Info Cámara de Gualeguay

DIEZ AÑOS Y MEDIO DE CONDENA POR 
CORROMPER SEXUALMENTE A 
LAS HIJAS MENORES DE SU PAREJA

10-03-2011 -Los hechos ocurrieron en Victoria y en Las Tunas (Santa Fe), desde que las niñas tenían 5 y 12 años. Una de ellas y su madre, se retractaron en el juicio para avalar la pretendida inocencia del imputado. El Tribunal lo condenó, y dispuso que se investiguen los dichos de su mujer, ante la posible comisión del delito de Falso Testimonio. La sentencia no se encuentra firme-.

        El Tribunal de Gualeguay, integrado por los Dres. R. Javier Cadenas, Jorge Omar Torres, y Alejandra Gómez, dio a conocer hoy la sentencia condenatoria de un hombre que en innumerable cantidad de oportunidades corrompió sexualmente a las hijas de su pareja, desde que respectivamente tenían 5 y 12 años de edad.-
        Los hechos de corrupción que resultaron imposible de ser mensurados, ya que se reiteraban prácticamente noche por medio en el lapso señalado en la imputación, ocurrieron en las localidades en la que en ese tiempo vivió la pareja: Las Tunas (Santa Fe), y Victoria (Entre Ríos).-
        Durante la sustanciación del juicio, una de las niñas afirmó en el Debate que había acusado falsamente a su padrastro para forzar a su mamá a que la autorizara a mudarse con su padre biológico. En esa oportunidad, su madre también se retractó de sus dichos, pretendiendo ambas avalar la inocencia esgrimida por el acusado, cuyo nombre y apellido se omiten para preservar la identidad de las víctimas. Pero el Tribunal tuvo en cuenta otros elementos probatorios.-
        En el primer voto al que luego adhirieron los otros dos Vocales, el Dr. Cadenas sostuvo que “Tanto de la impresión causada en la audiencia de debate como de los dichos e informes de todos los especialistas intervinientes (…) emerge que la menor L. no tiene la mínima capacidad para armar la historia perversa que ella misma, su progenitora, y el mismo imputado, ahora dicen que dicha menor montó. Todo lo contrario; como se viene diciendo, la versión surgida en la audiencia de debate aparece como una creación del mismo imputado que ejerciendo el dominio al que aluden las especialistas (…), logró que tanto su ahora cónyuge M., como la niña L., acomodaran sus dichos a la versión de inocencia que (el imputado) H., brindó”.-
        El Tribunal consideró probado que el hombre sometió a las víctimas a actos sexuales perversos y prematuros, y teniendo en cuenta la naturaleza de los hechos y la forma en que los perpetró, dado que según consta en la sentencia “evidentemente se aprovechó sexualmente del dominio que ejerció sobre las menores víctimas cuando justamente por su condición de padrastro era de esperar todo lo contrario”, lo condenó a diez años y seis meses de prisión, por “Promoción de la corrupción de menores agravada, en concurso real”, por haber sido cometida contra menores de 13 años con las cuales convivía. Y con relación a la retractación de su pareja, en el Debate, la Cámara de Gualeguay ordenó remitir testimonios de las partes pertinentes del expediente al Juzgado de Instrucción de Victoria, para que se investigue la posible comisión del delito de Falso Testimonio.-
        Como se dijo, la sentencia fue leída hoy, y en consecuencia, no se encuentra firme. A partir de la fecha, las partes tendrán diez días para eventualmente interponer Recurso de Casación, ante la Sala 1 del STJER.-

        SIC-STJER, 10 de marzo de 2011.-

Prof. Inés Ghiggi                                         
Jefa de Despacho SIC-STJER