Tribunal de Superintendencia
Multas por incomparecencia
a Mediación Previa Obligatoria
El Tribunal de Superintendencia del Superior Tribunal de Justicia resolvió autorizar a la Secretaria del Centro de Medios Alternativos de Resolución de Conflictos del S.T.J. a librar los certificados de deuda para la aplicación de la multa por incomparecencia a la Mediación Previa Obligatoria
Por resolución Nº 345/15, del pasado 12 de junio, el Tribunal de Superintendencia del STJ resolvió autorizar a la Secretaría del Centro de Medios Alternativos de Resolución de Conflictos -C.M.A.R.C.- del STJ a librar los certificados de deuda para la aplicación de la multa por incomparecencia a la Mediación Previa Obligatoria -art. 290 CPC y C. y 13 del Reglamento de Medición Previa Obligatoria –R.M.P.O.-.
Asimismo dispuso que, a la mayor brevedad, el C.M.A.R.C. inicie las intimaciones previas a las ejecuciones de mediaciones oficiales y privadas, art. 290 CPC y C -última parte- y arts. 12 y 13 del Reglamento de Mediación Previa Obligatoria en el Fuero Civil y Comercial - Ley 9776- (BO 27-07-07), de conformidad al modelo de cédula presentado, en forma progresiva, desde el año 2012 hacia atrás, comenzándose por Paraná y Concordia, para luego procederse con las demás jurisdicciones.
Igualmente autorizó a la Secretaria del C.M.A.R.C. que, concomitantemente, efectúe las intimaciones previas a la ejecución en los expedientes que se vayan rindiendo en el transcurso de este año.
También dispuso comunicar la medida al Colegio de Abogados de Entre Ríos y a la Caja Forense.
Gacetilla Informativa Nº 73/15 – 19 de junio de 2015.
Lic. Alejandro Heinrich
Jefe del SIC-STJER