Info Juzgado Correccional Nº 2 Paraná.

Rápida resolución por Juicio Abreviado
en un caso de hurto
 
Resolución de una Causa de Hurto por medio del procedimiento de Juicio Abreviado. El hecho sucedió el pasado 30 de junio de este año y la audiencia de Juicio Abreviado se realizó el 30 de julio. Desde el Juzgado se destacó la eficiente actuación del Agente Fiscal y del Defensor Particular en la resolución del caso.

        El Juez Correccional Nº2 de Paraná, Dr. Daniel J. Malatesta, informó sobre la rápida resolución de una causa de “Hurto con escalamiento en grado de tentativa” mediante el procedimiento de Juicio Abreviado.
        Este procedimiento brinda la posibilidad de no llegar al debate cuando exista conformidad entre la acusación y la defensa respecto del hecho, la participación del imputado y el monto de la pena a imponer.
        El hecho había ocurrido el pasado 30 de junio de este año y la audiencia de Juicio Abreviado, Art. 439 bis del C.P.P., se realizó el 30 de julio.
        En ella intervinieron el Dr. Santiago M. Brugo, Representante del Ministerio Público Fiscal; y el Dr. Mario Andrés Figueroa, Defensor del imputado, cuya labor fue destacada desde el Juzgado Correccional Nº 2 ya que la eficiencia puesta de manifiesto por ambos profesionales permitió alcanzar la rápida resolución del caso.
        Durante la audiencia se dio lectura del hecho incriminado a R. N. S. de acuerdo a la declaración indagatoria. Luego se procedió a la lectura del acuerdo de juicio abreviado efectuado por la defensa y la Fiscalía, en el cual se delimitó el alcance del hecho, el que fue considerado suficientemente probado, donde el fiscal analizó asimismo el grado de intervención que le correspondió al imputado, la calificación legal que estimó debe otorgarse a su accionar, y solicitó la pena de ocho meses de prisión de ejecución condicional.
        Asimismo se procedió a brindar amplias explicaciones al inculpado respecto del procedimiento escogido, como así también sobre las consecuencias del mismo, requiriéndose su conformidad sobre la existencia de los hechos atribuidos, la intervención que se le adjudica en los mismos, la calificación legal escogida y el monto de la pena interesada por la Fiscalía, la que fue prestada sin objeciones por el encausado.
        Finalmente, en la sentencia del Caso, el Juez Correccional Nº 2 de Paraná Declaró a R. N. S. autor material y responsable del delito de “hurto con escalamiento en grado de tentativa” (arts. 42, 45 y 163 inc. 4 C.P.) y en consecuencia, lo condeno a la pena de ocho meses de prisión de cumplimiento condicional.
        El texto completo de los fundamentos de la Sentencia se puede consultar en el siguiente enlace.
 
 
        Información BLOG-SIC 56/13, 20 de agosto de 2013.
 
 
 
Lic. Alejandro Heinrich
Jefe del SIC-STJER