Info Juez Correccional Nº 2 Paraná

Resolución en Audiencia de Conciliación
en Causa de Amparo por Atención Médica

Luego de la Audiencia de Conciliación, en la que ambas partes ratificaron su voluntad de resolver el conflicto por esta vía, el Juez Correccional Nº2 de Paraná, Dr. Daniel J. Malatesta, resolvió homologar el convenio al que arribaron las partes en una causa de Acción de Amparo por atención médica contra la Dirección del Hospital San Martín y el Gobierno Provincial.

La resolución de la causa caratulada "R.S.R. C/Director del Hospital San Martin y Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos S/Acción de Amparo" se alcanzó luego de la celebración de una Audiencia de Conciliación, realizada el pasado 27 de septiembre, en la cual las partes llegaron a un acuerdo en virtud del cual el Estado se compromete a brindar la atención medica demandada.
El Juez Correccional Nº 2 de Paraná, Dr. Daniel Malatesta, presidio la Audiencia de Conciliación y homologó el convenio al que se arribó durante la misma, que permitió escuchar a las partes, obtener información de calidad sobre la problemática y lograr una rápida solución al pedido de atención médica planteado.
R.S.R. interpuso la Acción de Amparo con el fin de que se ordene a los demandados arbitrar los medios económicos y los recursos humanos necesarios para que se le brinde, con carácter urgente, su cirugía de cadera, debido a que sufre de fractura periprostética de cadera izquierda y que desde el año 2013 solicita la realización de la misma al Hospital San Martín.
El Dr. Malatesta destacó el valor de la Audiencia de Conciliación como una herramienta que busca el acercamiento de las partes y que en este caso en particular logró una respuesta de calidad ante el reclamo de un derecho inalienable como la salud.
Asimismo, en el marco de la respuesta del nuevo sistema de enjuiciamiento recientemente operativo en toda nuestra provincia, el Juez hizo un reconocimiento expreso a los profesionales que intervinieron en la causa que, sin resignar los intereses de las partes, “han arribado y permitido la presente solución primando en ello un bien supremo, la salud de un ser humano que en derecho lo reclama”.
El texto completo de la Resolución se puede consultar en el siguiente enlace.

Información BLOG-SIC 68/14, 03 de octubre de 2014.

 

Lic. Alejandro Heinrich
Jefe del SIC-STJER