Apertura del Año Judicial 2011
TRAS SU ALOCUCIÓN PÚBLICA DEL MEDIODÍA
LA DRA. PAÑEDA DECLARÓ FORMALMENTE INICIADO EL AÑO JUDICIAL EN CURSO
22-03-2011 -Ante un salón colmado de asistentes, y la presencia de importantes autoridades políticas y judiciales de la provincia, así como del Presidente de JUFEJUS y Ministros de la CSJ de Santa Fe, el acto se desarrolló en el 2º Piso de los Tribunales de Paraná, a partir de la hora 12.20, culminando a alrededor de las 13.40. A continuación, el texto completo del discurso de la Presidenta del STJER, e imágenes de la ceremonia-.
DISCURSO DE APERTURA DEL AÑO JUDICIAL 2011
DRA. LEONOR PAÑEDA
PRESIDENTA STJER
Buen Día. Autoridades ya mencionadas, magistrados, funcionarios, empleados. En nombre del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Entre Ríos y en el mío propio quiero ante todo agradecer vuestra presencia en esta apertura del Año Judicial 2011, ya que la misma evidencia el compromiso asumido con este Poder del Estado, con su tradición y su proyección futura.
Agradezco muy especialmente a los colegas de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe, que nos acompañan y han debido dejar sus múltiples e importantes ocupaciones para desplazarse hasta esta ciudad.
Hoy, retomamos luego de una década esta ceremonia en la convicción de que la misma reviste particular significación, ya que es la oportunidad propicia para dar a conocer a la comunidad las políticas, programas y proyectos del Poder Judicial ejecutados, en ejecución y a ejecutar por una gestión –como en el caso de ésta, en que ha transcurrido el primer año-.
El Poder Judicial en un Estado democrático y republicano de derecho tiene asignado un rol institucional trascendente. Ya en el siglo XVIII irrumpieron las repúblicas democráticas modernas que ideológicamente reconocen dos principios básicos: asegurar la libertad del hombre e instrumentar sistemas de control del poder que preserve a los mismos de abusos y desviaciones. Si partimos de la teoría clásica francesa de la división de poderes –o funciones- en el sistema político, el Poder Judicial es uno de los tres poderes del estado al que se ha dotado de INDEPENDENCIA, que ejerce su propio gobierno, así como la cuota de control interpoderes que le compete en el marco del sistema de frenos y contrapesos, cuadrando destacar entre sus funciones, en punto a su importancia, la del CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD Y CONVENCIONALIDAD y la de IMPARTIR JUSTICIA, o sea, la de resolver conflictos mediante la imparcial aplicación del derecho al caso concreto, otorgando tutela efectiva a los derechos y garantías reconocidas por la Constitución y las leyes a los ciudadanos en tiempo oportuno, contribuyendo así a consolidar los valores de justicia, equidad y solidaridad, con directa incidencia en la contribución a la paz social.
Pero si bien el rol político institucional atribuido al Poder Judicial ha sido plasmado en la Constitución Nacional y las Cartas Fundamentales provinciales su extensión, límites y alcances se insertan en un proceso dinámico que abreva en las convicciones, creencias y valores socioculturales de la sociedad en un tiempo histórico determinado.
Hoy el Poder Judicial afronta expectativas y demandas de la comunidad que han ido mutando su perfil e incluso exceden su competencia propia, como ocurre en los casos de la cada vez más frecuente llamada judicialización de la política, sometiéndose a los magistrados a una cantidad, calidad y complejidad de controversias que les impone una altísima exigencia en el desempeño de su función.
Dar respuesta a todas estas cuestiones en el contexto de un mundo de creciente complejidad, fragmentación y aceleración temporal cada vez más intensa, representa un desafío que no sólo debemos atender sino que debemos afrontar con total independencia, imparcialidad, eficiencia, eficacia, calidad y celeridad.
Pero la adecuación a tal cosmovisión no puede quedar sujeta a la improvisación o a respuestas coyunturales, sino que requiere necesariamente de planificación, determinación de prioridades, disposición de los recursos necesarios y suficientes y fundamentalmente, de la concepción y desarrollo de verdaderas políticas de Estado de corto, mediano y largo plazo a fin de dotarlas de previsibilidad y estabilidad, fundadas en amplios consensos, que requieren también su articulación con los poderes políticos en lo que es materia de su competencia. La obtención de los objetivos propuestos es responsabilidad del Poder Judicial en todo lo que de él dependa, pero también es responsabilidad de los poderes políticos que deben contribuir a tal empresa en la medida de sus atribuciones y deberes.
Actuar conforme a ello, indiscutiblemente otorga calidad a las instituciones y la calidad institucional tiene directa relación con el crecimiento y el desarrollo de un país. En particular, la calidad institucional del Poder Judicial siempre ha precedido en los países desarrollados a estos fenómenos y no a la inversa.
En tal cometido se impone iniciar, en algunos aspectos y continuar en otros, un proceso transformador del Poder Judicial Provincial en pos de su modernización y adecuación al requerimiento de los tiempos.
Sabido es que ha sido y es un imperativo constante y común a todos los Poderes Judiciales el de preservar y fortalecer su Independencia. Ello resulta una altísima prioridad. Mucho hemos hablado de este principio básico sustrato de la división de poderes propia de un sistema republicano y democrático de gobierno. Pero tan esencial garantía institucional demanda indispensablemente, para su ejercicio pleno y efectivo, entre otros requerimientos, contar con autonomía presupuestaria. Hemos escuchado a la Corte Suprema de Justicia de la Nación reclamar enfáticamente por ello. Otros Poderes Judiciales del país lo han hecho. Nosotros también lo hemos hecho.
En tal sentido, debo hacer referencia a que ya en los inicios del año 2010, en la primera audiencia que el STJER mantuvo con el Sr. Gobernador de la Provincia, se incluyó en la agenda común la temática de la autonomía presupuestaria ya que, a falta de previsión en el Derecho Público Provincial de ella la independencia del Poder Judicial, en este aspecto, reconoce como únicos anclajes el respeto entre los Poderes del Estado y la razonabilidad de los requerimientos. Dijimos entonces que toda irrazonable o insuficiente participación del Poder Judicial en el presupuesto provincial no sólo evidencia la escasa importancia institucional que se asigna a la justicia, sino que tiene aptitud para afectar la independencia del Poder Judicial, siendo claramente incompatible con este principio basilar.
