Centro de Medios Alternativos de Resolución de Conflictos
Se fijaron
nuevos valores para los honorarios
del Mediador
y Co-mediador
Así lo
dispuso el STJ en su reunión de Acuerdo General Nº 18/12, del pasado 19 de
junio de 2012, donde fijó en Pesos Quinientos Dos ($502,00) el valor de la
retribución básica de los honorarios del Mediador o Co-mediador para el año
2012.
De acuerdo a lo
establecido en el Art. 20 del Reglamento de Mediación de la Provincia , en lo que
refiere a la determinación de los valores de la retribución básica de los
honorarios del Mediador y Co-mediador, el STJ fijó los mismos en Pesos
Quinientos Dos ($502,00).
Adoptó esta medida en su
reunión de Acuerdo General Nº 18/12, previo recabar la opinión del Colegio de
Abogados de Entre Ríos y luego de considerar pertinente la propuesta de
actualización desarrollada por
la Contaduría
General del Poder Judicial.
Recordamos que, de acuerdo al Art. 20 del
RMP, los honorarios que percibirán el mediador y/o el co-mediador por su tarea
en las mediaciones, por sorteo o por elección, podrán acordarse libremente con
las partes, no pudiendo ser inferiores al valor de la retribución básica aquí
fijada.
Gacetilla Informativa Nº 72/12 – 11 de julio de 2012.
Lic. Alejandro Heinrich
Jefe
del SIC-STJER