Reglamento de Concurso
El Superior Tribunal de Justicia
aprobó las modificaciones al Reglamento Nº 16
de Ingreso, Ascenso y Traslado del Personal
En las Reuniones de Acuerdo
General Nº 24/12, del 04 de septiembre de 2012, y Nº 25/12, del 11 de septiembre,
el Superior tribunal de Justicia de Entre Ríos aprobó las modificaciones al
Reglamento Nº 16 de Ingreso, Ascenso y Traslado del Personal del Poder
Judicial. Se incorporaron dos incisos al Artículo 7º y se modificaron los
Artículos 8º y 9º de dicho Reglamento.
El Superior Tribunal de
Justicia, en su Reunión de Acuerdo General Nº 24/12 del 04 de septiembre
pasado, aprobó el Proyecto presentado por la Comisión de Planeamiento en
relación al Reglamento Nº 16 de Ingreso, Ascenso y Traslado del Personal del Poder
Judicial, y en consecuencia se introdujeron dos incisos, o) y p), al Artículo 7º
del Reglamento que aborda el tema de la asignación de “Puntaje por Antecedentes”.
El inciso o) tiene el
siguiente texto: “por participación y desempeño en proyectos de gestión
judicial, desarrollados dentro de los cinco (5) años inmediatos anteriores al
llamado de concurso, cuyos objetivos y resultados, debidamente fundados y
cuantificados mediante estadísticas proporcionadas por los organismos
judiciales respectivos, deberán ser elevados y oportunamente evaluados por el
Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, desde 0,20 puntos y hasta un
máximo de 1 punto”.
En tanto como inciso p) se incorpora el siguiente
texto: “por participación informada al
Superior Tribunal de Justicia por el responsable del organismo respectivo, en
la obtención del Certificado de Sistema de Gestión de Calidad, según norma IRAM
ISO 9001: 2008, o la que en lo sucesivo la remplace, con alcance en
"Servicio de administración de Justicia", emitido por el Instituto
Argentino de Normalización y Certificación – IRAM -, vigente al momento de
llamado a concurso, desde 0,25 puntos y hasta un máximo de 1,25 puntos”.
Asimismo, en su Reunión de Acuerdo General Nº 25/12, del 11 de
septiembre, el STJ aprobó las modificaciones a los Artículos 8º “Antecedentes” y 9º “De la Prueba de Oposición” del Reglamento Nº 16.
El Artículo 8º quedó redactado de la siguiente manera:
“ANTECEDENTES: Los antecedentes
detallados en el art. 7º serán evaluados por el Tribunal Examinador a fin de establecer
un orden de mérito sólo de aquellos concursantes que hayan superado todas las
etapas -tipeo, ortografía y conocimiento- de la Prueba de Oposición prevista en
el artículo siguiente”.
En tanto el Artículo 9º tiene el siguiente texto: “DE LA PRUEBA DE OPOSICIÓN: Antes de la
realización de la prueba, los concursantes deberán acreditar su identidad e
inscripción ante el actuario bajo pena de ser excluidos del concurso y sin
perjuicio de las sanciones que le pudieran corresponder a la autoridad del
mismo. Esta etapa del Concurso comprende: A) PRUEBA DE TIPEO: esta prueba
tendrá carácter eliminatorio y consistirá en el copiado en computadora de un
texto que se sorteará de una nómina confeccionada previamente al efecto. El
postulante deberá escribir correctamente ciento treinta (130) palabras en
cuatro (4) minutos. No se computarán las palabras con errores mecanográficos u
ortográficos, las palabras duplicadas y las que no estén en el texto original.
Se computarán como media falta: los errores de acentuación, las palabras
cortadas o unidas indebidamente y los errores de mayúscula o minúscula. Se otorgará
hasta un máximo de quince (15) puntos, con asignación del mayor puntaje al
postulante que haya consignado mayor cantidad de palabras. Al resto de los
examinados se asignará el puntaje en forma proporcional a la cantidad de
palabras escritas.- B) EXAMEN DE ORTOGRAFIA: los postulantes que hayan aprobado
la PRUEBA DE TIPEO, deberán realizar una prueba de ortografía con carácter
eliminatorio, consistente en la corrección de un texto con errores -en forma
escrita o en computadora, según se determine- sobre temas de índole jurídica.
Se otorgará un máximo de diez (10) puntos, descontándose 0,50 puntos por cada
palabra con error, aprobándose esta instancia con la obtención del sesenta por
ciento (60%) del total del puntaje.- C) EXAMEN DE CONOCIMIENTO: los postulantes
que hayan aprobado las etapas de tipeo y de ortografía, deberán someterse a una
prueba de conocimiento, con carácter eliminatorio, la cual consistirá en un
examen de opciones múltiples escritas o en computación. Se otorgará un máximo
de veinticinco (25) puntos, aprobándose esta instancia con el setenta por
ciento (70%) del total del puntaje asignado para la prueba. El programa para
este examen, deberá ser redactado y propuesto por las autoridades del Instituto
de Formación y Perfeccionamiento Judicial de la Provincia de Entre Ríos, “Dr.
Juan B. Alberdi”, para su aprobación por el Superior Tribunal de Justicia.
Quienes no concurran a la prueba de oposición prevista en el artículo, quedarán
sin más eliminados del concurso”.
Gacetilla Informativa Nº 113/12 – 03 de octubre de
2012.
Lic. Alejandro Heinrich
Jefe del SIC-STJER