Hicimos en esa oportunidad y lo hacemos ahora la aclaración de que no estábamos significando que ello obedeciera a causalidades concretas o intencionalidad histórica o actual de los Poderes Políticos, pero señalamos que el sistema vigente y la recurrencia a los llamados “refuerzos” a los que inexorablemente debemos acudir, no resultan la herramienta adecuada, y que utilizados de modo sistemático tienen aptitud potencial para tal afectación ya que no se posee el derecho a los recursos que un crédito presupuestario otorga sino que se está a merced de la voluntad discrecional de los otros poderes del estado, lo que es impropio y extraño a la naturaleza misma de toda garantía y en particular de la que tratamos.
Con gran satisfacción, por ser una antigua y reiterada aspiración del Poder Judicial de Entre Ríos, el Sr. Gobernador de la Provincia nos manifestó poco tiempo después su voluntad política de trabajar en pos de la autarquía del Poder Judicial.
Ante ello el STJER encomendó a la Comisión de Política Salarial la formulación de una propuesta, para la elaboración de un Anteproyecto de Ley en las condiciones que una autarquía de calidad presupone.
Quiero recordar que la mencionada Comisión está integrada por dos representantes de los Ministerios Públicos, de la Asociación de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial de la Provincia, de la Asociación Judicial de Entre Ríos y del Alto Cuerpo, y fue creada el pasado año mediante el Acuerdo General N° 11 de abril de 2010, con criterio participativo, democrático y multisectorial –presupuestos necesarios para que un proyecto, obra o programa pertenezca a todos, sea sentido como propio y garantice su éxito- ante la impostergable necesidad de contar con una POLÍTICA SALARIAL PROPIA, construida en función de las particularidades específicas y únicas del Poder Judicial, de igual modo que hoy la poseen los Poderes Ejecutivo y Legislativo.
Una política salarial equitativa e igualitaria para todos los Poderes Judiciales del País reviste una trascendencia institucional tal que ha sido promovida en reiteradas oportunidades por la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, habiendo sido materia de recomendación en la III y VI Conferencia Nacional de Jueces convocada por dicho Tribunal Supremo, e impulsada y avalada por la Junta Federal de Cortes y Superiores Tribunales de las Provincias Argentinas y ciudad Autónoma de Buenos Aires –JU.FE.JUS.- en la inteligencia de que ella fortalecerá a los Poderes Judiciales argentinos, mejorará la calidad institucional y conferirá una mayor independencia funcional.
Para el diseño de una política salarial del Poder judicial de Entre Ríos se tomó como parámetro inmediato el modelo que actualmente rige en la materia en la Región Centro Geográfica –integrada por las Provincias de Santa Fe y Córdoba, además de la nuestra- por ser la región de pertenencia.
Resultado de tal emprendimiento es el convenio recientemente celebrado entre el Sr. Gobernador de la Provincia, por el Poder Ejecutivo Provincial y quien les habla, por el Poder Judicial de Entre Ríos en fecha 12 de noviembre de 2010, que fuera ratificado “ad referéndum” de la Legislatura mediante Decreto 5302/PE, y el Acuerdo General N° 32/STJ, de fecha 28-09-10 y fue, como anticipé, producto del trabajo participativo, consensuado y multisectorial en el orden interno y representativo en cuanto a la articulación interpoderes, e instrumenta un sistema claramente superador del mecanismo vigente.
Resulta insoslayable explicitar a grandes rasgos los aspectos sustanciales y alcances del sistema que en materia de política salarial instrumenta este convenio en atención a su relevancia institucional.
El Acuerdo se divide en dos partes. La primera, referida a la vinculación de la adecuación salarial de los miembros del Poder Judicial provincial a pautas objetivas –cuales son los porcentajes que otorgue en tal calidad la CSJN para la Justicia Nacional y Federal- que la preserven de alternativas y eventuales condicionamientos discrecionales de otros Poderes del Estado, lo que necesariamente se proyecta en una profundización de la independencia del Poder Judicial.
Por otra parte, ello, podemos asegurar sin temor a equivocarnos, resulta presupuestariamente factible, habida cuenta que la participación asignada a la justicia en el presupuesto general de la Provincia medida a valores totales es para 2011 del 2.29%, lo que le da legítimo margen para acrecer, y que la Planta de Personal –incluyendo magistrados, funcionarios y empleados del Poder Judicial y del Tribunal Electoral asciende a 1.938 cargos al mes de febrero próximo pasado, lo que evidencia que no tiene incidencia cuantitativa desequilibrante sobre los recursos que dispone la Provincia.
La Segunda parte prevé el tránsito paulatino a una equiparación razonable con los haberes de los Poderes Judiciales de las Provincias que integran la Región Centro y del Poder Judicial de la Nación, entendiéndose por tal a una nivelación que no supone una simetría exacta o igualdad matemática, sino que considera la medida de su factibilidad en base a parámetros como las regulaciones provinciales, sus particularidades y realidades presupuestarias conforme a “standars” de razonabilidad.
Retomando la cuestión de la modernización y mejoramiento del Poder Judicial, ya en el inicio de esta gestión advertí la imperiosa necesidad de abordar esta empresa mediante una planificación estratégica integral, multidisciplinaria y consensuada tendiente a optimizar la prestación del servicio de justicia, de modo tal que garantice la efectiva y pronta tutela de los derechos y el acceso irrestricto a la justicia.
Ello, nos llama a reflexionar en torno a la idea de “buena justicia” en un tiempo en que la litigiosidad ha crecido exponencialmente y ha surgido una nueva cultura cívica de reclamo, afirmación y defensa de los derechos en general.
Las palabras del prestigioso sociólogo y eminente catedrático español, lúcido observador de la sociedad contemporánea y sus instituciones, JUAN JOSÉ TOHARÍA, resultan esclarecedoras cuando señala que la justicia ideal, “habrá de ser percibida a la vez como moralmente confiable y funcionalmente eficiente (…) La buena justicia (…) ha de ser, sencillamente, tan competente como imparcial, o tan eficaz como independiente, tan responsable como accesible, sin que un posible alto nivel en cualquiera de tales seis dimensiones pueda compensar, en forma permanente, una situación deficiente en cualquiera de las otras. Porque ¿cómo podría ser considerada buena una justicia que fuera independiente, pero lenta, o rápida pero incompetente o competente pero parcial?”.
