Acuerdo Especial

El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos
estableció la fecha de entrada en vigencia de la Ley 10.317
 
El STJ entrerriano, en reunión de Acuerdo Especial del 10 de septiembre de 2014, acordó establecer que la entrada en vigencia de la Ley N° 10.317 se producirá en la provincia a partir de la cero hora del 12 de septiembre de 2014, con excepción de la jurisdicción Paraná donde se aplicará a partir de la cero hora del 22 de septiembre de 2014.

El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, en Reunión de Acuerdo Especial del 10 de septiembre de 2014, con la presencia de la señora Vicepresidenta, a cargo de la Presidencia del Excmo. Tribunal, Dra. Susana E. Medina de Rizzo y los señores Vocales Dres. Carlos Alberto Chiara Díaz, Daniel Omar Carubia, German Reynaldo F. Carlomagno, Bernardo Ignacio R. Salduna, Leonor Pañeda, Emilio A. E. Castrillón y Juan Ramón Smaldone, acordó establecer que la entrada en vigencia de la Ley N° 10.317, para los nuevos hechos cometidos en la provincia, se producirá a partir de la cero hora del 12/09/14; con excepción de la jurisdicción Paraná, donde se aplicará, al igual que todo el nuevo Código Procesal Penal, recién a partir de la cero hora del 22/09/14, salvo que en cualquier de las dos (2) situaciones las disposiciones de la citada ley fueran claramente más favorables para los imputados.
La resolución se tomó luego de considerar la presentación efectuada por el señor Procurador General de la Provincia, Dr. Jorge A. Luciano García, quien solicitó se analice la posibilidad de corregir la omisión legislativa en la recientemente sancionada Ley N° 10.317, modificatoria del Código Procesal Penal -Ley N° 9754-.
En el texto final sancionado no fue consignada una fecha especial de entrada en vigencia, resultando su aplicación a partir del día 12 del corriente, de conformidad a las reglas del Código Civil.
Además se tuvo en cuenta que para la jurisdicción Paraná está prevista la entrada en vigencia del nuevo sistema penal acusatorio para el día 22.09.14, luego del juramento de los nuevos funcionarios, por lo que una aplicación previa de dicha normativa acarrearía insalvables dificultades procedimentales.
El Superior Tribunal de Justicia acordó la entrada en vigencia de la Ley 10.317 de conformidad con lo establecido en el artículo 4º de la Ley N° 9754, que faculta al Alto Cuerpo a regular aspectos específicos para su mejor implementación.
Asimismo, dispuso hacer saber lo establecido a los organismos jurisdiccionales y del Ministerio Público Fiscal y de la Defensa, y ordenó su publicación en el Boletín Oficial.
 
Gacetilla Informativa Nº 105/14 – 12 de septiembre de 2014.
 
 
 
 
SIC-STJER