Info. Cámara de Casación Penal.-

Se realizó la Audiencia de Casación
por el Policía acusado de Femicidio en Concordia
 
-Ernesto Fabián Casas fue condenado en el mes de noviembre próximo pasado por el Tribunal de Concordia a la pena de Reclusión Perpetua. Su Defensa Técnica recurrió a casación dicha sentencia por considerarla arbitraria y solicitó que se declare nula. Mientras que el Ministerio Público Fiscal sostuvo que la prueba es abrumadora, y que dicho fallo es exhaustivo en todos los aspectos por lo que debe confirmarse, con la salvedad de incorporar como agravantes las figuras de Femicidio y la Alevosía. Además se realizaron planteos de Inconstitucionalidad de dicha pena.-

 
            En la mañana de hoy se realizó en el Salón Multipropósitos del STJ “Dra. María Sara Oyhampé” la Audiencia por el Recurso de Casación planteado por la Defensa Técnica del ex sargento Ernesto Fabián Casas, quien fue declarado culpable del delito de Homicidio Calificado por el vínculo de su pareja, quien tenía 15 años cuando falleció producto de un disparo en la cabeza efectuado por el ex policía.-
            Dio inicio pasadas las 9 de la mañana, ante el Tribunal compuesto por los Dres. Rubén Alberto Chaia, Hugo Daniel Perotti y Marcela Davite, y con la presencia del imputado, quien se encuentra detenido en la Unidad Penal Nº 1 de Paraná.-
            El Dr. Pedro De La Madrid, defensor de Casas comenzó su exposición sosteniendo que la sentencia condenatoria era arbitraria y basando su defensa en la teoría de que el disparo se realizó sin intención, como resultado de un forcejeo donde intentaba quitarle el arma de la mano a su esposa por lo que debía tratarse de un homicidio culposo y no calificado; pidiendo la nulidad de la sentencia.-
            Además, planteó la inconstitucionalidad de la pena de prisión perpetua por impedirle al Sr. Casas su proyecto vivencial.-
            A su turno, el Procurador General Dr. Jorge Amilcar Luciano García, señaló que por el contrario, dicha sentencia está basada en pruebas abrumadoras y que las pericias determinaron que es absolutamente imposible la hipótesis del forcejeo.-
            Agregó también que en lo único con lo que el Ministerio Público Fiscal estaba en desacuerdo con el fallo es que el Tribunal no había hecho lugar a lo agravantes de violencia de género y alevosía aprovechando la situación de indefensión de la víctima, quien al momento del ataque se encontraba amamantando.-
            Con esta salvedad el Sr. Procurador solicitó que se rechace el planteo de nulidad y la inconstitucionalidad –dado que no hay afectación a derechos fundamentales-.-
            Una vez concluidas las exposiciones, el Dr. Chaia, quien presidia esta Audiencia, fijo la fecha de lectura de sentencia para el próximo martes 19 de mayo a las 12 horas.-
 
 
             Información BLOG-SIC 60/15, 22 de abril de 2015.-
 
 
 
 
 
 
Lic. Alejandro Heinrich
Jefe del SIC-STJER