionado acreditar el dolo de Monzón, superando la sospecha o el grado de probabilidad.-
Las objeciones a una interpretación unívoca de estos indicios y la escasa entidad de algunos, instalan en el ánimo al momento de dictar sentencia un estado de duda insuperable que impide fundamentar un juicio de plena certeza sobre la participación atribuida a Monzón, debiendo por ello resolver su absolución, conforme lo dispuesto en el art. 4 del C.P.P..-
La duda no resulta en este caso producto de: “1) De un examen superficial de la prueba; 2) Ni fraccionándolo (no en sumatoria); 3) Que quebrante las reglas de la lógica y del correcto pensar; 4) De una apreciación inadecuada (en relación a cada uno de los medios probatorios) que violente las reglas de la sana crítica; 5) Que deje de lado aquellas que regularmente fueron incorporadas a la causa; 6) Que omitió la gestión de prueba conducente, o impidió actuar el deber de colaboración a fin de obtener evidencias que permitieran acceder a la verdad jurídica objetiva; 7) O cuando incurrió en exceso ritual o arbitrariedad” (cfr. Morello, Augusto M., “El beneficio de la duda y la adecuada evaluación de la prueba”, LA LEY 2000-E, 771).-
Así, el principio "in dubio pro reo" se erige en la actualidad como un principio de raigambre constitucional, derivado del estado de inocencia del que goza todo imputado en el proceso penal.-
Su proyección práctica conlleva a la exigencia de que la sentencia de condena -y, por consiguiente, la aplicación de una pena- sólo puede estar construida a partir de la certeza de la existencia de un hecho punible atribuido al acusado. De lo contrario, si no destruye el estado constitucional de inocencia la consecuencia es la absolución.-
Cabe recordar –en respaldo de esta postura absolutoria- que la Excma. Cámara Federal de Apelaciones de Paraná, a fs. 4.177/4.182 vta., ya había revocado el auto de procesamiento dictado a Monzón por el Juez Federal interviniente, que solo exige el grado de probabilidad, mensurando los mismos elementos de prueba aquí valorados. El posterior procesamiento decretado por el Señor Juez de Instrucción Nº 6 se fundamentó en la modificación de la situación procesal del imputado surgida a partir de las nuevas pruebas producidas, que fuera confirmado por la Sala II de esta Cámara del Crimen, destacando el valor cargoso de la indagatoria de Chaves de fs. 4.774/4.776, y fundamentalmente de las testimoniales de Rosa Justina Kollmann y Juan José Romero, todas declaraciones y pruebas que se han desvirtuado durante el debate.-
Es que “la sentencia condenatoria dictada en el proceso criminal debe apoyarse en el triunfo probatorio de la acusación y ausente de la mas mínima duda racional ofreciendo la absoluta seguridad que los hechos han ocurrido de una manera determinada. La duda no puede limitarse a una actitud psíquico - volitiva del judicante, a un estado de ascetismo de éste o de alguna indecisión en su intelecto respecto de un elemento tangencial o periférico previo a la decisión lucubrativa, sino que el “in dubio pro reo" se vincula con el titubeo que objetivamente ofrece la prueba como circunstancia que hace óbice para arribar a la culpabilidad del acusado y destruir el estado de inocencia de linaje magno” (cfr. Báez, Julio C., Repensando el "in dubio pro reo", LA LEY 2006-B, 1078).-
13) En relación a las expectativas que teníamos de que el contradictorio oral, por su propia dinámica, pudiera develar cuál ha sido el destino de Fernanda Aguirre, es indudable que se han visto defraudadas. Ello sin perjuicio de destacar que dicho anhelo no se ha podido lograr tampoco durante la investigación instructoria, y que la finalidad del debate es, en realidad, la de determinar la responsabilidad penal de los procesados, pero las características especiales de este caso por la desaparición de la niña obligaban a intentar una respuesta.-
Es doloroso que pasados más de tres años del secuestro, la familia de la víctima no pueda conocer realmente lo que ha sucedido. La circunstancia de no haberse encontrado a Fernanda después de tanto tiempo resulta desalentadora.-
Las esperanzas de que algún miembro del clan Lencina se conmoviera con la situación y –si es que lo saben- aportara algún dato cierto se han evaporado, ya que ha sido imposible pretender que abandonen sus discursos contradictorios o sus silencios.-
No obstante, debo expresar con cierta resignación que no se puede soslayar que la niña cayó en manos de Miguel Angel Lencina, ni la señal que significa que le haya sacado las zapatillas a la víctima y las haya regalado, ni tampoco que Chaves repitiera varias veces que Lencina le dijo que la nena se había ahorcado sola y que la había tirado a un pozo, ni que algunos de los integrantes de la familia Lencina siempre hayan sostenido que “si la agarró Miguel no debe estar viva”.-
Por supuesto que mientras Fernanda no aparezca todos los esfuerzos en su búsqueda serán válidos y la esperanza de que las cosas no sean como parecen se mantendrá en alto.-
