Info Defensoría General - Dr. Maximiliano F. Benítez
Acceso
a la Justicia:
Derecho Humano Fundamental
Derecho Humano Fundamental
Como presidente de la Asociación de Defensores Públicos
de la República Argentina e integrante del Consejo Directivo de la Asociación
Interamericana de Defensores tuve el honor de integrar, conjuntamente con la
Defensora General de la Nación, Dra. Stella Maris Martínez, la representación
de nuestro país en la Audiencia que se llevó a cabo el día 07 de marzo del
corriente en la ciudad de Washington, sede de la Organización de Estados
Americanos (OEA), con el Consejo
Permanente de dicho organismo internacional y a la que asistieron
representaciones de la mayoría de los Estados integantes del mismo
En la mencionada
audiencia se analizó el grado de cumplimiento, por parte de los diferentes
países, de la Resolución Nº 2714/12 de la Asamblea General de la OEA, donde se
recomienda a los distintos Estados la necesidad de contar con un Ministerio
Público de la Defensa que goce de independencia y autonomía funcional, como
elemento indispensable para facilitar el acceso a la justicia de las personas
en condiciones de vulnerabilidad, constituyendo ello un Derecho Humano
fundamental.
La realidad de
los distintos países es muy disímil, inclusive en Estados Federales como el
nuestro es diferente la realidad en las distintas provincias. Nuestro país
tiene una larga tradición en Defensa Pública, ya que la institución tiene
vigencia desde la época de la Colonia donde se defendían a los más vulnerables
de entonces que eran por antonomasia los esclavos.
En consonancia
con ello, la Constitución Nacional prevé, en el Art. 120, al Ministerio Público
de la Defensa, conjuntamente con el Ministerio Fiscal como organismos
extrapoder, fuera de la triada clásica: poder Ejecutivo, Poder Legislativo y
Poder Judicial y por lo tanto autónomo e independiente. Nuestra Constitución
Provincial, en el Art. 207, determina que el Ministerio Público se compone de
dos ramas, el Ministerio Público Fiscal y el Ministerio Público de la Defensa,
quienes gozan de autonomía e independencia, pero forman parte del Poder
Judicial.
Sin embargo
esta situación de autonomía e independencia del Ministerio Público de la
Defensa no la encontramos en la mayoría de las Provincias Argentinas; en ellas
la Defensa depende según el caso, de la judicatura o del Ministerio Público
Fiscal, lo que es más grave cuando se implementan sistemas Acusatorios donde no
puede existir subordinación entre las partes que integran un proceso (defensor,
fiscal y juez), las que se supone deben actuar en un pie de igualdad.
En consecuencia,
y para dar cumplimiento a la Resolución Nº 2714/12 de la Asamblea General de la
Organización de Estados Americanos, se hace indispensable que en las diferentes
Provincias de nuestro país el Ministerio Público de la Defensa sea Autónomo e
Independiente, de esa manera estaremos más cerca de dar cumplimiento al Derecho
Humano fundamental de acceso a la justicia.
Dr.
Maximiliano F. Benítez
Defensor
General del Poder Judicial
de
la Provincia de Entre Ríos
Dr. Maximiliano F. Benítez –
Defensor General del Poder Judicial de la Provincia de Entre Ríos
Los Representantes de Costa Rica
y Chile; el Embajador de Haití ante la OEA y Vicepresidente del Consejo
Permanente de la OEA; La Dra. Stella Maris Martínez, Defensora General de la
Nación; y el Dr. Maximiliano F. Benítez.
La Dra. Stella Maris Martínez, Defensora General
de la Nación, y el Dr. Maximiliano F. Benítez.