Info Cámara de Casación Penal
Doble homicidio de Barrio Humito:
confirmaron la sentencia de Cámara
La Cámara de
Casación Penal rechazó los recursos interpuestos por la defensa, la querella y
el Ministerio Público Fiscal, y confirmó la sentencia de la Cámara del Crimen,
que condenó a 18 años de cárcel a Abelardo Sandoval y absolvió a Alexis
Manrique, imputados por el el homicidio de Osvaldo Salvador y Alicia Lascano,
asesinados a tiros la noche del 31 de octubre de 2011, cuando transitaban en
moto por barrio Humito de Paraná. Para el Tribunal de Casación, la
fundamentación del fallo de la Cámara del Crimen, “no resulta insuficiente,
aparente o defectuosa”, lo cual permite “descartar la presencia de
arbitrariedad al tiempo de emitir el juicio”.
La Cámara de
Casación Penal, integrada por los Dres. Rubén Chaia, Alejandro Grippo y Cristina
Van Dembroucke, dio a conocer hoy a las 12.30 la resolución Nº 155 dictada en
el marco de la causa “Sandoval Abelardo – Manrique Alexis Adrián, homicidio en
forma reiterada en carácter de coautores, en concurso real con los delitos de
amenazas respecto de Manrique, s/Recurso de Casación”.
El recurso
de casación fue interpuesto tanto por los defensores de Sandoval, como por la
querella particular y el Ministerio Público Fiscal, contra la sentencia dictada
el 14 de abril de este año por la Cámara del Crimen, integrada por los jueces,
Dres. Miguel Giorgio, Hugo Daniel Perotti y José María Chémez. En su fallo, la
Cámara condenó a Sandoval a 18 años de cárcel y absolvió a Manrique. Los
defensores de Sandoval (Dres. Nora Lanfranqui y Boris Cohen) cuestionaron el
fallo por arbitrariedad en la valoración de la prueba y falta de fundamentación
de la pena, en tanto que la querella (el Dr. Guillermo Vartorelli) y la fiscal,
Dra. Carolina Castagno, cuestionaron que se haya absuelto a Manrique por el
beneficio de la duda. Además, la Fiscalía impugnó el monto de la pena que la
Cámara impuso a Sandoval, e insistió con el pedido de 25 años de cárcel.
En el juicio
realizado en abril por la Cámara del Crimen se ventiló un hecho de suma
gravedad, con un trasfondo de tráfico de drogas y violencia. Así lo recordó el
autor del primer voto de la sentencia de Casación, Dr. Rubén Chaia, al expresar
que a lo largo de la investigación, quedó establecido que “entre el sospechado
y la señora Lascano existían conflictos en torno” a uno de los hijos de la
víctima, un joven discapacitado que, según se desprende de varios testimonios
reunidos en la causa, “era utilizado por Sandoval en su propio beneficio en el
desarrollo de sus actividades de venta de droga”... “... a la par que la madre
pretendía sacarlo de ese ámbito, conflicto que derivó en amenazas previas, tal
como lo sostienen” diferentes testigos.
La Cámara
rechazó los recursos de la defensa, la querella y la Fiscalía, por entender que
“la sentencia ha sido legítimamente construida, con asiento en la mejor
información generada” en el juicio oral; y que el Tribunal de juicio elaboró
racionalmente la certeza necesaria para una condena, “en base a elementos,
rastros, datos e información legítimamente incorporada al proceso, y merituada
de acuerdo a las reglas de la lógica”.
En cuanto al
monto de la pena, cuestionado tanto por la defensa como por el Ministerio
Público Fiscal, la Cámara de Casación entendió que “no puede ser tildada de
arbitraria sea por reducida o por elevada... ...pues, atendiendo a la
calificación legal de los hechos enjuiciados y atendiendo al piso y techo”, (de
8 a 25 años prisión para el homicidio, que se incrementa por tratarse de un
concurso real), “mal puede decirse que el fallo se aparte irrazonablemente de
esos límites imponiendo una sanción desmesurada, siendo adecuada la que
efectivamente se fijó...”.
Por último,
en cuanto a la absolución de Manrique, cuestionada por la querella y la
Fiscalía, la Cámara explicó que “más allá de los comentarios del barrio o lo
que se escuchaba decir, lo cierto es que no se pudo establecer, a través de la
inmediatez del juicio oral, público y contradictorio, que Manrique esa noche
haya estado en el lugar preciso desde donde partieron los disparos de arma de
fuego que fueron constatados a partir de los mudos rastros que sobre la superficie
relevada dejaron” y de los testimonios de las personas que declararon en el
debate.
El texto
completo de la Sentencia Nº 155 de la Cámara de Casación Penal se puede
consultar en el siguiente enlace.
Información
BLOG-SIC 150/14, 29 de diciembre de 2014.
Lic.
Alejandro Heinrich
Jefe del
SIC-STJER