14) Por último, respecto a la labor policial durante la investigación, se advierte que ha existido un trabajo serio por parte de algunos funcionarios de la policía científica, como también un gran despliegue de la fuerza de seguridad provincial y de las nacionales.-
El Gobierno es indudable que puso todo su empeño en la búsqueda de Fernanda Aguirre, como nunca antes se observó ante un hecho criminal. Es cierto que las características de tratarse de un secuestro extorsivo en medio de la ola de este tipo de delitos, que sacudía fundamentalmente a la provincia de Buenos Aires, justificaba el esfuerzo.-
La asistencia a la familia de la víctima y el apoyo gubernamental con todos sus medios para buscarla forma parte sin dudas de la responsabilidad institucional de un gobierno, pero las urgencias políticas por una rápida solución para evitar un conflicto social con resultado incierto, hicieron en este caso que algunos funcionarios policiales actuaran sin profesionalismo ni apego a las reglas del proceso, favoreciendo el ingreso –a sabiendas o por torpeza- de una serie de testigos impresentables, o alentando hipótesis insostenibles, que solo lograron por momentos enturbiar el esclarecimiento del hecho, todo lo cual, seguramente, podrá investigarse a partir de los testimonios extraídos de esta causa.-
Por todo ello, voto en forma afirmativa a la primer cuestión respecto a Chaves y por la negativa respecto a Monzón.-

Los Señores Vocales DOCTORES PEROTTI y GONZALEZ prestaron su adhesión a la misma cuestión por compartir iguales fundamentos.-

A LA SEGUNDA CUESTION EL SEÑOR VOCAL, DR. CHEMEZ, DIJO:
El hecho atribuído a la encartada CHAVES configura el delito de SECUESTRO EXTORSIVO DE UNA PERSONA MENOR DE 18 AÑOS, en GRADO DE COAUTORIA (arts. 170 inc. 1) y 45 del Código Penal).-
De los extremos acreditados en la causa se concluye que están reunidos los elementos del tipo objetivo y subjetivo del delito imputado.-
Así, cabe destacar que este injusto se ubica entre los delitos contra la propiedad, pero representa en realidad un doble ataque a bienes jurídicos, ya que afecta no sólo a aquella por el rescate que debe pagarse, sino también es una grave afrenta a la libertad, siendo su privación el medio extorsivo que utiliza el sujeto activo.-
Se trata de un delito permanente, cuya consumación se mantiene mientras dure la detención de la víctima (cfr. Donna, Edgardo Alberto, “Delitos contra la propiedad”, Rubinzal – Culzoni Editores, año 2.001, págs. 233/239).-
La tipicidad objetiva requiere la sustracción, retención u ocultamiento de una persona, para cobrar rescate. Esta figura básica se agrava –aumentando el mínimo de la escala penal- si se logra este propósito. A su vez, el inc. 1) del citado artículo reagrava el injusto si la víctima –como en el caso de la presente- fuese un menor de 18 años.-
Si bien la primera etapa en la ejecución del delito la llevó a cabo Miguel Angel Lencina –la sustracción de la menor-, Chaves tuvo intervención en los actos sucesivos para lograr la consumación del injusto, al realizar ella misma las tres llamadas extorsivas y la cuarta de distracción, y cobrar el rescate junto al primero.-
Afirmada la tipicidad objetiva, en la figura agravada del inc. 1) del art. 170 del C.P., se comprueba también que Chaves ha actuado con conocimiento y voluntad de realización de ese tipo objetivo, adecuando su conducta al tipo subjetivo del delito que exige el dolo directo, el que está constituido por la finalidad del cobro del rescate. Es decir, la encartada conocía al ejecutar parte del hecho típico que la víctima había sido privada de su libertad y la exigencia del pago de $ 2.000,00 como rescate.-
Se descarta de plano, en base a las probanzas valoradas “ut-supra”, la exclusión del dolo del tipo agravado -por la edad de la víctima- que ha planteado la defensa de Chaves, es decir, el error sobre la circunstancia agravante de la pena. Es sabido que si el autor obra con desconocimiento de una circunstancia que determina una agravación, tal agravación no tendrá lugar. “No pueden imputarse subjetivamente elementos objetivos que funden un mayor injusto cuando sean desconocidos por el agente...” (Zaffaroni, Raúl Eugenio; Alagia, Alejandro; Slokar, Alejandro; “Derecho Penal – Parte General”, 2ª edición, Ediar, año 2.003, págs. 542).-
El argumento defensivo de que Chaves desconocía que la víctima era una persona menor de 18 años haría encuadrar su conducta en la figura del primer párrafo del art. 170, con su agravante por haber logrado el cobro del rescate.-
Pero el alegado desconocimiento no puede tener acogida, teniendo en cuenta –como ha quedado plenamente acreditado- que Chaves: a) se refirió en todos los llamados telefónicos a “la nena” y también lo hizo en varios pasajes de sus numerosas declaraciones indagatorias, utilizando el término “piba” indudablemente como un sinónimo, b) que además se dirigía en sus pedidos de rescate a los “padres” de la víctima, -circunstancia que además se desprende de su indagatoria de fs. 2.916/2.920, “tenemos secuestrada a su hija Fernanda”-, c) que inclusive tuvo oportunidad de ver en el puente de hierro que Julio Domingo Aguirre era un hombre joven, y d) que en una de las cartas escritas por la encartada, que fueron secuestradas en la U.P. Nº 6, mencionó a “la nena”. Son estos elementos externos objetivamente comprobables los que permiten demostrar, como juicio de adscripción, la existencia del dolo.-
