Info Juez de Garantías Nº 3

Condenan a 3 años de prisión condicional
e inhabilitación para manejar
a conductor que ocasionó tres muertes
 
El Juez de Garantías Nº 3, Dr. Ricardo Bonazzola, condenó a tres años de prisión de ejecución condicional, inhabilitación especial para conducir todo tipo de vehículo automotor y una serie de reglas de conducta a Gonzalo Zatti, un hombre de 27 años domiciliado en San Benito. Fue acusado de causar la muerte de una pareja y su hija de 10 años, y de herir gravemente a otros dos hombres, todos ocupantes de un Renault 12 al que el imputado chocó con una camioneta Ford F 100, el 1º de marzo de este año en la ruta 12, a la altura de Sauce Pinto, en el Departamento Paraná.

        En la audiencia conclusiva llevada a cabo esta mañana en el Salón de Audiencias Nº 1 de Tribunales, el fiscal, Dr. Álvaro Piérola explicó al Juez de Garantías, Dr. Ricardo Bonazzola, que junto con los abogados querellantes y defensores, llegaron a un acuerdo de procedimiento abreviado, para poner fin al proceso penal iniciado por lo que consideró “un hecho rotundamente trágico para las familias” de Santiago Díaz, su esposa Cristina del Valle Giordanino y la hija de ambos, Magalí, de 10 años. Los tres integrantes de la familia fallecieron en forma inmediata a raíz de los golpes sufridos por el impacto, en tanto que otros dos ocupantes del Renault, de apellidos Díaz y Pross, sufrieron heridas graves.
        El representante del Ministerio Público Fiscal explicó que de la Investigación Penal Preparatoria iniciada por el choque ocurrido el domingo 1º de marzo de este año, a las 13.30, bajo una copiosa lluvia que caía sobre la ruta 12, a pocos kilómetros del cruce de esa arteria con el ingreso a la ciudad de San Benito, surgieron “contundentes evidencias que permitieron sostener la acusación y que en un juicio hubieran permitido que Fiscalía solicite una condena”.
        El Dr. Piérola indicó que, junto a los abogados de los familiares de las víctimas fatales, Dres. Fernando Cancillieri y Luis Sonaillón, y a los defensores de Zatti, Dres. César Jardin y Adolfo Amarilla, lograron trabajar “en el marco de la buena fe y razonabilidad”, y así arribaron a un acuerdo de procedimiento abreviado, en el que el imputado reconoció la autoría del hecho, y aceptó una condena de tres años de prisión, de ejecución condicional, inhabilitación especial para conducir cualquier tipo de vehículo automotor por el mismo plazo de la pena, una serie de reglas de conductas, un curso de Educación Vial y tareas comunitarias no remuneradas dos días a la semana durante tres años (que según indicó la defensa, las realizará en la Escuela Nº 11 “María Elena Boyocchi” de la localidad de Aldea San Antonio). De la investigación no surgió ningún elemento para sostener que no se trató de un delito imprudente.
        Al momento de realizar su descargo, en el marco de la investigación, Zatti sostuvo que viajaba en su camioneta detrás de un camión, bajo la intensa lluvia, y que la pick up se cruzó de carril por un desperfecto mecánico o por efecto del agua acumulada sobre el asfalto.
        La Fiscalía indicó que de las evidencias colectadas surge claramente que Zatti “generó un riesgo prohibido, que se realizó en el resultado, nada menos que tres muertes y dos heridos graves”. Por eso, explicó, se acordó una pena de tres años. “El dolor de las víctimas no tiene remedio pero la sentencia debe ser un acto de reparación”, sostuvo el Dr. Piérola. En cuanto al modo de ejecución de la pena (la condicionalidad), el representante del Ministerio Público fundamentó que se dispuso por la falta de antecedentes de Zatti, su juventud, el hecho de que los análisis toxicológicos permitieron determinar que no había consumido alcohol ni otras sustancias, que llevaba toda la documentación en regla y tenía seguro reglamentario. Además, resaltó que si bien las condiciones climáticas adversas en las que ocurrió el hecho exigían mayor prudencia, también es cierto que dificultaron el manejo del vehículo.
        “Esto es una condena, más allá de su modo de ejecución. Si el señor Zatti comete otro hecho o viola de cualquier modo las reglas de conducta, puede transformarse en una pena de prisión efectiva” resaltó la Fiscalía.
       Paso seguido, los abogados querellantes, los defensores y el propio imputado confirmaron su acuerdo con lo convenido con la Fiscalía, acuerdo que suscribieron, al igual que las dos víctimas sobrevivientes.
        Finalmente, el Juez de Garantías Nº 3, Dr. Ricardo Bonazzola explicó que, más allá de la confesión y aceptación por parte de Zatti de que el choque ocurrió como dijo la Fiscalía y de la pena acordada por los abogados, su tarea es examinar las evidencias reunidas. En ese sentido, indicó que llegó a la conclusión de la existencia del hecho y la responsabilidad por parte del imputado, y leyó la parte resolutiva, en la que dispuso la pena de 3 años de prisión, de ejecución condicional, por el delito de “homicidio imprudente y lesiones graves imprudentes, en concurso ideal”, más una serie de normas de conducta, tareas comunitarias y la inhabilitación especial para conducir vehículos por el mismo lapso. El magistrado recordó que la solución a la que se arribó por acuerdo de las partes evita “la estigmatización que conlleva la pena de prisión de cumplimiento efectivo”.
 
        Información BLOG-SIC 35/15, 31 de marzo de 2015.
 
 
 
 
 
 
Lic. Alejandro Heinrich
Jefe del SIC-STJER