Info Cámara de Casación Penal

Crimen del niño de Bajada Grande:
Confirman la sentencia de
14 años de prisión efectiva
 
La Cámara de Casación Penal dio a conocer, en la mañana de hoy, la Sentencia por la cual resolvió, por unanimidad, Rechazar el Recurso de Casación interpuesto por la Defensa de CCJ. En consecuencia se confirmó la sentencia del Juez Penal de Niños y Adolescentes que condeno a CCJ a la pena de 14 años de Prisión Efectiva por considerarlo Autor Material y Penalmente Responsable de los delitos de Abuso Sexual Agravado por Acceso Carnal y Homicidio Doblemente Calificado de un niño de 6 años, ocurrido en mayo de 2012 en Bajada Grande, Paraná.

        La Cámara de Casación Penal, integrada por los Dres. Hugo D. Perotti, Marcela A. Davite y Rubén A. Chaia, dio a conocer, en la mañana de hoy, la Sentencia Nº 138 mediante la cual, por unanimidad, Rechazó el Recurso de Casación interpuesto por el Defensor de CCJ, Dr. Pablo Barbirotto, contra la Sentencia de fecha 26 de mayo de 2014, del. Juez Penal de Niños y Adolescentes de Paraná, Dr. Mario C. E. Gómez del Río, que lo Condenó a la pena de 14 Años de Prisión Efectiva.
        El Dr. Gómez del Río consideró a CCJ Autor Material y Penalmente Responsable de los delitos de Abuso Sexual Agravado por Acceso Carnal y Homicidio Doblemente Calificado de un niño de 6 años de edad, en el hecho acontecido en mayo de 2012 en Bajada Grande.
        En sus fundamentos el Dr. Perotti destacó que “teniendo ahora en cuenta la naturaleza de los hechos perpetrados, la violencia con que se llevó a cabo los mismos, la extensión del daño causado a los familiares de la víctima, la fragilidad y vulnerabilidad que presentaba el niño CR, la ausencia de signos reveladores de un real arrepentimiento, etc, concluyo en que la determinación judicial de la pena consagrada en el caso en examen, no constituye en absoluto una decisión caprichosa ni arbitraria ni equivocada. Por el contrario, dicha individualización punitiva luce racional, proporcional y adecuada a la conducta reprochada, no debiendo olvidarse que otra de las pautas de mensuración de la pena es la Impresión personal y directa que el Juez de sentencia recoge, punto éste que por aplicación del principio de inmediación, nos está vedado incursionar”.
        A su turno los Dres. Davite y Chaia adhirieron al voto del Dr. Perotti.
        Así la Cámara de Casación Penal de Paraná, por unanimidad, rechazó el Recurso de Casación y en consecuencia Confirmó la Sentencia de del Juez penal de Niños y Adolescentes de Paraná.
        El texto completo de la Sentencia se puede consultar en el siguiente enlace.
 
        Información BLOG-SIC 129/14, 02 de diciembre de 2014.
 
 
 
 
Lic. Alejandro Heinrich
Jefe del SIC-STJER