Rechazado el planteo del error sobre la circunstancia agravante, tampoco resiste el menor análisis la pretensión de Chaves de ampararse en las causales de inexigibilidad –coacción- y de justificación –estado de necesidad- que invoca.-
En este sentido, se advierte sin hesitación que también el cuadro probatorio ha desvirtuado los dichos de Chaves en sus indagatorias, respecto a que realizó los actos típicos por las amenazas proferidas por Lencina contra ella y sus hijos, y por el miedo o terror que éste le provocó.-
Como se valoró precedentemente, es indudable que la buena relación entre los esposos, el vínculo de afecto entre Lencina y sus hijos, el carácter inverosimil y vago de las amenazas -de estar controlados por el “Corcho” y el “Negro”-, la actitud posterior asumida por Chaves cuando se fueron de Paraná con el monto del rescate –de volver a Concepción del Uruguay apenas la llamó Lencina junto a su hija más chica y dejarla en la casa de un ex interno de la Unidad Penal amigo de su esposo-, las compras que realizó con el dinero obtenido –para ella y sus hijos- y el ascendiente que tenía sobre Lencina –a quien en San Benito lo hizo desistir de cometer un robo a mano armada la tarde del hecho-, son circunstancias objetivas demostradas fehacientemente, que impiden sostener el argumento de actuar bajo coacción o miedo insuperable.-
Así, se impone desechar la existencia de la situación de peligro que invoca Chaves en su defensa, es decir, no resulta de aplicación el tipo permisivo del art. 34 inc. 3) del Código Penal –que excluye la antijuridicidad-, ni la eximente de responsabilidad por inexigibilidad de otra conducta del inc. 2).-
Al respecto, cabe señalar que la coacción o el miedo insuperable (art. 20.6 del C.P. español), según la concepción doctrinaria que se adopte, se trata de un caso de estado de necesidad excluyente de la responsabilidad por el hecho -atribuibilidad- o de un estado de necesidad disculpante -excluyente de la culpabilidad- (cfr. Bacigalupo, Enrique, “Derecho Penal – Parte General”, 2ª edición, Hammurabi – Jose Luis Depalma Editor, año 1.999, pág. 402), que deberá analizarse una vez admitido el carácter típico y antijurídico del hecho, para determinar si existen situaciones o circunstancias externas que impidan al autor adecuar su conducta a la exigencia de la norma. Ante la inexistencia de tal situación alegada por Chaves y por su defensa técnica es imperioso concluir en el rechazo de los planteos de justificación.-
Por último, se ha interesado por los defensores de la imputada la aplicación de la figura del “arrepentido”, prevista en el art. 41 ter del Código Penal –incorporado por ley 25.742-. Este instituto prevé la posibilidad de aplicar una atenuante en el marco legal de la pena a imponer a los partícipes o encubridores del delito que tipifica el art. 170 del C.P., limitando los sujetos que pueden ser abarcados por la atenuante a los partícipes –en sentido estricto-, lo que excluye a los autores o coautores. Así, sin perjuicio de señalar que aún cuando se hubiera condenado a Monzón como partícipe primario o secundario, es evidente que Chaves por su carácter de coautora no está en condiciones de solicitar el beneficio de la reducción de la escala penal. Además, el artículo limita aún más su aplicación en el último párrafo, cuando dispone que sólo podrán gozar de este beneficio quienes tengan una responsabilidad penal inferior a la de las personas que identificasen.-
Por ello, corresponde también rechazar la aplicación del art. 41 ter al momento de la aplicación de la pena.-
La imputada Chaves debe responder como coautora del delito –la coautoría no es más que una forma de autoría- porque tuvo con Lencina el codominio funcional durante el desarrollo del hecho, a excepción del primer tramo ejecutado por éste, en un reparto de tareas dentro del plan global de actuación concreto. Entre los coautores hubo una decisión común (convergencia intencional) para la ejecución del hecho, que vincula funcionalmente los distintos aportes, cumpliendo cada uno su rol. El aporte de Chaves a la ejecución del delito ha sido tal, que sin ese aporte el hecho no hubiera podido cometerse.-
La conducta de la encartada, además de típica y antijurídica, resulta culpable, no existiendo excusas absolutorias. En el curso del debate CHAVES impresionó y se desempeñó como una persona con pleno dominio de sus facultades mentales, lo que confirman los informes médico –de fs. 592- y psicológico-psiquiátrico –de fs. 5.883/5.885- obrantes en la causa, por lo que se encuentra en condiciones de responder penalmente por el delito que se les atribuye.-
Así voto.-

Los Señores Vocales DOCTORES PEROTTI y GONZALEZ prestaron su adhesión a la misma cuestión por iguales fundamentos.

