Info Juzgado de Transición Nº 3 Paraná.

Se dispuso la elevación a Juicio
de la Causa de Silvio Ramón Díaz

Así lo Resolvió hoy el Dr. Gustavo A. Maldonado luego de No Hacer lugar a ninguno de los planteos formulados por la Defensa Técnica, y declarar la clausura de la instrucción formal en la causa que se le sigue a Díaz por haber causado la muerte de un menor de 6 años y las lesiones graves a su hermano de 11 años.
 
El Juez de transición Nº 3 de Paraná, Dr. Gustavo A. Maldonado declaró la clausura de la Instrucción Formal de la Causa caratulada: “Díaz Silvio Ramón s/homicidio y lesiones graves”, y dispuso su elevación a Juicio por parte de la Excelentísima Cámara del Crimen, Sala Primera de la ciudad de  Paraná.
Recordamos que la causa que se le sigue a Díaz es por haber causado la muerte de JMMZ, de 6 años de edad, y las lesiones graves de SMZ, de 11 años de edad, al embestirlos, el pasado viernes 6 de junio, con el vehículo que conducía por Av. Alameda de la Federación de la ciudad de Paraná, a más de 100 km por hora, en estado de ebriedad y  bajo los efectos de cocaína, frente a la Escuela Nº 1 "Del Centenario", en el horario de ingreso escolar.
Asimismo la Resolución del Dr. Maldonado No Hace lugar al pedido de sobreseimiento y al cambio de calificación legal promovido por la Defensa Técnica, ejercida por los Dres. Corina Beisel y Alberto Silva Velazco, quienes sostienen que Díaz no tuvo conocimiento del riesgo que se le pretende adjudicar, como así  tampoco la voluntad de querer matar o tentar contra la vida de las personas, ya que la alcoholización y la ingesta de cocaína le impedían representarse las conductas que se le atribuyen.
Sobre este punto, en sus consideraciones, el Juez señala que “resulta improcedente reclamar el sobreseimiento del imputado con fundamento en una situación ya resuelta por las vías recursivas normales, advirtiéndose con ello una velada intención de paralizar la elevación del expediente para la tramitación del juicio”.
Además la Resolución No Hace lugar por improcedente al recurso de apelación interpuesto por la Defensa Técnica ante la resolución que denegó el pedido de ampliación de indagatoria.
El Dr. Maldonado consideró que “con la tramitación del juicio y el dictado de la sentencia definitiva se establecerá para el imputado, de una vez y para siempre, su situación frente a la ley penal, siendo ello el resultado del debido proceso legal el cual ha sido arbitrado exclusivamente a su favor, ya que será en ese ámbito donde se ventilará la causa y la naturaleza de su acusación, donde podrá escuchar en forma directa a los testigos y controlar todas las pruebas de cargo colectadas a lo largo del proceso y proponer las que considere necesarias en su descargo y ejercer el derecho a declarar para discernir los hechos según su entender”.
El texto de la Resolución se puede consultar en el siguiente enlace.
Información BOLG-SIC 94/14, 29 de octubre de 2014.
 

 
Lic. Alejandro Heinrich
Jefe del SIC-STJER