Centro de Medios Alternativos de Resolución de Conflictos

Nuevos valores para los honorarios
del Mediador y Co-mediador
 
El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos fijó en Pesos Ochocientos Diez ($ 810,00) el valor de la retribución básica de los honorarios del Mediador o Co-mediador para el año 2014. Así lo dispuso en Reunión de Acuerdo General Nº 02/14, del 11 de febrero de 2014.


El STJ estableció en Pesos Ochocientos Diez ($ 810,00) el valor de la retribución básica de los honorarios del Mediador y Co-mediador para el año 2014, a partir del 01 de enero, de acuerdo a lo establecido en el Art. 20 del Reglamento de Mediación de la Provincia.
La medida se adoptó en la Reunión de Acuerdo General Nº 02/14, del 11 de febrero pasado, previa consideración de la opinión vertida por el Colegio de Abogados de Entre Ríos y de la propuesta de actualización desarrollada por la Contaduría General del Poder Judicial.
El STJ adoptó la propuesta de la Contaduría General que entiende que la actualización del valor de la retribución básica obligatoria del mediador se debería establecer teniendo en consideración el incremento de las remuneraciones del pasado año.
Recordamos que, de acuerdo al Art. 20 del Reglamento de Mediación Previa, los honorarios que percibirán el mediador y/o el co-mediador por su tarea en las mediaciones, por sorteo o por elección, podrán acordarse libremente con las partes, no pudiendo ser inferiores al valor de la retribución básica aquí fijada.
 
Gacetilla Informativa Nº 03/14 – 14 de febrero de 2014.
 
Lic. Alejandro Heinrich
Jefe del SIC-STJER