Info Cámara Casación Penal Paraná
Confirman la pena de Prisión
Perpetua
al Policía acusado de femicidio en
Concordia
La Cámara de
Casación Penal resolvió por unanimidad rechazar el recurso de casación
interpuesto por el defensor de Ernesto
Fabián Casas contra la
sentencia del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Concordia que resolvió
declararlo autor material y responsable del delito de Homicidio calificado por
el vínculo, y condenarlo a la pena de Prisión Perpetua, que en consecuencia se
confirma.
El pasado martes 19 de mayo la
Cámara de Casación Penal de Paraná, Integrada por los Dres. Hugo D. Perotti,
Marcela A. Davite, y Rubén A. Chaia, asistidos por la Secretaria Dra. Claudia
A. Geist, dio a conocer la Resolución Nº 92 dictada en el marco de la causa caratulada "Casas, Ernesto Fabián - Homicidio
calificado por el vínculo s/Recurso de Casacion".
El Dr. Pedro de La
Madrid, defensor técnico del imputado, interpuso el Recurso de Casación contra
la sentencia, de fecha 06 de noviembre de 2014, del Tribunal de Juicio y
Apelaciones de Concordia, integrado en la oportunidad por los Dres. Martín
Carbonell, Carolina López Bernis y Silvina Gallo, que resolvió declarar a
Ernesto F. Casas, autor material y responsable del delito de Homicidio
calificado por el vínculo, y condenarlo a la pena de Prisión Perpetua.
El defensor sostuvo
que el Tribunal, al fallar, se alejó de los principios de la sana crítica
racional, violando así el debido proceso, por falta de motivación suficiente.
Afirmó también que no hubo respuesta a la totalidad de los planteos de la
Defensa. Además consideró que en la sentencia no se verifica la certeza
necesaria para condenar a Casas, afectándose por ello también, el principio
constitucional de presunción de inocencia, y no se brindaron motivos adecuados
para descartar la postura del imputado -que refería a un homicidio culposo, por
faltar el dolo de matar-, basando la condena en indicios insuficientes.
En la Audiencia de
Casación estuvieron presentes el Sr. Procurador General de la Provincia de
Entre Ríos, Dr. Jorge A. L. García, y el recurrente Dr. de La Madrid.
En las consideraciones de su voto el Dr. Chaia dio amplia
respuesta a cada una de las objeciones presentadas por el defensor de Casas a
la sentencia del Tribunal de Concordia. Así abordó la supuesta arbitrariedad en
la sentencia por ausencia de motivación, el apartamiento de la "sana crítica
racional", y la ausencia de consideración de los planteos defensivos; la
falta de consideración de que se trataba de un homicidio culposo y no de un
homicidio calificado por el vínculo; y la Inconstitucionalidad de la prisión
perpetua.
Tuvo por acreditado que Casas, Sargento de la Policía de
Entre ríos al momento del hecho, asesino a su pareja Mariana Romero, de 15 años
de edad y madre de su pequeño hijo, de un disparo en la cabeza, efectuado con
su pistola reglamentaria calibre 9 mms., el 28 de julio de 2013 en la zona sur
de Concordia.
Aseguró que “la
motivación brindada por el Tribunal luego del debate y de haber recepcionado la
prueba atravesada por la inmediación en el marco del control de las partes no
resulta insuficiente, aparente o defectuosa y ello permite descartar la
presencia de arbitrariedad al tiempo de emitir el juicio condensado en sus
conclusiones, por lo que habré de propiciar el íntegro rechazo de los agravios
expuestos y con ello, la confirmación del fallo impugnado”.
Finalmente con profusas citas jurisprudenciales rechazó
el planteo de inconstitucionalidad de la prisión perpetua impuesta al
condenado. En este sentido señaló que “en
los casos de penas perpetuas el régimen vigente permite a partir de los
institutos previstos en la normativa analizada y el 13º del CP, flexibilizar su
aparente rigidez, adecuando la pena impuesta a las necesidades resocializadoras
o preventivo-especiales del caso concreto, mediante la libertad condicional,
las salidas transitorias y el régimen de semilibertad, y otras posibilidades
que excepcionan al encierro, por eso se
ha señalado que la prisión perpetua ya no es tal en el ordenamiento argentino”.
A su turno los Dres. Perotti y
Davite adhirieron al voto del Dr. Chaia.
La Resolución de la Cámara resolvió
Rechazar el Recurso de Casación y por lo tanto confirmar la sentencia del
Tribunal de Juicio y Apelaciones de Concordia que resolvió declarar a Ernesto Fabián Casas autor
material y responsable del delito de Homicidio calificado por el vínculo, y en
consecuencia condenarlo a la pena de Prisión Perpetua.
Información BLOG-SIC 106/15, 29 de
mayo de 2015.
Lic. Alejandro Heinrich
Jefe del SIC-STJER