Info Sala Nº 1 Proc. Const. y Penal STJ
Declaran nula la sentencia que
confirmó
una condena por la muerte de un niño
por mordeduras de perro
una condena por la muerte de un niño
por mordeduras de perro
La Sala Nº 1 de Procedimientos
Constitucionales y Penal del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos,
resolvió por mayoría hacer lugar a la impugnación extraordinaria deducida por
el defensor técnico de Martín Alejandro Barral, contra la resolución de la Sala
Nº 1 de la Cámara de Casación Penal del 20 de agosto de 2014, que confirmó la
condena a un año y tres meses de prisión de ejecución en suspenso, dictada por
el Tribunal de Juicios y Apelaciones en lo Penal de Concepción del Uruguay, por
el delito de “homicidio culposo”. De ese modo, la Sala Penal del Máximo
Tribunal de la Provincia declaró la nulidad del pronunciamiento de la Cámara de
Casación y devolvió las actuaciones para que, debidamente integrada, emita un
nuevo pronunciamiento ajustado a derecho y conforme las pautas de revisión
casatoria determinadas por la doctrina judicial que señala en los considerandos
del fallo.
La causa penal tuvo su origen
en Concepción del Uruguay, con la investigación de la responsabilidad de Martín
Alejandro Barral, por la muerte de un niño de dos años producida por las graves
heridas provocadas por mordedura de perro, el 27 de julio de 2012. La
Investigación Penal Preparatoria culminó con la acusación de Barral, encargado
del cuidado de uno de los perros señalados como agresores, y en febrero de
2014, el Tribunal de Juicios y Apelaciones de Concepción del Uruguay lo
consideró autor material y responsable del delito de “homicidio culposo”
(Artículo 84 del Código Penal), y lo condenó a la pena de un año y tres meses
de prisión, imponiéndole además la realización de reglas de conducta por el
plazo de dos años.
La defensa del imputado
interpuso un recurso ante la Cámara de Casación Penal, tribunal que en fecha
20/08/2014 confirmó la sentencia puesta en crisis. Ante la nueva decisión
adversa, la defensa interpuso y fundó la impugnación extraordinaria prevista
para recurrir las sentencias de la Cámara de Casación (artículos 524 y
siguientes, Libro Cuarto, Capítulo IV, Sección II, del Cód. Procesal Penal de
Entre Ríos), y la Sala de Procedimientos Constitucionales y Penal del Superior
Tribunal de Justicia hizo lugar a dicha impugnación con los votos de los
vocales, Dres. Daniel Omar Carubia y Claudia Mizawak, y del Presidente de la
Sala, Dr. Carlos A. Chiara Díaz, en disidencia. En la resolución dada a conocer
ayer a las 12.30, la Sala Nº 1 consideró la existencia de vicios en la fundamentación
de la sentencia, por lo cual hizo lugar al recurso de la defensa y reenvió las
actuaciones a la Cámara de Casación Penal, para el dictado de un nuevo
pronunciamiento.
El fallo completo se puede
consultar en el siguiente enlace.
Gacetilla
Informativa Nº 12/15 – 20 de febrero de 2015.
Lic.
Alejandro Heinrich
Jefe
del SIC-STJER