A LA TERCERA CUESTION EL SEÑOR VOCAL, DR. CHEMEZ, DIJO:
Al momento de determinar el monto de la sanción punitiva a que se hace merecedora la imputada, debo necesariamente atenerme a la culpabilidad como principio, llamado medio decisivo, ya sea como limitador de la pena, que no podría ir, como afirma Roxin -"Teoría del ámbito del juego"-, más allá de aquella, sin poder nunca superarla. Sentado el marco de culpabilidad en la previsión legislativa, deberé emprender la tarea de adecuar la pena a aplicar dentro de ese mismo artículo 170 inc. 1) del C.P, el margen de 10 a 25 años de prisión o reclusión, que la norma elegida y cuya subsunción se realizara, establece como pena.-
Es, en este modo interpretativo, con este criterio rector -en el que se debe incluir, necesariamente, la prohibición de doble valoración, (requisito de coherencia interna de la sentencia y derivado del principio del non bis in idem), la necesidad de fundamentación y la perspectiva de ilícito y culpabilidad-; y es aquí, entonces, donde cobran vigencia las pautas mensuradoras contenidas en el Art. 41 del C.P.. Si bien nuestra ley no determina el modo en que deben ser valoradas las circunstancias a tener en cuenta, siendo ambivalente en cierto sentido “amplio" con relación al juzgador, puede y debe hacerse una individualización del monto conforme los principios que rigen e informan nuestro ordenamiento jurídico penal.-
Así, no puedo dejar de recordar al respecto que la gravedad del hecho debe tomarse formulando un hecho "base" como punto de partida a los fines de la graduación (pues no es posible cotejar el hecho en el que fuera coautora Chaves, que considero acreditado, con sí mismo, sino que debe realizarse esta tarea siendo extremadamente cautos en la tarea comparativa).-
Siguiendo a Ziffer, estoy de acuerdo en recurrir en lo que se ha denominado "caso regular", que “puede ser configurado a partir de la criminalidad cotidiana", que presenta una gravedad proporcionalmente escasa y que es ubicada en el tercio inferior del marco legal" -cfr. "Lineamientos de la determinación de la pena" - Patricia Ziffer, Editorial Ad-Hoc, 1996, pag. 103 y sigs.- y que excluyo, desde luego, del llamado “caso de gravedad media", y se construye normativamente, recurriendo a valoraciones implícitas en el tipo, buscando el punto de partida de la valoración legislativa, al decir de Frisch, citado por aquella autora.-
En el caso, la primera agravante de la pena, insoslayable, que debe tenerse en cuenta al momento de la individualización, es la desaparición de la víctima, una niña de 13 años, la que aún permanece desaparecida. Esto se debe analizar en relación a las “consecuencias del hecho”, y hace replantear en el análisis “desvalor de la acción - desvalor del resultado”: lo que será indicativo aquí es el dolo de Chaves, el conocimiento de que se sustrajo una menor y se la hizo desaparecer de la vista y los ojos de sus padres hasta la fecha. La identidad lesiva del hecho, en esta racionalización, nos está dado por el carácter subjetivo de la coautora: la desaparición de una menor de corta edad, de cuya suerte no se tienen noticias a la fecha, reverbera cotidianamente el dolor de las víctimas, sus padres, que aparecen como directos padecientes de un resultado que es semejable, por intensidad y resonancia íntima, al resultado, repercusiones y consecuencias de la desaparición forzada de personas, que fuera analizado desde diversas disciplinas -la psicología, la psiquiatría, la sociología, la antropología, etc.- con motivo de las desapariciones forzadas de personas realizadas por diversos estados y que ha merecido, por su especial característica, por la pena que obliga a soportar a la víctima expectante, por el particular estado de incertidumbre y afección en el que sume al que queda en estado de espera, distintos meditaciones y su inclusión en otras áreas, dentro del derecho humanitario.-
La vida de la menor al lado de sus padres, dentro de un marco de normalidad y libertad se puede decir, sin yerro, que era un bien también coprotegido por la norma, y esto es un razón que permite tener como principal agravante la desaparición de Fernanda Aguirre en la conducta ilícita que le se endilga a Chaves a la hora de determinar la pena que le corresponde.-
