Ley Nº 9.985

COMENZÓ A FUNCIONAR EN ENTRE RÍOS EL
REGISTRO ÚNICO DE ASPIRANTES A
GUARDA CON FINES ADOPTIVOS

10-12-2010 -Depende de la Defensoría Gral. de la Provincia ubicada en el 1er. Piso de los Tribunales de Paraná a cargo del Dr. Maximiliano Benítez, Secretaría de la Dra. Lorena Calí. Cuenta con dos empleadas administrativas y se prevé incorporar el Equipo Técnico en Febrero y abrir las inscripciones en Abril de 2011-.

        Tal como oportunamente se informara*, el Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos (R.U.A.) se creó mediante Ley Nº 9.985 del 3 de septiembre pasado. Tiene asiento en la ciudad de Paraná y su competencia es provincial, dependiendo orgánicamente de la Defensoría General de la Provincia cuyo titular es el Dr. Maximiliano Benítez.-
        Dicho Registro comenzó operativamente a funcionar el pasado 1º de diciembre, en la oficina ubicada en el primer piso del Edificio Tribunales de calle Laprida 250, de cuya Secretaría se encuentra a cargo la Dra. Lorena Cecilia Calí.-
        Se desempeñan allí dos empleadas administrativas, quienes actualmente se encuentran cargando la Base de Datos de pretensos adoptantes y de niños/as y adolescentes en condiciones de adoptabilidad oportunamente registrados, encontrándose actualmente cerrada la inscripción.-
        Conforme informara el Dr. Benítez, el Equipo Técnico con el que la Ley ordena la conformación de este Registro Único será incorporado en el mes de febrero próximo, y estará compuesto por dos Asistentes Sociales y una Psicóloga, previéndose abrir las inscripciones 2011, en el mes de Abril.-
        Como se recordará, el pasado 30 de septiembre la provincia de Entre Ríos adhirió a la Ley Nacional de Registros que creó la Dirección Nacional del Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos, y a sus correspondientes Decretos Reglamentarios. –
        Ello permite contar con información centralizada respecto a todas aquellas personas que se encuentran admitidas como pretensos adoptantes, tanto de toda la provincia como la de aquellas que también se encuentran adheridas a la norma de referencia, cuales son: Buenos Aires y su Ciudad Autónoma, Jujuy, La Rioja, Neuquén, San Juan, Santa Cruz, Santa Fe, y Tierra del Fuego.-
        De esta manera, los Jueces y los Magistrados de los Ministerios Públicos de Entre Ríos que tienen competencia en la materia, gozarán de condiciones óptimas para el desempeño de su función, pudiendo otorgar guardas de niños/as o adolescentes de la provincia, dentro de su propio territorio. Y si eso no resulta factible, recurrirán a un núcleo familiar del resto del país.-
        El Defensor General afirmó que la modalidad operativa a instrumentarse, será transparente, rápida, segura, y fácil, pues para ello se contará con el Sistema Informático que proporciona, dirige y controla, la referida Dirección Nacional.-
         Los Magistrados y Funcionarios competentes del Poder Judicial de Entre Ríos, podrán acceder al mismo mediante una clave personal y confidencial que el R.U.A. de la provincia les gestionará oportunamente, a tales efectos. Y por su parte, cada aspirante a guarda podrá asimismo controlar su trámite, mediante una clave que también a esos fines se le asignará.-
        Para mayor información, dirigirse a ruaer@jusentrerios.gov.ar o al teléfono 0343-4209409 int. 407.-

        Gacetilla Informativa Nº 71/10 - 10 de diciembre de 2010.-


Prof. Inés Ghiggi                                      
Jefa de Despacho SIC-STJER                          
sic.jusentrerios@gmail.com                            
prensatribunales@jusentrerios.gov.ar                   

____________________
* Ver Gacetilla Nº 50/10 del 6.10.10, en sic-jusentrerios.blogspot.com y/o en www.jusentrerios.gov.ar – Prensa – Gacetillas Informativas.-