Info Juez de Garantías Nº 2
Un caso de robo concluyó
por un acuerdo
reparatorio entre víctima
y acusados
Dos jóvenes acusados de robo fueron sobreseídos hoy luego de que la
Fiscalía y la Defensa informaran al Juez de Garantías Nº 2 de Paraná, Dr. José
Eduardo Ruhl, que llegaron a un acuerdo conciliatorio y reparatorio, mediante
el cual los sospechados se comprometen a no molestar a la víctima, como así
también, le ofrecen disculpas y la resarcen económicamente. El juez destacó la
posibilidad que brinda el Nuevo Código Procesal, de acudir a salidas
alternativas; en el caso en particular, la satisfacción de un interés concreto
de la víctima, la cual aparece como una mejor solución al conflicto que la
imposición de una pena tradicional.
Eduardo Godoy y un menor
imputable, ambos domiciliados en el barrio Toma Nueva de Paraná, sospechados de
robar una bicicleta en una vivienda ubicada frente a su lugar de trabajo,
acordaron con la víctima una solución al conflicto, consistente en el
compromiso de no molestar a la damnificada ni a su grupo familiar, ofrecer
disculpas a la denunciante y reparar económicamente mediante el depósito en la
Defensoría de mil quinientos pesos.
En el día de hoy se llevó a
cabo la audiencia conclusiva del procedimiento, en el marco del Procedimiento
de Flagrancia regulado por el Código Procesal Penal adversarial que se aplica
en Paraná desde el 22 de septiembre último.
En la oportunidad, la fiscal
Dra. María Jimena Ballesteros informó al juez Ruhl que, con la conformidad de la víctima, se llegó a un acuerdo con los
imputados y su defensor, Dr. Juan Carlín, mediante el cual los sospechados
asumieron el compromiso de no molestar a la denunciante, pedirle disculpas y
resarcirle el daño causado. La representante del Ministerio Público Fiscal
acompañó el convenio firmado por la víctima, Godoy y la madre del menor de
edad, y aclaró que al momento de adoptar en el caso criterios de oportunidad,
se tuvo en cuenta la falta de antecedentes de los imputados, la satisfacción de
la víctima con el arreglo propuesto y que no resultaba en el caso concreto “ni
aconsejable ni pertinente” proseguir con la acción penal.
Por su parte, el defensor, Dr.
Carlín coincidió con la contraparte y destacó que la damnificada por el delito
“vio recompuesta su situación patrimonial y también su situación social, con
las disculpas ofrecidas” por sus defendidos.
Ante la presentación del
acuerdo, el juez Dr. José Eduardo Ruhl hizo saber a los acusados la
obligatoriedad de cumplimiento de compromiso asumido en el convenio, y que caso
contrario se informará al Ministerio Público Fiscal para que adopte las medidas
convenientes. “El derecho valora positivamente este tipo de salidas y por ello
corresponde dictar el sobreseimiento”, concluyó el Juez.
El texto del Acta Conclusiva se
puede consultar en el siguiente enlace.
Información BLOG-SIC 130/14,
02 de diciembre de 2014.
Lic. Alejandro Heinrich
Jefe del SIC-STJER