En el caso, bajo la manda de observar las “consecuencias del hecho” del código de fondo en su artículo 41, no pueden dejar de advertirse que aquí, en el caso, las consecuencias dañosas tienen tal entidad, tal gravedad, que elevan el monto a imponer en pena hacia arriba del “caso regular” que mencionábamos: si para la aplicación del principio de proporcionalidad estatal en el sistema gravedad de hecho - gravedad de consecuencias de pena debemos atender, necesariamente al sistema ilícito y culpabilidad -que no se diferencian de la teoría de la imputación en general- ello implica la preexistencia de criterios para establecer relaciones, conforme a la misma lógica intrasistemática de la teoría del delito. Aquí podemos distinguir entonces para graduar la pena la intensidad que significa la mantención de la ausencia de una niña de trece años, que se trasluce en la culpabilidad demostrada por la autora.-
Puedo, en segundo lugar, atender a la violencia empleada, pues si bien el secuestro extorsivo es un delito contra la propiedad, por una parte, y contra la libertad del rehén por la otra, es la privación de libertad la que es tenida en miras por el sujeto activo como medio extorsivo. Por ello, las violencias que se ejercen para la privación de libertad son independientes de este delito: el sujeto activo se sirve del poder coactivo de la privación de libertad, en el caso, del poder coactivo que tuvo para los padres de Fernanda Isabella Aguirre para poder obtener de ellos un rescate, pero las violencias ínsitas a las que debió Lencina recurrir para poder retener a la menor, y que, doy por supuesto, debió conocer Chaves, deben ser valoradas como agravante. Ello conforme al grado de instrucción, al nivel intelectual que demostró la coautora tener, a lo largo del proceso y la impresión causada al tribunal, conoció, acorde a una lógica valoración, la violencia que debió ejercerse en el hecho para retener y sustraer a la menor, y ello no trasluce una doble valoración sin dudas: los dichos de Casalino nos hablan claramente de la violencia ejercida sobre la niña para poder ejercitar la sustracción de Fernanda Aguirre, y no puedo sino valorar en contra de Chaves, entonces, conforme la conducta posterior por ella desplegada, y de acuerdo a la personalidad por ella demostrada, que ignoró las mismas, y que las violencias sobre la niña deben ser meritadas en su contra y perfectamente separables del tipo penal que subsume su conducta que en este fallo se da por acreditada.-
También deben valorarse como agravantes en la conducta de Chaves a los fines de la determinación de la pena, las circunstancias en las que se cometió el hecho: en un lugar apacible, tranquilo, donde la vida no está signada por la impronta de miedo e inseguridad en la que se vive en las ciudades, y donde era posible y razonable, conforme un cuidado medio, que una niña de la edad de Fernanda caminara, con anuencia de su madre y hermana, llevando un mandado de flores. Esta situación de desprevención y sorpresa, de aprovechamiento de la circunstancia y el medio, tiempo y espacio elegido, como así también la intervención de más de dos personas en la aprehensión de la menor rehén, con sus particulares características, juegan como agravantes en la determinación de la pena y no son las fundantes del tipo penal, por lo que el peligro de la doble valoración queda aquí también sobrepasado. Como esta Sala ha dicho, aquí cobran su entero vigor las relaciones entre consumación y tentativa, entre autores y partícipes, entre culpabilidad plena y disminuida, entre justificación y exceso, conforme la aplicación de criterios de imputación: la intervención de varias personas por lo general en los distintos tipos penales, agrava el hecho. El esfuerzo realizado por Chaves en los llamados extorsivos, la calidad de los motivos que tuvo, que son una referencia a su culpabilidad, para realizar su conducta disvaliosa, y también juegan elevando la pena: la falsa expectativa que crea al realizar el cuarto llamado, para asegurarse una salida pronta y despejada de las autoridades a ella y su pareja, no son más que una demostración su personalidad.-
