Ley de Identidad de Género

Reglamentan el trámite
para la rectificación registral del sexo

El Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, mediante Resolución Nº 805 del 05 de junio del corriente año, aprobó el Instructivo y el Formulario para la tramitación de las solicitudes de rectificación registral del sexo y cambio de nombre de pila e imagen en el marco de la Ley de Identidad de Género Nº 26.743.

La Ley de Identidad de Genero Nº 26.743, sancionada por el Congreso de la Nación el 09 de mayo, y promulgada el 25 de mayo de 2012, reconoce el derecho humano fundamental de toda persona al reconocimiento de su identidad de género, al trato y libre desarrollo conforme dicha identidad y, en particular, a ser identificada de ese modo en los instrumentos que acreditan su identidad.
Se define en la Ley como identidad de género a la vivencia interna e individual tal como cada persona la siente, pudiendo o no corresponder con el sexo asignado al momento del nacimiento, incluyendo la vivencia personal del cuerpo. Se aclara además que esto puede involucrar la modificación de la apariencia o la función corporal, e incluye otras expresiones de género como la vestimenta, el modo de hablar y los modales.
En este marco, y con el fin de garantizar a todas las personas la posibilidad de solicitar la rectificación registral del sexo, el cambio del nombre de pila e imagen, cuando no coincidan con su identidad de género autopercibida, es que el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas de Entre Ríos, mediante Resolución Nº 805 del 05 de junio del corriente año, aprobó el Instructivo y el Formulario que permiten el acceso al trámite de referencia.
Con el fin de llevar al conocimiento de todos y lograr una efectiva aplicación de la norma en toda la provincia de Entre Ríos se podrá acceder en los enlaces siguientes a los textos de la Ley Nº 26.743, la Resolución Nº 805, el instructivo para la tramitación de solicitudes (Anexo I) y al Formulario de Solicitud de Rectificación (Anexo II).

·        Ley Nº26.743
·        Resolución805 RECCP
·        Resolución805 – Anexo I
·        Resolución805 – Anexo II

Gacetilla Informativa Nº 78/12 – 02 de agosto de 2012. 
        
  
Lic. Alejandro Heinrich
Jefe del SIC-STJER