Corte Interamericana de Derechos Humanos

Sentencia del Caso
“Mendoza y otros vs. Argentina”

El pasado 14 de mayo la Corte Interamericana de Derechos Humanos dio a conocer la sentencia en el caso “Mendoza y otros vs. Argentina”. Dada la relevancia de lo resulto publicamos la versión digital completa de la mencionada sentencia.


La Sra. Defensora General de la Nación, Dra. Stella Maris Martínez, informó al Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos de la Sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso “Mendoza y otros vs. Argentina”, en el cual se desempeñó desde el inicio del proceso internacional como representante legal de las víctimas.
En su sentencia la Corte Interamericana consideró que "la prisión y reclusión perpetuas de niños son incompatibles con el artículo 7.3 de la Convención Americana, pues no son sanciones excepcionales, no implican la privación de la libertad por el menor tiempo posible ni por un plazo determinado desde el momento de su imposición, ni permiten la revisión periódica de la necesidad de la privación de la libertad de los niños". Por ello, la Corte concluyó que "el Estado violó el derecho reconocido en el artículo 7.3 de la Convención Americana (...), en relación con los artículos 19 y 1.1 de dicho instrumento, al imponerles como sanciones penales la prisión y reclusión perpetuas, respectivamente, por la comisión de delitos siendo niños."
Al encontrar al Estado Argentino internacionalmente responsable, la Corte dispuso que el Estado "deberá asegurar que no se vuelva a imponer las penas de prisión o reclusión perpetuas a [las víctimas], ni a ninguna otra persona por delitos cometidos siendo menor de edad. De igual modo, Argentina deberá garantizar que las personas que actualmente se encuentren cumpliendo dichas penas por delitos cometidos siendo menores de edad puedan obtener una revisión de las mismas que se ajuste a los estándares expuestos en esta Sentencia (...). Lo anterior, con el fin de evitar la necesidad de que casos como el presente se interpongan ante los órganos del Sistema Interamericano de protección de los derechos humanos, y puedan ser resueltos por los órganos estatales correspondientes."
Por a la relevancia de lo resuelto por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, y teniendo en cuenta que un incumplimiento de lo ordenado en la sentencia podría generar la responsabilidad internacional del Estado Argentino, conforme los compromisos asumidos por este al suscribir los tratados sobre derechos humanos, se pone a disposición para su conocimiento la sentencia completa del caso en el siguiente enlace.

Gacetilla Informativa Nº 64/13 – 15 de agosto de 2013.


 
Lic. Alejandro Heinrich
Jefe del SIC-STJER