Info Procuración General.

Nuevo Requerimiento Fiscal
en la Causa ATER
 
Desde la Procuración General del Poder Judicial de Entre Ríos se dio a conocer el Requerimiento de Instrucción Formal en los autos caratulados: "Martinez de Yankelevich Maria Estrella - Gaggion Abelardo Daniel y Otros - Defraudacon a la Administración Pública - Denuncias de Maria Emma Bargagna, Jorge Daniel Monge y Marcelo Pablo Casaretto", Expte. Nº 56289.

        El pasado 25 de agosto, la Procuración General del Poder Judicial de Entre Ríos formalizó el Requerimiento de Instrucción Formal elaborado por los Dres. Gervasio Pablo Labriola, Fiscal Auxiliar -Interino- y Laura Irene Cattaneo Agente Fiscal -Interina-, en relación la causa caratulada "Martinez de Yankelevich Maria Estrella - Gaggion Abelardo Daniel y Otros - Defraudacon a la Administración Pública - Denuncias de Maria Emma Bargagna, Jorge Daniel Monge y Marcelo Pablo Casaretto", Expte. Nº 56289, puesto a consideración de la Dra. Marina Barbagelata, Jueza de Instrucción Nº 6 de Paraná.
        El Requerimiento de Instrucción Formal señala que “a partir de las denuncias formuladas por los legisladores provinciales María Emma Bargagna y Jorge Daniel Monge -presentada en ese Juzgado de Instrucción N° 6 en fecha 13/06/2014-, y por el Director Ejecutivo de la Administradora Tributaria de la Provincia de Entre Ríos -ATER- C.P.N. Marcelo Pablo Casaretto presentada en este Ministerio Público Fiscal con fecha 25/06/2014; así como del Informe de Auditoría aportado por el pre nombrado como prueba documental (Expediente Administrativo Nº 1592.568/14) en el que además tomaron intervención de su competencia las distintas áreas de la ATER (Dirección General Adjunta, Dirección de Sistemas Informáticos, Departamento Despacho), informe que se complementa con un reporte con copia simple de las resoluciones ministeriales que respaldarían las operaciones de compensación tributaria realizadas por la ATER en el período comprendido entre el 01/01/2008 y el 31/12/2011 (remitidas a la ATER por la Dirección General de Despacho del M.E.H.F.), y un reporte con la información relativa a los contribuyentes comprendidos en la operatoria descripta y a cuyo favor se habrían simulado fraudulentamente operaciones de compensación tributaria en ese mismo período, obtenidos del Sistema Informático SAT del Organismo; entendemos que existen elementos de prueba serios y suficientes tendientes a tener por acreditados los extremos denunciados, de lo que surge prima facie la realización de conductas jurídico-penalmente relevantes”.
        "Durante el período comprendido entre el 01/01/2008 y el 31/12/2011, María Estrella MARTINEZ DE YANKELEVICH y Abelardo Daniel GAGGION en su calidad de agentes de la Administración Pública Provincial –funcionarios públicos-, con prestación de servicios en la Dirección General de Rentas de la Provincia de Entre Ríos -DGR- donde cumplían funciones de Jefa del Departamento Despacho y Jefe de División Mesa de Entradas respectivamente, junto con Darío Fabián BARRETO, Julio SCHMUKLER y Luis Alfredo SPERONI, en connivencia y de común acuerdo entre sí, con otros funcionarios aún no identificados, y con los contribuyentes de distintos impuestos, que tenían pleno conocimiento de la maniobra, Aisicovich Ana Sofia, Aisicovich Anibal Dario, Alvarez Roque Augusto, Angelico Claudia, Arralde Carlos Roman, Beker Gustavo Adolfo, Berthet Daniel Enrique, Boccadoro Juan Jose, Boccadoro Sergio Esteban, Borsotti Ricardo Luis, Borsotti Rosa Manuela, Brener Enrique, Buchanan Marta Cristina, Camino Hernan Luis, Campopiano Maria Isabel, Castillo Santana Carina Elizabeth, Cook Carlos, Cracco Adolfo Inosencio, Delasoie Carlos Jose, Delasoie Fernando Eloy, Derudder Raul Hugo, Dominguez Alcibiades Carlos, Dukart Jose Martin, Erro Vidalita, Eymann Jorge Alberto, Fagalde Beatriz Teresita, Fagalde Juan Francisco Ramon, Fagalde Martin Enrique, Fasana Dangelo Alfonso, Fichman Pablo Gustavo, Gambaro Gustavo Francisco, Garat Roberto Juan, Garat Sara Celina, Garaycoechea Maria Elena, Gerard Daniel Amado, Gomez Luis Ramon, Hundt Marcelo Fabian, Kobal Ana Lia, Koval