Info Juez de Garantías Nº 3

Condenan a un joven acusado
de delitos con arma de fuego

El Juez de Garantías Nº 3, Dr. Ricardo Bonazzola condenó a tres años de prisión, de cumplimiento condicional, a Agustín Permallú, un hombre de 21 años acusado de amenazas calificadas, lesiones graves, tenencia de arma de guerra y abusos de arma reiterados, ocurridos en noviembre del año pasado, en el marco de un conflicto entre dos grupos de jóvenes de la zona Sur de Paraná.

Permallú fue investigado en los legajos Nº 2179 y 8605, por las Unidades de Respuestas Rápidas y de Litigación e Investigación del Ministerio Público Fiscal. Lo acusaron de atacar a balazos, junto a sus amigos, a un grupo de hombres que se trasladaban a caballo, en inmediaciones de calles Pascual Uva y Lebenshon, el 1 de noviembre del año pasado. También le imputaron que ese mismo día, pero al anochecer, atacaron a tiros la casa de uno de los hombres agredidos horas antes. Además, le endilgaron que en febrero de este año, agredió con arma de fuego a otro hombre –del mismo grupo que recibió los balazos en noviembre de 2014--, que se trasladaba a caballo por calle Montiel al final. Por otra parte, en un allanamiento en su domicilio, la Policía secuestró tres armas de fuego sin registrar, una de ellas, de fabricación casera.
La Fiscal, Dra. Paola Farinó, y la defensora oficial, Dra. Antonella Manfredi, con la anuencia de Permallú, optaron por el procedimiento del juicio abreviado, para lo cual el imputado reconoció su responsabilidad por los hechos investigados, y acordaron una pena de tres años de prisión, de cumplimiento condicional, y una serie de reglas de conducta. Para ello, se tuvo en cuenta su falta de antecedentes condenatorios y las condiciones de vulnerabilidad del propio imputado.
Entre las condiciones que deberá cumplir el enjuiciado para evitar el cumplimiento efectivo de la sanción penal en prisión, se destacan, la prohibición de acercarse a menos de doscientos metros de las víctimas y sus domicilios, la prohibición de realizar actos molestos, perturbadores o intimidatorios contra los damnificados por sus delitos, y acreditar el inicio de estudios secundarios.

Información BLOG-SIC 130/15, 06 de julio de 2015.

 

Lic. Alejandro Heinrich
Jefe del SIC-STJER