Condena por robos agravados ocurridos en Diamante
Cinco y seis
años de cárcel para dos
hombres
acusados de asaltar a mujeres
El Vocal del
Tribunal de Juicios y Apelaciones de Paraná, Dr. Daniel Julián Malatesta,
resolvió condenar a 5 años de prisión a Maximiliano Martínez, y a 6 años a
Eduardo Flores, acusados de ingresar a robar en el domicilio particular de una
comerciante de Diamante, de donde extrajeron dinero y la cartera de otra mujer
que se encontraba en el lugar. El hecho
ocurrió el 12 de abril de este año en un episodio violento, en el cual una de
las víctimas terminó apuñalada en un antebrazo.
La
resolución, dada a conocer el 25 de Junio, fue adoptada por el juez de Paraná,
luego de la audiencia plenaria llevada a cabo en el marco del Legajo Nº 01791,
"Flores Eduardo Daniel, Martínez Maximiliano Néstor S/ Robo Agravado", investigado por la
Fiscalía de la ciudad de Diamante.
En la
audiencia plenaria intervinieron por la Acusación los fiscales, Dres. Laureano
Dato y Germán Palomeque, y el defensor
particular, Dr. Nelson J. Schlotahuer.-
Martínez, de
21 años, domiciliado en Diamante, y Flores, de 26, oriundo de Rosario, Santa
Fe, fueron acusados de ingresar el domingo 12 de abril de 2015, aproximadamente
a las 7, a una casa ubicada en Brown y Andrade de Diamante, habitada por una
mujer de apellido Pfreiffer, dueña de un kiosco, y sustraerle la recaudación
del comercio (unos tres mil pesos) y un celular, utilizando un cuchillo tipo
serrucho con el que le ocasionaron una herida en el antebrazo izquierdo. Además
de ocasionar destrozos dentro de la finca, le sustrajeron un monedero con
dinero y un teléfono celular a otra mujer, de apellido Rodríguez, que se
encontraba en el lugar. Según la investigación, ambos actuaron acompañados de
un tercer hombre que no pudo ser atrapado ni identificado.
El Dr. Malatesta consideró que, en
base a los testimonios vertidos en la audiencia –principalmente los de las
víctimas--, y otros elementos aportados por las partes en el debate, que tanto
Martínez como Flores son responsables como coautores de los hechos
endilgados. En el caso de Flores –que es
familiar de Martínez y oriundo de Rosario--, el magistrado resaltó que fue
reconocido en rueda de personas por las víctimas, y se encontró un rastro de su
calzado en el monitor de una computadora arrojada durante los hechos, en tanto
que a Martínez lo mencionaron directamente las damnificadas, porque es conocido
del barrio.
En cuanto al rol de cada imputado en
los hechos, el Tribunal unipersonal consideró que Martínez “propuso y consiguió
convocar a sus primos desde su casa al lugar de los hechos-munidos de
cuchillos”, y respecto de Flores, sostuvo que su aporte objetivo fue el
“ingreso a la vivienda… la violencia, el desapoderamiento y la huida del
lugar”. En síntesis, el juzgador concluyó que ambos son “coautores de los
hechos por los que fueran señalados, perseguidos, y aquí juzgados, por división
funcional de tareas”.
En cuanto a
la pena, el Dr. Malatesta impuso a Maximiliano Martínez el mínimo de la sanción
contemplada para el delito que se le imputó (cinco años de prisión efectiva), y
para Flores, la de 6 años, comprensiva de una condena anterior por un robo
agravado, impuesta por un tribunal de la ciudad santafesina de Rosario. Una vez
que quede firme la sentencia ambos deberán ser trasladados a la Unidad Penal Nº
1 de Paraná.
El texto
completo de la sentencia se puede consultar en el siguiente enlace.
Información
BLOG-SIC 125/15, 26 de junio de 2015.
Lic.
Alejandro Heinrich
Jefe del
SIC-STJER