Esta interpelación, resulta oportuna a propósito del análisis de los modelos o rumbos que debemos enfatizar en los procesos de reforma judicial.
Para definir las políticas y planes adecuados a tal propósito, tomamos a la gestión judicial como herramienta base del programa y efectuamos durante 2010, con participación de todos los organismos y dependencias administrativas del STJ y en función de los indicadores disponibles, un relevamiento y diagnóstico para el cabal conocimiento de la realidad normativa, estructural y funcional en revisión.
Asimismo, se inició un proceso de reordenamiento y racionalización administrativa y en materia de recursos humanos.
Como resultado de todo ello se elaboró un ”Plan Estratégico Integral de Gestión Judicial” que da tratamiento, coordina e integra los recursos capaces de promover y liderar el cambio, cuales son: La incorporación y aplicación de nuevas tecnologías; la capacitación de magistrados, funcionarios y empleados; el recurso normativo –organizacional y procesal-; los institutos y programas facilitadores de acceso a justicia y la información y comunicación, así como los que les son complementarios como la infraestructura edilicia y los recursos presupuestarios – el que será presentado al Pleno del Tribunal para su consideración y aprobación a fin de conferirle el carácter de política de Estado que garantice su sustentabilidad y continuidad.
INCORPORACIÓN DE NUEVAS TECNOLOGÍAS
En relación a la incorporación de nuevas tecnologías, debemos ante todo admitir que la administración de justicia, tal como funciona en la actualidad, no satisface plenamente el requerimiento de la población en cuanto a dar una respuesta jurisdiccional informatizada, eficaz, segura y en tiempo razonable.
La incorporación de las nuevas tecnologías hoy disponibles es impostergable.
Si bien el Poder Judicial de nuestra Provincia ya se encuentra informatizado en forma integral y standarizado, ha llegado el momento de dar un salto cualitativo, para contar con una justicia previsible, segura, equitativa, administrada a plazos razonables y con el uso de nuevas y mejores herramientas tecnológicas.
Por ello hemos concebido y formulado un “Plan de Modernización Informática” orientado hacia dos grandes objetivos estratégicos generales que son:
· La modernización del funcionamiento del Poder Judicial mediante la incorporación de tecnologías de vanguardia.
· Y la optimización de la calidad del servicio de justicia
En pos de la consecución de estos objetivos generales, el Plan de Modernización Informática, de aplicación progresiva, se ha iniciado con la actualización del hardware y del software de aquellas jurisdicciones que aún se encuentran trabajando en entorno MS-DOS, un sistema operativo antiguo y obsoleto, a fin de equiparar las condiciones de trabajo de todos los organismos judiciales de la provincia –tanto jurisdiccionales, cuanto administrativos-.
Luego, se realizará la construcción de vínculos de datos entre las diversas locaciones en las que funcionan organismos jurisdiccionales y administrativos de este Poder. De este modo comenzaremos a implementar una “autopista jurídica de la información” que permita integrar la información que se genera y construye desde el Poder Judicial, de modo que posibilite su acceso a todos los actores del proceso en forma rápida, segura y transformando la misma en un servicio de mesa de entrada virtual en tiempo real.
Cumplidas estas dos etapas, estaremos en condiciones de encarar las actualizaciones de software de gestión de los organismos judiciales, migrando a un producto con mayores y mejores prestaciones.
Ya no tendremos cada organismo funcionando como una red única y aislada, sino que contaremos con un centro de alta complejidad tecnológica en cada ciudad, a los fines de disponer de información centralizada y homogénea, sin disminución de la seguridad y la reserva de los datos, los que se mantendrán para cada organismo.
Esta centralización nos permitirá:
· El pase electrónico de causas entre las distintas instancias de un mismo fuero y su traslado desde las Mesas Receptoras hacia los Juzgados destinatarios del sorteo, evitando de ese modo la duplicación en la carga de la información.
· La obtención inmediata de estadísticas por diversos patrones de búsqueda, y generar en base a las mismas, gráficos digitales con la carga de litigiosidad existente por organismo, fuero e instancia; como así también posibilitar la medición de factores de productividad.
· La implementación de Mesas Virtuales para todos los organismos, a efectos de que los profesionales puedan realizar el seguimiento de los expedientes y procesos que llevan adelante sin tener que concurrir personalmente a tribunales. Esto, sin importar que se trate de organismos diferentes en cuanto a instancia, fuero o inclusive jurisdicción en el Mapa Judicial, lo que provocará la descongestión en las Mesas de Entrada Tradicionales.
Los sistemas a instalar estarán equipados con sus correspondientes replicaciones, de manera de mantener una alta disponibilidad para su uso y acceso a la información.
Todo el material contará con los correspondientes sistemas de back ups provistos con condiciones de seguridad de mantenimiento de datos del más alto nivel para su preservación y reserva.
El objeto de la primer parte ya enunciada de este Proyecto, es el de dotar a nuestro Poder Judicial del “circuito digital” antes nombrado.
Concluida la primer parte del Programa y a partir de las prestaciones de los sistemas ya instalados, podrá comenzarse a utilizar la firma digital, ya que la nueva infraestructura permitirá emitir certificados de firma digital que contarán con las características de Seguridad y Autenticación del generador del mensaje, exigibles para estos sistemas. Ello,
· Habilitará el uso de una Mesa de Entradas Virtual a través de la cual cualquier actor del proceso debidamente autenticado podrá iniciar, gestionar y consultar una actuación en forma remota.
· En la actividad de Notificación, permitirá reducir cuantitativa y cualitativamente los costos y abreviar los tiempos del proceso ante el uso de notificaciones electrónicas con mayor eficiencia que las de uso actual.
· Eliminará alguna de las cargas que tiene el acceso al sistema de justicia, tanto para la ciudadanía cuanto para los profesionales.
· Realizará la validación de toda la documentación transmitida en los procesos de envío y recepción que se incorporen al proceso, pudiendo ser emitida por alguna de las partes o generada desde el propio organismo.
