Reglamento de Concurso

El Superior Tribunal de Justicia
 aprobó las modificaciones al Reglamento Nº 16
de Ingreso, Ascenso y Traslado del Personal
 
En las Reuniones de Acuerdo General Nº 24/12, del 04 de septiembre de 2012, y Nº 25/12, del 11 de septiembre, el Superior tribunal de Justicia de Entre Ríos aprobó las modificaciones al Reglamento Nº 16 de Ingreso, Ascenso y Traslado del Personal del Poder Judicial. Se incorporaron dos incisos al Artículo 7º y se modificaron los Artículos 8º y 9º de dicho Reglamento.


El Superior Tribunal de Justicia, en su Reunión de Acuerdo General Nº 24/12 del 04 de septiembre pasado, aprobó el Proyecto presentado por la Comisión de Planeamiento en relación al Reglamento Nº 16 de Ingreso, Ascenso y Traslado del Personal del Poder Judicial, y en consecuencia se introdujeron dos incisos, o) y p), al Artículo 7º del Reglamento que aborda el tema de la asignación de “Puntaje por Antecedentes”.
El inciso o) tiene el siguiente texto: “por participación y desempeño en proyectos de gestión judicial, desarrollados dentro de los cinco (5) años inmediatos anteriores al llamado de concurso, cuyos objetivos y resultados, debidamente fundados y cuantificados mediante estadísticas proporcionadas por los organismos judiciales respectivos, deberán ser elevados y oportunamente evaluados por el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, desde 0,20 puntos y hasta un máximo de 1 punto”.
En tanto como inciso p) se incorpora el siguiente texto: “por participación informada al Superior Tribunal de Justicia por el responsable del organismo respectivo, en la obtención del Certificado de Sistema de Gestión de Calidad, según norma IRAM ISO 9001: 2008, o la que en lo sucesivo la remplace, con alcance en "Servicio de administración de Justicia", emitido por el Instituto Argentino de Normalización y Certificación – IRAM -, vigente al momento de llamado a concurso, desde 0,25 puntos y hasta un máximo de 1,25 puntos”.
Asimismo, en su Reunión  de Acuerdo General Nº 25/12, del 11 de septiembre, el STJ aprobó las modificaciones a los Artículos 8º “Antecedentes” y 9º “De la Prueba de Oposición” del Reglamento Nº 16.
El Artículo 8º quedó redactado de la siguiente manera: “ANTECEDENTES: Los antecedentes detallados en el art. 7º serán evaluados por el Tribunal Examinador a fin de establecer un orden de mérito sólo de aquellos concursantes que hayan superado todas las etapas -tipeo, ortografía y conocimiento- de la Prueba de Oposición prevista en el artículo siguiente”.
En tanto el Artículo 9º tiene el siguiente texto: “DE LA PRUEBA DE OPOSICIÓN: Antes de la realización de la prueba, los concursantes deberán acreditar su identidad e inscripción ante el actuario bajo pena de ser excluidos del concurso y sin perjuicio de las sanciones que le pudieran corresponder a la autoridad del mismo. Esta etapa del Concurso comprende: A) PRUEBA DE TIPEO: esta prueba tendrá carácter eliminatorio y consistirá en el copiado en computadora de un texto que se sorteará de una nómina confeccionada previamente al efecto. El postulante deberá escribir correctamente ciento treinta (130) palabras en cuatro (4) minutos. No se computarán las palabras con errores mecanográficos u ortográficos, las palabras duplicadas y las que no estén en el texto original. Se computarán como media falta: los errores de acentuación, las palabras cortadas o unidas indebidamente y los errores de mayúscula o minúscula. Se otorgará hasta un máximo de quince (15) puntos, con asignación del mayor puntaje al postulante que haya consignado mayor cantidad de palabras. Al resto de los examinados se asignará el puntaje en forma proporcional a la cantidad de palabras escritas.- B) EXAMEN DE ORTOGRAFIA: los postulantes que hayan aprobado la PRUEBA DE TIPEO, deberán realizar una prueba de ortografía con carácter eliminatorio, consistente en la corrección de un texto con errores -en forma escrita o en computadora, según se determine- sobre temas de índole jurídica. Se otorgará un máximo de diez (10) puntos, descontándose 0,50 puntos por cada palabra con error, aprobándose esta instancia con la obtención del sesenta por ciento (60%) del total del puntaje.- C) EXAMEN DE CONOCIMIENTO: los postulantes que hayan aprobado las etapas de tipeo y de ortografía, deberán someterse a una prueba de conocimiento, con carácter eliminatorio, la cual consistirá en un examen de opciones múltiples escritas o en computación. Se otorgará un máximo de veinticinco (25) puntos, aprobándose esta instancia con el setenta por ciento (70%) del total del puntaje asignado para la prueba. El programa para este examen, deberá ser redactado y propuesto por las autoridades del Instituto de Formación y Perfeccionamiento Judicial de la Provincia de Entre Ríos, “Dr. Juan B. Alberdi”, para su aprobación por el Superior Tribunal de Justicia. Quienes no concurran a la prueba de oposición prevista en el artículo, quedarán sin más eliminados del concurso”.

Gacetilla Informativa Nº 113/12 – 03 de octubre de 2012.

        
Lic. Alejandro Heinrich
Jefe del SIC-STJER