Debe además, tenerse como agravante la consideración de las víctimas, de los padres de Fernanda Aguirre, en atención a “la calidad de las personas": esto es, tomando como criterio rector (que se desprende de toda la organización típica del código) el que reza que mientras mayores posibilidades de repeler el ataque por parte de la víctima tenga, menor será el contenido del ilícito. Aquí no se considera la particular indefensión de Fernanda, la rehén, contenida en la agravante de la figura base, sino la especial simplicidad e ingenuidad, el peculiar desamparo y la especie de orfandad que demostró tener su padre, que escasamente podía leer y escribir, como se demostró en la audiencia, un hombre de trabajo sin muchos recursos controfensivos, quien, al recibir la noticia del llamado extorsivo de la imputada, sin dudar corrió a llevar el dinero al lugar y a la hora indicadas por Chaves; así también, este desabrigo se denota en su madre, quien sólo atina a apurarse a complacer a la mujer que llamaba en su repugnante reclamo, sin pedirle estar al habla con su hija, sin pedirle una prueba que efectivamente, era Fernanda a la que tenían capturada. Esto debe considerarse en su contra a la hora de determinar la pena, y no puede ignorarse en el caso, para ello, que Chaves no solo pudo advertir todas estas características en las víctimas, con los llamados, sino que se encontró cara a cara con Julio Aguirre, y pudo apreciar, en directo, la soledad y el aislamiento, la desesperación y fragilidad del mismo, y teniendo ello conocido, continuar en sucesivas secuencias, hasta realizar el cuarto llamado en falsa expectativa. Esas condiciones inciden en considerar que tuvo plena capacidad de reconocer la antijuridicidad del hecho, en el momento del acto, y de llevar a cabo los actos que constituyeron el secuestro extorsivo. La posibilidad de desistir en las distintas etapas en que se desplegó la conducta, y su capacidad de discernimiento demostrada en la audiencia llevan sin dudas, a concluir una mayor culpabilidad a los fines de la determinación de la pena a aplicar.-
En este discurrir, debe valorarse en contra también, de la encartada, la conducta posterior al hecho, esto es las distintas versiones que da, la culpabilización plena de quien fuera su marido y padre de sus hijos, hoy muerto, el cambio y renovación de historias en las que incluye personajes, cambia episodios y transcurre no sólo sin demostrar cualquier resquicio de arrepentimiento sino que despista continuamente sobre el paradero y posible ventura de la menor. Esto no implica, ni significa, que la conducta posterior de Chaves y algunas de sus pueriles versiones materiales se erijan como conductas autónomas, capaz de modificar el ilícito luego de su consumación: la conducta posterior de Chaves sólo tiene relevancia en cuanto permite, en este marco, extraer conclusiones acerca de su culpabilidad y personalidad, en la medida que ésta continúa reflejando el ilícito en concreto, este hecho en particular.-
Los motivos y la demostración de personalidad de Chaves, los móviles éticos (que indican que más grave la pena en cuanto más bajos sean los motivos) si bien no implican una llave para entrar a juzgar la responsabilidad por la conducción de su vida ni una suerte de reprochabilidad moral, nos dirigen a que debe agravarse en este sentido también la pena.-
La responsabilidad de la condenada puede y debe ser juzgada conforme el fin de protección de la norma, y así, la conducta de la autora es más grave en cuanto no se advierten muchas razones positivas -que no se protejan por el ordenamiento- que la impulsen a cometer la acción que lesionara la propiedad de las víctimas y la libertad de Fernanda como medio comisivo.-
Las únicas circunstancias atenuantes que advierto se dieron en el caso, son la carencia de antecedentes de Chaves, y las condiciones personales: su edad, su calidad de madre, y sus circunstancias personales de vida, su grado de educación, y el abandono sufrido en su corta edad. Para ponderar la vida que llevó hasta el momento del acto, puede valorarse lo consignado y dictaminado por los profesionales de la salud en oportunidad de realizarle el informe psiquiátrico- psicológico, y las evidenciadas en el conocimiento de visu que en la audiencia se obtuviera.-
En función de ello, conforme las pautas de los arts. 40 y 41 del Código Penal, estimo justa la imposición de una pena de DIECISIETE AÑOS DE PRISION y ACCESORIAS LEGALES -arts. 5, 12, 40, 41, 170 inc. 1º) y 45 del Código Penal-.-
Deberán extraerse testimonios de las declaraciones de Adrián Daniel Schonfeld, Ulises Leonidas Alvarez y demás piezas pertinentes, y remitirse al Señor Agente Fiscal en turno, para investigar la presunta comisión de delitos de acción pública del que habría resultado víctima el primero -art. 134 del C.P.P.-.-
