Info Juzgado de Transición Nº 3 Paraná.
Se dispuso la elevación a Juicio
de la Causa de Silvio Ramón Díaz
Así lo Resolvió hoy el Dr. Gustavo A. Maldonado luego de No Hacer lugar
a ninguno de los planteos formulados por la Defensa Técnica, y declarar la
clausura de la instrucción formal en la causa que se le sigue a Díaz por haber
causado la muerte de un menor de 6 años y las lesiones graves a su hermano de
11 años.
El Juez de transición Nº 3 de Paraná, Dr. Gustavo A. Maldonado declaró
la clausura de la Instrucción Formal de la Causa caratulada: “Díaz
Silvio Ramón s/homicidio y lesiones graves”, y dispuso su elevación a
Juicio por parte de la Excelentísima Cámara del Crimen, Sala Primera de la
ciudad de Paraná.
Recordamos que la causa que se le sigue a Díaz es por haber causado la
muerte de JMMZ, de 6 años de edad, y las lesiones graves de SMZ, de 11 años de
edad, al embestirlos, el pasado viernes 6 de junio, con el vehículo que
conducía por Av. Alameda de la Federación de la ciudad de Paraná, a más de 100
km por hora, en estado de ebriedad y
bajo los efectos de cocaína, frente a la Escuela Nº 1 "Del
Centenario", en el horario de ingreso escolar.
Asimismo la Resolución del Dr. Maldonado No Hace lugar al pedido de
sobreseimiento y al cambio de calificación legal promovido por la Defensa
Técnica, ejercida por los Dres. Corina Beisel y Alberto Silva Velazco, quienes
sostienen que Díaz no tuvo conocimiento del riesgo que se le pretende
adjudicar, como así tampoco la voluntad
de querer matar o tentar contra la vida de las personas, ya que la alcoholización
y la ingesta de cocaína le impedían representarse las conductas que se le
atribuyen.
Sobre este punto, en sus consideraciones, el Juez señala que “resulta improcedente reclamar el
sobreseimiento del imputado con fundamento en una situación ya resuelta por las
vías recursivas normales, advirtiéndose con ello una velada intención de
paralizar la elevación del expediente para la tramitación del juicio”.
Además la Resolución No Hace lugar por improcedente al recurso de apelación
interpuesto por la Defensa Técnica ante la resolución que denegó el pedido de ampliación
de indagatoria.
El Dr. Maldonado consideró que “con
la tramitación del juicio y el dictado de la sentencia definitiva se establecerá
para el imputado, de una vez y para siempre, su situación frente a la ley
penal, siendo ello el resultado del debido proceso legal el cual ha sido
arbitrado exclusivamente a su favor, ya que será en ese ámbito donde se
ventilará la causa y la naturaleza de su acusación, donde podrá escuchar en
forma directa a los testigos y controlar todas las pruebas de cargo colectadas
a lo largo del proceso y proponer las que considere necesarias en su descargo y
ejercer el derecho a declarar para discernir los hechos según su entender”.
El texto de la Resolución se
puede consultar en el siguiente enlace.
Información BOLG-SIC 94/14, 29 de octubre de 2014.
Lic.
Alejandro Heinrich
Jefe del SIC-STJER