Info Sala Primera de la Cámara Penal de Paraná

Se hizo lugar a una Acción de Amparo contra el Gobierno Provincial
en el marco del Concurso Nº 79 del
Consejo de la Magistratura
 
La Sala Primera de la Cámara Penal de Paraná resolvió hacer lugar a la Acción de Amparo promovida por el Sr. Ángel Luis Moia contra el Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos por haber declarado desierto el Concurso Nº 79 del Consejo de la Magistratura. El Sr. Gobernador deberá completar el proceso de designación en curso, remitiendo al Senado el pliego de alguno de los candidatos oportunamente temados.

        Así lo resolvió, el pasado 23 de junio, la Sala Primera de la Cámara Penal de Paraná, integrada por los Dres. Hugo Daniel Perotti, José María Chemez, y Miguel Ángel Giorgio.
        La Acción de Amparo fue promovida por el Sr. Ángel Luis Moia contra el Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos, por considerar que de manera arbitraria e ilegítimamente se declaró desierto el Concurso Nº 79 del Consejo de la Magistratura de la Provincia (CMER).
        La Constitución Provincial, en sus artículos 180, 181 y 182, y Ley del Consejo de la Magistratura, Nº 9996, describen el sistema para la selección y designación de Jueces. El CMER, como organismo técnico, transparenta el proceso de elección, midiendo la idoneidad de los aspirantes y calificando sus méritos, conformando una terna vinculante con los más probos o capaces, limitándole al titular del Poder Ejecutivo la elección del candidato al momento de enviar un pliego al Senado.
        El Concurso del que participó el Sr. Moia se llevó a cabo en el año 2009, como parte del proceso constitucional para cubrir la vacante de un cargo de Juez para el Juzgado Civil y Comercial Nº 9 de Paraná, con competencia en Concursos y Quiebras. Los datos del concurso Nº 79 pueden consultarse en la página web del CMER (www.entrerios.gov.ar/magistratura).
        La Sala Primera, en los Considerandos de su Resolución, recorre las diferentes etapas del proceso del concurso en cuestión y señala la arbitrariedad puesta de manifiesto en la decisión del Sr. Gobernador de declararlo “desierto”.
        La resolución hace lugar a la Acción de Amparo promovida por el Sr. Moia contra el Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos, y en consecuencia ordena al Sr. Gobernador a completar el proceso de designación en curso, remitiendo al Senado el pliego de alguno de los candidatos oportunamente temados.
        El texto completo de la Resolución de la Sala Primera se puede consultar en el siguiente enlace.
 
Información BLOG-SIC 39/13, 27 de junio de 2013.



Lic. Alejandro Heinrich
Jefe del SIC-STJER