Deberán extraerse testimonios de las declaraciones de Cristian Fabian Torres, Rubén Darío Monzón y demás piezas pertinentes, y remitirse al Señor Agente Fiscal en turno, para investigar la presunta comisión de delitos de acción pública de los que éstos habrían resultado víctimas -art. 134 del C.P.P.-.-
Deberán extraerse testimonios de las declaraciones de Carina Andrea Villanueva, Alejandra Pamela Casalino y demás piezas pertinentes, debiendo remitirse al Señor Agente Fiscal en turno, a los efectos de investigar la presunta comisión de delitos de acción pública por parte de Ester Torres, que podrían configurar prima facie el tipo del art. 125 bis del C.P. -art. 134 del C.P.P.-.-
Asimismo, deberán extraerse testimonios de la presente y remitirse al Juzgado de Instrucción Nº 6, para que sean agregados al expediente de búsqueda de la menor Aguirre, conforme lo solicitado por el Ministerio Pupilar.-
Deberán extraerse testimonios de las piezas pertinentes, en donde se mencione la supuesta situación de vulnerabilidad en la que se encontrarían los menores de las familias Lencina y Casalino y los hijos de María Rosa Monzón, para su remisión al Juzgado de Menores y Familia, conforme lo solicitado por el Ministerio Pupilar.-
Las costas deberán declararse a cargo de la imputada CHAVES, en el 50%, y el resto de oficio -arts. 547 y 548 del C.P.P..-
Se dispondrá el levantamiento de las medidas cautelares trabadas sobre los bienes de los imputados, debiendo librarse los despachos correspondientes.-
En relación a los efectos secuestrados, se deberá disponer la remisión de la totalidad al Señor Juez de Instrucción Nº 6 para que sean agregados en el “Incidente de búsqueda y localización de Fernanda Aguirre”, a los efectos que estime corresponder, a quien se autorizará expresamente para que disponga sobre el decomiso, destrucción y/o entrega sobre aquellos que no incumban a la tramitación de su causa.-
No corresponderá regular los honorarios profesionales de los letrados intervinientes, en razón de no haberlo solicitado -art. 97 de la ley 7046-.-
Así voto.-

Los Señores Vocales DOCTORES PEROTTI y GONZALEZ prestaron su adhesión a la misma cuestión por iguales fundamentos.-

Por todo ello se dicta la siguiente,

S E N T E N C I A:

I) DECLARAR a MIRTA ANALIA CHAVES, de las demás condiciones personales consignadas en autos, coautora material y responsable del delito de SECUESTRO EXTORSIVO DE UNA PERSONA MENOR DE 18 AÑOS, y CONDENARLA A LA PENA DE DIECISIETE AÑOS DE PRISION y ACCESORIAS LEGALES -arts. 5, 12, 40, 41, 170 inc. 1º) y 45 del Código Penal-.-
II) ORDENAR LA INMEDIATA DETENCIÓN de MIRTA ANALIA CHAVES, revocando la excarcelación oportunamente concedida, decretando su prisión preventiva, y disponiendo su alojamiento en la Unidad Penal Nº 6; arts. 307, sigs. y concs. del C.P.P..-
III) ABSOLVER DE CULPA Y CARGO a RAUL OSCAR MONZÓN, de las demás condiciones personales consignadas en autos, por el delito de SECUESTRO EXTORSIVO DE UNA PERSONA MENOR DE 18 AÑOS, conforme viniera requerido a juicio; arts. 170 inc. 1º), 45 y 46 del Código Penal y 4 y 510 del C.P.P..-
IV) ORDENAR LA INMEDIATA LIBERTAD de MONZÓN, librando los oficios correspondientes.-
V) EXTRAER TESTIMONIOS de las declaraciones de ADRIAN DANIEL SCHONFELD, ULISES LEONIDAS ALVAREZ y demás piezas pertinentes, debiendo remitirse al Señor Agente Fiscal en turno, a los efectos de investigar la presunta comisión de delitos de acción pública del que habría resultado víctima el primero, conforme lo dispuesto en el art. 134 del C.P.P..-
VI) EXTRAER TESTIMONIOS de las declaraciones de CRISTIAN FABIAN TORRES, RUBEN DARIO MONZÓN y demás piezas pertinentes, debiendo remitirse al Señor Agente Fiscal en turno, a los efectos de investigar la presunta comisión de delitos de acción pública de los que éstos habrían resultado víctimas, conforme lo dispuesto en el art. 134 del C.P.P..-
VII) EXTRAER TESTIMONIOS de las declaraciones de CARINA ANDREA VILLANUEVA, ALEJANDRA PAMELA CASALINO y demás piezas pertinentes, debiendo remitirse al Señor Agente Fiscal en turno, a los efectos de investigar la presunta comisión de delitos de acción pública por parte de Ester Torres, que podrían configurar prima facie el tipo del art. 125 bis del C.P., conforme lo dispuesto por el art. 134 del C.P.P..-
