Info Tribunal de Apelaciones

Confirman probation para el imputado de la
primera causa tramitada con el
sistema acusatorio

El juez de Apelaciones, Dr. Daniel Julián Malatesta, confirmó la suspensión del juicio a prueba resuelta el 10 de octubre por el Juzgado de Garantías Nº 3, en un caso de tentativa de robo que fue el primero en ser tramitado bajo las normas del nuevo Código Procesal Penal en Paraná. Ante la atribución de dos nuevos delitos al mismo joven, en los últimos diez días, el juez propuso a la Oficina de Medios Alternativos que se intente capacitar rápidamente al imputado en un oficio, que le permita ganarse la vida, salir de la situación de calle en la que se encuentra,  y reparar los daños causados.

            El Tribunal de Apelaciones, a cargo del Dr. Daniel Julián Malatesta, resolvió no hacer lugar a la apelación del Ministerio Público Fiscal, y por lo tanto, confirmó la probation concedida el 10 de octubre por el Juez de Garantías Nº 3, Dr. Ricardo Bonazzola, a un joven de 19 años investigado por una tentativa de robo, en el marco de la primera causa que se tramitó con las reglas del Nuevo Código Procesal Penal, que rige en Paraná desde el 22 de septiembre de este año.
            El imputado, Oscar Milton Yair Albornoz, de 19 años, fue detenido el 22 de septiembre a las 3,30 horas, cuando la Policía lo descubrió robando elementos del interior de un vehículo, al cual le había roto el parabrisas. En la primera audiencia (de Formulación de Cargos), realizada el día 23 de septiembre, el Juez de Garantías fijó fecha para la audiencia conclusiva, y dispuso la inmediata libertad del imputado bajo caución juratoria y un adecuado comportamiento social. El 10 de octubre, en la audiencia conclusiva de causa, los defensores de Albornoz, Dres. María Fernanda Álvarez y Juan Lazzaneo, pidieron la suspensión del juicio a prueba. Los fiscales Evangelina Santana y Juan Malvasio, se opusieron argumentando que el joven tenía otras causas pendientes, que tramitan mediante el sistema del anterior Código Procesal. Por lo tanto, propiciaron la imposición de una pena de cumplimiento efectivo.
            El Juzgado de Garantías resolvió disponer la suspensión del juicio a prueba por un año y medio, fijando reglas de conducta por un año, con una carga horaria de 8 horas semanales de trabajo comunitario y delegando en la Oficina de Medios Alternativos la elección de la entidad en la que el probado debe realizarse la labor. El Ministerio Público fiscal recurrió dicha resolución.

Apelación 

            Hoy, a partir de las 10, se llevó a cabo la audiencia de apelación ante el Dr. Daniel Julián Malatesta (Tribunal unipersonal). En ese ámbito, los fiscales Juan Malvasio y Evangelina Santana pidieron que se revoque la probation, por los mismos motivos que expusieron en la audiencia conclusiva. Además, la parte acusadora solicitó que se disponga la acumulación de dos nuevos legajos de investigación (los Nº 176 y 188), iniciados por otros dos delitos atribuidos a Albornoz, ocurridos el 16 y 18 de octubre. Se trata de dos hurtos por los que fuera imputado el joven, luego de la concesión de la probation. Por el segundo de esos ilícitos, se dispuso además la prisión preventiva y su alojamiento en la Unidad Penal Nº 1. El fiscal Malvasio consideró que cuando culminen las investigaciones de esos nuevos legajos, en juicio, la acusación pedirá una pena de prisión de cumplimiento efectivo, y dejó expresa reserva de acudir en casación, para el caso de una resolución adversa.
            Por su parte, la defensores oficiales, Dres. María Fernanda Álvarez y Juan Lazzaneo, pidieron que se confirme la suspensión del juicio a prueba. Argumentaron que la posibilidad de pedir una pena de prisión efectiva por los nuevos hechos atribuidos a Albornoz es sólo una hipótesis de la Fiscalía. Aseveró que el único que tiene derecho a pedir la acumulación de los expedientes tramitados bajo las normas del anterior Código Procesal es el imputado, y que no lo hizo; y rechazó la solicitud de la Fiscalía respecto de las causas nuevas, iniciadas en octubre, por considerar que no formaron parte de los agravios en los que basó su apelación la parte acusadora. 

Fallo 

            En la misma audiencia, el Juez de Apelaciones, Dr. Daniel Julián Malatesta resolvió no hacer lugar a la apelación. El magistrado expuso que la suspensión del juicio a prueba fue concedida al imputado en un momento en que el mismo no contaba con condenas, y que “no correspondía poner en tela de juicio las condiciones de procedibilidad del instituto”. Pero además, el juez tuvo en cuenta las condiciones del imputado –un joven de 19 años que se encuentra en situación de calle--, e informó que propondrá a la Oficina de Medios Alternativos que se encargue de proporcionarle al imputado la posibilidad de capacitación en un oficio de aprendizaje rápido, a fin de brindarle condiciones para que cambie sus condiciones de vida y pueda reparar los daños causados. “A lo largo de su corta vida, Albornoz ha sufrido una serie de ausencias de todo tipo. Sobre todo, ausencia de las distintas agencias del Estado que debieron haberlo ayudado en su etapa de menor de edad”, fundamentó el juez Malatesta.
 
 
Información BLOG-SIC 91/14, 24 de octubre de 2014.
 
 
 
 
 
Lic. Alejandro Heinrich
Jefe del SIC-STJER