· De igual modo, nos allanará el camino hacia la “despapelización” total en el proceso de justicia a partir de la digitalización de expedientes, ahorrando espacio, tiempo y esfuerzo, y transparentando la actividad de cada organismo judicial.
En este estadio se deberá comenzar a trabajar en las reglamentaciones correspondientes para el uso de este sistema de certificación y validación de documentos y conformar la infraestructura correspondiente para adecuarnos en lo administrativo y jurídico.
El uso de firma digital en el ámbito de nuestro Poder judicial es una aspiración de trascendencia para la actividad jurisdiccional. Supondrá proveer los Certificados pertinentes a los integrantes del Poder Judicial, a todos los auxiliares de justicia y a los profesionales del Derecho, a fin de que sean aplicables a todos los actos jurisdiccionales.
La equiparación de la firma digital a la ológrafa redundará en agilidad de actos procesales y logrará una celeridad inédita en el trámite administrativo de la mayoría de las actividades.
Sin dudas y debido a la dimensión y complejidad de este Proyecto, las implicancias en el funcionamiento del proceso de justicia, la capacitación y coordinación requeridos así como el impacto que ejercerá, es que se ha propuesto una implementación escalonada o por etapas que incluya en una primera instancia la integración de las cuatro (4) grandes jurisdicciones de la provincia, que representan el mayor porcentaje de documentación y trabajo judicial, atento a las áreas geográficas y cantidad de ciudadanos que involucran.
De tal modo, en una primera etapa, que se iniciará de inmediato, comenzaremos con organismos de las ciudades de Concepción del Uruguay, Concordia, Gualeguaychú y Paraná, continuando luego con el resto de las jurisdicciones de manera de progresar en forma constante y continua hacia la digitalización e integración total de lo producido en la acción de brindar justicia.
CAPACITACIÓN
En materia de capacitación, debemos mencionar a nuestra escuela judicial, el Instituto de Formación y Perfeccionamiento “Dr. Juan Bautista Alberdi”, que durante 2010 ha brindado una oferta educativa de amplio alcance incluyendo distintos actores de nuestra institución, focalizada en el desarrollo de conocimientos y habilidades para el crecimiento profesional de todos los integrantes del Poder Judicial.
Por décimo año consecutivo, se llevó a cabo una nueva edición del “Curso Anual de Capacitación en Magistratura Judicial”, cuyos destinatarios fueron Magistrados y Funcionarios de todos los fueros; y el “Curso de Capacitación para Empleados Judiciales”, nivel inicial, dirigido a escribientes y escribientes mayores del Poder Judicial de toda la provincia. Para ello se contó con la inestimable y destacada colaboración de miembros de nuestra institución en la planificación y dictado de los contenidos, como así también en la preparación de materiales y recursos.
Se dictaron cursos y seminarios específicos, tales como: “Herramientas para el Manejo de la Conciliación”; “La Evaluación Diagnóstica y el Informe Social”; “Investigación sobre Adulteraciones de Motores y Nuevas Modalidades Delictivas”, y la “Jornada Intensiva de Capacitación sobre el nuevo Sistema Acusatorio- La experiencia de Concordia”. De igual manera se implementaron acciones de apoyo en “Gestión Judicial” frente a necesidades de capacitación específica en algunos organismos judiciales.
El Instituto colaboró también en la organización del “Seminario sobre El Rol Institucional del Poder Judicial en un Estado Republicano de Derecho”, que se llevara a cabo en 2010 con motivo del Bicentenario de la Patria, en el cual disertaron panelistas de reconocida trayectoria académica y profesional a nivel nacional y proyección internacional.
Asimismo, suscribió conjuntamente con mi persona, el “Convenio de Colaboración Académica” con la International Judicial Academy en la ciudad de Buenos Aires, cuyo objeto principal es brindar capacitación de alto nivel sin costo alguno para el Poder Judicial; y participó en el “XIV Congreso Nacional de Capacitación Judicial”, en la ciudad de Río Hondo (Provincia de Santiago del Estero); asistiendo, conjuntamente con quien les habla, al “Seminario sobre Justicia y Seguros” que se realizara en 2010 en la ciudad de Mar del Plata, y al “VIII Seminario Internacional de Gestión Judicial” a invitación del CEJA, en la ciudad de Brasilia, Brasil.
Por otra parte, creó un blog informativo, entre otras acciones particulares.
Para el año 2.011 el Instituto enriquecerá su plan de formación mediante una extenso e integrador programa educativo, que aliente el desarrollo del capital intelectual de la institución.
En esa línea, se reeditarán los cursos de capacitación para magistrados, funcionarios y empleados, ampliando su alcance a fin de satisfacer la demanda de formación existente en la justicia entrerriana.
En relación a los magistrados y funcionarios de todos los fueros, se propondrán nuevas instancias educativas sobre los ejes: “Lenguaje sin violencia”; “Medios alternativos de resolución de conflictos”; “Acciones de Amparo, Ejecución y Prohibición”; “Talleres para una Justicia con perspectiva de género”; “Iniciación en las nuevas Tecnologías de Información y Comunicación”; “Justicia y Seguros”; “Litigación compleja”; “Gestión Judicial” y “Declaración de Inconstitucionalidad de oficio y Control de Convencionalidad”.
También se proseguirá con el dictado de cursos y talleres intensivos vinculados a la aplicación del nuevo Código Procesal Penal, y a los nuevos horizontes en derecho laboral.
Igualmente, se ofrecerá un “Curso de Capacitación para Empleados Judiciales”, segundo nivel, comprensivo de los diversos procesos civiles, laborales, penales y de familia, cuyos destinatarios serán los empleados judiciales de toda la Provincia con categorías desde Escribiente Mayor hasta Jefe de Despacho inclusive.
Por otra parte, y consecuentemente con la Adhesión e incorporación en 2010 al programa nacional de TALLERES DE TRABAJO SOBRE LA INCORPORACIÓN DE LA PERSPECTIVA DE GENERO EN LA JUSTICIA, promovidos y diseñados por la Oficina de la Mujer de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, y validados por el Sistema de Naciones Unidas en Argentina en el marco del cumplimiento de los compromisos internacionales asumidos por nuestro país, el STJ aprobó, mediante Acuerdo General Nº 4, Pto. 6to. -del 1er día del corriente mes- la realización de los talleres de Capacitación en cuestión de Género, que serán organizados por el Instituto "Dr. Juan B. Alberdi", y dictados en abril próximo por capacitadoras entrenadas para ello por la Oficina de la Mujer de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, destinados a Magistrados y Magistradas -Protocolo “A”- y a Funcionarios y Funcionarias -Protocolo “B”- ambos para la Jurisdicción Paraná, estando programadas sucesivas y similares réplicas en todas las jurisdicciones que conforman la Provincia.
