Info Cámara de Casación Penal Paraná
Se dispuso la excarcelación
de Silvio Ramón Díaz
La Cámara de Casación Penal
dio a conocer, en el mediodía de hoy, la Sentencia por la cual resolvió, por unanimidad,
hacer lugar al Recurso de Casación interpuesto por la Defensora Silvio Ramón
Díaz, revocándose en consecuencia la prisión preventiva que cumplía en la Unida
Penal Nº 1 de Paraná, disponiéndose su excarcelación una vez que efectivice la
caución real. Asimismo se le impuso a Díaz normas a cumplir en carácter de
restricciones preventivas.
La Cámara de Casación
Penal, integrada por los Dres. Hugo D. Perotti, Rubén A. Chaia y Marcela A.
Davite, dio a conocer en el mediodía de hoy, la Sentencia donde hizo lugar por
unanimidad al recurso presentado por la Dra. Corina Beisel, revocándose en
consecuencia la prisión preventiva del imputado Silvio Ramón Díaz,
disponiéndose la excarcelación del mismo
una vez que efectivice la caución real, cuyo monto será razonablemente fijado
por el Juez de Transición actuante.
En la misma
Sentencia, la Cámara de Casación Penal le impone a Díaz, en carácter de
restricciones preventivas, las siguientes:
a) Prohibición de
salir del país, librándose los pertinentes oficios a las autoridades
migratorias y policía de frontera.
b) Fijar domicilio y
no ausentarse ni mudarse de él sin autorización, mientras dure el proceso.
c) Presentarse una
vez por semana en el Juzgado actuante, en día y hora que se le fijará oportunamente.
d) Imponerle la
abstención absoluta de conducir vehículos, mientras se tramite la presente
causa, oficiándose al respecto a las autoridades policiales y municipales
pertinentes.
e) Presentarse ante
un Organismo -público o privado- para que profesionales examinen y
diagnostiquen la necesidad de realizar un tratamiento para la adicción,
acreditando tal presentación ante el Juzgado interviniente en el término de 48
horas.
Recordamos que Silvio Ramón Díaz se
encuentra acusado de Homicidio Simple y Lesiones Graves ocasionadas con
dolo en la causa que se le sigue por haber causado la muerte de un menor de 6
años y las lesiones graves a su hermano de 11 años, al embestirlos con su
automóvil el pasado viernes 6 de junio frente a la Escuela Nº 1 “Del
Centenario” de Paraná.
El Dr. Perotti, al
dar a conocer la Sentencia que otorga la excarcelación con restricciones a Díaz,
remarcó los siguientes puntos que resumen la postura de los Vocales al
respecto.
“La libertad provisoria que
se otorga a Díaz no es total y absoluta, sino que le serán aplicables las
restricciones señaladas, siempre en resguardo de los fines del proceso penal,
siendo deseable finalmente que las derivaciones, las circunstancias del
presente caso culminen lo más rápido posible, para que los hechos investigados
enrostrados al encartado se ventilen cuanto antes en audiencia oral y pública,
para saber, recién allí, si Díaz es culpable del delito que se le atribuye y
cual es eventualmente la pena que corresponde asignarle”.
Para finalizar, y con el propósito de
evitar malos entendidos o propagación de información parcializada, destacó que
“se quiere señalar que con lo resuelto por esta Cámara no se está afirmando que
Díaz quedó desvinculado del proceso. El Debate, en todo caso, es mantener o no
el encierro preventivo del acusado, y en tal sentido, si ese encierro puede ser
sustituido, en función de los propósitos buscados, a través de otros medios”,
como las restricciones enunciadas.
El texto completo de la Sentencia se
puede consultar en el siguiente enlace.
Información BLOG-SIC 69/14, 06 de
octubre de 2014.
Lic. Alejandro Heinrich
Jefe del SIC-STJER