Info Sala Nº 2 Cámara Penal Paraná
La Dra.
Barbagelata continuará interviniendo
en la
Causa de Silvio Ramón Díaz
No se hizo lugar a la recusación de la Jueza
de Instrucción Nº 6, Dra. Marina Barbagelata, solicitada por la defensa de
Silvio Ramón Díaz. El Tribunal consideró que no existen razones para admitir
que las frases atribuidas a la Magistrada impliquen o puedan ser entendidas
como “prejuzgamiento”.
La
Sala Nº 2 de la Cámara Penal de Paraná, integrada por los Dres. Alejandro
Grippo, Marcela Badano, y Daniel Malatesta, resolvió no hacer lugar al planteo de
recusación presentado por la defensora de Silvio Ramón Díaz, Dra. Corina Andrea
Beisel, que solicitó el apartamiento de la causa de la Jueza de Instrucción Nº
6, Dra. Marina Barbagelata.
En
dicho juzgado se lleva adelante la causa caratulada “Díaz Silvio
Ramón s/homicidio y lesiones graves”, donde se lo imputa por haber causado la
muerte de JMMZ, de 6 años de edad, y lesiones graves de su hermano SMZ, de 11
años, el pasado viernes 6 de junio frente a la Escuela Nº 1 "Del
Centenario" de la ciudad de Paraná, en horas del ingreso de los escolares,
al embestirlos con el vehículo que conducía a más de 100 km por hora, en estado
de ebriedad y bajo los efectos de cocaína.
La
defensa de Díaz planteó que la Dra. Barbagelata incurrió en las causales de
recusación por haber manifestado su opinión en distintos medios periodísticos y
entender que ello constituye “prejuzgamiento”.
En
sus consideraciones el Tribunal señaló que “las
frases atribuidas a la Jueza de Instrucción, en las que se funda la recusación,
aparecen solamente como datos descriptivos colectados por la labor de la
Magistrada al concurrir al lugar del hecho dados a conocer a la opinión
pública, más de manera alguna pueden entenderse como juicio de valor o de
adelantamiento de su opinión jurisdiccional” y no pueden ser entendidas
como "prejuzgamiento".
Al
rechazarse la recusación planteada la Dra. Barbagelata continuará interviniendo
en la causa.
El texto completo de la
Resolución se puede consultar en el siguiente enlace.
Información BLOG-SIC 46/14, 31 de julio de 2014.
Lic. Alejandro Heinrich
Jefe del
SIC-STJER