Los temas a desarrollarse impulsan incorporación de la perspectiva de género en la prestación del servicio de justicia, y en el ámbito interno de las relaciones laborales de este Poder Judicial, enfatizando los aspectos relativos a la gestión, trato y lenguaje.-
CAPACITACIÓN VIRTUAL
Asimismo, se implementará la modalidad de Capacitación Virtual (denominada e-learning) que permite una mayor igualdad de oportunidades entre los Agentes Judiciales de toda la Provincia en las posibilidades de enseñanza-aprendizaje, para lo cual se han previsto los recursos necesarios para su implementación y personal técnico para la administración del aula virtual y la capacitación y asistencia para su uso por parte de la comunidad judicial.
En el corriente año el Instituto de Formación y Perfeccionamiento Judicial "Dr. Juan B. Alberdi", contará con un nuevo espacio para el desarrollo de su creciente actividad académica acorde a sus necesidades e importancia, estando prevista la asignación de un ámbito destinado a salón-aula tanto para el desarrollo de acciones de capacitación presencial, cuanto para la participación de la comunidad judicial en videoconferencias.
RECURSOS NORMATIVOS
La acción sobre los recursos normativos comprende el impulso por parte del Poder Judicial de la legislación necesaria y moderna para el mejor cumplimiento de su misión institucional mediante la atribución de iniciativa legislativa que le confiriera la recientemente reformada Constitución Provincial en su art. 123, así como también la implementación de la normativa vigente en la materia.
El STJ ejerciendo dicha facultad de iniciativa, ha remitido a la Legislatura Provincial a fines de 2010, diversos anteproyectos de ley cuyo denominador común es la construcción de una realidad institucional alineada con las demandas sociales. Entre ellos se destacan: el Anteproyecto de Incorporación de Cargos al Presupuesto 2011, hoy Ley de la Provincia; el de creación de la Cámara Contencioso Administrativa; el de Procedimientos aplicables en la instancia de la Cámara de Casación Penal que cuenta con media sanción de la Cámara de Diputados habiendo ingresado a la Cámara Alta; y el de Modificación a la Ley Orgánica del Poder Judicial, entre otros.
En lo que refiere al período 2010/2011, no podemos dejar de mencionar, por su significativa entidad y cambio de paradigma que introduce en el sistema de enjuiciamiento penal, a la progresiva implementación del modelo acusatorio que incorporó al procedimiento penal provincial la reforma al Código de rito del año 2007, mediante la ley 9754.
Su aplicación progresiva en las distintas jurisdicciones, que fuera iniciada en la jurisdicción Concordia, implicó considerar variados tópicos: los justiciables, el acceso a la justicia, los trámites, las formas, el debido proceso, entre otros.
Su tratamiento, implementación y seguimiento continuo, se suma a la búsqueda de una mejor administración de justicia, lo que implica una mayor calidad en la gestión de los conflictos más graves que tiene nuestra sociedad.
Bajo ese modelo se ha iniciado una renovación absoluta en la forma de encarar el conflicto subyacente detrás de cada proceso, privilegiando las salidas alternativas, el respeto por la víctima y el imputado, buscando un equilibrio entre las pretensiones punitivas y las garantías constitucionales, en el marco de un proceso rápido y de mayor actividad para los sujetos intervinientes. Esta modalidad de trabajo implica mayor compromiso de parte de magistrados, funcionarios y empleados.
Otra vez aquí las exigencias de ajuste y adaptación a las reformas obligaron a una acción institucional compleja y capaz de responder y anticipar los desafíos.
Desde el pasado año y en la actualidad, se prosigue con la ejecución del plan de implementación creado a tal fin, de aplicación progresiva -por razones estrictamente presupuestarias- que incluye dar respuesta en materia de infraestructura edilicia, previsión de nuevos cargos, capacitación, equipamiento informático y puestos de trabajo para las distintas jurisdicciones provinciales. El mismo se viene realizando sostenidamente, aún con algunas modificaciones al original en función de su necesidad de adecuación a la realidad dinámica sobre la que opera.
Habiéndose cumplido con la implementación en la jurisdicción Concordia, proseguimos desde inicios de 2010 -con intervención de la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia y colaboración del INECIP- la tarea de evaluación continua del funcionamiento y eficacia del nuevo sistema de enjuiciamiento penal en dicha jurisdicción, realizándose los ajustes que se requieran como resultado de tal ponderación.
En lo que refiere al cronograma de implementación, está en curso la correspondiente a la Jurisdicción Uruguay -comprensiva de las localidades de Concepción del Uruguay, Colón, Villaguay y Rosario del Tala- cuya concreción es inminente; y se trabaja sobre las jurisdicciones de Paraná, Gualeguay, Victoria y Nogoyá, con lo cual concluiría el proceso de la operatividad de la reforma en todo el ámbito territorial provincial, satisfaciendo así un anhelo arraigado en la conciencia de nuestra sociedad.
De la mano de los cambios legislativos naturalmente surgieron transformaciones institucionales o se incrementó la actividad de la estructura existente. No podemos dejar de mencionar aquí la actuación de la Oficina Provincial de Suspensión del Proceso a Prueba.
Durante 2010 se avanzó en el desarrollo de su perfil institucional, promoviendo una red interactiva con diversas instituciones y organizaciones no gubernamentales, con el objeto de crear una estructura interdisciplinaria eficaz para abordar el conflicto.
Se realizaron así convenios con distintas instituciones, entre los que podemos destacar el Convenio Marco con la Municipalidad de La Paz, para derivación de probados a dicho municipio a fin de que cumplan allí las reglas impuestas por el órgano judicial correspondiente.
En relación al problema de las adicciones en los probados, se continúa el trabajo en forma coordinada con la Fundación Ave Fénix, Fundación "Renacer" de Santa Fe, Organización "Huella" y la Secretaria de Lucha Contra las Adiciones de la Provincia.
