Ley 10.056

Documento Aclaratorio sobre
el incumplimiento de la Tasa de Justicia
 
En el marco de los mecanismos puestos en marcha para la percepción de la Tasa de Justicia por parte del Poder Judicial, de acuerdo a lo previsto por la Ley Nº 10.056 y los Instructivos que la implementan, la Presidenta del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, Dra. Leonor Pañeda, emitió un Documento Aclaratorio, en respuesta a consultas formuladas por magistrados, indicando el procedimiento a seguir en caso del incumplimiento del pago de la Tasa de Justicia.


En relación al procedimiento a seguir en el trámite por incumplimiento del pago de la Tasa de Justicia, la Presidenta del Superior Tribunal de Justicia, Dra. Leonor Pañeda, emitió un Documento Aclaratorio que consta de los siguientes puntos.
  1. Emitida la boleta de pago de tasa de justicia y transcurrido el término de ley sin que se haya acreditado su pago por el obligado, el organismo pertinente deberá comunicar tal novedad dentro de los treinta (30) días de su vencimiento a la Contaduría del Poder Judicial.
  2. La Contaduría General será la única responsable de remitir a la Fiscalía de Estado el informe pertinente para su ejecución.
  3. En el supuesto de que el organismo haya comunicado el estado de incumplimiento a la Contaduría y con posterioridad a ello se haya procedido a la cancelación de la deuda, deberá comunicarse esta novedad  inmediatamente a la Contaduría General.
Este Documento Aclaratorio se hizo conocer a todos los Organismos Judiciales de la Provincia.
En los enlaces siguientes se puede acceder a los textos de las normas:
 
Además podrá acceder a las normas citadas en www.jusentrerios.gov.ar, en el apartado Novedades – Tasa de Justicia.
Gacetilla Informativa Nº 101/12 – 07 de septiembre de 2012.
  
Lic. Alejandro Heinrich
Jefe del SIC-STJER