VIII) EXTRAER TESTIMONIOS de la presente y remitir al Juzgado de Instrucción Nº 6, a los fines de su agregación al expediente de búsqueda de la menor Fernanda Aguirre, conforme lo solicitado por el Señor Representante del Ministerio Pupilar.-
IX) EXTRAER TESTIMONIOS de las piezas pertinentes de los presentes obrados, en donde se mencione la supuesta situación de vulnerabilidad en la que se encontrarían los menores de las familias Lencina y Casalino y los hijos de María Rosa Monzón, los que se remitirán al Juzgado de Menores y Familia, conforme lo solicitado por el Señor Representante del Ministerio Pupilar.-
X) DECLARAR LAS COSTAS a cargo de la imputada CHAVES, en el 50%, y el resto de oficio -arts. 547 y 548 del C.P.P..-
XI) LEVANTAR LAS MEDIDAS CAUTELARES trabadas sobre los bienes de los imputados, librándose al efecto los despachos pertinentes.-
XII) DISPONER la remisión de la totalidad de los efectos secuestrados al Señor Juez de Instrucción Nº 6 para su agregación en el “Incidente de búsqueda y localización de Fernanda Aguirre”, a los efectos que estime corresponder, autorizándolo expresamente para que disponga sobre el decomiso, destrucción y/o entrega sobre aquellos que no incumban a la tramitación de su causa.-
XIII) NO REGULAR LOS HONORARIOS PROFESIONALES de los letrados intervinientes, en razón de no haberlo solicitado; art. 97 de la ley 7046.-
XIV) Protocolícese, regístrese, comuníquese, líbrense los despachos pertinentes, practíquese por Secretaría cómputo de pena y en estado archívese.- Fdo.: Dres. CHEMEZ – PEROTTI – GONZALEZ. Ante mí: Dra. MARCELA B. BADANO. Secretaria. Doy Fe.


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HOY SE REALIZÓ LA AUDIENCIA DE CASACIÓN EN LA CAUSA CONOCIDA COMO "FERNANDA AGUIRRE"

-El veredicto se dará a conocer mañana a la hora 12.30-
Tuvo lugar hoy en Paraná, en el Salón de Actos del STJ, la Audiencia de Casación, en la Causa Nº 5.448 “CHÁVEZ, MIRTA ANALÍA – MONZÓN, RAÚL OSCAR S/ SECUESTRO EXTORSIVO Y PARTICIPACIÓN SECUNDARIA DE SECUESTRO EXTORSIVO”, por la desaparición de la menor Fernanda Aguirre, acaecida el 25 de julio del año 2004.-
Este procedimiento se llevó a cabo a raíz del recurso presentado por la Fiscalía, disconformándose por la absolución de Raúl Monzón, y por la Defensa de Mirta Chávez, en desacuerdo por el monto de la pena que la Sala I de la Cámara del Crimen de Paraná, le impusiera a su defendida en diciembre pasado.-
El Tribunal interviniente conforma la Sala I de Procedimientos Constitucional y Penal del máximo órgano judicial provincial, y está integrado por los Dres. Carlos Chiara Díaz, Daniel Carubia y Claudia Mizawak.-
Estuvieron presentes en el acto, el Fiscal Adjunto de la Fiscalía Gral. de la Provincia, Dr. Jorge Beades, los abogados Querellantes, Dres. Julio Federik y Leandro Ríos; los Defensores de Chávez, Dres. Nora Lanfranqui y Humberto Franchi, los Defensores de Monzón, Dres. Rubén Paglioto e Iván Vernengo, y Periodistas y Reporteros Gráficos de los siguientes medios de Comunicación: Diarios El Diario y Uno, Semanario Análisis, Canales 9, 11, Multicanal y Telefe, y Agencias Télam y AIM.-
Presenció asimismo la audiencia el co-imputado Raúl Monzón, quien se encuentra en libertad, en tanto que Mirta Chávez, decidió no hacerlo, permaneciendo alojada en dependencias de la Unidad Penal Nº 6 de la capital entrerriana. Tampoco concurrieron la madre de la víctima ni el Ministerio Pupilar en su representación oficial, y no hubo asistencia de público, no obstante el carácter abierto de esta audiencia realizada en el 2º Piso del Edificio Tribunales, de la capital provincial.-
Tras el enunciado del objeto del acto, por parte del Presidente del Tribunal, Dr. Chiara Díaz, el procedimiento se inició con la exposición del Fiscal Beades, continuó con la alocución compartida de los Defensores de Chávez, y luego le siguieron con la misma modalidad, los Querellantes y los Defensores de Monzón, haciendo reserva el Dr. Paglioto, de interponer Recurso Extraordinario Federal, en caso de que el Tribunal revoque la Sentencia de la Cámara.-
Al cierre de la audiencia, y previo a la Deliberación del Cuerpo, su Presidente hizo saber a los asistentes, que mañana a la hora 12.30, darán a conocer su veredicto, mientras que sus fundamentos, se harán públicos en el término de 20 días corridos.-

OFICINA DE PRENSA STJER, 11 de agosto de 2008.-

Prof. Inés Ghiggi
Encargada de Prensa STJER