De igual modo, se brindó capacitación y asesoramiento a los cuarenta y un órganos Judiciales de la Provincia y a los siete Oficiales de Prueba sobre estrategias tendientes a evitar la reincidencia de los probados, manteniéndose una comunicación fluida y permanente con los distintos involucrados en el proceso de probation, incluyendo a la víctima.
Los resultados de esta actuación son alentadores pues de 2900 causas aproximadamente en toda la provincia, en el 92% los probados cumplen con las normas impuestas. En el 8% restante de los casos se efectúa el informe correspondiente al juzgado.
No podemos dejar de mencionar, también como emergentes del Instituto, la asistencia en alimentos a comedores infantiles, la pintura de establecimientos educativos en toda la provincia, y la colaboración con distintas organizaciones públicas y privadas en diversos proyectos.
EL ACCESO A JUSTICIA
A fin de facilitar el acceso a justicia nuestro Poder Judicial ha trabajado en distintos planos. En primer lugar habremos de detenernos en la actuación del Centro de Medios Alternativos de Resolución de Conflictos, cuya creación dio respuesta a la mediación civil obligatoria introducida en la última modificación del C.P.C. Y C. mediante la Ley 9.776 del año 2007 -cuya vigencia inició a mediados de 2008-.
Durante esta gestión se prosiguió con el afianzamiento de su capacidad operativa en vista al fortalecimiento del Instituto de Mediación. Todo ello enfocado en la promoción de una nueva cultura en la gestión de los problemas sociales.
En esa línea, se habilitó el pasado año la Página Web Institucional para mejorar el contacto entre los usuarios del sistema y el público en general, incorporándose un servicio de suscripción que alerta sobre modificaciones.
En otro aspecto, el Centro es pionero en el país en la implementación de un sistema de gestión de información on line, mediante una Mesa Virtual accesible a través de internet, lo cual otorga transparencia y disponibilidad al servicio que brindamos, cuyo alcance pasa a ser provincial.
Actualmente, el Centro cuenta con 340 mediadores inscriptos, y a dos años de su creación se han iniciado más de 15 mil expedientes. Esto evidentemente guarda directa relación con la disminución de causas ingresadas en primera instancia. A título ejemplificativo, podemos decir que en Paraná durante el año 2010, de un total de 1094 expedientes mediatorios ingresados a los fueros Civil y Comercial, de Paz y de Familia, solamente 236 continuaron la vía judicial. Ello implica una reducción del 78% de causas ingresadas que involucran materia mediable; porcentaje que en general se mantiene para todas las jurisdicciones de la provincia.
Dentro del tópico que venimos desarrollando, la consagración de las 100 Reglas de Brasilia emanadas de la vigésima cuarta Cumbre Iberoamericana sobre Acceso a Justicia, puntualmente en lo que se refiere a “grupos en situación de vulnerabilidad”, encuentra recepción en dos programas de nuestra Institución. El primero es la “Oficina Judicial Rural Móvil”, que trata la especial problemática del Departamento Feliciano. El segundo, “La justicia va a los barrios”, que versa sobre la atención de vecinos en sus propios espacios comunitarios, reeditándose este año con muchas expectativas. Particularmente en la planificación prevista para esta edición, señalo que su realización se llevará a cabo en Escuelas, y no en Comisarías como ocurrió en sus versiones anteriores. También se sigue implementando el programa “Acuerdos del STJ y Contactos Comunitarios en el interior de la Provincia” que lleva a distintas localidades de la provincia la celebración de los Acuerdos del Superior Tribunal y la realización de encuentros comunitarios, que resuelven y coordinan decisiones institucionales, entre muchas otras acciones.
Finalmente, destacamos que en el ámbito del servicio de Mesa de Información Permanente brindado en Paraná desde hace 20 años, el STJ en el pasado mes de octubre dispuso la prosecución del servicio de una línea telefónica gratuita de alcance nacional.
INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN
En materia de información y comunicación institucional se ha profundizado el vínculo del Poder Judicial con la comunidad a instancias de la labor del Servicio de Información y Comunicación del Superior Tribunal de Justicia –SIC-.
El mismo dispone de un canal comunicacional permanente a través del Blog institucional creado en 2010, que es una herramienta complementaria de la Página Web del Poder Judicial, lo que significó un gran avance en la difusión de información y comunicación tanto en el orden interno cuanto en relación a la comunidad en general, el acceso a datos oficiales y bibliografía jurídica y la transparencia informativa. Debemos destacar también el gran aporte que el área realiza en materia de Periodismo Judicial, como también el asesoramiento a magistrados y funcionarios sobre modalidades informativas y la gestión de las comunicaciones externas de la institución.
Por otra parte, el STJ, en cumplimiento de la manda constitucional contenida en el artículo 13 de la Constitución Provincial, que reconoce el derecho al acceso informal y gratuito a la información pública, completa, veraz, adecuada y oportuna, desarrolló un software para la clasificación, ordenamiento, almacenamiento y ágil recuperación de información de diversos organismos y archivos, los que serán implementados durante el presente año.
INFRAESTRUCTURA EDILICIA
En cuanto a Infraestructura Edilicia, es de obligada mención el Área de Planeamiento e Infraestructura Edilicio Judicial, con competencia técnica en la planificación, estudio, elaboración e implementación de soluciones a la problemática espacial de los ámbitos judiciales públicos y privados de trabajo de toda la provincia, que, siguiendo los lineamientos propuestos en relación a la modernización en la prestación del servicio judicial, persigue integrar los paradigmas de eficiencia, flexibilidad y confort necesarios para el cumplimiento de las funciones y servicios que debe prestar la Justicia como magister.
Dentro de este marco ha desarrollado, por vez primera en el Poder Judicial, un proyecto ejecutivo significativo que será puesto a disposición del Poder Ejecutivo la semana entrante y marcará un hito fundamental en la gestión en pos de un funcionamiento judicial óptimo. La concreción del mismo posibilitará la construcción de un nuevo edificio con afectación al Poder Judicial que tendrá sede en la ciudad de Gualeguaychú y que, además de constituirse en el edificio judicial de mayor superficie de la provincia -15.000 m.2- de un costo estimado de Sesenta Millones de Pesos ($60.000.000), significará el inicio de la gestión de nuevos emprendimientos edilicios que permitan ordenar, paulatina y sistemáticamente, las demandas postergadas de otras localidades.
