Centro de Medios Alternativos de Resolución de Conflictos

Se fijaron nuevos valores para los honorarios
del Mediador y Co-mediador

Así lo dispuso el STJ en su reunión de Acuerdo General Nº 18/12, del pasado 19 de junio de 2012, donde fijó en Pesos Quinientos Dos ($502,00) el valor de la retribución básica de los honorarios del Mediador o Co-mediador para el año 2012.

De acuerdo a lo establecido en el Art. 20 del Reglamento de Mediación de la Provincia, en lo que refiere a la determinación de los valores de la retribución básica de los honorarios del Mediador y Co-mediador, el STJ fijó los mismos en Pesos Quinientos Dos ($502,00).
Adoptó esta medida en su reunión de Acuerdo General Nº 18/12, previo recabar la opinión del Colegio de Abogados de Entre Ríos y luego de considerar pertinente la propuesta de actualización desarrollada por la Contaduría General del Poder Judicial.
Recordamos que, de acuerdo al Art. 20 del RMP, los honorarios que percibirán el mediador y/o el co-mediador por su tarea en las mediaciones, por sorteo o por elección, podrán acordarse libremente con las partes, no pudiendo ser inferiores al valor de la retribución básica aquí fijada.

Gacetilla Informativa Nº 72/12 – 11 de julio de 2012. 
        
  
Lic. Alejandro Heinrich
Jefe del SIC-STJER