Info Sala Primera de la Cámara Penal de Paraná

Se conformará una junta médica
que evaluará el estado de Abelardo Pacayut

Así lo resolvió la Sala Primera de la Cámara Penal de Paraná, haciendo lugar el pedido formulado por el Ministerio Público Fiscal, con el fin de determinar si el condenado está en condiciones de comenzar a cumplir la pena de prisión efectiva.

        El pasado 27 de junio, la Sala Primera de la Cámara Penal de Paraná, integrada por los Dres. Miguel Ángel Giorgio, Hugo Daniel Perotti, y Daniel Malatesta, resolvió la integración de una Junta Médica que se integrará por dos profesionales médicos con especialidad en cardiología y un médico clínico, conforme a la lista de Peritos inscriptos en la Mesa Única Informatizada.
        La misma tendrá por objetivo dejar debidamente aclarado, en función de la enfermedad o dolencia física que padece el condenado Abelardo Pacayut, si su alojamiento en un establecimiento carcelario le impediría recuperarse o tratar adecuadamente su dolencia. La Junta tendrá un plazo de diez días corridos, a partir de su conformación, para emitir su dictamen.
         Recordamos que la Corte Suprema de Justicia de la Nación dejo firme la condena de Pacayut a la pena de tres años y cuatro meses de prisión efectiva impuesta oportunamente por la Sala Primera de la Cámara Penal de Paraná.
        La resolución se tomó haciendo lugar a un pedido del Ministerio Público Fiscal a fin de no consagrar un posible privilegio en favor del condenado por su estado de salud.
        También se impuso al condenado, como medida cautelar, la Prohibición Absoluta de Salida del país y de alejarse de la jurisdicción del Tribunal.
        Además se Intimó a los condenados Abelardo Félix Pacayut y Ruth Klein, al pago de la multa establecida en los puntos I) y II) de la Sentencia, en el plazo de diez días hábiles a partir de su notificación. En caso de incumplimiento, se remitirán los antecedentes al Sr. Procurador General de la Provincia para que arbitre los medios convenientes para proceder a su ejecución.
        El texto completo de la Resolución de la Sala Primera se puede consultar en el siguiente enlace.
 
        Información BLOG-SIC 42/13, 1º de julio de 2013.


 
Lic. Alejandro Heinrich
Jefe del SIC-STJER