Homicidio en barrio Lomas del Mirador
Condenaron a 18 y 14
años de prisión a los
imputados del crimen
de Emanuel Vázquez
La Cámara del Crimen condenó a Miguel
Ángel Abasto y a Gustavo Olivera, a 18 y 14 años de prisión, respectivamente,
por considerarlos autor y coautor de los delitos de homicidio y tentativa de
homicidio, por el ataque a tiros contra un grupo de jóvenes ocurrido el 21 de
agosto de 2013 en el barrio Lomas del Mirador de Paraná, del que resultó
víctima fatal Emanuel Vázquez, de 16. A Abasto también lo encontraron culpable
de tentativa de homicidio, por otra balacera de 2012.
El Tribunal integrado por los doctores Miguel
Ángel Giorgio, José María Chémez y Elvio Garzón adelantó hoy el veredicto de
sentencia en la causa contra Miguel Ángel Abasto, de 20 años y apodado
“Muñequito” y Gustavo Olivera, de 22 años, alias “Gatito”, acusados de atacar a
tiros a un grupo de jóvenes el 21 de agosto de 2013 en la esquina de calles
Quiroz y Longo del barrio Lomas del Mirador, al Este de Paraná, en el que murió
Jonhatan Emanuel Vázquez y resultó herido Jaime Pereyra.
Los jueces declararon a Abasto autor material
y responsable de homicidio y tentativa de homicidio, por el hecho en el que
murió Vázquez, y autor material y responsable del delito de tentativa de
homicidio, por otro hecho sucedido en 2012, en el que también fue atacado a
tiros un grupo de jóvenes, uno de los cuales terminó baleado. En cuanto a Olivera,
lo declararon coautor del delito de homicidio y tentativa de homicidio por el
episodio que costó la vida de Vázquez, y lo absolvieron por el segundo hecho.
La pena impuesta a Abasto es comprensiva de
una anterior (de 6 años de cárcel), dictada por el Juzgado Penal de Niños,
Niñas y Adolescentes el año pasado y por la cual está privado de libertad. En
el caso de Olivera, se resolvió mantener la prisión preventiva.
El 19 de Agosto a las 7.30 horas se
dará a conocer la sentencia completa.
Convicción
En la discusión final del debate oral y
público, los defensores, Dres. Walter Rolandelli (abogado de Abasto), Hugo
Gemelli y Matías Argüello De la Vega (que asisten a Olivera) solicitaron la
absolución de los imputados por considerar que los testimonios de cargo son
inconsistentes y se contradicen que los de otras personas que ubican a Olivera
en otro lugar.
Por su parte, el fiscal coordinador, Dr.
Rafael Cotorruelo y el querellante particular, Dr. Javier Aiani, consideraron
que quedó debidamente probado que los enjuiciados fueron los autores del ataque
a tiros que terminó con la vida de Vázquez.
El Tribunal le dio la razón al fiscal y el
querellante y aplicó las penas solicitadas por los acusadores en un voto
unánime. El Presidente del Tribunal, Dr. Giorgio, explicó hoy que durante el
juicio obtuvieron la “plena convicción de que los imputados son los autores
responsables del hecho” en el que falleció Vázquez. Agregó que ese
convencimiento se reforzó con el resultado de la reconstrucción del hecho e
inspección del lugar, realizadas en el marco del juicio oral y público, donde
pudieron comprobar que los testigos de cargo estaban ubicados en lugares que
les permitieron ver perfectamente a los autores de los balazos”.
Información BLOG-SIC 151/15, 10 de agosto de 2015.
Lic. Alejandro Heinrich
Jefe del SIC-STJER