En la propuesta de este nuevo proyecto se abordaron temas referidos a la necesidad de flexibilidad, versatilidad y bajo mantenimiento que requiere la estructura judicial, obteniendo un edificio perdurable en el tiempo.
En el desempeño de sus funciones, el Área debe asimismo atender permanentemente las continuas exigencias que plantea el proceso de implementación de la Reforma del Código Procesal Penal en la provincia, en pleno desarrollo, como asimismo el trabajo de gestión del mantenimiento, estudios de refuncionalizaciones, análisis de distribuciones y demás tareas afines a la atención de la infraestructura edilicio judicial.
A título ilustrativo cabe mencionar: obras de refuncionalización en los edificios de Concepción del Uruguay y Rosario del Tala; la relocalización de Juzgados en Concepción del Uruguay, colón, Villa Elisa y Villaguay; traslado y refuncionalización de la totalidad de los organismos del Ministerio Público Fiscal de Paraná, con excepción de la Procuración General; Otras obras de refuncionalización, como: el nuevo depósito para efectos secuestrados, nuevas oficinas, cocheras, y depósito de almacenamiento de Paraná; adecuación de baños para uso de personas discapacitadas; mejoras en Defensorías civiles y nuevas oficinas en Concordia; salida de emergencia y reparaciones en organismos de Feliciano; habilitación de una Sala de Audiencias y oficinas en Gualeguay, Sala de Audiencias para uso de la Sala I de la Cámara I de Paraná; diversas obras de mantenimiento en Concordia, Federación, Victoria y Oro Verde, entre otras localidades.
RECURSOS PRESUPUESTARIOS
En lo concerniente a los recursos presupuestarios, sabido es nuestro posicionamiento proactivo en procura de alcanzar una participación en el presupuesto provincial acorde a las necesidades que un Poder Judicial Moderno y en mejoramiento constante necesita y merece para el cumplimiento de su misión, en tanto es una herramienta indispensable para la instrumentación de políticas judiciales sustentables y la concreción de planes, programas y proyectos.
No solo hemos instalado públicamente tal tópico, sino que hemos obtenido una respuesta alentadora por parte del Sr. Gobernador de la Provincia que incluye una propuesta de autarquía.
Desde 2010 hemos comenzado a confeccionar previsiones presupuestarias conforme a criterios de mayor organicidad y de articulación y acompañamiento con los Ministerios Públicos a modo de facilitar su tránsito progresivo a una autonomía funcional plena en cumplimentación de preceptos constitucionales.
Asimismo, hicimos el seguimiento del Anteproyecto de Ley para el ejercicio 2011 en las instancias posteriores a su remisión al Poder Ejecutivo provincial, en procura de brindar las explicaciones y aclaraciones relativas a nuestras necesidades y requerimientos a fin de que fueran comprendidas y atendidas suficientemente.
Como resultado de ello, podemos decir que obtuvimos una mayor participación presupuestaria que la asignada para el ejercicio anterior.
Si bien la participación del Poder Judicial en el Presupuesto General de la Provincia -medido a valores totales-, asciende para el ejercicio 2011 el 2.29%, mientras que para el ejercicio 2010 alcanzó al 2.18%, lo que puede aparecer como poco satisfactorio, merece una interpretación más ajustada, ya que una lectura apresurada puede mover a equívocos. Dicha participación neta de recursos con afectación específica, asciende al 4,68%, o sea, excluidas las transferencias que realiza la Nación a la Provincia para fines determinados, aplicación de programas de asistencia social, fondos de la soja, etc..
El presupuesto de 2011, prevé:
-Un incremento porcentual del 48.39% respecto del presupuesto 2010, siendo oportuno destacar que para bienes de consumo y servicios no personales -gastos de funcionamiento- el porcentaje es notablemente superior y que en algunas partidas han sido prácticamente duplicados.
-Una partida de quince millones de pesos ($ 15.000.000) para bienes de uso, de los cuales, catorce millones quinientos mil pesos ($ 14.500.000) serán destinados a implementar el “Plan de Modernización Informática”, lo que constituye un logro significativo ya que desde hace muchos años no se obtiene una partida de tal magnitud.
-Una partida de dos millones setecientos sesenta y cinco mil pesos ($ 2.765.000), para el Plan de Obras Públicas.
-La incorporación de ciento cincuenta y nueve (159) cargos a la planta permanente mediante la Ley 10.014, lo que permitirá proseguir con la tarea de implementación del CPP, así como con la de regularización de la planta de personal.
Sabemos que no es suficiente, que falta mucho aún por hacer y resulta indispensable para ello mejorar sustancialmente la participación del Poder Judicial en el Presupuesto Provincial hasta alcanzar la autonomía presupuestaria, pero creemos estar en el buen camino hacia el logro de los objetivos que nos hemos propuesto.
Hemos querido focalizar el mensaje, como anticipara, en la consideración de los recursos precedentes en la inteligencia de que son los más aptos para liderar el cambio que se propone.
Ello no debe ser entendido como una exclusión u omisión de muchos otros a los que también deben reconocérseles aptitud movilizadora u ordenadora, racionalizadora o armonizadora de la comunidad judicial en beneficio de una mejor calidad del servicio de justicia, de las relaciones interpersonales y del ámbito de trabajo.
No obstante lo dicho, haré a continuación una sucinta relación de alguno de ellos:
En materia de política de personal, el Poder Judicial de Entre Ríos no sólo promueve la consolidación de un capital humano que lo habilite, mediante la capacitación permanente y continua, para brindar un servicio de gran valor agregado y responder a las expectativas sociales puestas en nuestra institución, sino que la actuación del Superior Tribunal ha estado también centrada en otras líneas convergentes de acción, que abarcan desde la defensa y gestión presupuestaria de los cargos necesarios para el Poder Judicial, hasta la cobertura de cargos vacantes del escalafón administrativo mediante la promoción de concursos en todas las jurisdicciones provinciales, ya sean abiertos de ingreso a la justicia o de ascenso en la carrera administrativa, por mencionar las más destacadas.
A instancias de esas acciones se ha procurado la regularización progresiva de la planta de personal, comenzando por el escalafón administrativo, evitando la consolidación de situaciones provisorias distorsivas y atendiendo especialmente a la preservación de la carrera judicial conforme la normas legales vigentes.