Haide, Larocca Maria Antonia, Levinzonas Beatriz, Longhi Marcelo Horacio, Malleret Jorge Luis, Moledo Omar Anibal, Mondolo Carlos Alberto Maria, Mondolo Marcelo Eduardo, Mondolo Saul Maria, Mondolo Silvia Beatriz Maria, Mondolo Sofia, Murador Omar Jesus, Olivera Eugenio, Paviotti Jorge Omar, Perez Eduardo Rafael, Perez Faustino Oscar, Perez Ruben Allan, Premaries Leonardo Miguel, Premaries Mariano Raul, Robin Anibal Jose, Robin Oscar Francisco, Saez Marcelo Sebastian, Santiago Claudio Maria, Sbacco Nelida Rosa, Sbacco Yolanda Maria, Schafer Marcela Maria Cristina, Schmukler Julio, Schmukler Maria Veronica, Sciancalepore Miguel Enrique, Sella Julio Daniel, Sereno Enrique Antonio, Silvestri Sergio Alberto, Speroni Luis Alfredo, Tejera Ana Maria, Tejera Hector Juan, Tejera Lia Gabriela, Tejera Mario, Tortul Anibal Americo, Viola Roberto Eduardo, Von Muhlinen Federico Miguel, Von Muhlinen Ricardo Conrado, Yagodnig Carlos Alejandro Roberto, Zajd Ary Demian, Zemel Isidoro, Zorzi Marina Evangelina, Zuvilivia Maxima Cecilia, "Abedul S.A", "Acollaradas S.A", "Agrosur S.A.", "Agua Y Gas S.A.", "Benmar S.A.", "Campos S.R.L.", "Carnes Del Litoral S.A.", "Casa Schanton S.A.", "Centro Electrico S.A.", "Cierto Argentina S.A.", "Congelar S.R.L.", "Derudder Hnos S.R.L.", "Derudder Juan Carlos- Derudder Anibal R.- Derudder Jorge O.", "Dilfer S.A.", "Economic Fuel S.R.L.", "El Sembrador S.R.L.", "Empresa Ciudad De Gualeguaychu S.R.L.", "Establecimiento Agricola Ganadero San Esteban S.A.", "Establecimiento Metalurgico Colon S.A.", "Forestal Los Yuqueries S. A.", "Galarza Calzados De Galarza A Y G.", "Gambaro Motos S.R.L.", "Garcia Amelia R. Y Otros", "Gran Dorado S.A.", "Hard S.R.L.", "Hotel Salto Grande S.A.A.I.C.I.C.", "Insumos Entre Rios S.A.", "Integracion De Servicios Empresariales S.R.L.", "Juan Jorge S.A.", "Kobrinsky Laura Andrea Y Otras", "Kupervaser Y Cia. Sociedad Colectiva", "La Concorde S.A.", "La Mora S.A.", "Logistica R.G. Sociedad Anonima", "M Y R S.R.L.", "Mobe S.R.L.", "Modelo Express De Triunfadores S.A.", "Mondolo Carlos A.M. Y Otros S.H.", "Nipeconst Srl En Formacion", "Optare Inversioni Sociedad Anonima", "Organizacion Delasoie Hermanos S.A.", "Organizacion Hotelera Costa S.R.L.", "Picarella, A Y E", "Ponce Marta Delfina Y Ancarola Hilda", "Portal Del Lago S.R.L.", "Rav Sociedad Anonima", "Sevek S.A (En Formacion)", "Socaho S.A.", "Supermercado Fontana S.R.L.", "Talar S.A.A.I.C.F. E. I.", "Termal Del Lago Turismo S.R.L.", "Transporte Licasima S.R.L.", "Transportes Robin Hermanos S.R.L.", "Yuqueri Forestal S.A." Y "Zenith S.R.L."; actuando éstos por cuenta propia, a través de sus representantes y/o personas en quien hubieren delegado facultades; violando su deber de fidelidad y con el fin de otorgar a éstos un beneficio patrimonial indebido, en perjuicio de los intereses que se encontraban bajo su cuidado, simularon operaciones de compensaciones tributarias para contribuyentes acreedores de deuda líquida y exigible del Estado Provincial, eludiendo en su totalidad el trámite administrativo previsto por la normativa vigente para este tipo de operatoria y sin contar con las Resoluciones Ministeriales respaldatorias (art. 75º del Código Fiscal -T.O. 2006- Ley Nº 7060 de Procedimientos para Trámites Administrativos); las cuales fueron efectivizadas y registradas en sus cuentas corrientes obrantes en el sistema administrativo tributario -SAT- de la DGR, al cual tenía acceso en su calidad de "usuario" Abelardo Daniel GAGGION mediante la clave personal y secreta que le pertenecía, Nº IG16466282, - quien actuaba en cumplimiento de órdenes impartidas por Estrella Martínez de YANKELEVICH- mediante la consignación de créditos líquidos y exigibles inexistentes de titularidad de dichos contribuyentes en contra del Estado Provincial por montos equivalentes a los distintos impuestos adeudados por éstos y/u otros contribuyentes a la DGR, de manera tal de posibilitar tales operaciones de compensaciones tributarias fraudulentas con la consecuente cancelación y extinción de las deudas mantenidas con el fisco provincial. Para ejecutar estas maniobras los funcionarios públicos y demás sujetos mencionados -por sí o por persona interpuesta- recibieron dinero o cualquier otra dádiva y/o aceptaron promesas directas o indirectas por parte de los contribuyentes beneficiados a raíz de las mismas. Todo ello ocasionó el consiguiente perjuicio al erario público provincial, conforme surge de los siguientes casos concretos” descriptos en 138 hechos.
