Informe Especial
¿CÓMO PROCEDER
EN CASOS DE
EN CASOS DE
ABUSO SEXUAL INFANTIL?
-El STJER y la Defensoría General del P. Judicial participaron en la Mesa de Fortalecimiento Familiar que elaboró el Protocolo de Actuación que tiene por principal objeto: evitar la revictimización de niños/as y adolescentes que han padecido esta agresión, preservar la prueba, y asegurar las garantías procesales de víctimas e imputados. En este informe: sus aspectos sobresalientes-.
06-08-10 El PROTOCOLO INTERINSTITUCIONAL DE ACTUACIÓN EN CASOS DE ABUSO SEXUAL INFANTIL, se firmó en Concordia el pasado 5 de julio. Al día siguiente se lo aprobó en el seno del STJ de Entre Ríos, en reunión de Acuerdo General Nº 22/10 (Punto 8º a-), y se encuentra vigente desde el 1º de agosto ppdo..-
Dicho Protocolo fue elaborado por la Mesa de Fortalecimiento Familiar que funciona en la provincia desde el año 2008. Está integrada por representantes del STJER, la Defensoría General del P. Judicial, el Ministerio de Salud, el Ministerio de Gobierno, el Consejo Provincial del Niño, el Adolescente y la Familia (COPNAF), el Consejo General de Educación (CGE), la Dirección General de Asistencia Integral a la Víctima del Delito, la Policía de Entre Ríos, y organizaciones de la sociedad civil.-
Contiene información pormenorizada acerca de los consensos a los que se ha arribado con relación a las acciones que deben desarrollarse en forma conjunta y coordinada, en los casos en que se presentan niños, niñas o adolescentes que han sido abusados sexualmente.-
Dichas acciones se rigen por el interés superior del niño/a, y tienen como objetivo evitar su revictimización, y promover redes de trabajo interdisciplinar e interinstitucional, asegurando el cumplimiento de las garantías procesales de la víctima y el acusado, y la preservación de la prueba.-
Apoyado en normativas vigentes a nivel nacional, internacional y provincial que específicamente se explicitan, este Protocolo, aporta elementos para determinar fehacientemente el grado de urgencia y vulnerabilidad de las víctimas en los casos que se presentan, y determina pormenorizadamente las competencias de las áreas participantes, estableciendo con claridad el circuito que debe recorrer una denuncia por abuso sexual infantil.-
A este respecto, además de las vías de denuncia hasta ahora existentes –como son la Policía o la Fiscalía en turno-, este Protocolo establece que el hecho puede ser puesto en conocimiento de las autoridades, por la víctima, o sus representantes legales, o por las instituciones públicas que lo detecten, ante el Ministerio Pupilar, organismo éste que debe dar intervención a la Fiscalía, y ésta a su vez, al Juez.-
A las víctimas menores de edad se les recibirá declaración en Cámara Gesell, y se trabajará en conjunto con el COPNAF, y con la Dirección General de Asistencia Integral a la Víctima.-
A su vez, el Protocolo de referencia, contiene un apartado especial que contempla los Protocolos Internos de actuación, de cada una de las entidades gubernamentales que participan, con referencias explícitas acerca de competencia, derivación, y articulación. Y, asimismo, incluye una Ficha con datos exhaustivos que deberá conformar el médico interviniente, valiéndose de un Kit de Atención que a los efectos se proveerá, y que contiene: una bolsa o un sobre de papel Manila para la ropa de la víctima; una hoja de papel del largo de la camilla para que sobre él se practique el desvestido a fin de recoger eventuales pruebas que se preservarán con el prolijo doblado de dicha hoja; anticoncepción de emergencia para suministrar a niñas que hayan menstruado; y un ejemplar del Protocolo de Abuso.-
Copia completa y textual del mismo, podrá obtenerse en breve, en: sic-jusentrerios.blogspot.com y en: http://www.jusentrerios.gov.ar/
Redacción sintética para Radio y T.V.:
¿CÓMO PROCEDER EN CASOS DE ABUSO SEXUAL INFANTIL?
El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos y la Defensoría General del Poder Judicial, participaron en la Mesa de Fortalecimiento Familiar que elaboró el Protocolo Interinstitucional de Actuación en Casos de Abuso Sexual Infantil.-
Dicho Protocolo contiene información pormenorizada acerca de los consensos a los que se ha arribado con relación a las acciones que deben desarrollarse en forma conjunta y coordinada, en los casos en que se presentan personas menores de edad que han sido abusadas sexualmente.-
Tiene por principal objeto: evitar la revictimización de niños/as y adolescentes que han padecido esta agresión, preservar la prueba, y asegurar las garantías procesales de víctimas e imputados.-
Además de las vías de denuncia hasta ahora conocidas, como son la Policía o la Fiscalía en turno, este Protocolo establece que el hecho también puede ser dado a conocer por la víctima, o sus representantes legales, o por las instituciones públicas que lo detecten.-
En este caso, se debe anoticiar al Ministerio Pupilar para que dé intervención a la Fiscalía, y luego intervenga el Juez.-
A partir de la denuncia, el caso será tratado en forma coordinada por profesionales de diversas áreas gubernamentales.-
Cada área tiene su propio Protocolo Interno que detalla los pasos que se deben seguir, y cómo se debe actuar.-
Y para una mejor atención médica, los profesionales de la salud que intervengan en casos de Abuso Sexual Infantil, tienen en el Protocolo una Ficha modelo, con los datos precisos que deberán recabar en el examen. Y para ello, se les suministra un Kit de Atención, con los elementos necesarios.-
El Protocolo Interinstitucional con el que ahora cuenta la provincia, fue aprobado por el Superior Tribunal de Justicia, el mes pasado, y se encuentra vigente desde el 1º de agosto del año en curso.-
Gacetilla Informativa Nº 32/10 - 6 de agosto de 2010.-
Jefa de Despacho SIC-STJER
sic.jusentrerios@gmail.com
prensatribunales@jusentrerios.gov.ar