Concordia
Evitan la entrega directa de
un recién nacido
y el intento de adulterar su
identidad
El
Ministerio Publico de la
Defensa y el Ministerio Público Fiscal del Poder Judicial de
Entre Ríos, la Justicia
de Familia y el C.O.P.N.A.F. de Concordia lograron frustrar la entrega directa y
la adulteración de la identidad de un niño nacido a mediados del mes de mayo.
Las
autoridades de una Clínica Privada de la ciudad de Concordia detectaron una
situación atípica en la internación particular de una parturienta de condición
humilde que se encontraba acompañada, en las pocas horas de su estadía, por un
matrimonio de Buenos Aires.
Ante
la requisitoria de las autoridades las personas involucradas brindaron
explicaciones aparentando normalidad en los hechos y concertando sus relatos.
Es
así que una de las personas de Buenos Aires alegaba la paternidad del niño y
pretendió reconocerlo como propio ante el Registro Civil. Sin embargo, diversos
elementos llevaron a la Defensa Pública
al convencimiento de lo irregular de la
situación, y de que quien alegaba la paternidad de la criatura en realidad no
lo era.
Por
tal motivo se hacen rápidamente gestiones y presentaciones tendientes a
preservar la identidad e integridad del niño. En tal sentido se impide su
reconocimiento paterno y se formula la denuncia penal para dar formal
intervención al Ministerio Publico Fiscal.
A
través del resultado de una prueba genética, que se conocieron a mediados de
junio, se confirmó la sospecha inicial descartándose así la paternidad de quien
durante un mes alegaba serlo y pedía la protección de sus derechos.
Como
resultado de las pericias realizadas la madre del niño y el supuesto padre
fueron imputados penalmente.
Además
eventualmente se podrá ampliar la imputación a otras personas como autores o
partícipes de la maniobra delictiva, cometida en perjuicio de un ser
absolutamente indefenso como un recién nacido.
Es
de destacar el compromiso con que actuaron los diferentas actores involucrados
en el caso, sin los cuales, hechos como el que nos ocupa, no podrían ser
visualizados y desbaratados.
Resaltamos
la participación del personal de la
Clínica , de sus directivos, y de los abogados que los
representan, para poner en conocimiento de los hechos al Poder Judicial; del
C.O.P.N.A.F., que tomó y sostuvo las medidas dispuestas; del Ministerio Público
de la Defensa ,
en su rol de impulsor y orientador de esas medidas; del Ministerio Fiscal; de
los jueces; del Servicio de Genética Forense del S.T.J.; y de la residencia
donde el niño se encuentra actualmente alojado.
Las
entregas directas son ilegales, los niños, niñas y adolescentes no son “cosas”,
no están en el comercio, no se pueden comprar, vender ni regalar.
Los
niños, niñas y adolescentes son personas y como tales tienen dignidad y
derechos conforme a lo establecido por la Convención de los Derechos del Niño, la
Ley N º 26061 y la
Ley N º 9861.
En
nuestra provincia existe un Registro Único de Adoptantes -R.U.A.E.R.- que
evalúa quienes tienen capacidad para adoptar.
Para
informes sobre adopción dirigirse a el R.U.A.E.R., Mexico 480 de la ciudad de
Paraná, telefónicamente al 0343 4209393/94, vía mail a: ruaer@jusentrerios.gov.ar, o en su
página Web: www.jusentrerios.gov.ar
Gacetilla Informativa Nº 70/12 – 06 de julio de 2012.
Lic. Alejandro Heinrich
Jefe del SIC-STJER