Desde el 2010 a la fecha se realizaron quince (15) concursos abiertos en distintas jurisdicciones de la Provincia, para la cobertura de cargos administrativos o técnicos, a resultas de lo cual se incorporaron al Poder Judicial más de cien (100) agentes. En relación a los restantes cargos del escalafón son constantes los llamados a concursos cerrados, lo que posibilita la promoción del personal como reconocimiento al mérito.
En cuanto refiere a equipos técnico-científicos el Superior Tribunal de Justicia cuenta con un Departamento Médico Forense, un servicio propio de Genética Forense y una Oficina Pericial; todos indispensables para la labor que desempeñan los órganos jurisdiccionales. Por eso el Superior Tribunal de Justicia, procura la actualización constante de sus respectivas estructuras, superando en lo posible las inocultables restricciones económicas, y apostando al desarrollo tecnológico.
En esa línea se realizaron refuncionalizaciones y ampliaciones en la infraestructura del Departamento Médico Forense, tanto en sus oficinas centrales cuanto en la morgue judicial de Oro Verde, para la que también se ha dispuesto recientemente la adquisición de una nueva cámara frigorífica ante el colapso de la capacidad instalada de las existentes.
Por otra parte, se llamó a concurso para incorporar este año a su plantilla de personal un psicólogo y un psiquiatra con el fin de reforzar la profusa actuación del departamento.
Respecto del Servicio de Genética Forense es preciso destacar la calidad de actuación creciente. Durante el año 2010 se alcanzó una cifra record con el procesamiento de más de mil muestras para estudios de ADN.
Es dable señalar que se encuentra en instancias finales la promulgación de la “Ley de creación del Registro Provincial de Datos Genéticos”, mediante la cual se inaugurará un banco de datos de gran utilidad como apoyo pericial al sistema penal. Si a ello adicionamos la posibilidad cierta de creación del “Registro de Defensa de la Integridad Sexual”, cuyo proyecto de ley obtuvo media sanción en octubre del 2010 en la Cámara Alta, estaremos ante la inminente creación de un laboratorio de alta complejidad, verdaderamente único en nuestra región.
Finalmente, la actuación de la Oficina Pericial del STJ no fue menos destacada, habiéndose emitido un total de 688 informes durante el año 2010, lo que constituye un incremento del 40% respecto a los informes evacuados en el período anterior.
En materia de extensión institucional, el Poder Judicial promueve una activa política de integración con diversas instituciones a fin de cumplir sus objetivos y simultáneamente, optimizar sus recursos en beneficio de los ciudadanos.
En esa línea se han celebrado distintos convenios, algunos de los cuales ya han sido mencionados en particular, por lo cual no me referiré ahora a ellos, pero sí debo mencionar por su significación, el Convenio Marco de Cooperación suscripto con la Caja Forense de Entre Ríos, por el cual el Poder Judicial accede –locación mediante- a infraestructura edilicia construida especialmente con destino a la localización de los organismos judiciales de las distintas jurisdicciones provinciales, adecuada a las necesidades funcionales del servicio, en inmuebles cuya ubicación y disposición favorecen la actividad judicial, y a un precio competitivo conforme a las pautas convenidas.
Mención especial merece el Protocolo Interinstitucional de Actuación en caso de Abuso Sexual Infantil de la Provincia, que fuera elaborado conjuntamente por el Poder Judicial –con intervención del STJ y de la Defensoría General- por el Poder Ejecutivo –con intervención del Ministerio de Salud, el Ministerio de Gobierno, el Consejo General de Educación y la Policía de Entre Ríos- y el Consejo Provincial del Niño, Adolescentes y la Familia –COPNAF- suscripto por todas las partes involucradas y aprobado por el Poder Ejecutivo y por el Poder Judicial mediante los respectivos instrumentos legales. Este protocolo resulta trascendente por la experiencia que implica una actuación interdisciplinaria e interpoderes en la implementación de políticas públicas, en el caso protectoras de la niñez. Ello generará mejores condiciones para garantizar la tutela efectiva de los derechos de los menores, evitando su revictimización, y permitirá preservar la prueba.
En materia estadística nuestro Poder Judicial cuenta con un sistema de seguimiento y medición del desempeño de sus órganos jurisdiccionales, apto para la provisión de los indicadores indispensables para la tarea de planificación, el que es administrado por la oficina específica de la Dirección de Biblioteca, Publicaciones y Estadísticas del S.T.J..
Dicho sistema es consistente con parámetros nacionales, logro que se alcanzó como resultado de la participación en la comisión redactora de la JUNTA FEDERAL DE CORTES Y SUPERIORES TRIBUNALES DE LAS PROVINCIAS ARGENTINAS Y CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES (JU.FE.JUS.) del primer trabajo estadístico nacional publicado en el año 2010 bajo el título de “Estadísticas de los Poderes Judiciales de las Provincias Argentinas y de la Ciudad Autónoma de Bs. As.”.
Por último, debemos hacer referencia a la reciente implementación del Registro Único de Adoptantes del Poder Judicial, creado en el ámbito de su Defensoría General, que significó la unificación del sistema de registro provincial, facilitando el trámite de inscripción para los aspirantes.
Mediante este sistema los pretensos adoptantes serán previamente evaluadas por un equipo técnico especializado, garantizando las condiciones de adopción y protegiendo los derechos del niño. Asimismo, con este registro se logra total transparencia en tan sensible y delicada materia, disponiéndose las inscripciones por orden cronológico y la consulta on line del estado del trámite que se implementará en los próximos meses.
Para concluir, y en la convicción de que las políticas, programas y proyectos propuestos son los idóneos para promover la impostergable modernización del Poder Judicial provincial y que requieren para la obtención de resultados exitosos de un abordaje conjunto de todos los que a él pertenecemos, los convoco a emprender la tarea con el compromiso que reclama y a los poderes políticos a que nos brinden el indispensable acompañamiento que a sus atribuciones y deberes constitucionales compete. Con ello, doy por formalmente iniciado el año judicial 2011. Muchas gracias.-
SIC-STJER, 22 de marzo de 2011.-
Prof. Inés Ghiggi
Jefa de Despacho SIC-STJER