        Asimismo "Durante el período comprendido entre el 01/01/2008 y el 31/12/2011, María Estrella MARTINEZ DE YANKELEVICH y Fabrizio Abraham Carmelo DAYUB en su calidad de agentes de la Administración Pública Provincial -funcionarios públicos-, con prestación de servicios en la Dirección General de Rentas -DGR- donde cumplían funciones de Jefa del Departamento Despacho y de agente técnico administrativo del área Mesa de Entradas de dicho Departamento, respectivamente, junto con Darío Fabián BARRETO, Julio SCHMUKLER y Luis Alfredo SPERONI, en connivencia y de común acuerdo entre sí, con otros funcionarios aún no identificados, y con los contribuyentes de distintos impuestos, que tenían pleno conocimiento de la maniobra, CASTILLO MIGUEL ANGEL y "LEMIRO PABLO PIETROBONI S.A.", actuando éstos por cuenta propia, a través de sus representantes y/o personas en quien hubieren delegado facultades; violando su deber de fidelidad y con el fin de otorgar a éstos un beneficio patrimonial indebido, en perjuicio de los intereses que se encontraban bajo su cuidado, simularon operaciones de compensaciones tributarias para contribuyentes acreedores de deuda líquida y exigible del Estado Provincial, eludiendo en su totalidad el trámite administrativo previsto por la normativa vigente para este tipo de operatoria y sin contar con las Resoluciones Ministeriales respaldatorias (art. 75º del Código Fiscal -T.O. 2006- Ley Nº 7060 de Procedimientos para Trámites Administrativos); las cuales fueron efectivizadas y registradas en sus cuentas corrientes obrantes en el sistema administrativo tributario -SAT- de la DGR, al cual tenía acceso en su calidad de "usuario" Fabricio Abraham Carmelo DAYUB mediante la clave personal y secreta que le pertenecía, Nº ID24630195, mediante la consignación de créditos líquidos y exigibles inexistentes de titularidad de dichos contribuyentes en contra del Estado Provincial por montos equivalentes a los distintos impuestos adeudados por éstos y/u otros contribuyentes a la DGR, de manera tal de posibilitar tales operaciones de compensaciones tributarias fraudulentas con la consecuente cancelación y extinción de las deudas mantenidas con el fisco provincial. Para ejecutar estas maniobras los funcionarios públicos mencionados -por sí o por persona interpuesta- recibieron dinero o cualquier otra dádiva y/o aceptaron promesas directas o indirectas por parte de los contribuyentes beneficiados a raíz de las mismas. Todo ello ocasionó el consiguiente perjuicio al erario público provincial, conforme surge de los siguientes casos concretos” descriptos en 2 hechos.
        El Requerimiento también señala que “la suma total de los importes ingresados en el SAT por los encartados a raíz de las operaciones de compensación tributaria simuladas en el período comprendido entre el 01/01/2008 y el 31/12/2011 representa un perjuicio patrimonial global a la administración pública provincial que asciende al monto total de PESOS VEINTIUN MILLONES CIENTO CUARENTA Y OCHO MIL CUARENTA Y SEIS CON TREINTA Y TRES CENTAVOS ($21.148.046,33), de los cuales se utilizaron efectivamente para pretender cancelar obligaciones tributarias de los contribuyentes por un monto de PESOS VEINTE MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL UNO CON TREINTA CENTAVOS ($20.483.001,30)".
        Por todo esto desde la Fiscalía se solicita que la Jueza de Instrucción cite a los imputados a prestar declaración indagatoria por los hechos relatados y otras medidas probatorias que acompañan la presentación.
        El texto completo del Requerimiento Fiscal se puede consultar en el siguiente enlace.
 
        Información BLOG-SIC 60/14, 11 de septiembre de 2014.
 
 
 
Lic. Alejandro Heinrich
Jefe del SIC-STJER