Info Tribunal de Apelaciones
Confirman probation para el imputado de la
primera causa tramitada con el
sistema acusatorio
sistema acusatorio
El juez de Apelaciones, Dr. Daniel Julián Malatesta, confirmó la suspensión del juicio a prueba resuelta el 10 de octubre por el Juzgado de Garantías Nº 3, en un caso de tentativa de robo que fue el primero en ser tramitado bajo las normas del nuevo Código Procesal Penal en Paraná. Ante la atribución de dos nuevos delitos al mismo joven, en los últimos diez días, el juez propuso a la Oficina de Medios Alternativos que se intente capacitar rápidamente al imputado en un oficio, que le permita ganarse la vida, salir de la situación de calle en la que se encuentra, y reparar los daños causados.
El
Tribunal de Apelaciones, a cargo del Dr. Daniel Julián Malatesta, resolvió no
hacer lugar a la apelación del Ministerio Público Fiscal, y por lo tanto,
confirmó la probation concedida el 10 de octubre por el Juez de Garantías Nº 3,
Dr. Ricardo Bonazzola, a un joven de 19 años investigado por una tentativa de
robo, en el marco de la primera causa que se tramitó con las reglas del Nuevo
Código Procesal Penal, que rige en Paraná desde el 22 de septiembre de este
año.
El
imputado, Oscar Milton Yair Albornoz, de 19 años, fue detenido el 22 de
septiembre a las 3,30 horas, cuando la Policía lo descubrió robando elementos
del interior de un vehículo, al cual le había roto el parabrisas. En la primera
audiencia (de Formulación de Cargos), realizada el día 23 de septiembre, el
Juez de Garantías fijó fecha para la audiencia conclusiva, y dispuso la
inmediata libertad del imputado bajo caución juratoria y un adecuado
comportamiento social. El 10 de octubre, en la audiencia conclusiva de causa,
los defensores de Albornoz, Dres. María Fernanda Álvarez y Juan Lazzaneo,
pidieron la suspensión del juicio a prueba. Los fiscales Evangelina Santana y
Juan Malvasio, se opusieron argumentando que el joven tenía otras causas
pendientes, que tramitan mediante el sistema del anterior Código Procesal. Por
lo tanto, propiciaron la imposición de una pena de cumplimiento efectivo.
El
Juzgado de Garantías resolvió disponer la suspensión del juicio a prueba por un
año y medio, fijando reglas de conducta por un año, con una carga horaria de 8
horas semanales de trabajo comunitario y delegando en la Oficina de Medios
Alternativos la elección de la entidad en la que el probado debe realizarse la
labor. El Ministerio Público fiscal recurrió dicha resolución.
Apelación
Hoy,
a partir de las 10, se llevó a cabo la audiencia de apelación ante el Dr.
Daniel Julián Malatesta (Tribunal unipersonal). En ese ámbito, los fiscales
Juan Malvasio y Evangelina Santana pidieron que se revoque la probation, por
los mismos motivos que expusieron en la audiencia conclusiva. Además, la parte
acusadora solicitó que se disponga la acumulación de dos nuevos legajos de
investigación (los Nº 176 y 188), iniciados por otros dos delitos atribuidos a
Albornoz, ocurridos el 16 y 18 de octubre. Se trata de dos hurtos por los que
fuera imputado el joven, luego de la concesión de la probation. Por el segundo
de esos ilícitos, se dispuso además la prisión preventiva y su alojamiento en
la Unidad Penal Nº 1. El fiscal Malvasio consideró que cuando culminen las investigaciones
de esos nuevos legajos, en juicio, la acusación pedirá una pena de prisión de
cumplimiento efectivo, y dejó expresa reserva de acudir en casación, para el
caso de una resolución adversa.
Por
su parte, la defensores oficiales, Dres. María Fernanda Álvarez y Juan
Lazzaneo, pidieron que se confirme la suspensión del juicio a prueba.
Argumentaron que la posibilidad de pedir una pena de prisión efectiva por los
nuevos hechos atribuidos a Albornoz es sólo una hipótesis de la Fiscalía.
Aseveró que el único que tiene derecho a pedir la acumulación de los
expedientes tramitados bajo las normas del anterior Código Procesal es el
imputado, y que no lo hizo; y rechazó la solicitud de la Fiscalía respecto de
las causas nuevas, iniciadas en octubre, por considerar que no formaron parte
de los agravios en los que basó su apelación la parte acusadora.
Fallo
En
la misma audiencia, el Juez de Apelaciones, Dr. Daniel Julián Malatesta
resolvió no hacer lugar a la apelación. El magistrado expuso que la suspensión
del juicio a prueba fue concedida al imputado en un momento en que el mismo no
contaba con condenas, y que “no correspondía poner en tela de juicio las
condiciones de procedibilidad del instituto”. Pero además, el juez tuvo en
cuenta las condiciones del imputado –un joven de 19 años que se encuentra en
situación de calle--, e informó que propondrá a la Oficina de Medios
Alternativos que se encargue de proporcionarle al imputado la posibilidad de
capacitación en un oficio de aprendizaje rápido, a fin de brindarle condiciones
para que cambie sus condiciones de vida y pueda reparar los daños causados. “A
lo largo de su corta vida, Albornoz ha sufrido una serie de ausencias de todo
tipo. Sobre todo, ausencia de las distintas agencias del Estado que debieron
haberlo ayudado en su etapa de menor de edad”, fundamentó el juez
Malatesta.
Información BLOG-SIC 91/14,
24 de octubre de 2014.
Lic.
Alejandro Heinrich
Jefe del SIC-STJER