Info Centro de Medios Alternativos de Resolución de Conflictos

Se realizó con éxito la primera
Mediación a Distancia
desde la provincia de Entre Ríos
 
El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos autorizo la realización de la primera E-Mediación. Mediación a Distancia vía Skype que, solicitada por el Centro de Mediación de la Provincia de La Pampa, se llevó adelante con todo éxito.

        La Mediación a Distancia se llevó a cabo el día jueves 25 de junio del corriente año, con la coordinación de la Secretaria del Centro de Medios Alternativos de Resolución de Conflictos del STJ (C.M.A.R.C.) Dra. Ana Bracco, lográndose el acuerdo de las partes intervinientes.
        El objeto del proceso de mediación versó sobre tenencia, con la particularidad de que el requirente se encontraba domiciliado en General Pico (La Pampa) y el requerido en Basavilvaso, Concepción del Uruguay.
        La experiencia resultó altamente beneficiosa, por lo que se avanzó un paso más hacia la integración y la equidad para el acceso a la justicia a través de nuevas tecnologías de la información y comunicación como herramientas institucionales al servicio de la resolución de conflictos.
 
¿Qué es la Mediación a Distancia?
        Se trata de una alternativa para casos especiales y específicos que requiere de una fuerte coordinación entre los actores del proceso, quienes hacen uso de la tecnología para poder llevar a cabo las Audiencias.
        La Mediación a Distancia es una posibilidad de resolución de conflictos para personas que debido a encontrarse alejadas no pueden acudir al procedimiento mediatorio al que fueron convocados.
        La experiencia demostraba que muchas audiencias no se realizaban y fracasaban por incomparecencia de la parte convocada debido a la distancia que la separaba del lugar donde se realizaría la mediación.
       Así, la Mediación a Distancia, surge como respuesta a la necesidad de estas personas, brindándoles la posibilidad de realizar sus audiencias, en un espacio de encuentro con aquella parte que se encuentra alejada, a fin de que pueda participar y ser protagonistas del procedimiento.
 
 
¿Cómo se logra el acuerdo a través de la Mediación a Distancia?
        El acuerdo en Mediación a Distancia se firma en los lugares donde se encuentran las partes. Por ejemplo, si la mediación fue entre La Pampa y Entre Ríos, el mediador del Centro de Mediación de La Pampa, como provincia convocante, firmará juntamente con la parte que allí se encuentre y su abogado, si lo tuviere, y en Entre Ríos firmarán juntamente el abogado con la parte que se encuentre en la provincia. Esas firmas son certificadas por la respectiva autoridad competente del lugar y se envían por correo; los acuerdos entonces se cruzan y a La Pampa llegan las copias firmadas en Ente Ríos y a nuestra provincia, llegan las copias firmadas en el sur. De esa manera las partes cuentan con acuerdos firmados por todos los intervinientes del procedimiento.
        No existe una reglamentación aprobada en cuanto al procedimiento a seguir, las primeras pruebas con resultado exitoso, son pasos iniciales para la inserción definitiva de la E-Mediación, sin embargo, al existir una creciente utilización en todo el país de la videoconferencia como Tecnología de la Información y la Comunicación (TIC) para concretar mediaciones a distancias, se podría afirmar que la E-Mediación está instalada.
        La TIC se convirtió en una nueva “parte” en las negociaciones y deben garantizar la comunicación ininterrumpida durante las audiencias, como así también la privacidad de la misma para no violar el principio de confidencialidad.
        Es una nueva “puerta” en el abanico de ofertas de Medios Alternativos de Resolución de Conflictos que constituyen el concepto de multipuertas.
 
 
       Información BLOG-SIC 133/15, 07 de julio de 2015.
 
 
 
 
 
 
 
Lic. Alejandro Heinrich
Jefe del SIC-STJER