Info Juez de Garantías Nº 3

Arresto domiciliario con vigilancia policial para
cuatro jóvenes investigados por un homicidio
 
El Juez de Garantías Nº 3, Dr. Ricardo Bonazzola, hizo lugar al pedido de los defensores de cuatro jóvenes de Paraná, acusados de cometer un homicidio el 16 de noviembre de 2014, y dispuso que sigan privados de su libertad durante otros 60 días, hasta que termine la investigación penal preparatoria, pero en domicilios particulares, bajo responsabilidad de familiares mayores de edad y con vigilancia policial. La Fiscalía, que había pedido una prórroga de la prisión preventiva en la Unidad Penal, apeló la resolución.

        En una audiencia llevada a cabo esta mañana, el Juez de Garantías Nº 3 de Paraná, Dr. Ricardo Bonazzola dispuso que Axel Mora, Lucas Bacusa, Ivan Pereyra y José Gabriel Pereyra, cuatro jóvenes acusados del homicidio de Jesús Villalba, ocurrido el 16 de noviembre de 2014 en la zona de calles Rondeau y Churruarín de Paraná, continúen arrestados preventivamente durante 60 días, hasta que la Fiscalía culmine la investigación penal, pero dispuso el traslado de los acusados desde la cárcel local a tres domicilios de sus familiares, con custodia policial y una serie de restricciones.
        La audiencia fue pedida por el fiscal, Dr. Santiago Brugo, quien pidió que los sospechados, que están detenidos en prisión preventiva desde hace 90 días, permanezcan en el penal otros 60 días, debido a que, sostuvo, subsiste el peligro de que intenten entorpecer la investigación del hecho mediante amenazas y presiones a testigos.
       Villalba murió por un disparo de arma de fuego calibre 22 que le impactó en la espalda. Le dispararon desde un vehículo, la madrugada del 16 de noviembre, cuando se encontraba con su hermano y un amigo en un pasillo junto a un arroyo, en la zona de Rondeau y Randisi. Para la Fiscalía, el crimen se enmarcó en un enfrentamiento entre grupos de hombres jóvenes, armados y enfrentados por el dominio territorial de ese sector de la ciudad.
        Los defensores (la Dra. Vanesa Visconti, por Mora; los Dres. Juan Pablo Temón y Milton Urrutia por los hermanos Pereyra y Bacusa), pidieron la libertad de los cuatro imputados, y para el caso de que se disponga la continuidad de la medida cautelar, solicitaron que se morigere y se transforme en un arresto domiciliario. En el caso de Bacusa, que es empleado pública, pidieron que se le permita salir a trabajar de 7 a 14. Propusieron que Mora quede alojado en el nuevo domicilio de su familia, en la localidad de Oro Verde, a cargo de su madre; que los hermanos Pereyra queden en casa de una tía; y Bacusa en la vivienda de su abuela materna.
        Los defensores fundamentaron que la investigación está prácticamente terminada y que no hay riesgo de que los cuatro imputados –que son jóvenes y no tienen antecedentes condenatorios—interfieran en la averiguación de lo ocurrido en el caso.
        En cambio, la Fiscalía mencionó que hubo testigos muy reticentes a declarar por temor a represalias, y que en los últimos días recibió la noticia de que uno de ellos –que hoy debía presentarse a declarar y no lo hizo--, habría recibido amenazas. El Dr. Brugo agregó que las víctimas –el hermano y el amigo del joven fallecido, que también fueron atacados a balazos—están “atemorizados”, y que con una medida de arresto domiciliario “no se puede garantizarles ninguna tranquilidad”. El fiscal resaltó que “es necesario que vengan a declarar al juicio, y los riesgos procesales no variaron desde que se dispuso la prisión preventiva de los imputados”.
        Al finalizar la audiencia, el Juez Bonazzola dio a conocer su resolución. El magistrado expuso que subsisten los riesgos procesales, pero que los imputados tienen derecho a que se morigere la medida restrictiva de su libertad, con la aplicación de una medida menos grave y razonable, después de 90 días de prisión preventiva en el penal. El Dr. Bonazzola dispuso el arresto domiciliario de los sospechosos, pero con vigilancia policial por parte de las comisarías a las que corresponda cada domicilio, y la prohibición de comunicarse entre ellos. También mantuvo la prohibición de actos intimidatorios por cualquier medio contra los testigos y víctimas del hecho.
        El Ministerio Público Fiscal apeló la resolución.
 
        Información BOLG-SIC 18/15, 18 de febrero de 2015.
 
 
 
 
 
Lic. Alejandro Heinrich
Jefe del SIC-STJER